Una conservera obligada a pagar 30.000€ por fraude en el origen de los espárragos
Esta empresa usaba la Indicación Geográfica Protegida (IGP) “Espárrago de Navarra” para promocionar productos provenientes de Perú y China
Pamplona, 18 de octubre
Primera sentencia que condena a una empresa conservera de Navarra por el uso fraudulento de la IGP “Espárrago de Navarra” en productos originarios de Perú y China. Ahora, tras la decisión de un Juzgado de lo mercantil de Pamplona, esta empresa navarra deberá indemnizar a otras tres empresas conserveras con 30.000€, y deberá retirar todos estos productos del mercado.
En una nota de prensa, desde la Asociación Española de Denominaciones de Origen, ‘Origen España’, han valorado muy positivamente esta condena interpuesta a la empresa ‘Conservas de Navarra’ por comercializar espárragos provenientes de Perú y China bajo la marca ‘Navarra’, en perjuicio de la Indicación Geográfica Protegida ‘Espárragos de Navarra’.
El Juzgado Mercantil de Pamplona ha estimado la demanda del Consejo Regulador de la IGP al exigir a la empresa el cese del comportamiento fraudulento y el pago de una indemnización que asciende a 30.000 euros para las tres empresas demandantes. Origen España, ha subrayado la importancia de esta decisión que reconoce el derecho de los Consejos Reguladores a ser indemnizados ante tales usos que atentan contra la calidad, el prestigio y la tradición de sus productos.
El engaño a los consumidores y la competencia desleal que han sido puestos en tela de juicio con esta sentencia suponen un espaldarazo para el resto de DOPs e IGPs que sufren continuamente las consecuencias de la piratería y que solo para los asociados de Origen España suponen unas pérdidas de 3 millones de euros anuales.
En un primer pronunciamiento del año 2011, el Juzgado de lo Mercantil de Logroño condenó a la mercantil demandada a cesar en el uso del término ‘Navarra’ y a retirar del mercado todos los productos con etiquetado fraudulento, además de decretar la nulidad total de la marca ‘Coronas de Navarra’ bajo la cual se perpetró la actividad ilícita. Posteriormente, una segunda sentencia dictada por la Audiencia Provincial de La Rioja en el año 2012, reconoció el derecho a reclamar una indemnización en el supuesto de que el infractor actue al amparo de una marca registrada.
Nacida en 2008, Origen España, recuerda que es “consciente de los abusos que estos productos sufren de manera reiterada e indiscriminada en perjuicio del esfuerzo de quienes trabajan día a día por conseguir una calidad, tradición, prestigio y reputación únicos. Por este motivo, la asociación incide en la necesidad del asociacionismo para trabajar en conjunto contra la piratería que sufre el sector”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario