El juez rectifica y obliga a Eroski a devolver el dinero de la deuda perpetua
La cooperativa responde que "no puede ser perjudicada por una sentencia que le absuelve".
El juez modifica su auto que dejaba las devoluciones solo en el BBVA. Eroski deberá pagar al banco el dinero de las aportaciones, menos los intereses abonados a los inversores y la comisión pagada al banco.
La entidad financiera entregará a su vez ese dinero a los afectados por la compra de las aportaciones financieras subordinadas.
El juez Marcos Bermúdez, quien se encargó de la demanda colectiva contra Eroski y el BBVA por las aportaciones subordinadas de la cooperativa vasca (también conocidas como deuda perpetua), ha aclarado ahora que debe ser Eroski el que devuelva al BBVA el dinero de las aportaciones, menos los intereses abonados a los inversores y la comisión pagada al banco. Después podrá pedir daños y perjuicios por la mala comercialización a la entidad financiera. Esta aclaración a la sentencia que dictó el pasado mes de enero tras una demanda de 68 afectados agrupados por Adicae es de una gran relevancia. En un primer momento había condenado a la entidad financiera que colocó el producto financiero, mientras que exoneró de toda responsabilidad en la causa a Eroski. Tras el fallo, el BBVA reclamó al juez aclaraciones sobre quién debía devolver el dinero y éstas han llegado en forma de varapalo para Eroski.
La aclaración representa un giro en el juicio de las aportaciones financieras subordinadas. En su primera sentencia, el juez señaló que la devolución del dinero a los afectados debía resolverse entre el BBVA, que vendió el producto a los ahorradores y cobró por ello una comisión de Eroski, y la cooperativa de Mondragón, que emitió los títulos y recibió el dinero por ellos. En el nuevo auto, el juez considera que "Eroski debería soportar los efectos indirectos de la nulidad del contrato (de las aportaciones), devolviendo al BBVA el importe que recibió por la adquisición de la deuda". Y deja una puerta abierta a que Eroski reclame en su caso al BBVA por "los daños y perjuicios que entienda que le ha causado la forma de comercialización empleada".
Eroski, pediría "daños y perjuicios"
Con respecto al auto de aclaración del juez, el BBVA ha mostrado su satisfacción porque entiende que se han tenido en cuenta "en buena medida" sus peticiones. En especial, aclara que el BBVA "no debe pagar cantidad alguna a aquellas personas que adquirieron las aportaciones financieras de Eroski a través de otras entidades ni tampoco a quienes no han acreditado la titularidad de dichos valores". Además, aplaude que se refleje la obligación de Eroski de "entregar a BBVA las cantidades recibidas por la adquisición de las aportaciones", en el caso de que dichas operaciones sean anuladas definitivamente. En cualquier caso, el BBVA recurrirá la sentencia en apelación.
La cooperativa Eroski, a última hora de la tarde, emitió un comunicado en el que respondía a la decisión del juez Bermúdez que "no puede ser perjudicada por una sentencia que le absuelve" y que no puede "verse perjudicada por defectos ajenos en la comercialización de sus títulos de aportaciones subordinadas". "Si finalmente las órdenes de compraventa de las aportaciones subordinadas firmadas entre los inversores y las entidades financieras se declarasen nulas por prácticas no acordes a un correcto proceso de comercialización, los efectos indirectos derivados entre emisor y entidades comercializadoras serían objeto de otro proceso judicial". Y además considera que Eroski "tendría el derecho de reclamar daños y perjuicios por una comercialización inadecuada"
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