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miércoles, 9 de octubre de 2013

MAGISTRADO DEL TSJA: " NO SOMOS IGUALES ANTE LA LEY, EL PRIMERO EL REY" JOSE IGNACIO PEREZ VILLAMIL


José Ignacio Pérez Villamil, magistrado 
del TSJA: “No somos iguales ante la ley, 
el primero el rey”
José Ignacio Pérez Villamil en el Tribunal Superior de Justicia de Asturias. Foto / Eloy Alonso.
El magistrado José Ignacio Pérez Villamil (Luarca, 1952), uno de los que juzga a los políticos aforados en el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), considera que la clase política goza de privilegios inaceptables y lamenta que no todos seamos iguales ante la ley. Como ciudadano confiesa que es un indignado más. Es uno de los fundadores de la asociación Jueces para la Democracia.  Por Dani Ripa y Xuan Cándano.
La reforma del poder judicial parece incrementar la dependencia de la judicatura del poder político, incumpliendo las promesas del propio ministro de Justicia.
La Constitución establece un Estado de derecho y una división de poderes. Pero el judicial es incómodo, porque controla la actividad y comportamientos sociales, la legalidad de la acción de los Gobiernos, y juzga aquellos comportamientos de políticos que tengan una relevancia jurídico-penal. Hay una tendencia natural del poder ejecutivo a controlar al judicial. Puede ser entendible desde una visión corta del Estado, pero no es una visión responsable propia de un estadista en el largo plazo. El mantenimiento del Estado de derecho se basa en la distinta función que la Constitución establece para los distintos poderes del Estado. Este proyecto de Gallardón trata de alguna forma de controlar el órgano de gobierno de los jueces. En cuanto a la reforma del Código procesal penal, siendo necesaria, ya que data del siglo XIX, me parece que tiene un problema grave, ya que otorga la investigación casi en exclusiva al ministerio fiscal, apartando a los jueces. Eso no es malo ni bueno, pero lo que pasa es que, según su propio estatuto orgánico, el ministerio fiscal en España depende jerárquicamente del poder que lo nombra, que es el ejecutivo. Dice ese estatuto que el fiscal actúa bajo los principios de unidad y jerarquía y al fiscal general del Estado lo propone el Gobierno y lo nombra el rey, con lo cual depende del ejecutivo. La investigación quedaría capitidisminuida. Los jueces funcionamos bajo el principio de independencia, afortunadamente para los ciudadanos y el Estado de derecho, mientras que el fiscal funciona bajo el principio de dependencia, sin negar que son ciudadanos preparadísimos  que intentan hacer su labor bajo el principio de legalidad. Pero todos sabemos, y hay muestras recientes, que llegados a ciertos estadios de la investigación criminal en relación a ciertas personas que pueden incurrir en conductas delictivas, el ministerio fiscal, en cuanto cúpula o institución, puede incurrir en una cierta pasividad. Además, esta reforma limita de manera extremadamente notable el ejercicio de la acción popular por parte de la ciudadanía, recogido en la propia Constitución. La acción popular es una forma de participación ciudadana en la justicia, que además ha dado un gran resultado, y es un ejercicio muy sano por parte de la ciudadanía para depurar determinadas conductas, sobre todo cuando el ministerio fiscal se  mantiene inactivo. Hay muchos ejemplos recientes. Por ejemplo, la condena del juez Garzón por el Tribunal Supremo se debe al ejercicio de la acción popular, independientemente de quien la haya ejercido.
Las tasas que acaban de entrar en vigor, ¿demuestran que hay una justicia para ricos y otra para pobres?
De alguna manera sí. El ideal, como con la sanidad o educación, es que la justicia sea igual para todos. Pero no todos somos iguales, porque nacemos diferentes, unos en un sitio, otros en otro, y dentro del primer mundo unos nacen más iguales que otros. Y con la justicia sucede lo mismo. Aunque los jueces tratamos de lograr una solución justa con independencia de quien sean las partes. La resolución que tenemos que hacer es a lo largo de un proceso y eso viene predeterminado, primero, porque puedas iniciarlo. Pero la ley de tasas no facilita precisamente el acceso a la justicia a los menos favorecidos económicamente, todo lo contrario, lo imposibilita, mientras que la gran banca, las grandes empresas energéticas, tienen la sartén por el mango y cuentan con grandes servicios jurídicos integrados dentro de su presupuesto y ya descuentan esos costes, por lo que la ley de tasas no les afecta para nada. Esa ley sí que afecta al ciudadano consumidor, ya que no vas a entablar un pleito contra la suministradora eléctrica para reclamar 300 euros que crees que te han estafado cuando te van a costar las tasas 200. La justicia no es igual para todos porque ya no es igual en el inicio. No es lo mismo 200 euros para un consejo de administración de un gran banco que para un ciudadano. Tampoco es lo mismo en el desarrollo del proceso, los que más medios tienen pueden gozar de los mejores abogados y medios jurídicos, y eso al final determina la solución que el juez o el tribunal va a ofrecer. No somos iguales ni ante la justicia, ni ante la educación, sanidad, etc…
Privilegios y hartazgo ciudadano
La percepción de la ciudadanía ante el Caso Nóos va también por ahí, la Monarquía goza de privilegios.
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martes, 3 de septiembre de 2013

EL JUEZ ACUMULA DATOS FISCALES PARA VOLVER A IMPUTAR A LA INFANTA CRISTINA


El juez acumula datos fiscales para volver a imputar a la Infanta

El magistrado José Castro intenta demostrar la participación de doña Cristina en la empresa Aizóon, con la que su marido, Iñaki Urdangarin, había defraudado al fisco


El juez José Castro, que investiga desde hace tres años el entramado de empresas con las que Iñaki Urdangarín cometió supuestamente varios delitos de corrupción, acumula datos fiscales de la infanta Cristinapara plantear una nueva imputación.
El juez Castro consideró en abril pasado que había indicios suficientes en la causa abierta por el denominadocaso Nóos para citar a la Infanta como imputada. El magistrado apuntaba que la infanta conocía los negocios irregulares de su marido y que ella misma era copropietaria de la empresa Aizóon, cuyos ingresos procedían mayoritariamente de los contratos que Urdangarin cerraba con administraciones públicas.
La Audiencia Provincial de Palma de Mallorca decidió dejar en suspenso la imputación de la Infanta. No obstante, señaló al juez el camino para argumentar de manera más sólida la investigación y, en su caso, la imputación por posible blanqueo de capitales a través de la participación de la infanta en la empresa Aizóon, con la que su marido había defraudado al fisco.

