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martes, 11 de febrero de 2014

ESPAÑA: EL SUPREMO DECLARA ILEGAL A LA TRIBU URBANA DDP, EL GRUPO MAS PELIGROSO QUE OPERA EN ESPAÑA


El Tribunal Supremo se pronuncia por 


vez primera sobre la ilicitud de la tribu 


urbana “Dominican don’t play’ o 


“Didipí”


La Sala Penal del Tribunal Supremo se ha pronunciado por primera vez en una sentencia sobre la ilicitud de la ‘tribu urbana’ denominada “Dominican Don´t Play”, conocida por sus siglas “D.D.P.” y más frecuentemente por la pronunciación inglesa de las mismas “Didipí”.
La sentencia recuerda que, según la Policía, se trata del grupo de este tipo más peligroso de los que operan actualmente en España, y que sus miembros frecuentemente usan armas para cometer delitos. Asimismo, compara las actividades de los “Didipí” con otras ‘tribus urbanas’ cuyas actividades han sido declarados ilícitas con anterioridad, como los “Ñetas” o los “Latin
Kings”. Subraya que también han decretado la ilicitud de otras formas de asociacionismo urbano como el de las organizaciones juveniles radicales de violencia callejera, vinculadas al terrorismo, como Segi, Jarrai o Haika, así como el de ‘Blood & Honour”, que bajo la apariencia de asociación cultural, promovía el odio, la violencia o la discriminación.
Sin embargo, la sentencia, de la que ha sido ponente el presidente de la Sala, Juan Saavedra, confirma la absolución del delito de asociación ilícita de varias personas que estaban acusadas de haber actuado como miembros de los “Didipís” en una riña desencadenada en la discoteca “Kato”, de Madrid, en noviembre de 2008, al señalar que en el caso concreto no ha quedado suficientemente acreditado su pertenencia a dicha organización.
La resolución aprovecha para pronunciarse sobre la ilicitud de los “Dominican Don’t Play’ como asociación. En ese sentido, no comparte el criterio de la Audiencia de Madrid, que juzgó en primera instancia los hechos, y que consideró que no estaba suficientemente acreditado que la finalidad de los “Didipí” fuese la comisión de delitos.
Por el contrario, el Supremo, atendiendo a un prolijo informe pericial de la Brigada de Policía sobre las actividades de tribus urbanas y en concreto de los “D.D.P.”, establece que fue desacertado el criterio de la Audiencia de estimar insuficientemente probada la ilicitud de este grupo urbano.
En la resolución se resalta que el inspector de Policía experto en esta materia que compareció en el juicio subrayó que en los últimos esta tribu urbana era “la más peligrosa”, “detentando sus miembros con frecuencia armas e instrumentos peligrosos como machetes o ‘chilena’ de los que no dudan en hacer uso al acometer ilícitos de diverso género tales como lesiones, robos o incluso agresiones sexuales”.

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