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viernes, 24 de enero de 2014

VENEZUELA: TRUBUNAL DEVUELVA AL ALCALDE DE BOGOTA A SU PUESTO


Tribunal suspende destitución del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro


Gustavo Petro
Este miércoles parecía que el propio Gustavo Petro estaba a punto de darse por vencido. Pero sólo un día después, el jueves, dos nuevos fallos judiciales parecen haberle dado al alcalde bogotano un poco de aquello que más necesita: tiempo.
El alcalde pelea desde el 9 de diciembre pasado una complicada batalla en contra de una orden de destitución de la Procuraduría General de la República, que lo acusa de haber violado la ley al tratar de nacionalizar el sistema de recolección de basuras de Bogotá.


Y al dirigirse a sus simpatizantes, que ayer llegaron en miles a la Plaza de Bolívar de la capital colombiana, Petro llegó incluso a ponerle fecha a su salida del vecino Palacio de Liévano.
"El 29 de enero, el procurador (…) saca su edicto o finaliza su edicto y de allí pasa al presidente. Y yo la verdad creo que no se va a demorar un día en firmar, es decir, que el 30 este alcalde sale por esa puerta y deja de ser alcalde", dijo el regidor el miércoles por la noche.
Pero este jueves, dos magistrados del Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenaron la suspensión temporal de la sanción.
Y todo parece indicar que antes de que venzan los plazos judiciales, el alcalde podría tener la oportunidad de someterse al veredicto de las urnas, tal y como estaba pidiendo desde que se anunció su sanción.

El futuro de Petro sigue en una balanza

Efectivamente, el primer fallo a favor de Petro, se dio en respuesta a un recurso de tutela interpuesto por una ciudadana que sostenía que la sanción ordenada de la Procuraduría lesionaba, entre otros, "el derecho fundamental al control político consagrado en el numeral 4 del artículo 40 de la Constitución".
Y en su resolución el tribunal reconoce explícitamente que con la suspensión temporal de la destitución lo que busca es permitir la celebración de un referendo revocatorio convocado previamente por iniciativa de los opositores al alcalde.
"De no se suspender transitoriamente los efectos jurídicos del acto administrativo disciplinario en contra del Alcalde Mayor de Bogotá, ya no habría lugar a la realización de la consulta popular de revocatoria del mandato que estaba programada para el 2 de marso de 2014, circunstancia que flagrantemente limita el ejercicio del derecho fundamental de control político de los electores", se lee en la sentencia.
Aunque, el tribunal también acusó a la Procuraduría de haber desplazado al electorado al analizar y sancionar una política pública y no una cuestión meramente disciplinaria.
La protección del derecho a elegir y ser elegido fue, por su parte, el argumento central de una segunda sentencia favorable a la causa del alcalde emitida poco después por otro magistrado del mismo tribunal Administrativo de Cundinamarca.
Y aunque todavía hay muchas otras tutelas vinculadas al caso que están pendiente de fallo y varias no fueron admitidas por jueces de la misma corporación, la Procuraduría ya anunció que impugnará la decisión.
De optar por este camino, el efecto práctico a corto plazo de esta complicada disputa legal terminaría siendo el mismo: el caso Petro pasaría a ser revisado por el Consejo de Estado, el que podría tomarse hasta un mes revisando la cuestión.
Con esos plazos, el referendo revocatorio parece inevitable. Lo que significa que el futuro del alcalde de Bogotá seguirá pendiendo en la balanza por un tiempo más.

jueves, 23 de enero de 2014

ESPAÑA: LA UE MULTARA CON 50 MILLONES DE EUROS A LAS DIPUTACIONES VASCAS


El tribunal de la UE se inclina por multar con más de 50 millones de euros a las diputaciones vascas



El tribunal de la UE se inclina por multar con más de 50 millones de euros a las diputaciones vascas


El Tribunal de Luxemburgo acaba de mandar su primer mensaje de advertencia a las diputaciones de Bizkaia, Álava y Gipuzkoa al estimar que no sólo aplicaron incentivos ilegales en los años 90 para reducir la fiscalidad de algunas empresas, sino que también ocultaron información y dilataron en extremo el proceso de recuperación. El informe de la abogada general, Eleanor Sharpton, que acaba de darse a conocer en Luxemburgo y que es el paso previo para la sentencia, supone un claro respaldo a las tesis de la Comisión Europea. El informe propone al Tribunal que imponga una multa a las diputaciones de, al menos, 50 millones de euros. Sería la sanción más elevada impuesta por el Tribunal de la UE en toda su historia.
El juicio en la corte europea se celebró el pasado 10 de septiembre y en él las diputaciones, a través de un abogado del Estado, defendieron haber recuperado las ayudas en el momento en el que se les ordenó, si bien admitieron la existencia de discrepancias con la Comisión. En concreto, las haciendas forales vascas defendieron que no debían recuperar la totalidad de las ayudas concedidas en la década de los 90 -las conocidas como 'vacaciones fiscales' y otros incentivos a la inversión-, ya que una parte de las mismas podía considerarse compatible con las que la UE tenía autorizadas en ese momento en el País Vasco. Por el contrario, la Comisión Europea no admite esa interpretación y ha exigido siempre que se recuperase hasta el último euro deducido por las empresas vascas que accedieron a esas deducciones especiales.
La Comisión Europea ha solicitado al Tribunal de Luxemburgo que imponga a las diputaciones forales una multa de 64 millones de euros, por haber tardado siete años en recuperar los algo más de 500 millones de euros concedidos en ayudas fiscales a casi 300 empresas vascas.
El Tribunal de Luxemburgo ya sentenció en 2006 que aquellos incentivos vigentes aplicados en los años 90 eran ilegales de acuerdo a la normativa comunitaria. La corte nunca ha cuestionado la capacidad de las haciendas forales para aprobar una normativa fiscal distinta a la vigente en el resto de España, pero detectó varios fallos en su aplicación. En especial, que las ayudas no eran aplicables por la totalidad de las empresas vascas, sino únicamente por las de nueva creación, en el caso de las 'vacaciones fiscales' o aquellas que superasen determinado volumen de inversión, para las deducciones que alcanzaron hasta el 45%. El Tribunal respaldó entonces a la Comisión al sentenciar que la discriminación a la hora de aplicar deducciones fiscales supone una distorsión del mercado.

viernes, 6 de diciembre de 2013

ESPAÑA: JAUME MATAS CULPABLE DE VALERSE DE SU CARGO PARA DAR UN CONTRATO DE TRABAJO SIMULADO A SU MUJER


El tribunal del jurado declara a Jaume Matas 


culpable de valerse de su cargo para lograr un 


contrato de trabajo simulado para su mujer



El TSJIB informa
El Tribunal del Jurado ha emitido un veredicto de culpabilidad contra Jaume Matas Palou, al que consideran culpable, por unanimidad, de haber admitido regalo o donación ofrecida en consideración a su condición de presidente del Govern balear (por la contratación de su mujer en un hotel de Palma en 2007). También por unanimidad, el Jurado no es partidario de que le sea concedido el beneficio de la suspensión de la condena, ni de que le sea concedido el indulto.
La sentencia del Magistrado-presidente del Tribunal del Jurado será emitida en los próximos días.
La Fiscalía, tras el veredicto, ha solicitado la misma pena de su escrito de conclusiones provisionales por un delito de cohecho del artículo 426 del Código Penal, en su redacción anterior a la reforma operada por Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio (actual artículo 22 del Código Penal): 3 meses de multa, con una cuota diaria de 100 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como el comiso de las cantidades percibidas (42.111,13 euros).
La defensa pide que la pena le sea aplicada en la mínima legalmente prevista.
Palma, 5 de diciembre de 2013

lunes, 28 de octubre de 2013

EL TRIBUNAL SUPERIOR DENUNCIA A ANA BOTELLA ANTE LA FISCALIA POR DESOBEDIENCIA JURIDICA


El TSJ de Madrid denuncia a Ana Botella ante la Fiscalía por desobediencia jurídica

La alcaldesa de Madrid, Ana Botella, sufrirá en persona las consecuencias de la pasividad del Ayuntamiento que preside a la hora de ejecutar sentencias judiciales firmes en materia de Urbanismo. En concreto, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado traslado a la Fiscalía del caso referido a edificaciones ilegales en la exclusiva zona de Valdemarín, una de cuyas sentencias fue dictada hace nueve años sin que el Consistorio madrileño la haya obedecido. Hartos de esta actitud, los jueces han responsabilizado de forma personal a Botella, sobre la que además recaerá una sanción económica.

Ana Botella deberá afrontar personalmente una multa por los incumplimientos del Ayuntamiento de Madrid
El Ayuntamiento de Madrid ha acabado con la paciencia de la Justicia en lo que materia de Urbanismo se refiere. Así se deduce de un auto dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) el pasado mes de mayo en el que los juecesresponsabilizan personalmente a la alcaldesa, Ana Botella, de hacer ejecutar una sentencia firme del año 2004 que el Consistorio aun no ha aplicado. El auto daba un plazo de dos meses para llevarlo a cabo, transcurridos los cuales sin novedad ha dado traslado del caso a la Fiscalía por un presunto delito de desobediencia a la autoridad judicial.
El proceso se refiere a una serie de edificaciones en la exclusiva zona de Valdemarín, en la zona noroeste de Madrid. En contra de lo que indicaba el planeamiento original, que reservaba el terreno a la construcción de viviendas unifamiliares, comenzaron a levantarse bloques de apartamentos turísticos, lo que originó la presentación de diversas denuncias contra el Ayuntamiento de Madrid por parte de los vecinos.
Una de ellas, presentada por un vecino de la Comunidad de Propietarios Valdemarín 42, obtuvo sentencia firme en febrero de 2004, una resolución judicial que instaba al Ayuntamiento de Madrid a declarar ilegales una serie de obras realizadas en dicha comunidad.
Pero a pesar de esta sentencia y de numerosos autos de ejecución dictados por los tribunales, el Consistorio madrileño ha hecho siempre oídos sordos.
De esta forma, el pasado mes de abril el denunciante presentó ante el TSJM un escrito en el que solicitaba directamente el desalojo de las viviendas afectadas por la sentencia de 2004. El Tribunal respondió en apenas quince días con un auto en el que se considera que no ha lugar el desalojo pero en el que muestra el hartazgo de los jueces ante el hecho de que el Ayuntamiento de Madrid lleve nueve años sin ejecutar una sentencia firme.
Multa personal coercitiva
De este modo, el TSJM decidió que, a partir de ahora, la alcaldesa en persona sea la que se responsabilice de este asunto. Así, ha sido la propia Ana Botella la denunciada ante la Fiscalía por un presunto delito de desobediencia a la autoridad judicial y tambiénla que deberá asumir, en persona, la multa coercitiva de 300 euros por cada mes que transcurra sin que la sentencia sea ejecutada.
Como el auto fue emitido en mayo y daba dos meses de plazo para llevar a cabo esta ejecución, Botella acumula ya tres meses de sanción, es decir, 900 euros de multa.
Esta es sólo una de las múltiples denuncias presentadas contra las actuaciones urbanísticas que se han llevado a cabo en Valdemarín, una exclusiva urbanización en la que llegó a tener una vivienda el actual presidente del Gobierno, Mariano RajoyIsabel Tocino, ex ministra de Medio Ambiente y actual consejera del Banco Santander y dos hijas de José Bono, ex presidente del Congreso de los Diputados y de la Junta de Castilla-La Mancha.
El conflicto comenzó a mediados de los años 90 cuando en el desarrollo de la zona conocida como los Valdemarines (Valdemarín Este y Valdemarín Oeste) comenzaron a convivir dos normas urbanísticas: la original prevista en el Plan Urbanistico de 1985, de chalets unifamiliares con amplias parcelas, y la denominada ordenanza colectiva de baja densidad (pequeños bloques de viviendas y apartamentos turísticos).
La zona comenzó a poblarse de bloques de este tipo que no estaban previstos en el planeamiento, lo que motivó el enfado de los primeros vecinos que se trasladaron a vivir allí y que adquirieron las propiedades bajo el supuesto de que sólo se construirían viviendas unifamiliares.
Más de 2.000 viviendas en el aire
Las demandas no se hicieron esperar. Ya en 2002, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) conminó al Ayuntamiento de Madrid a que reconociera para la zona de Valdemarín un régimen urbanístico homogéneo. Es decir, que hubiera sólo chalets o sólo apartamentos.
Ahora, los demandantes esperan sentencias firmes u órdenes de ejecuciones que pueden suponer la declaración de ilegales para algo más de 2.000 viviendas en la zona, unos pisos cuyo valor medio se sitúa en el entorno de los 800.000 euros.

martes, 22 de octubre de 2013

EL TRIBUNAL SUPERIOR DICE QUE COBRAR EL PARO PUEDE SER COMPATIBLE CON OTROS SUBSIDIOS


El TSJPV dice que cobrar el paro puede ser 

compatible con otros subsidios

  • El Inem reclamaba al demandante la devolución de 4.899 euros


El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dado la razón a un desempleado que recurrió la petición del Inem de que devolviera parte del paro que había cobrado, porque entiende que su percepción puede compatible con otros subsidios sociales.
El Inem había comunicado al demandante que debía devolver 4.899 euros que, a su juicio, había cobrado indebidamente porque "superaba los límites legales" de ingresos al estar percibiendo también la renta complementaria de ingresos de trabajo y el complemento al alquiler de vivienda.
El hombre recurrió esta decisión, primero por vía administrativa y luego judicial, y ahora el TSJPV le da la razón al señalar que esos ingresos mensuales deben computarse en función del número de miembros de la familia, cuatro en este caso: el demandante, su mujer y dos hijos.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, se estima parcialmente la reclamación del desempleado, se reconoce su derecho a cobrar el subsidio de desempleo y se establece que no debe devolver el dinero que le reclamaba el Inem.

jueves, 26 de septiembre de 2013

PRESIDENTE DE BOLIVIA: UN TRIBUNAL DE LOS PUEBLOS PARA JUZGAR A OBAMA, PROPONE


Evo Morales propone un “tribunal de los pueblos” para juzgar a Obama


Evo Morales, presidente de Bolivia, habla ante la ONU
El presidente de Bolivia, Evo Morales, propuso este miércoles a la Asamblea General de Naciones Unidas que se realiza en Nueva York, que se establezca lo que describió como un "tribunal de los pueblos" para juzgar a su colega estadounidense, Barack Obama, por supuestos delitos de lesa humanidad.
"Ya que estamos aquí debatiendo sobre la vida y la humanidad, quiero plantearles un tribunal de los pueblos para empezar una demanda al gobierno de Obama", dijo Morales durante su intervención en el pleno de la Asamblea General de la ONU.
Tras repetir sus ya acostumbradas críticas al imperialismo estadounidense, Morales destacó los avances en política social que asegura que ha experimentado Bolivia bajo su gobierno.
El mandatario boliviano también criticó a su vecino Chile, país con el que mantiene un histórico conflicto por recuperar la salida al mar que perdió en una guerra hace más de un siglo.

martes, 17 de septiembre de 2013

EL TC AVALARA COMO JUEZ IMPARCIAL A SU PRESIDENTE-MILITANTE DEL PP


El TC avalará como juez imparcial a su presidente-militante del PP

Dará vía libre a que Pérez de los Cobos delibere sobre la declaración soberanista catalana. El magistrado ha escrito: "No hay en Cataluña acto político que se precie sin una o varias manifestaciones de onanismo"


Francisco Pérez de los Cobos, presidente del Constitucional/Efe
El presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, podrá estudiar, discutir y votar, en el seno de la institución, el recurso del Gobierno del PP contra la declaración soberanista aprobada por el Parlamento catalán, pese a haber sido él mismo militante del Partido Popular cuando ya era magistrado del TC.
El Pleno del tribunal, que se reúne este martes, tiene previsto avalar esta semana que Pérez de los Cobos es un juez imparcial para estudiar ese recurso y otra veintena en la que es parte la Generalitat o el Parlament catalanes, según fuentes del tribunal consultadas por Püblico.
Uno de los argumentos principales del tribunal es que el estatuto del magistrado del TC definido por la Constitución no les prohíbe la militancia en partidos políticos, como si hace expresamente con los jueces, por lo que los miembros del tribunal que no proceden de la carrera judicial pueden estar afiliados a formaciones políticas.
En cuanto a los prejuicios sobre Catalunya y los catalanes que Pérez de los Cobos incluye en su libro de aforismos 'Parva memoria', del año 2006, tendrían acogida según una mayoría del TC en la libertad de expresión y el derecho a la creación literaria, según las mismas fuentes.
Pérez de los Cobos incluyó en ese libro estas máximas relacionadas con Catalunya: "No hay en Cataluña acto político que se precie sin una o varias manifestaciones de onanismo", "El dinero es el bálsamo racionalizador de Cataluña", "Cuando un catalán está satisfecho lo expresa diciendo: "A mí, ya me va bien" ó "La única ideología capaz de seguir produciendo pesadillas es el nacionalismo" (esta última no referida expresamente a Catalunya).
En 2005, en un discurso en el Ayuntamiento de su pueblo natal, Yecla (Murcia), como catedrático de Derecho del Trabajo, había criticado al Proyecto de Estatut catalán por ser una "manifestación de desprecio a la cultura española", según publicó "El País" la semana pasada.
Los argumentos en los que el Govern y el Parlament catalanes han basado la recusación, por falta de imparcialidad objetiva, de Pérez de los Cobos, no han convencido a casi nadie en el Constitucional, ni del sector conservador ni del progresista. Las demandas no se basaban tanto en el hecho mismo de su antigua militancia en el PP, sino en que demuestra su afinidad con dicho partido, y en que ocultó el dato al Senado cuando iba a ser elegido magistrado. 
En la discusión no participa, como establece la ley, el propio recusado, pero de los otros 11 jueces, 10 se inclinan por desestimar de plano la recusación, sin admitirla ni siquiera a trámite.
El catedrático Luis Ignacio Ortega, propuesto por el PSOE y elegido en su día por el Senado junto a Pérez de los Cobos como magistrado del TC, es a priori el único discrepante y favorable a tramitar la recusación, según las mismas fuentes. La decisión será redactada por la catedrática de Penal y vicepresidenta del tribunal, Adela Asúa, del sector progresista.
Tras resolver las recusaciones de las instituciones catalanes, sobre la mesa del tribunal quedarán pendientes las recusaciones o nulidades solicitadas por otras entidades o particulares contra Pérez de los Cobos por su militancia en el PP hasta el año 2011, dato que ocultó al Senado cuando examinó su idoneidad para incorporarse al TC. Entre quienes reclaman está el exjuezBaltasar Garzón o el  dirigente abertzale encarcelado Arnaldo Otegi.
Además, cuando en su día el tribunal examine el recurso del PSOE contra la reforma laboral del Gobierno de Rajoy, puede volver a plantearse que Pérez de los Cobos se quede al margen de la discusión por su coautoría de un artículo en el que parece inspirarse, al menos parcialmente, el proyecto gubernamental. El escrito, publicado en 2010 en la revista Relaciones Laborales, estaba firmado por el ahora presidente del TC y Xavier Thibault, actual director general de Empleo del Gobierno del PP y considerado padre intelectual de la reforma.
El asunto guarda semejanzas con las razones por las que el TC aceptó en 2007 la recusación, planteada entonces por el PP, del magistrado Pablo Pérez Tremps, por haber participado en un estudio junto a otros 10 juristas sobre la constitucionalidad del Estatut de Catalunya. Pérez Tremps fue apartado de la discusión del recurso del Partido Popular contra esa norma.
En su libro de aforismos, Pérez Tremps no sólo se inspira en los catalanes, sino que aborda otros muchos asuntos, como el propio trabajo de los juristas, de quienes dice: "No es infrecuente que lo que se inauguró como una reunión de juristas se clausure como una reunión de cínicos".