La Agencia Tributaria no ha remitido aún al juez los datos que solicitó sobre ventas a terceros atribuibles a la hija del Rey, pero entre los nuevos informes que el juzgado ha incorporado al sumario figuran intentos de cobro por parte de doña Cristina cuya validez ha sido rechazada por Hacienda.
Esos intentos tienen que ver con la factura de 3.828 euros que la hija del Rey supuestamente giró a su propia empresa, Aizóon, en concepto de alquiler de la vivienda que la Infanta tiene en Barcelona. Aizóon intentó hacer pasar ese pago de alquiler a la Infanta como gastos de la empresa, pero Hacienda no lo admitió.
Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado entienden que el hecho de que la Infanta compartiera con Urdangarin la propiedad de Aizóon, a través de la que se defraudó a Hacienda, no es suficiente para imputar a la hija del Rey.

miércoles, 14 de agosto de 2013

COSPEDAL INCULPARA A JAVIER ARENAS, SI SE VE ACORRALADA

Cospedal descargará en Arenas la responsabilidad de dar cobertura a Bárcenas si se ve acorralada
El entorno de la presidenta de Castilla-La Mancha tranquiliza así a los suyos, afiliados del PP regional y altos cargos del Ejecutivo autonómico. La ‘número dos’ de Génova sugeriría que el mediador entre la dirección del partido y el ex senador hoy en prisión no le habría contado toda la verdad sobre los movimientos del ex tesorero.

Rajoy salió recientemente en defensa de Cospedal y Arenas:
La secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, ha mostrado su "plena predisposición a aclarar todo aquello que sea susceptible de aclarar" y a "decir la verdad, como es lógico y normal". La número dos de Génova es consciente de que sus aportaciones como testigo en el caso Bárcenas, pieza separada delsumario Gürtel, se ceñirán al periodo de tiempo que es objeto de la investigación, los años 2007 y 2008, fechas en que sólo fue "seis meses" secretaria general del partido, durante el segundo semestre del último ejercicio. En este espacio de tiempo, el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz quiere saber si Cospedal tuvo conocimiento de la existencia de una supuesta contabilidad B en el seno del PP.
Hasta aquí, la estrategia de Cospedal está clara: negar la existencia de sobresueldos y presuntas donaciones ilegales. Sin embargo, a raíz tanto de su testificación hoy, como de futuros acontecimientos en torno al caso Bárcenas (hay quienes afirman que el preso de Soto del Real guarda grabaciones comprometidas para la números dos de Génova), el cerco se puede estrechar sobre ella. Sobre todo si la instrucción ahonda tanto en los 45.000 euros de la presunta Caja B que, según el ex senador, habría recibido Cospedal entre 2009 y 2010 como en elrecibí que aportó al juez por el presunto cobro en 2007 de una comisión de 200.000 euros a cambio de la adjudicación de una contrata municipal en el Ayuntamiento de Toledo, siendo ya presidenta del partido a nivel regional la actual líder del Gobierno castellano-manchego. Para esos escenarios de lo más adversos, desde su posible imputación hasta un desgaste excesivo de su imagen, el entorno de Cospedal tiene una respuesta, de la que ella podría incluso hacer uso si se ve una situación límite.
“Cospedal, además de estar al margen de irregularidades en el partido, cuenta en su haber con una victoria histórica en Castilla-La Mancha, tras 28 años de gobierno socialista, que debe administrar, mientras Arenas no goza de tal posición”, recalcan fuentes populares
Esa respuesta, según ha podido saber Vozpópuli de fuentes populares solventes, pasa por descargar la responsabilidad de haber prestado cobertura a Bárcenas en el hoy vicesecretario de Política Autonómica y Local,Javier Arenas, quien mantenía una estrecha relación con el ex senador del PP hasta el punto dedefenderle abiertamente. El que fuera secretario general de los populares entre 1999 y 2003 asumió luego el encargo por parte de la dirección del partido de gestionar la relación entre Génova y su ex tesorero, estallado ya el escándalo, y de buscar la salida menos traumática para ambas partes.  
Desde el círculo más próximo a Cospedal se está esgrimiendo esta baza, aunque no llegue a emplearse, para tranquilizar a afiliados del PP regional y altos cargos del Ejecutivo autonómico, inquietos con el futuro de lo conseguido en las urnas. Las mismas fuentes señalan que “Cospedal, además de estar al margen de irregularidades en el partido, cuenta en su haber con una victoria histórica en Castilla-La Mancha, tras 28 años de gobierno socialista, que debe administrar, mientras Arenas no goza de tal posición”.
Remodelación de la cúpula popular
Además, la permanencia del vicesecretario general de Política Autonómica y Local en la cúpula del partido es cada día más incierta, ya que aumentan las voces que abogan en privado por una reestructuración de la dirección del PP, de la que saldrían nombres vinculados al escándalo Bárcenas, antes de que acabe el año, con la vista puesta en las europeas de 2014, ensayo de las elecciones autonómicas, municipales y generales de 2015.
Llegado el extremo en el proceso judicial, la número dos de Génova, sin señalarle directamente por cuanto aún ocupa un puesto destacado en el actual Comité Ejecutivo Nacional del PP, sugeriría que Arenas no le habría contado toda la verdad sobre las maniobras del ex tesorero, revelan fuentes populares. El propio Bárcenas declaró al juez Ruz el pasado 15 de julio que Arenas le pidió en 2010 que entregara a Rajoy 4.900 euros que quedaban de remanente tras la liquidación de la Caja donde se guardaban las donaciones recibidas por el partido. "Chico, cógelos, los metes en un sobre, y se los dejas al presidente" fue la instrucción que, según contó el ex tesorero a Ruz, recibió del ex líder del PP andaluz.
En su declaración ayer ante Ruz, Arenas admitió que en marzo de 2010 participó en Génova en una reunión en la que estuvieron presentes Rajoy, Bárcenas y su esposa, Rosalía Iglesias, y que, tal y como relató el ex senador, se le garantizó un despacho en la sede madrileña del partido y un coche con conductor tras dejar de ser tesorero. Además, Arenas reconoció que asistió -en su papel de mediador- a otra reunión con Bárcenas en el restaurante Oriza de Sevilla en diciembre de 2012. Arenas preparó ayer su declaración ante el juez en su despacho de Génova, donde Cospedal hizo lo propio con su equipo. Una convivencia que se augura tensa.

