La Abogacía revela que la decisión de no ir por lo penal en Nóos fue política
Macías contradice a Ciscar y asevera que la nulidad del ERE no llevaría directamente al cierre de Canal 9
J. G. G. | VALENCIA El vicepresidente José Ciscar se ha parapetado en los servicios jurídicos de la Generalitat para justificar la decisión del Consell de personarse en el caso Nóos (en el que aparecen implicados el expresidente Camps y la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá) solo por lo civil y no también como acusación penal, como sí hizo en el caso Cooperación, que sentará en el banquillo al exconseller expulsado del PP y actual diputado no adscrito de las Corts, Rafael Blasco. La decisión, ha repetido, vino condicionada por el informe de la Abogacía de la Generalitat. Una afirmación que quedó en entredicho al conocer el documento, en el que se recomienda acudir por las dos vías, y que ayer remató la secretaria autonómica de Presidencia y responsable de la Abogacía, Cristina Macías.
«En Nóos el Consell nos pidió un informe previo sobre qué acciones era posible emprender y la decisión la adoptó el Consell», aseveró en las Corts en su comparecencia a petición del PSPV para informar sobre los criterios de actuación de la Abogacía. Esto es, que la decisión fue política. En cambio, «en el caso Blasco el Consell adoptó autorizar a la Abogacía la comparecencia y el ejercicio de la acción penal y ahí no emitimos informe y actuamos completamente con nuestra independencia y criterios objetivos en este procedimiento penal».
Macías, no obstante, defendió que la personación solo por lo civil en Nóos (opción que también amparaba su informe) no es «excepcional y atípica», ya que, dijo, la mayoría son de este tipo. El año pasado, indicó, de 339 pleitos, solo en 107 se ejercitó la acción penal. La socialista Eva Martínez atribuyó la decisión al presidente Fabra para «defender a diputados intocables» como Camps y Barberá.
Modificar el contrato de RTVV
En respuesta a Ignacio Blanco (EU), Macías también enmendó la plana a Ciscar sobre RTVV. Aseveró que la cláusula del contrato programa que establece que la nulidad del ERE es causa de resolución de este acuerdo se introdujo «por voluntad del consejo de administración» del ente, no del Consell, y aseveró que, en contra de lo que ha dado a entender repetidamente Ciscar, «no conlleva el cierre de la televisión». Una lectura que achacó a una «tergiversación» de la cláusula. Explicó que, en ese caso, RTVV podrá plantear la «modificación» del contrato programa, previo informe a las Corts. Si RTVV considerara que no es viable, lo tendría que comunicar al Consell para abrir «una nueva negociación» sobre cómo gestionar este servicio.
En respuesta a Ignacio Blanco (EU), Macías también enmendó la plana a Ciscar sobre RTVV. Aseveró que la cláusula del contrato programa que establece que la nulidad del ERE es causa de resolución de este acuerdo se introdujo «por voluntad del consejo de administración» del ente, no del Consell, y aseveró que, en contra de lo que ha dado a entender repetidamente Ciscar, «no conlleva el cierre de la televisión». Una lectura que achacó a una «tergiversación» de la cláusula. Explicó que, en ese caso, RTVV podrá plantear la «modificación» del contrato programa, previo informe a las Corts. Si RTVV considerara que no es viable, lo tendría que comunicar al Consell para abrir «una nueva negociación» sobre cómo gestionar este servicio.
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