sábado, 17 de agosto de 2013

RUZ TRASLADARA LA CAUSA DE COSPEDAL, A UN SOBRINO DE ROUCO VARELA, PRESIDENTE DEL T.S.J. DE CASTILLA LA MANCHA


La trama manchega del 'caso Bárcenas' podría acabar en manos de un sobrino de Rouco Varela


María Dolores de Cospedal, presidenta de Castilla La Mancha


El juez instructor del ‘caso Bárcenas’, Pablo Ruz, podría abrir en los próximos días una nueva pieza separada sobre el presunto pago de 200.000 euros del expresidente de Sacyr, Luis del Rivero, al PP de Castilla-La Mancha. Según afirman diversos medios, de ser así, podría trasladar la causa al Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad, que preside Vicente Rouco Rodríguez, sobrino del cardenal Antonio María Rouco Varela.

De hecho, según afirman fuentes jurídicas, el juez Ruz no habría dejado interrogar a la secretaria general del PP, María Dolores Cospedal, el pasado miércoles, acerca de este supuesto pago porque el magistrado ya estaba estudiando una resolución para determinar qué juzgado se hace cargo de este presunto delito, algo que despertó las críticas airadas de los abogados de la acusación del ‘caso Bárcenas’. 

Ruz sí que preguntó a la también presidenta de Castilla-La Mancha por la mencionada comisión. Cospedal respondió que desconocía el cobro por parte de su partido de ese dinero. Pero tras esta contestación, Ruz dio por zanjado el tema y rechazó cualquier cuestión al respecto por parte de la acusación.

Luis Bárcenas ha acusado a Cospedal de haber recibido varios pagos en negro entre 2009 y 2010. El extesorero, según su versión, le entregó el dinero al liquidar la ‘caja b’ del partido. Gran parte de los ingresos de esa contabilidad opaca procedía, según Bárcenas, de las donaciones irregulares de empresarios al PP, pero el extesorero aclaró que esos donativos nunca se habían concedido a cambio de una adjudicación pública, salvo uno en Castilla-La Mancha en 2007. 

Se trata de un pago de 200.000 euros supuestamente entregado por el expresidente de Sacyr al PP de Castilla-La Mancha para la campaña electoral de Cospedal, después de que una filial de la constructora (Sufi) se hiciera con el servicio de limpieza del Ayuntamiento de Toledo.

FUENTE

miércoles, 14 de agosto de 2013

EL TRIBUNAL DE CUENTAS NO ENCUENTRA 200.000 €, DE COSPEDAL


El Tribunal de Cuentas no encuentra los 200.000 euros del PP de Cospedal


cospedal_marron.jpg
La secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, tendrá que responder hoy a partir de las diez de la mañana a muchos interrogantes en su declaración como testigo ante el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz, que está investigando una posible financiación ilegal del partido. Llega la hora de Cospedal ante la Audiencia | Siga en directo la declaración de Cospedal ante el juez.
Pero por encima de todo, el magistrado insistirá en una pregunta clave. ¿Recibió Cospedal una donación ilegal de 200.000 euros procedentes de Sacyr para la campaña de las elecciones autonómicas y municipales de 2007 a cambio de una adjudicación millonaria del Ayuntamiento de Toledo? Arenas y Cascos admiten descontrol en las donaciones.
Entre los papeles de Bárcenas figura un recibí firmado por el gerente del PP en Castilla-La Mancha, José Ángel Cañas, en dos partidas de 100.000 euros cada una y con fecha de 12 de febrero y 28 de marzo de 2007 respectivamente. Bárcenas aseguró al juez que ese dinero lo cobró de la constructora con el objetivo de pagar una comisión ilegal al exalcalde de Toledo, el popular José Manuel Molina a cambio de la concesión de la recogida de basuras en la ciudad -de hecho, en la parte inferior del folio, el extesorero anotó los nombres de Luis del Rivero y Manuel Manrique, entonces presidente y consejero delegado de Sacyr-, aunque su destino final habría sido la financiación de la campaña electoral.

La defensa de Cospedal

Cospedal ha declarado ya que ese recibí "no prueba absolutamente nada, porque es dinero que Bárcenas dio como tesorero del partido al PP castellano-manchego". El problema es que, según han confirmado a elEconomista fuentes próximas a la investigación, el Tribunal de Cuentas no recibió nunca información alguna al respecto.
De hecho, cuando el pasado mes de julio se publicó el recibí, el organismo supervisor estuvo investigando entre la documentación remitida por el partido correspondiente a esa campaña electoral y ese apunte contable no aparece en la misma.
Aunque el Tribunal de Cuentas ha declinado confirmar o desmentir la noticia, lo cierto queesto desmonta la versión de la secretaria general de los populares y la deja en una situación muy delicada de cara a su comparecencia de hoy. Al margen de que una donación de 200.000 euros a un partido político es ilegal si sobrepasa los 120.000 euros -esa es, supuestamente, la razón por la que se dividió la entrega en dos- sería delito fiscal si no se hubiera declarado. Por eso, una de las primeras cosas que el juez intentará esclarecer es si ese dinero figuran en la contabilidad oficial del partido y si es así las razones por las que no se comunicó al organismo encargado de auditar esos estados contables, tal y como exige la ley. Eso, al margen de preguntar también el porqué se entregó dicha cantidad en billetes y no mediante una cheque o una transferencia bancaria, lo que hubiera sido mucho más lógico en el caso de que todo fuera absolutamente legal.
Y el Tribunal de Cuentas no es además el único que no tiene ninguna información al respecto. La Sindicatura de Cuentas de Castilla-La Mancha, encargada también de supervisar los estados financieros de los partidos políticos, instituciones, entes y empresas públicas de la región, tampoco recibió ningún tipo de información sobre el dinero que Bárcenas entregó al PP de la región.
Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press señalan que puede que en este punto el juez Ruz advierta a la testigo -que como tal acude sin abogado y con obligación de decir verdad-, de la posibilidad de que una respuesta en este punto pueda perjudicarla, por lo que puede acogerse a su derecho de no contestar.

Supuestos sobresueldos

En cualquier caso, y además de todo esto, Cospedal será preguntada también por su conocimiento general de la supuesta contabilidad B y, previsiblemente, será inquirida por lo señalado por Bárcenas respecto del cobro en concepto de sobresueldo, tanto por ella como por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, de 45.000 euros cada uno entre los años 2009 y 2010.
Pese a carecer de recibos que demuestren estos pagos, Bárcenas aseguró que el primero de estos pagos se realizó tras el inicio del caso Gürtel, momento en que el partido decidió liquidar la caja donde guardaba el dinero en efectivo procedente de los pagos realizados por distintos empresarios. Bárcenas señaló también en su interrogatorio que en la caja había depositados sólo en 2009 más de 40.000 euros y que repartió la cantidad en dos partes, que dio tanto al presidente como a la secretaria general del partido.
El excedente de dinero tras el reparto fue adjudicado también a Rajoy. En 2010 habría pagado otros 25.000 euros a cada uno de los dos dirigentes populares, en esta ocasión en efectivo. El dinero, según la versión de Bárcenas, fue entregado en mano en billetes de 500 euros introducidos en sobres marrones. Cospedal habría recibido esta última cantidad en su despacho de Génova.
Cospedal está citada hoy a las 10 de la mañana en la Audiencia Nacional y será la única en testificar después de que ayer lo hicieran Arenas y Álvarez Cascos,.

lunes, 5 de agosto de 2013

RIFIRRAFE ENTRE POLICIAS Y JUECES, UNICIAN UNA INVESTIGACION CONTRA LA CORRUPCION Y LES APARTAN DE ELLA


Un rifirrafe entre policías y jueces empantana una investigación sobre corrupción en Interior

La Audiencia Provincial de Madrid ordenó reponer a los agentes que iniciaron el 'caso Interligare'. La Fiscalía lo rechaza y pide que continúen los que relevaron a aquellos. Mientras, la juez instructora insiste en pasarle la causa a otro magistrado.


Imagen de archivo de una comparecencia pública de Jorge Fernández Díaz en la sede del Ministerio del Interior.
Policías que inician una investigación y les apartan de ella. Un tribunal que ordenan que se les reponga. Una fiscal que lo rechaza e insiste en que sigan los agentes que les sustituyeron. Una juez instructora que no sabe qué hacer y pregunta a una instancia superior cómo actuar mientras insiste en pasarle la causa a otro magistrado. El 'caso Interligare', que investiga la supuesta existencia de un red corrupta para amañar contratos públicos con conexiones en el Ministerio del Interior en la época de Alfredo Pérez Rubalcaba y su sucesor, Antonio Camacho, sigue atascado casi dos años después de que se iniciaran las pesquisas. El motivo: el rifirrafe que en los últimos meses están protagonizando policías y jueces para decidir en qué órgano judicial se continúan las pesquisas y qué unidad del Cuerpo Nacional de Policía se hace cargo de ellas.
La Fiscal se negó a tener "ningún contacto ni entrevista" con el comisario que inició el caso, al que le ha ordenado "abstenerse de realizar cualquier acto relacionado con la mencionada investigación" 
La actual polémica, silenciada por el secreto de sumario que hasta fechas recientes ha pesado sobre la causa, se inició en septiembre del pasado año, cuando los tres policías que hasta entonces llevaban la investigación, el comisario Jaime Barrado y dos inspectores de la Brigada de Delincuencia Económica,fueron apartados del caso después de que el primero fuera acusado de un delito de amenazas tras un oscuro incidente con un estrecho colaboradora' de Ignacio Cosidó, director general de la Policía. A partir de ese momento, se hizo cargo de las pesquisas la Unidad de Asuntos Interior, encargada de perseguir los delitos cometidos por agentes del propio cuerpo. Sin embargo, el comisario Barrado recurrió a la Justicia y el pasado 19 de marzo la Audiencia Provincial de Madrid dictó un auto en el que se acordaba que éste (que había sido trasladado de grupo y ahora está al frente de una comisaría de distrito de Madrid) y sus dos compañeros fueran puestos de nuevo a cargo de las pesquisas.
Sin embargo, dicho retorno no llegó a producrise. El propio jefe policial defenestrado envió al tribunal que había fallado a su favor un escrito en el que le comunicaba que había intentado ponerse en contacto en dos ocasiones con la fiscal del caso Interligare para comunicarle su disposición a retomar las pesquisas, pero que ésta se había negado "a ningún contacto ni entrevista con el comisario Javier Barrado, puesto que no es el encargado del mecionado del caso". La representante del Ministerio Público insistía en que, pese a la decisión de la Audiencia Provincial, la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Aranjuez (Madrid), Cristina García González, responsable del sumario, había dispuesto "la continuación de dicha investigación por parte de la Unidad de Asuntos Interiores del Cuerpo Nacional de Policía. Por tanto, el comisario citado debe abstenerse de realizar cualquier acto relacionado con la mencionada investrigación".
Inhibirse a toda costa
Pese a ello, la propia juez Cristina García, que desde que asumió la instrucción del mismo ha intentado en varias ocasiones inhibirse en favor de otro magistrado, no parecía tener tan claro qué unidad debía seguir con la investigación y remitió un oficio a la Sala que había fallado a favor del comisario para que le aclarara que grupo policial debía seguir con las pesquisas. El pasado 29 de mayo, la Audiencia Provincial le respondía que no había lugar a ninguna aclaración y que debía ser la propia instructora la que "dentro de sus facultades jurisdiccionales" debía "dirigir la investigación" y, por lo tanto, decidir en qué unidad recaía la continuación de las mismas.
Casi un mes después, en concreto el 20 de junio, la magistraba dictaba un auto por el que levantaba el secreto de sumario a la vez que daba instrucciones para que se hiciera entrega a la Unidad de Asuntos Internos "de la documentación obrante en autos" para que continuase adelante con la investigación. Eso sí, en el mismo escrito, la juez recordaba que desde abril estaba esperando la respuesta de los Juzgados de Plaza de Castilla para saber si finalmente admitían su inhibición y dejaba ella de instruir la causa como reclama. Mientras, el caso continúa prácticamente estancado, según se desprende de lo instruido hasta ahora y a lo que ha tenido acceso este diario.
Noviembre de 2011, el inicio
Y ello a pesar de que el inicio del 'caso Interligare' viene de lejos. En concreto, de noviembre de 2011, cuando el comisario Barrado y sus dos subordinados presentaron un informe en los juzgados de Aranjuez, localidad del Sur de Madrid donde tiene su sede la consultora Inteligencia y Seguridad-Interligare que da nombre a la causa. En el mismo se acusaba a Gabriel Fuentes, excomisario general de Información; Miguel Ángel Fernández Rancaño, exjefe superior de Policía de Madrid, y Luis Luengo, exdirector de Infraestructuras de Interior, de haber falseado documentos oficiales de Hacienda y la Seguridad Social para ocultar las deudas que la compañía tenía con ambos organismos y así poder contratar con la Administración y, más en concreto, con Interior, al que llegaron a facturar 2,4 millones de euros. Fuentes y Rancaño trabajaban en la citada compañía, y Luengo tenía dos hijos en la empresa, además de ser el encargado de firmar las concesiones en el Ministerio. Con aquel informe, los agentes solicitaron también a la magistrada que dictase una orden de detención contra los tres acusados.
La juez ha descartado ya tres de los cinco delitos que comenzó a investigar. Sólo quedan los de cohecho y tráfico de influencias
Sin embargo, la jueza hizo oídos sordos a la petición e, incluso, quiso apartarse del caso. Así, el 17 de noviembre de 2011, dos semanas después de recibir la denuncia, se inhibió a favor de los juzgados de Instrucción de Plaza de Castilla. Éstos le devolvieron la causa el 2 de diciembre y la magistrada recurrió la decisión de sus compañeros de la capital a la Audiencia Provincial de Madrid, que el pasado septiembre falló que era la titular del juzgado de Aranjuez quien debía hacerse cargo de la investigación ya que la empresa sospechosa tenía su sede en la localidad donde ella estaba destinada. Tan pronto como la denuncia volvió a su juzgado, la juez García González decretó el secreto de sumario. Una medida que ha mantenido hasta ahora con una sucesión de prórrogas.
En abril, la magistrada dictó un auto en el que anunciaba quearchivaba la parte en la que se investigaba los delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, la falsedad documental y la estafa, y dejaba únicamente activa las pesquisas sobre los de cohecho y tráfico de influencias. Para justificarlo, destacaba que los informes que en su día solicitó a la Agencia Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social, los organismos suspuestamente afectados por la actuación presuntamente irregular de la empresa, concluían que Interligare no "tergiversó" las declaraciones presentadas para ocultar sus deudas y así contratar con la Administración. También consideraba que los indicios en este sentido "que habían apuntado los testigos, antiguos empleados" de la compañía, tampoco se han visto ratificados. A ello se opuso la acusación popular,representada por el sindicato Manos Limpias, que en su escrito de personación había pedido la imputación de 24 personas, entre ellas los exministros Rubalcaba y Camacho, y el exjuez Baltasar Garzón.
Un caso incómodo para el PP
Aunque los supuestos delitos investigados se cometieron cuando estaba el PSOE en el Gobierno, el 'caso Interligare' se ha convertido también en una 'patata caliente' para el actual ejecutivo del PP. De hecho, ya ha costado el puesto a varios mandos policiales del equipo del ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz. Primero, frustró el nombramiento de uno de los acusados, Gabriel Fuentes, como asesor del que fuera hasta el pasado mes de enero secretario de Estado de Seguridad, Ignacio Ulloa. Mientras, desde la Dirección General de la Policía siempre se ha asegurado que la polémica se limita a una pelea entre clanes policiales y que el informe que permitió abrir la causa se hizo al margen de la cadena de mando.
El caso también salpicó al entorno más cercano al actual director general de la Policía, Ignacio Cosidó. Su jefe de gabinete, el inspector Pedro Agudo, a quien supuestamente se dirigió el comisario Barrado al poco de llegar el PP al poder para supuestamente exigir ser respuesto en su destino, dimitió de su cargo y fue destinado a un puesto en el extranjero. 

lunes, 29 de julio de 2013

¿ ESCONDE EL SUPREMO LA CORRUPCION POLITICA ?



¿Esconde el Supremo la corrupción política?


El exministro José Blanco. (EFE)

La casualidad (¿o la causalidad? ha hecho coincidir en el tiempo diferentes sentencias del Tribunal Supremo que exculpan a exministros y altos cargos (Blanco, Matas, Barcina) de graves casos de corrupción política. Otros muchos asuntos se encuentran en la lista de espera (ERE de Andalucía, caso Bárcenas o caso Oriol Pujol por la trama de las ITV) y afectarán necesariamente a personas aforadas. Por lo tanto, serán el Tribunal Supremo o los tribunales superiores de justicia quienes dicten sentencia. Ellos serán los encargados de enjuiciar la corrupción política.

Más allá de la crítica razonada sobre los argumentos jurídicos que ha utilizado el Tribunal Supremo para exculpar a la presidenta de Navarra o el hecho de que el delito de tráfico de influencias haya quedado prácticamente desactivado tras las exculpaciones de Blanco y Matas, no es menos relevante la propia figura del aforamiento, una institución de origen medieval que, sin embargo, sigue incrustada en el ordenamiento jurídico.

Algunas estimaciones hablan, incluso, de unos 10.000 cargos públicos amparados por ese privilegio que, como han sostenido exmagistrados del Tribunal Constitucional, sólo acaba protegiendo la corrupción al afectar a delitos que no tienen que ver con la labor política y el funcionamiento de las cámaras legislativas. Máxime cuando quienes tienen que juzgar a los políticos son nombrados, precisamente, por los políticos.

 Para escarnio general, la ley dice que en las salas de lo civil y penal de los tribunales superiores de justicia, una de cada tres plazas se cubrirá por un jurista de reconocido prestigio con más de 10 años de ejercicio en la comunidad autónoma, “nombrado a propuesta del Consejo General del Poder Judicial sobre una terna presentada por la Asamblea legislativa”. Todo queda en casa.

Como recordaba hace algún tiempo el jurista Rodrigo Tena, el sistema es tan perverso (y laxo) que no sólo las más altas instancias del Estado tienen especial protección, sino que la ley ha extendiendo esta prerrogativa a los parlamentarios autonómicos.

Todos a salvo
La lista es interminable. La sala segunda del Supremo es la que instruye y enjuicia las causas contra el presidente del Gobierno, los presidentes del Congreso y del Senado, los presidente del Supremo y del Poder Judicial; el presidente del Constitucional, los miembros del Gobierno, diputados y senadores, vocales del poder judicial, magistrados del Constitucional y del Supremo, el presidente de la Audiencia Nacional y de cualquiera de sus salas y de los tribunales superiores de justicia, el Fiscal General del Estado, los fiscales de sala del Supremo, el presidente y consejeros del Tribunal de Cuentas, el presidente y los consejeros del Consejo de Estado y el defensor del pueblo, así como de las causas que, en su caso, determinen los Estatutos de Autonomía. Hasta las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado tienen sus propias reglas especiales de aforamiento. En total, cerca de 10.000 aforados, cuando en Alemania no hay ni uno, mientras que en los países de nuestro entorno se limita a los más altos representantes del Estado.