lunes, 29 de julio de 2013

COBOS ASESORO AL PP DESDE 1992, ESCONDIO AL SENADO VARIOS TRABAJOS DE ASESORAMIENTO


Cobos asesoró al PP desde 1992

El ahora presidente del Constitucional 'escondió' al Senado varios trabajos de asesoramiento

  • De los Cobos, la “pesadilla” del nacionalismo

Cuando Francisco Pérez de los Cobos llegó, en octubre de 2010, a pasar su examenen el Senado, la Cámara que debía validar su candidatura como magistrado del Tribunal Constitucional, lo hizo acompañado de la diputada del PP Celia Villalobos. A los miembros de la comisión de nombramientos les llamó la atención porque “no era lo habitual”, aunque el candidato lo fuera a propuesta del PP, tal como recuerda uno de los presentes. No le dieron importancia hasta que, hace poco más de diez días, se supo que entonces Cobos era militante del PP, un hecho que silenció ante la comisión. De la misma manera se reservó en su exposición que la relación con los populares y su asesoría se remonta, al menos, a 1992.
Villalobos siguió la intervención del “modesto profesor universitario”, tal como se presentó Cobos ante el Senado, en la misma sala Clara Campoamor, sentada dos bancos más atrás del ocupado por él. El pasado miércoles, fue Villalobos la que, con más ahínco, imposibilitó que en el Congreso se hablara del actual presidente del Constitucional. Le retiró la palabra a la portavoz socialista, Soraya Rodríguez (que abandonó la sala), a Carmela Silva, la diputada socialista miembro de la mesa, y a María Luisa Carcedo, vocal de la Diputación Permanente. Villalobos tampoco atendió a Eduardo Madina que, en la misma sesión, le solicitó que permitiera al Grupo Socialista acabar con su exposición.

Pero es que la relación de la ahora vicepresidenta primera del Congreso con Pérez de los Cobos se remonta a hace 20 años, algo que la comisión de nombramientos del Senado tampoco sabía cuando firmó su idoneidad para ser magistrado del Constitucional.
Entre el 89 y el 93, Villalobos fue miembro de la Comisión de Empleo. Según explicó a varios miembros de la mesa, formó un grupo de asesores en materia laboral entre los que se encontraba el entonces catedrático de Trabajo Pérez de los Cobos. Ayer, Villalobos negó tajantemente haber contado con la asesoría de Cobos. Durante 1992, Villalobos fue además ponente de la Ley de Huelga. Según el también catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad de Castilla-La Mancha, Antonio Baylos, el PP le indicó que “el asesor con el que contaban era Pérez de los Cobos, y que a él me debía dirigir porque no tenían un diputado idóneo para un debate técnico y político”. “Lo recuerdo porque me sorprendió”, añade, ya que el ahora presidente del Constitucional ejercía dicha asesoría sin la “visibilidad que tenían otros profesores”. Celia Villalobos negó igualmente que se acudiera a sus conocimientos y aseguró que “nunca ha asesorado ni cobrado del Partido Popular”.
“Me sorprendió que asesorara porque no era visible”, recuerda Baylos
Tras su paso por las universidades de Valencia, Baleares y ya estando en Barcelona, Pérez de los Cobos pasó, en 1996, a formar parte del Consejo Económico y Social como consejero experto y de la mano del propio José María Aznar, lo que le supuso su primer cargo de designación política, algo que sí incluyó en su currículum presentado al Senado, al igual que la referencia a una conferencia pronunciada en 1993 en la Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales (FAES), vinculada al PP, sobre los “aspectos básicos de la reforma del mercado de trabajo”. Sobre la misma fundación reseñó su participación en otra conferencia sobre “la reforma de la intermediación en España”, en 2009 pero omitió su intervención en otras actividades, hasta ocho, reseñadas en las memorias de la propia fundación y correspondientes a los años 2006 y 2007, en las que aparece el nombre de Pérez de los Cobos, por ejemplo, junto al de la actual ministra de Fomento, Ana Pastor, como asistentes a un seminario sobre “La reforma laboral que España necesita”.
Francisco Pérez de los Cobos. /SCIAMMARELLA
Precisamente la constitucionalidad de la reforma laboral aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy será uno de los temas sobre los que el actual presidente del Constitucional deberá dilucidar, tras el recurso presentado por el grupo socialista en el Congreso.
Francisco Pérez de los Cobos es considerado, por muchos, como autor intelectual de dicha reforma. Sin embargo, hay algo que, en cualquier caso, es una realidad: su relación con uno de los autores conocidos de la ley, el actual director general de Empleo, Javier Thibault. El vínculo se remonta a la estancia de ambos en la Universidad de Barcelona, donde compartieron departamento. Ambos coincidieron también en la Universidad Complutense de Madrid cuando el ahora presidente del Constitucional era director del departamento en el que Thibault fue profesor titular en servicios especiales.
En 2000, Pérez de los Cobos dirigió la tesis de Thibault, en la que obtuvo un sobresaliente cum laude. Hasta 2010, ambos firmaron juntos hasta media docena de publicaciones. Y cuando Pérez de los Cobos llegó al Constitucional, en diciembre de 2010, entre los letrados con los que cada nuevo magistrado puede contar se incluyó a Thibault, puesto que ocupó hasta enero de 2012, cuando fue nombrado director general de Empleo. Un mes después, se aprobó la reforma laboral.
El presidente del Constitucional obvió ocho colaboraciones con FAES
La relación con Javier Thibault, que entonces era un profesor de universidad, no fue ocultada al Senado donde, sin embargo, el candidato a magistrado sí obvió que figura como administrador único de Labour Prospectives, una sociedad creada en 2003 que tiene como objeto “la elaboración de estudios en el ámbito de las relaciones laborales, análisis de la negociación colectiva y asesoramiento general en el ámbito social”. Antes del nombramiento, Cobos suspendió las actividades de la sociedad, dada la incompatibilidad de los miembros del Tribunal Constitucional con “el desempeño de actividades profesionales o mercantiles”, tal como señala la Ley Orgánica del propio tribunal. Aún así, sigue figurando como máximo responsable de la sociedad limitada.
Con la publicación de su militancia en el PP, al menos, hasta 2011, ha salido a la palestra otra posible incompatibilidad. Desde marzo de 2012, cuando ya ocupaba un puesto como magistrado del Constitucional, forma parte de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
En 2012, logró la autorización verbal de Pascual Sala para ser experto de la OIT
Varias fuentes han asegurado que la autorización sobre la posibilidad de compatibilizar ambos cargos nunca pasó por un pleno y que fue el anterior presidente del alto tribunal, Pascual Sala, quien le dio, únicamente, una “autorización verbal” para que puediera compaginar ambos cargos. El hecho es que Francisco Pérez de los Cobos fue nombrado miembro de dicha comisión, que se reunió, en Ginebra, los mismos días en los que el Tribunal Constitucional registró su ausencia en uno de los plenos celebrados en el mes de noviembre de 2012. Según las actas de las votaciones del alto tribunal celebrado durante los días 27, 28 y 29, el magistrado estuvo ausente. Precisamente esos días se reunió la comisión de la que forma parte.
Desde que EL PAÍS desveló que el actual presidente del Constitucional pagó sus cuotas de militante, al menos, hasta 2011, Cobos no ha dado ninguna explicación pública. De la reunión que mantuvo con parte de los magistrados que forman el pleno no logró sacar la declaración institucional de apoyo que pretendía pero sí una nota de prensa en la que defendía la legalidad de compatibilizar la militancia política con su puesto como magistrado. Pérez de los Cobos no ha dicho públicamente si ha abandonado su afiliación política. El PP ha impedido, además, que dé explicaciones en el Congreso y solo si tres de los otros once magistrados del Constitucional lo piden, al menos, tratará la polémica en un pleno extraordinario del mismo tribunal sobre el que existe una cascada de anuncios de impugnaciones y recusaciones.

