INFORMACION TOTALAMENTE ACTUALIZADA

martes, 4 de febrero de 2014

ESPAÑA: EL JUEZ SILVA, SUSPENDIDO COMO JUEZ


Elpidio Silva, suspendido como juez hasta su 
juicio por prevaricación
El juez Elpidio José Silva Pacheco durante una rueda de prensa. (EFE)
El juez Elpidio José Silva ya ha sido definitivamente suspendido por elConsejo General del Poder Judicial hasta que se celebre el juicio por una causa abierta contra él por prevaricación al ordenar el ingreso en prisión del expresidente de Caja Madrid, Miguel Blesa.
La Comisión Permanente ha acordado su salida provisional del juzgado de instrucción número 9 de Madrid hasta que haya una sentencia y entonces se decida si queda apartado definitivamente por cumplir una condena o si, por el contrario, queda absuelto y se reincorpora. La Fiscalía solicita hasta 30 años de inhabilitación para Silva; de confirmarse por la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, quedaría en la práctica apartado de manera definitiva.
La decisión del órgano de los jueces es automática una vez que el TSJM haya ordenado la apertura de juicio oral por los delitos de prevaricación, retardo malicioso en la administración de Justicia y contra la libertad individual.
Silva había solicitado que se aplazara la decisión a la espera de que el Tribunal Supremo decidiera sobre la querella interpuesta por sus abogados contra el instructor de la causa contra él, Jesús Gavilán, extremo que según fuentes del Consejo no ha pedido plantearse al no estar previsto en la ley.
El artículo 190.2 del Reglamento de la Carrera Judicial señala que “procederá acordar la suspensión provisional de los jueces y magistrados respecto de los cuales se siga procedimiento por cualquier delito cometido en el ejercicio de sus funciones, cuando en el procedimiento penal se dicte auto de apertura de juicio oral, de prisión provisional, de libertad bajo fianza o de procesamiento, una vez adquieran firmeza”.
La suspensión provisional durará “hasta que recaiga en la causa sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento”, conforme a lo dispuesto en el artículo 384.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Silva quedará privado del ejercicio de las funciones jurisdiccionales durante el tiempo de la suspensión, pero tendrá derecho a percibir sus retribuciones básicas.
El magistrado suspendido puede presentar recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, para lo que tendrá un plazo de dos meses a partir de la notificación

No hay comentarios:

Publicar un comentario