Todo lo que un consumidor debe
saber del Código IBAN y el nuevo
sistema de pagos y cobros en
Europa
A partir de febrero de 2014 (con 6 meses prorrogables), sin el código IBAN en la cuenta bancaria no se podrá realizar ninguna operación financiera, de cobro o de pago, ni dentro ni fuera de España. Las empresas no necesitan pedirlo a los trabajadores para pagar las nóminas y los bancos no podrán cobrar ninguna comisión por facilitar el IBAN a los consumidores.
IBAN (International Bank Account Number) es un código alfanumérico que identifica una cuenta determinada en una entidad financiera en cualquier lugar del mundo. Es decir, a cada cuenta le corresponde un único IBAN y a través del IBAN se identifica el país, la entidad, la oficina y la cuenta. Se trata de un estándar delComité Europeo de Estándares Bancariosque a su vez cumple con el estándar ISO (Organización Internacional de Normalización).
El IBAN consta de un máximo de 34 caracteres alfanuméricos. Los dos primeros son de carácter alfabético e identifican el país. Los dos siguientes son dígitos de control y constituyen el elemento de validación de la totalidad del IBAN. Los restantes son el número de cuenta, que, en la mayoría de los casos, identifica además la entidad y la oficina.
En el caso español están los cuatro primeros, formados por los elementos explicados en el párrafo anterior, y luego se sigue con los 20 caracteres numéricos actuales del Código Cuenta Cliente (es decir, consta de un total de 24 caracteres). Dichos cuatro nuevos caracteres corresponden a:
Los dos primeros, al país (ES para España).
Los dos siguientes, a los dígitos de control IBAN.
Ejemplo: comparativa entre el código cuenta cliente (CCC) y código IBAN de una misma cuenta.
CCC: 2077 0024 00 3102575766
Código IBAN:
Formato papel: IBAN ES76 2077 0024 0031 0257 5766.
Formato electrónico: ES7620770024003102575766.
¿Qué se pretende con la adopción de este nuevo código bancario?
A pesar de las dificultades que está llevando adaptarse a los cambios, los objetivos de esta armonización son claros:
Una mayor agilidad y seguridad en los pagos.
Centralizar en una sola cuenta bancaria todas las operaciones en euros dentro de la zona única de pagos en euros (SEPA).
Reducir el coste de los pagos transfronterizos mediante tarjetas y transferencias electrónicas.
Dotar de mayor protección a los usuarios.
Las entidades financieras ya utilizan el código y las empresas no necesitan preguntárselo a sus trabajadores para pagarles la nómina
El código IBAN nació para que las entidades pudieran automatizar de manera sencilla las transferencias entre bancos de la Unión Europea. Con esta normativa, los pagos y transferencias intracomunitarias se ejecutan de manera similar a las nacionales (se eliminan las barreras), pudiendo aplicar tarifas similares.
Antes de esta normativa, había dificultades en los pagos internacionales en laUnión Europea, pues los sistemas de identificación de cuentas eran sólo nacionales y esto imposibilitaba saber en qué país estaba abierta una cuenta.
Hacia una zona única de pagos en euro: 6 meses más de margen
La adopción del IBAN supone una de las prioridades de la transición a la SEPA, que afecta a 33 estados, más de 500 millones de personas y a unos 20 millones de compañías y administraciones públicas y que tiene como objetivo que ciudadanos, empresas y otros agentes económicos puedan hacer y recibir pagos en euros, en las mismas condiciones, con independencia de su ubicación y de que la operación sea o no transfronteriza.
El plazo para que la SEPA entre en vigor se mantiene en el 1 de febrero. Sin embargo, los bancos contarán con seis meses extra para adaptarse, según la Comisión Europea. El motivo de esta prórroga, según el organismo europeo, es minimizar cualquier posible riesgo de alteración de pagos para consumidores y empresas, debido al retraso que lleva la transición hacia este nuevo formato de pago. La sugerencia de la Comisión Europea no cambia la fecha de entrada de la SEPA. De hecho, el Banco Central Europeo ha insistido en que el periodo de migración hacia el nuevo sistema concluye el 1 de febrero. No obstante, hasta el 1 de agosto, no sancionará a aquellas entidades que no estén adaptadas, y por tanto, los pagos no adaptados a SEPA se seguirán aceptando hasta el próximo 1 de agosto de 2014.
Impacto en los consumidores
Las entidades financieras ya utilizan el código y las empresas no necesitan preguntárselo a sus trabajadores para pagarles la nómina, ya que pueden extraer el nuevo IBAN a partir del código antiguo a través de la página web del Banco de España o de la web en castellano de SEPA.
En lo que concierne al impacto en los consumidores, las entidades aseguran que la información sobre el IBAN (que el cliente tendrá que comunicar en lugar del CCC) y el BIC está fácilmente accesible para los titulares de la cuenta desde el año 2001 pero habría que preguntarles a los usuarios qué opinan a este respecto, ya que hasta la fecha desde ADICAE consideramos que la información suministrada en este sentido ha sido muy escasa y poco clara.
Hoy en día, los consumidores pueden acudir a la entidad bancaria y solicitarlo. En caso de no tenerlo en febrero de 2014, el Ministerio de Economía ha aprobado una medida temporal que permite a los bancos la conversión de CCC a IBAN hasta 2016. Además, en diversas páginas webs de entidades financieras españolas existe la posibilidad de calcular de un modo relativamente ágil y sencillo nuestro código IBAN, pero ha sido una novedad de los últimos meses. La obtención del IBAN es gratuita, y las entidades financieras no deben cobrar por el cambio. El cobro por recibir este nuevo código no está justificado. No obstante, en el caso de las empresas, si el día 1 de febrero de 2014 no tienen el IBAN, en principio el banco puede cobrarles por el convertidor.
Hubiera sido deseable que tanto las autoridades responsables de la migración al nuevo sistema como el propio sector financiero hubieran hecho un mayor esfuerzo para amoldarse al nuevo espacio de pagos, tanto en lo que se refiere a la velocidad de adaptación como en la información que se ha facilitado al consumidor. De esta forma, se hubiera evitado el tener que proponer una prórroga, con la consiguiente incertidumbre que este tipo de noticias provoca en los usuarios.
Es por ello por lo que las entidades financieras y el Banco de España deberían hacer un mayor esfuerzo de aclaración y notificación a sus clientes, para que sepan a qué atenerse en dicho proceso de migración a la SEPA.
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