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miércoles, 29 de enero de 2014

ESPAÑÁ: BANKINTER CONDENADA A DEVOLVER INVERSION EN BONOS LEHMAN BROTHERS


Bankinter condenada a devolver la 

inversión de un cliente en bonos Lehman 

Brothers



  La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a Bankinter a devolver los 160.589 euros que un cliente invirtió en bonos 'Lehman Brothers 6,375%', al considerar que la entidad no se ajustó a las condiciones de "plena seguridad" que su cliente le había dado para contratar un producto financiero.

   Además, señala el tribunal que "el banco no ha conseguido acreditar que facilitara información adecuada acerca de la no absoluta seguridad de los bonos adquiridos".

   Esta sentencia revoca otra del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Santander que condenó al banco a abonar 25.000 euros por no haber aportado información del producto al cliente. Entendía el juez de instancia, sin embargo, que el producto contratado sí cumplía con las instrucciones dadas por el cliente "teniendo en cuenta el conocimiento que podía tener de la solvencia de los citados bonos en la fecha de la inversión".

   "Las entidades bancarias en el año 2007 no podían prever que un importante banco de USA, que se encontraba bien calificado en los mercados financieros, entrara en concurso, por lo que de ninguna manera se puede entender que no se diera cumplimiento a lo que se le exigía", señalaba la sentencia del Juzgado.

UNA INVERSIÓN SEGURA

   En octubre de 2007 el cliente del banco "condicionó" la inversión de los 160.000 euros "a una renta fija con garantía total de devolución en determinado plazo", por lo que "en cumplimiento de esas indiscutidas instrucciones", relata la sentencia, el banco hizo las gestiones necesarias para que la inversión se materializara en su totalidad en la adquisición de bonos 'Lehman Brothers 6,375'.

   Posteriormente, la inversión se perdió debido a la quiebra de la entidad americana emisora de los bonos en septiembre de 2008.

   Según la Audiencia, "el encargo consistía en la realización de una inversión segura conforme a las expresas y terminantes instrucciones recibidas de la sociedad inversora, sin concretar ninguna otra característica relativa a la naturaleza o requisitos de esa inversión".

   "Es claro que la inversión consistente en la adquisición de bonos Lehman no fue segura, pues no se pudo recuperar la inversión como consecuencia de la quiebra del emisor de los bonos. De este hecho se desprende -continúa la resolución- que el banco no se ajustó a las condiciones de plena seguridad de quien le había hecho el encargo".

   "En suma, la elección inicial de Lehman Brothers se demostró a la postre como desacertada y contraria a las expresas instrucciones dadas al respecto" por el cliente.

   Por otro lado, al analizar las condiciones en que se contrató y si se informó correctamente al cliente, la Audiencia señala que "el banco no ha conseguido acreditar que facilitara información adecuada acerca de la no absoluta seguridad de los bonos adquiridos".

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