miércoles, 24 de julio de 2013

NULIDAD PARA BARCENAS


Nulidad en bandeja para Bárcenas



El juez Ruz pregunta a los peritos de Hacienda si el PP cometió delito fiscal

No hay forma legal de que el juez Ruz siga instruyendo el Caso Bárcenas en otoño, una vez sea renovado el CGPJ. No la hay, a menos que queramos servirle a Bárcenas y, como no al PP, una nulidad del procedimiento llegue este a quien llegue. ¿Y esto no lo está buscando nadie, no? ¿o sí? Hay que aplaudir la actitud del titular del Juzgado Central 5, Miguel Carmona, y del presidente del CGPJ, Moliner, que frenaron una maniobra iniciada por la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional para amarrar la permanencia de Ruz antes de las vacaciones. Y hay que hacerlo porque pusieron pie en pared a un movimiento que podía viciar de nulidad el procedimiento.
No se trata de si Ruz lo hace bien o mal. No hay que mirar si es más lento o más rápido, más osado o más pacato, o si instruye pegado a las peticiones o informes de la Fiscalía y la Policía que encarga y recibe; no se trata de si es más callado, mas fotogénico o más simpático. La Justicia no es un casting. Ni siquiera se parece a un proceso de selección para un empleo. Ese ya lo hicieron antes de convertirse en jueces. En la Administración de Justicia los casos no pertenecen a los jueces sino a los órganos judiciales de manera que el destino del Caso Bárcenas y del casi finiquitado Caso Gürtel pasa por quién sea legalmente el juez del Juzgado Central 5. La Ley protege a los ciudadanos de la posibilidad de que el poder les designe jueces “ad hoc” y, por eso, la vulneración del juez predeterminado por la ley vicia de nulidad todo un procedimiento. Así que por muy bien que lo esté haciendo Ruz, no empecemos las campañas sobre su permanencia en el caso para luego decir que lo quitaron o no con aviesas intenciones. No, si Ruz siguiera con el caso una vez incorporado Carmona, sería un juez “ad hoc”.
La situación es sencilla. Ruz no es titular de la plaza, ni tiene número de escalafón suficiente para obtener un juzgado siquiera en Madrid capital, así que en ningún caso podría obtener este u otro juzgado de la AN. La intención de la Sala de Gobierno era y es nombrarlo como “juez de refuerzo” por carga de trabajo del magistrado Miguel Carmona cuando éste se incorpore a “su” juzgado. El primer punto discutible es si el Juzgado Central número 5 necesita ser reforzado. Ruz se ha considerado suficiente para servirlo desde la marcha de Garzón y ha renunciado a las medidas de refuerzo que se le propusieron. Unas medidas que la ley presenta como previas antes de llegar al “juez de refuerzo”, que es el último recurso ante un atasco indigerible. Esas medidas previas consisten en dejar su juzgado fuera del turno de reparto -es decir, que durante un periodo determinado no le entren nuevos asuntos- o bien en ser apoyado por sus compañeros jueces centrales. Ambas medidas le fueron ofrecidas en Junta de Jueces y Ruz negó necesitar ninguna de ellas para poder hacer frente a su carga de trabajo.
Resulta cuanto menos chocante que se parta de la base de que Miguel Carmona, el titular del 5, si lo va a necesitar, máxime cuando el propio Ruz da el Caso Gürtel como casi listo para ser enviado a la Sala para enjuiciamiento. Correr para ponerle refuerzo a Carmona sin que él lo solicite no se si es llamarle poco competente o poco trabajador o por lo menos menos eficiente que Ruz. No es el caso, Miguel Carmona es un magistrado con enorme experiencia. Debe ser él quien determine si precisa de ayuda o no. En realidad, es evidente que la propuesta trataba de buscarle a Ruz una salida para poder continuar en la Audiencia Nacional y no tener que regresar a, éste sí, su juzgado de Móstoles.
Demos incluso por bueno que está bien que se le buscara esa salida al juez Ruz y supongamos que Carmona consiente. Aún siendo así, haría falta un segundo salto en el vacio, éste sí absolutamente contrario a la ley, para que Ruz siguiera llevando el Caso Bárcenas. Y es que la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) en su artículo 216 bis 1 y 216 bis2 4º lo deja meridianamente claro: en caso de refuerzo es el titular el que se queda con los asuntos ya existentes en el juzgado y el juez de refuerzo el que se va encargando de lo nuevo que entre. Y no puede ser de otra forma, so pena de crear un juez “ad hoc” y servir esa nulidad por la que tanto suspiran muchos en bandeja.
Esto nos da también idea de la fragilidad que supone que un juez que no posee la plaza en propiedad -cuyo destino ha dependido y depende de decisiones del CGPJ que pueden prorrogarle su estancia en un órgano de gran relevancia o enviarle de nuevo a Móstoles- haya estado llevando casos de la importancia que estos tienen para los políticos. Esos políticos que, a través del CGPJ, sí pueden influir en su destino.
No tengan miedo los que temen por ahí que si llega un nuevo juez el caso se ralentizará, se eternizará o encallará. No teman. El Caso Bárcenas acaba de empezar. No se ha hecho gordo aún. Por otra parte, un juez con experiencia sabe cómo ponerse al día de los asuntos. Esperemos pues a que el titular del Juzgado Central número 5 tome posesión de su destino y decida, como la ley prevé, si quiere un refuerzo o no. Y una vez que lo haya hecho, acátese también ésta respecto al papel que le queda a Ruz.
Sería maldita la gracia que tuviéramos un Caso Naseiro bis por no ser muy estrictos en el cumplimiento de la legalidad. Los ciudadanos no iban a entenderlo ni a soportarlo. Porque hemos de pensar que nadie lo está buscando adrede, ¿no?