Algunas estimaciones hablan, incluso, de unos 10.000 cargos públicos amparados por el aforamiento, que sólo acaba protegiendo la corrupción al afectar a delitos que no tienen que ver con la labor política y el funcionamiento de las cámaras legislativas.

No es, desde luego, la única antigualla jurídica que sigue viva: la arbitraria concesión de indultos o la propia inviolabilidad del jefe del Estado para asuntos que no tienen nada que ver con su función constitucional forman parte de esos privilegios que necesitan ser revisados. El resultado es que hoy existe un doble rasero a la hora de juzgar: Sus señorías van al Supremo, y el resto de los mortales al juez ordinario.

 


El aforamiento es una institución medieval nacida para garantizar la seguridad jurídica y hasta personal de quienes emprendían largos viajes para entrevistarse con el rey, y que a veces tenían que atravesar territorios hostiles con el riesgo cierto de ser detenidos para evitar que llegaran a su destino.

La moderna inmunidad -que de forma piadosa algunas llaman prerrogativas parlamentarias- nace con la revolución francesa, y, de hecho, la Constitución de Cádiz la copia casi literalmente. En palabras de Argüelles, “la absoluta libertad de las discusiones se ha asegurado con la inviolabili­dad de los diputados por sus opiniones en el ejercicio de su cargo, pro­hibiendo que el rey y sus ministros influyan con su presencia en las deliberaciones”. Es decir, nació para liberar a los representantes del pueblo de las presiones del resto de poderes fácticos, que se decía antes. Y desde este punto de vista, es evidente que tuvo un gran sentido jurídico.

Gracias al aforamiento, entre cosas, se pudieron consolidar los Estados liberales y de derecho, pero el contexto histórico ha cambiado tanto -hoy nadie puede pensar que puedan producir detenciones arbitrarias para influir en una votación parlamentaria- que su permanencia es innecesaria, como la propia figura del indulto o la ausencia de responsabilidad del jefe de Estado, pese a que España ha firmado tratados internacionales que dicen exactamente lo contrario (Corte Penal Internacional).
La cuarentena

El aforamiento pretendía, por ejemplo, que los parlamentarios pudieran hablar libremente y no pudieran ser juzgados por las leyes contra la difamación (inviolabilidad). O incluso estaba destinado a evitar que un diputado pudiera ser arrestado (inmunidad) antes de que se debatiera una ley. De ahí surge el concepto de cuarentena: nadie podía ser detenido cuarenta días antes o cuarenta días después de la tramitación de una norma.

La institución de la inmunidad parlamentaria fue, por lo tanto, un privilegio, pero útil y necesario. Precisamente para garantizar el interés general que se articula a través de leyes aprobadas sin coacción ni violencia.

En el fondo, lo que refleja esta figura es un choque de legitimidades entre poder judicial y poder legislativo. Sin embargo, en los actuales Estados constitucionales de gobierno parlamentario ha desaparecido ese conflicto que explica el nacimiento de esos privilegios. En la actualidad, como sostienen muchos juristas, todos los órganos del Estado responden a una única legitimidad de carácter democrático.

 Y un juez de primera instancia tiene la misma legitimidad que un magistrado del Tribunal Supremo para instruir un procedimiento. De no ser así, estaríamos ante un sistema claramente discriminatorio que mancilla un principio universal: todos los ciudadanos son iguales ante la ley.

“Los tribunales -sostenía Cánovas- representan la justicia; por degenerados que estén los tribunales, representan mucho mejor la justicia, aunque no sea más que por su desinterés ordinario, que puedan representarlo ninguna mayoría ni ninguna minoría. Esas agrupaciones políticas no están hechas para la justicia. Tienen pasiones, tienen entusiasmos, tienen interés político que consideran legítimo (...)”.


Ni que decir tiene que el problema es todavía mayor cuando, en el caso de España, el sistema judicial está ampliamente contaminado por el sistema político. Los partidos -en régimen de oligopolio- son quienes nombran a todos y cada uno de los 20 miembros del poder judicial

Ni que decir tiene que el problema es todavía mayor cuando, en el caso de España, el sistema judicial está ampliamente contaminado por el sistema político. Los partidos -en régimen de oligopolio- son quienes nombran a todos y cada uno de los 20 miembros del poder judicial; y estos son, precisamente, quienes promueven a sus candidatos para que formen parte de las salas del Tribunal Supremo que, curiosamente, son las que van a juzgar las actuaciones de los propios partidos políticos que están en el origen del sistema de elección.

 


Una especie de círculo vicioso que explica, sin duda, que los grandes partidos quieran mantener esa figura anacrónica que responde al nombre de aforamiento, cuya revisión pasa por ceñir los privilegios del político de turno a las actuaciones en función de su cargo. En ningún caso, derivadas de actos extraños a su nombramiento. Dándose, además, la paradoja de que quienes se ven envueltos en un procedimiento que afecta a algún aforado no tienen derecho a la revisión de su condena en una segunda instancia, lo cual es claramente discriminatorio. Cuanto antes se elimine, mejor. España será un país más democrático.
FUENTE

COBOS ASESORO AL PP DESDE 1992, ESCONDIO AL SENADO VARIOS TRABAJOS DE ASESORAMIENTO


Cobos asesoró al PP desde 1992

El ahora presidente del Constitucional 'escondió' al Senado varios trabajos de asesoramiento

  • De los Cobos, la “pesadilla” del nacionalismo

Cuando Francisco Pérez de los Cobos llegó, en octubre de 2010, a pasar su examenen el Senado, la Cámara que debía validar su candidatura como magistrado del Tribunal Constitucional, lo hizo acompañado de la diputada del PP Celia Villalobos. A los miembros de la comisión de nombramientos les llamó la atención porque “no era lo habitual”, aunque el candidato lo fuera a propuesta del PP, tal como recuerda uno de los presentes. No le dieron importancia hasta que, hace poco más de diez días, se supo que entonces Cobos era militante del PP, un hecho que silenció ante la comisión. De la misma manera se reservó en su exposición que la relación con los populares y su asesoría se remonta, al menos, a 1992.
Villalobos siguió la intervención del “modesto profesor universitario”, tal como se presentó Cobos ante el Senado, en la misma sala Clara Campoamor, sentada dos bancos más atrás del ocupado por él. El pasado miércoles, fue Villalobos la que, con más ahínco, imposibilitó que en el Congreso se hablara del actual presidente del Constitucional. Le retiró la palabra a la portavoz socialista, Soraya Rodríguez (que abandonó la sala), a Carmela Silva, la diputada socialista miembro de la mesa, y a María Luisa Carcedo, vocal de la Diputación Permanente. Villalobos tampoco atendió a Eduardo Madina que, en la misma sesión, le solicitó que permitiera al Grupo Socialista acabar con su exposición.

Pero es que la relación de la ahora vicepresidenta primera del Congreso con Pérez de los Cobos se remonta a hace 20 años, algo que la comisión de nombramientos del Senado tampoco sabía cuando firmó su idoneidad para ser magistrado del Constitucional.
Entre el 89 y el 93, Villalobos fue miembro de la Comisión de Empleo. Según explicó a varios miembros de la mesa, formó un grupo de asesores en materia laboral entre los que se encontraba el entonces catedrático de Trabajo Pérez de los Cobos. Ayer, Villalobos negó tajantemente haber contado con la asesoría de Cobos. Durante 1992, Villalobos fue además ponente de la Ley de Huelga. Según el también catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad de Castilla-La Mancha, Antonio Baylos, el PP le indicó que “el asesor con el que contaban era Pérez de los Cobos, y que a él me debía dirigir porque no tenían un diputado idóneo para un debate técnico y político”. “Lo recuerdo porque me sorprendió”, añade, ya que el ahora presidente del Constitucional ejercía dicha asesoría sin la “visibilidad que tenían otros profesores”. Celia Villalobos negó igualmente que se acudiera a sus conocimientos y aseguró que “nunca ha asesorado ni cobrado del Partido Popular”.
“Me sorprendió que asesorara porque no era visible”, recuerda Baylos
Tras su paso por las universidades de Valencia, Baleares y ya estando en Barcelona, Pérez de los Cobos pasó, en 1996, a formar parte del Consejo Económico y Social como consejero experto y de la mano del propio José María Aznar, lo que le supuso su primer cargo de designación política, algo que sí incluyó en su currículum presentado al Senado, al igual que la referencia a una conferencia pronunciada en 1993 en la Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales (FAES), vinculada al PP, sobre los “aspectos básicos de la reforma del mercado de trabajo”. Sobre la misma fundación reseñó su participación en otra conferencia sobre “la reforma de la intermediación en España”, en 2009 pero omitió su intervención en otras actividades, hasta ocho, reseñadas en las memorias de la propia fundación y correspondientes a los años 2006 y 2007, en las que aparece el nombre de Pérez de los Cobos, por ejemplo, junto al de la actual ministra de Fomento, Ana Pastor, como asistentes a un seminario sobre “La reforma laboral que España necesita”.
Francisco Pérez de los Cobos. /SCIAMMARELLA
Precisamente la constitucionalidad de la reforma laboral aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy será uno de los temas sobre los que el actual presidente del Constitucional deberá dilucidar, tras el recurso presentado por el grupo socialista en el Congreso.
Francisco Pérez de los Cobos es considerado, por muchos, como autor intelectual de dicha reforma. Sin embargo, hay algo que, en cualquier caso, es una realidad: su relación con uno de los autores conocidos de la ley, el actual director general de Empleo, Javier Thibault. El vínculo se remonta a la estancia de ambos en la Universidad de Barcelona, donde compartieron departamento. Ambos coincidieron también en la Universidad Complutense de Madrid cuando el ahora presidente del Constitucional era director del departamento en el que Thibault fue profesor titular en servicios especiales.
En 2000, Pérez de los Cobos dirigió la tesis de Thibault, en la que obtuvo un sobresaliente cum laude. Hasta 2010, ambos firmaron juntos hasta media docena de publicaciones. Y cuando Pérez de los Cobos llegó al Constitucional, en diciembre de 2010, entre los letrados con los que cada nuevo magistrado puede contar se incluyó a Thibault, puesto que ocupó hasta enero de 2012, cuando fue nombrado director general de Empleo. Un mes después, se aprobó la reforma laboral.
El presidente del Constitucional obvió ocho colaboraciones con FAES
La relación con Javier Thibault, que entonces era un profesor de universidad, no fue ocultada al Senado donde, sin embargo, el candidato a magistrado sí obvió que figura como administrador único de Labour Prospectives, una sociedad creada en 2003 que tiene como objeto “la elaboración de estudios en el ámbito de las relaciones laborales, análisis de la negociación colectiva y asesoramiento general en el ámbito social”. Antes del nombramiento, Cobos suspendió las actividades de la sociedad, dada la incompatibilidad de los miembros del Tribunal Constitucional con “el desempeño de actividades profesionales o mercantiles”, tal como señala la Ley Orgánica del propio tribunal. Aún así, sigue figurando como máximo responsable de la sociedad limitada.
Con la publicación de su militancia en el PP, al menos, hasta 2011, ha salido a la palestra otra posible incompatibilidad. Desde marzo de 2012, cuando ya ocupaba un puesto como magistrado del Constitucional, forma parte de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
En 2012, logró la autorización verbal de Pascual Sala para ser experto de la OIT
Varias fuentes han asegurado que la autorización sobre la posibilidad de compatibilizar ambos cargos nunca pasó por un pleno y que fue el anterior presidente del alto tribunal, Pascual Sala, quien le dio, únicamente, una “autorización verbal” para que puediera compaginar ambos cargos. El hecho es que Francisco Pérez de los Cobos fue nombrado miembro de dicha comisión, que se reunió, en Ginebra, los mismos días en los que el Tribunal Constitucional registró su ausencia en uno de los plenos celebrados en el mes de noviembre de 2012. Según las actas de las votaciones del alto tribunal celebrado durante los días 27, 28 y 29, el magistrado estuvo ausente. Precisamente esos días se reunió la comisión de la que forma parte.
Desde que EL PAÍS desveló que el actual presidente del Constitucional pagó sus cuotas de militante, al menos, hasta 2011, Cobos no ha dado ninguna explicación pública. De la reunión que mantuvo con parte de los magistrados que forman el pleno no logró sacar la declaración institucional de apoyo que pretendía pero sí una nota de prensa en la que defendía la legalidad de compatibilizar la militancia política con su puesto como magistrado. Pérez de los Cobos no ha dicho públicamente si ha abandonado su afiliación política. El PP ha impedido, además, que dé explicaciones en el Congreso y solo si tres de los otros once magistrados del Constitucional lo piden, al menos, tratará la polémica en un pleno extraordinario del mismo tribunal sobre el que existe una cascada de anuncios de impugnaciones y recusaciones.