sábado, 20 de julio de 2013

GARZON PIDE AL TC, QUE ANULE SU SENTENCIA


Garzón pide al TC que anule la inadmisión del recurso contra su condena porque uno de sus firmantes es De los Cobos

Se plantea pedir al Rey que anule su nombramiento



   MADRID, 19 Jul. (EUROPA PRESS) -  

  El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón ha pedido al Tribunal Constitucional que anule la providencia que en noviembre de 2012 rechazó tramitar su recurso contra la condena de 11 años de inhabilitación que le impuso el Tribunal Supremo al ser el presidente del tribunal de garantías, Francisco Pérez de los Cobos, uno de los firmantes de la resolución.

   Los abogados de Garzón, José Luis Fuertes Suárez y Javier Yagüe García, han presentado este viernes una petición de "nulidad absoluta de actuaciones" de la providencia que rechazó tramitar el recurso del juez contra su condena al entender que De los Cobos, al haber sido designado magistrado de este órgano ocultando su condición de militante de PP, incurrió en incompatibilidad y su participación en la deliberación no es válida.

   Según un comunicado al que ha tenido acceso Europa Press, la interpretación "lógica y sistemática elemental" de la regulación de las incompatibilidades prevista en el artículo 19 de Ley Orgánica del Tribunal Constitucional(LOPJ) "lleva necesariamente a que tenga que ser de aplicación a los magistrados del más alto Tribunal".

   Añaden en su recurso que carece de sentido "que el más humilde juez de pueblo no pueda ser militante de un partido y que sí lo pueda ser el Presidente del Tribunal Constitucional".

   Baltasar Garzón y sus letrados se plantean incluso pedir formalmente al Rey la nulidad radical de su nombramiento, al amparo del art. 16 de la ley Orgánica del Tribunal Constitucional y del artículo 6.3 del Código Civil, y exigir las responsabilidades a que hubiera lugar.

PROCESO CONTRA EL PP

   Además, en el caso de Baltasar Garzón, indican los letrados que "la apariencia de ausencia de la obligada imparcialidad subjetiva de Pérez de los Cobos, en cuanto militante del PP, es clamorosa, ya que en su recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional se cuestionaba la condena de Baltasar Garzón por unas escuchas acordadas por él en una investigación criminal dirigida contra dirigentes y miembros del PP".

   Para la defensa de Garzón, "no cabe explicación ni excusa alguna para su silencio en aquel momento sobre este crucial extremo" y, de haberse sabido, habrían procedido a su inmediata recusación".

   "Al no haberse abstenido ni revelado su militancia, la decisión es nula de pleno derecho", insisten los letrados, que citan el artículo 228.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), con independencia del criterio de los otros magistrados en aquel caso.

   Finalmente, Garzón considera que la situación de Pérez de los Cobos es "insostenible e insubsanable" aunque luego hubiera pedido formalmente la baja del partido. "Nada podría sanar el vicio de origen de nulidad de su nombramiento, que quebrantó una norma imperativa de prohibición", añaden.

   "Ello lleva además al Tribunal Constitucional a una situación insostenible, en la que su presidente tendría que abstenerse en todos los Plenos o deliberaciones en que se cuestionaran leyes, normas o actuaciones del PP, por lo que en la práctica el órgano carecería de presidente efectivo, lo que es un desfallecimiento intolerable de la alta institución".

   El exmagistrado alegaba en su recurso que el fallo del Supremo ponía en peligro la independencia judicial que garantiza la Constitución y añadía que su condena a 11 años de inhabilitación es "gravísimamente inconstitucional en términos hasta ahora desconocidos en nuestro Estado democrático".

   Sus alegaciones fueron rechazadas de plano en una una providencia fechada el 29 de octubre de 2012 y firmd por los magistrados Pablo Pérez Tremps, Francisco José Hernando y Francisco Pérez de los Cobos.

   Señalaban, que "dada la manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo, violación que, de acuerdo con el artículo 44.1 Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) es condición para que este Tribunal pueda ejercer dicha tutela".

FUENTE


jueves, 18 de julio de 2013

EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PAGO CUOTAS DE MILITANTE DEL PP


El presidente del Constitucional pagó cuotas de militante del PP

Pérez de los Cobos hizo el abono al partido en 2011 cuando ya era magistrado

La Constitución prohíbe la afiliación política y exige “total independencia



El presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, está incluido en el listado de donantes y afiliados del PP entre 2008 y 2011, cuyas aportaciones sirven para sufragar los gastos del partido. De los Cobos fue elegido magistrado del alto tribunal el 29 de diciembre de 2010.
El listado en el que aparece De los Cobos está en un documento que forma parte del sumario del caso Bárcenas, y en el mismo se señala tanto el nombre de la persona que contribuyó a la financiación del partido como el número de su Documento Nacional de Identidad y la cantidad aportada. En el caso del presidente del alto tribunal fueron 37,14 euros por año, cantidad que, según varios afiliados consultados, coincide exactamente con la cuota mínima que paga los militantes populares en la ciudad de Barcelona.
La portavoz oficial del presidente del Constitucional se ha negado, en reiteradas ocasiones, a dar ningún tipo de explicación alegando que Pérez de los Cobos sigue así “la práctica constante” de este tribunal, es decir, la de no hacer ningún tipo de valoración, pese a que en este caso no se trata de una cuestión que ataña al orgnaismo sino a su presidente.
Los jueces y magistrados tienen prohibido, por ley, pertenecer a partidos políticos o sindicatos. Así, lo refleja el artículo 395 de la ley Orgánica del Poder Judicial: “No podrán los Jueces o Magistrados pertenecer a partidos políticos o sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos”.
Además, la Constitución, en su artículo 127, señala que “los jueces y magistrados así como los fiscales, mientras se hallen en activo, no podrán desempeñar otros cargos públicos, ni pertenecer a partidos políticos o sindicatos”. Y, en el punto 2 del mismo artículo, añade que “la ley establecerá el régimen de incompatibilidades de los miembros del poder judicial” y señala que este régimen “deberá asegurar la total independencia de los mismos”.
Cobos ha pagado cantidades que corresponden a la cuota básica
El Constitucional siempre se ha considerado como un tribunal politizado debido a que parte de sus miembros son propuestos por los partidos políticos. Pero magistrados que han ejercido en ese tribunal han subrayado a este periódico que “jamás han conocido un precedente de un magistrado militante porque no lo permite taxativamente la ley”.
Además de por la ley fundamental, el alto tribunal está regulado por una ley orgánica propia que reproduce otro artículo de la Constitución, el 159, en el que se marcan las incompatibilidades propias de los miembros del Constitucional. La condición de magistrado es incompatible con “el desempeño de funciones directivas en los partidos políticos”, dice específicamente, pero añade que “los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del Poder Judicial”. Es decir, estar afiliado a un partido y ser magistrado del Constitucional es incompatible. “Es una causa de incompatibilidad clarísima”, aseguran varios constitucionalistas consultados por este periódico.
Sin embargo, fuentes jurídicas cercanas al actual presidente aseguraron ayer que los letrados del propio tribunal sustentan que la literalidad de la norma indica que la incompatibilidad se daría solo en el caso de que desempeñara una función directiva en un partido político, y no por estar simplemente afiliado de base al Partido Popular.
Las aportaciones económicas de Pérez de los Cobos al PP reflejadas en el documento aportado a la causa de los papeles de Bárcenas coinciden con su tarea ya de magistrado en el Constitucional, al menos a finales de 2010 y durante 2011.
El magistrado se ha negado a responder si sigue activo en su militancia
La propuesta del PP para que Francisco Pérez de los Cobos fuera magistrado por la cuota que designa el Senado se desveló el 29 de septiembre de 2010, con tres años de retraso por la ausencia de consenso entre PP y PSOE para proponer candidatos. En octubre de 2010, el Senado dio el visto bueno a su candidatura.
El ahora presidente del Constitucional fue nombrado magistrado en diciembre de 2010, motivo por el que tuvo que dejar su puesto de director del departamento de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la Universidad Complutense de Madrid. En ese año realizó uno de los documentados ingresos de 37,14 euros al PP.
El listado de afiliados fue elaborado por la Agencia Tributaria
El 11 de enero de 2011, Pérez de los Cobos tomó posesión de su cargo de magistrado. Y el pasado 19 de junio, después de 17 meses como miembro del alto tribunal, fue elegido presidente del Constitucional. Es decir, en tres años pasó de ser catedrático de Trabajo a máximo responsable del más alto tribunal español. Lo hizo logrando una votación unánime, con el apoyo tanto del sector conservador como del progresista.
La ausencia de una explicación por parte de Pérez de los Cobos ha imposibilitado que desmienta si sigue al corriente en estos momentos del pago de las cuotas como miembro del PP, más allá de los pagos documentados.
El PP ha admitido la veracidad de los datos de quienes se desgravaron cuotas
“Cuando concurriere causa de incompatibilidad en quien fuere propuesto como magistrado del Tribunal, deberá, antes de tomar posesión, cesar en el cargo o en la actividad incompatible. Si no lo hiciere en el plazo de diez días siguientes a la propuesta, se entenderá que no acepta el cargo de magistrado del Tribunal Constitucional”, señala la ley. Según diversas fuentes, Pérez de los Cobos no presentó ninguna causa de compatibilidad por su afiliación política.
Sin embargo, sí se planteó una posible incompatibilidad posteriormente, en abril de 2012, cuando fue elegido miembro de la Comisión de Expertos en Aplicaciones de Convenios y Recomendaciones de la Organización Mundial del Trabajo (OIT), ya que la condición de magistrado en el Constitucional también es incompatible con todo tipo de asesoramiento jurídico. En ese caso, él mismo recabó una consulta que acabó determinando la posibilidad de mantener ambos cargos.
Con la misma aportación de pago de 37,14 euros anuales que Pérez de los Cobos, el listado del PP certifica los ingresos efectuados por otras 400 personas en 2008. La mayoría de ellas son de Barcelona, ciudad en la que el magistrado vivió en su época como catedrático de Derecho del Trabajo en la Universidad Autónoma, entre 1996 y 2007. En 2009 fueron algo menos, un total de 367, que se redujeron a 266 en 2010 y a 253 en 2011.
EL PAÍS ha consultado con algunas de las personas que aparecen en el listado y todas ellas coinciden en señalar que el pago de los 37,14 euros corresponde a la cuota mínima anual de afiliación en la ciudad de Barcelona. En los años 90, la cuota mensual era de 500 pesetas (3 euros) y fue actualizándose hasta la cantidad de 37,14 anuales (515 pesetas al mes) que se ha cobrado en la década del 2000. “Solo puede ser la cuota”, dijeron dos de esas personas, argumentando que ninguno de ellos aporta más al PP.
El listado de donantes y afiliados del PP, con 287.103 apuntes, forma parte del sumario del caso BárcenasCuando la Fiscalía Anticorrupción abrió diligencias por el supuesto cobro de sobresueldos por parte de los miembros de la cúpula del PP, requirió información a la Agencia Tributaria, al Tribunal de Cuentas y al propio PP. Los documentos aportados por Hacienda incluyen tanto donantes como afiliados pero no todos, sino aquellos que, tal como está previsto en la ley, se desgravaron su aportación. Los militantes consultados coinciden en señalar la desgravación y el porqué figuran en la documentación de Hacienda.
El Partido Popular ha admitido la veracidad de los datos que contiene el documento, pese a que fuentes oficiales insisten en que la elaboración no es propia, y se la atribuyen a la propia Agencia Tributaria conforme a las desgravaciones presentadas.

miércoles, 26 de junio de 2013

GARZON RECHAZA DEFENDER A SNOWDEN


EL EX JUEZ GARZON RECHAZA DEFENDER A SNOWDEN

Actual abogado de Julian Assange, el español había recibido un pedido escrito del ex agente de la CIA, reclamado por los Estados Unidos por filtar información secreta a la prensa
Crédito foto: AP


"Informo que el despacho de abogados ILOCAD ha decidido no asumir la defensa de los intereses del Sr. Snowden", afirmó en un comunicado Garzón, que ahora dirige un gabinete jurídico en Madrid y se encarga desde hace meses de la defensa del australiano Julian Assange, fundador de WikiLeaks.

El ex juez, que no explicó los motivos de su decisión, había anunciado el lunes haber recibido una petición por parte de Snowden para que se encargase de su defensa, agregando que estudiaría el caso antes de pronunciarse.

"Por otro lado, continuaremos con la representación del Sr. Assange y de WikiLeaks en la defensa del derecho fundamental a la libertad de información y de expresión", afirmó Garzón en su comunicado.

Assange, cuya web WikiLeaks desveló gran cantidad de documentos secretos de la inteligencia y la diplomacia estadounidense, se encuentra refugiado en la embajada de Ecuador en Londres para escapar a una petición de extradición de Suecia, país donde se le acusa de presuntos delitos sexuales.

El australiano se niega a ser extraditado a Suecia porque teme que Estocolmo lo extradite a su vez a Estados Unidos.

sábado, 1 de junio de 2013

CASO NOSS, EL JUEZ ATRIBUYE A CAMPS Y BARBERA, MALVERSACION, FRAUDE Y FALSEDAD


El juez del caso Nóos atribuye a Camps y Barberá malversación, fraude y falsedad

El magistrado advierte de que las adjudicaciones a Urdangarin estuvieron marcadas por el "favoritismo" y el "amiguismo"

José Castro, el juez de Palma que investiga el caso Nóos, considera que el ex presidente de la Generalitat Valenciana Francisco Camps y la alcaldesa de Valencia Rita Barberá pudieron cometer los delitos continuados de malversación, prevaricación, fraude a la Administración y falsedad documental. Castro ha remitido al TSJ una exposición razonada en la que a lo largo de setenta páginas desgrana las presuntas irregularidades que se produjeron en la contratación de Nóos para tres ediciones del congreso deportivo Valencia Summit y la preparación de los fallidos Juegos Olímpicos Europeo. El magistrado ha llegado a la conclusión de que Camps y Barberá "asentían verbalmente a lo que les ofrecía" Urdangarin porque era el yerno del Rey y que los contratos se iniciaron sin absolutamente ningún procedimiento administrativo de adjudicación hasta el punto que se prescindió "del sentido común". Castro advierte de que en las adjudicaciones primaba el "amiguismo" y el "favoritismo".
El juez Castro explica en la exposición razonada para inhibirse en favor del TSJ que el Instituto Nóos comenzó a trabajar en el primer certamen de Valencia Summit meses antes de la firma del convenio. Castro destaca que la clave es la reunión que organizó Urdangarin con Camps y Barberá en enero de 2004. "La realidad que se vivió al margen de la documentación del convenio fue que Iñaki Urdangarin concertó con Francisco Camps, entonces presidente de la Generalitat Valenciana, y Rita Barbera, alcaldesa de Valencia, una cita que para mayor impacto psicológico hacia las autoridades valencianas tuvo lugar en el Palacio de la Zarzuela. El objeto de la reunión era el de obtener la adjudicación -como consecuencia de un acto meramente voluntarista y al margen de cualquier procedimiento administrativo- de la organización de los que se llamarían eventos Valencia Summit". El magistrado precisa que la reunión en la Zarzuela presuntamente se produjo el 29 de enero. "En esta reunión ya quedó definitivamente decidido que la organización de los eventos del Valencia Summit le sería adjudicada al Instituto Nóos y buena prueba de ello es que a partir de entonces la adjudicataria ya empezó a trabajar en la encomienda".
El juez instructor incide en que los directivos de la Ciudad de las Artes y las Ciencias -que pagó a medias a Nóos con la Fundación Turismo Valencia Convention Bureau- confirmaron que el convenio "nunca estuvo precedido de la realización de absolutamente ningún informe sobre la viabilidad técnica, financiera, jurídica o estudio de los precios de mercado para eventos similares". El magistrado lamenta que los responsables del convenio "despreciaron olímpicamente la necesidad" de un estudio serio que justificara la firma del contrato con Nóos.
Tres millones

El juez precisa que Nóos percibió de la Generalitat y del Ayuntamiento de Valencia 1.044.000 de euros por cada una de las tres ediciones del Valencia Summit sin que quienes gestionaban los fondos públicos "llevaran a cabo un estudio documentado sobre los costes y repercusión" del primer congreso. Además, advierte de que el Consell y el ayuntamiento aceptaron las propuestas del duque de Palma y su socio, Diego Torres, "sin discusión o negociación".
José Castro destaca que las contrataciones fueron actos "estrictamente voluntaristas" que no obedecían a intentar procurar el interés general sino "solo al deseo de doblegarse a las exigencias de Iñaki Urdangarin en atención a su parentesco con la Casa de Su Majestad el Rey" con adjudicaciones a dedo. El juez sostiene que Camps y Barberá aceptaron todo lo que les ofrecía Urdangarin "en marcos geográficos absolutamente inapropiados y orillando por completo las normas sobre contratación pública".
Juegos Europeos

Las dos administraciones también firmaron un convenio con Nóos para preparar la candidatura de unos Juegos Europeos en Valencia, que nunca se celebraron. El juez apunta que existen indicios de que en este convenio también se prescindió de manera descarada de los principios de concurrencia y publicidad para ser sustituidos por los del "amiguismo".
El magistrado de Palma añade que "parece elemental que la finalidad directamente perseguida era la de favorecer a Urdangarin por su real parentesco". Castro remarca que "sin el beneplácito del presidente Francisco Camps no se comprende ese sometimiento de la Generalitat Valenciana a las exigencias de Iñaki Urdangarin". El juez recuerda que el objetivo del convenio de los Juegos Europeos "nunca llegó a cumplirse pero las arcas de la Comunitat Valenciana se vieron reducidas en 382.203 euros".
Los delitos imputados están castigados con entre siete y quince años de prisión
Los delitos que atribuye el juez al expresidente de la Generalitat Valenciana Francisco Camps y a la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, pueden sumar entre siete y quince años de prisión, y entre 21 y 36 años de inhabilitación para empleo o cargo público, según las penas establecidas en el Código Penal.

El delito de malversación, tipificado en el artículo 432.1 del Código Penal, se atribuye a la autoridad o funcionario que, "con ánimo de lucro", sustraiga o consienta que un tercero, "con igual ánimo" sustraiga los caudales o efectos públicos que tenga a su cargo por razón de sus funciones. Está penado con entre tres y seis años de cárcel, y entre seis y diez años de inhabilitación. El delito de prevaricación, recogido en el artículo 404, contempla pena única de inhabilitación, que va desde los siete hasta los diez años de prisión. Se atribuye a la autoridad que, "a sabiendas de su injusticia", dicte una resolución "arbitraria" en un asunto administrativo. El delito de fraude a la Administración, y contempla penas de prisión de entre uno y tres años, e inhabilitación para cargo público de entre seis y diez años. El delito de falsedad en documento oficial, está castigado con de tres a seis años de cárcel e inhabilitación de dos a seis años. europa press valencia

viernes, 24 de mayo de 2013

GARZON QUIERE PARTICIPAR EN POLITICA


Garzón dice que "es el momento de participar en política"

Baltasar Garzón
Foto: EUROPA PRESS

Pide al CGPJ "proteger" a los jueces de Gürtel "de la presión del PP" y señala que la Infanta Cristina debería haber comparecido voluntariamente

   MADRID, 24 May. (EUROPA PRESS) -

   El exmagistrado de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón considera que "es el momento de participar en política" porque el "panorama" actual es "bochornoso" aunque ha aclarado que él no irá en ninguna lista de ningún partido político.

   "Es el momento de participar en política, porque estamos asistiendo a un panorama bochornoso por parte del Gobierno. Las posiciones ideológicas son muy preocupantes y, ante eso nadie puede permanecer indiferente", señala Garzón en una entrevista que el diario 'El País' publica en su edición de este viernes, recogida por Europa Press.

   En esta línea, el exjuez aclara que no irá en "ninguna lista" de ningún partido político --"estoy en contra de los políticos de profesión", indica-- y frente a esto apuesta en cualquier caso por "reactivar la democracia española con más participación ciudadana".

   En alusión velada al expresidente José María Aznar --aunque aclara que él no quiere dar nombres--, el exmagistrado de la Audiencia Nacional carga contra los políticos "que se retuercen como el tronco del olivo para sujetarse al puesto", los que "nunca quieren irse o que quieren volver porque se sienten investidos por la mano de Dios para solucionar las cosas".

   "En política hay que estar para cumplir lo que se dice y si no puedes o no te dejan, te marchas", defiende durante la entrevista Garzón, quien se define políticamente como partidario de una "izquierda progresista en la que caben el PSOE, IU, iniciativas ciudadanas", entre otras.

'CASO GÜRTEL'

   En relación al caso Gürtel de supuesta financiación irregular en el PP, el exmagistrado ha acusado al Gobierno de Mariano Rajoy y al PP de "hacer escraches oficiales" a los jueces encargados del caso, "les atacan, les denuestan, les acusan de afán de protagonismo".

   En este sentido, aboga por un Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que deje de "mirarse el ombligo" y empiece a "proteger la independencia de los jueces". "La operación Gürtel se llevó a cabo en febrero de 2009 y cuatro años después seguimos en la instrucción. El caso ha dormitado años. Y esa falta de dirección en la investigación puede venir motivada por la presión del PP", apostilla.

   Garzón también critica en la entrevista la reforma de este órgano que pretende acometer el Ejecutivo porque, en su opinión, se le quiere convertir "en poder político". "En lugar de evolucionar al comisariado político, la reforma debería permitir que los ciudadanos elijan directamente a los miembros del Consejo General del Poder Judicial", argumenta.

LA INFANTA CRISTINA

   Preguntado por la suspensión de la imputación de la infanta Cristina en el caso Nóos, defiende que la imputación del juez "estaba motivada" y considera que la hija menor del Rey debería haber comparecido "voluntariamente y colaborar con la justicia.

   En cuanto al tema del terrorismo y el acercamiento de presos etarras al País Vasco, Garzón incide en que la prisión "no debe ser un acto de venganza del Estado o de las víctimas" y aboga por "interpretar la situación en cada momento" y, en este sentido, considera que habría que avanzar hacia el final del terrorismo "con pedagogía y dentro de la legalidad". "A estas alturas tendría que avanzarse en el diálogo, ver la actitud de los presos", aclara.

   Sobre este último punto, señala que el exdirigente de Batasuna Arnaldo Otegi "ha dado muestras de su posición a favor de la paz" y plantea la posibilidad de que "en determinados momentos la prisión no es el lugar más adecuado". "Hay alternativas y se deben plantear para conseguir un espacio para la paz. No solo en el caso de Otegi", argumenta Garzón, quien considera "inhumano" que el preso de ETA Josu Uribetxeberria Bolinaga hubiera permanecido en la cárcel teniendo en cuenta su enfermedad. "Y nosotros no debemos serlo, aunque él lo fuera", añade.

   El exmagistrado de la Audiencia Nacional, apartado de la carrera judicial por las escuchas de la trama Gürtel, adelanta también que piensa tomar posesión de su plaza de juez en 2021, cuando termina su condena

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