INFORMACION TOTALAMENTE ACTUALIZADA

Mostrando entradas con la etiqueta devolver. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta devolver. Mostrar todas las entradas

jueves, 26 de diciembre de 2013

LA DECLARACION DE LA RENTA DE BLESA LE SALIO A DEVOLVER 167.000 EUROS


A Blesa le salió a devolver el IRPF 167.000 euros entre 2005 y 2011

En el mismo periodo ganó 17,2 millones de euros, de los que Hacienda se quedó con 7,4 millones. En el año 2007 se dobló el sueldo, pasando de 1,7 millones a 3,5


Miguel Blesa y Gerardo Díaz Ferrán, imputados en su día por el juez Silva/Efe
Miguel Blesa consiguió que el IRPF le saliera a devolver en cada uno de los siete ejercicios fiscales del periodo 2005-2011, por un total de 167.647 euros. En esos años había obtenido unas retribuciones de Caja Madrid, la entidad que presidía, de 17,2 millones de euros, de los que había pagado a Hacienda en concepto de retenciones 7,4 millones.
Son los datos oficiales de sus declaraciones de la renta, que fueron incorporados al sumario abierto contra él en los Juzgados de Madrid por la concesión de un crédito de 26,6 millones de euros al entonces presidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán, que lleva un año en la cárcel acusado de ocultar delictivamente su patrimonio a los acreedores de Viajes Marsans.
El juez Elpidio José Silva pidió aquellos documentos a la Agencia Tributaria dentro de su investigación a Blesa y Díaz Ferrán, y los obtuvo pese a varias protestas del exbanquero, que lo consideró "insólito e injustificable" en un escrito --de diciembre de 2012-- donde ya sostenía que el hecho de que se reclamaran a Bankia además sus correos electrónicos eraun "ataque" a su intimidad.
El análisis de sus declaraciones de IRPF ponen de manifiesto entre otras cosas que Blesa se dobló el sueldo en el año 2007, pasando de cobrar 1.752.890 euros en el año 2006, a 3.539.946 en 2006. Ya nunca bajaría de la frontera de los 3 millones de euros de salario anual mientras estuvo de presidente de la entidad (hasta enero de 2010, aunque este último año por las indemnizaciones correspondientes se embolsó 3.690.504 euros).
Blesa, inspector de Hacienda de profesión, obtuvo una declaración de IRPF negativa desde el 2005 y hasta 2011, y nunca renunció al reembolso (posibilidad que deja abierta la Agencia Tributaria). En 2005 cobró 1.683.815 euros de sueldo, le calcularon una cuota de 691.178 euros a pagar, pero le habían retenido 721.649 euros. Total: 30.470 euros a devolver.
En 2006, sus retribuciones dinerarias fueron de 1.752.890 euros, y según su declaración le correspondía pagar 733.678 euros. Le habían retenido 751.878 euros, por lo que Hacienda le devolvió 18.199.
Sus emolumentos en 2007 se dispararon: 3.539.946, por los que, según los datos de su declaración, debía pagar 1.477.662 euros, pero cómo, nuevamente, la retención había sido mayor (1.497.922), tocó que Hacienda le devolviese 20.259 euros. Parecido ocurrió en 2008 (3,1 millones de salario, y 45.830 euros de IRPF a devolver), en 2009 (3,4 millones de retribuciones, y una declaración de la renta negativa de 43.702 euros), y 2010 (3,6 millones de euros de ingresos, y 17.941 euros de cuota a devolver del impuesto de la renta).
En 2011, al perder el puesto en Caja Madrid, los ingresos se le redujeron a tan sólo el 3% de lo que había ganado en 2010 de la entidad: 96.191 euros anuales. En ese ejercicio, sin embargo, la cuota que le salió a pagar era porcentualmente mucho más elevada que en los años en los que cobró cantidades astronómicas de la Caja. En concreto,  49.061 euros (más del 50% de sus ingresos), pero le habían retenido 60.546 euros, por lo que le devolvieron 11.484.

lunes, 11 de noviembre de 2013

SENTENCIA: UN JUEZ ORDENA AL GOBIERNO DEVOLVER LA PAGA EXTRA DE 2012 A LOS FUNCIONARIOS


Un juez ordena por primera vez al Gobierno devolver la extra retirada en 2012

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Sevilla ha dictado sentencia por la que reconoce que la retirada de la paga extra de Navidad, decretada por el Gobierno central en 2012 es "contraria a derecho" y obliga a esta Administración a su devolución íntegra, según indica el sindicato CSIF, que defiende al funcionario afectado y que asegura que "es la primera vez que a nivel nacional se ordena la devolución íntegra desde que se produjeron los recortes".



En la sentencia, consultada por Europa Press, dicho juzgado declara "contraria a derecho" la minoración de una cuarta parte de la cuantía anual de sueldo y trienios "sufra por el actor en sus nóminas de julio a diciembre de 2012" y declara el derecho del actor a "ser resarcido por la administración demandada, abonándole las anteriores minoraciones, más sus intereses legales".

Según indica CSIF-A en su nota, esta sentencia supone "un éxito judicial y sindical en una denuncia que recoge que Hacienda retiró la paga extra de manera anómala e ilegal a los funcionarios de Justicia y que se dicta en vísperas de nuevas movilizaciones de CSIF contra el recorte a las extra de 2014 de los empleados públicos en Andalucía".

El sindicato precisa que J.A.R, secretario del Juzgado de Paz de La Rinconada (Sevilla) se ha convertido en "el primer empleado público en ganar la batalla jurídica al Ministerio de Hacienda", toda vez que "se trata de la primera vez en la que un juzgado ordena la devolución íntegra de esta paga extra, pues hasta ahora, los juzgados tan sólo habían reconocido la parte proporcional que había sido devengada hasta el mes de julio, cuando entró en vigor el decreto del Gobierno".

La sentencia concierne en este caso a los 55.000 funcionarios de la Administración de Justicia en el conjunto del Estado, incluyendo obviamente los más de 7.000 empleados públicos de Justicia en Andalucía. Las relaciones laborales de este personal están reguladas por la Ley Orgánica del Poder Judicial, que el Gobierno tuvo que modificar para aplicar el recorte sobre sus nóminas.

Esta modificación legal se produjo el mismo mes de diciembre, cuando la paga extra ya había sido devengada íntegramente. Por tanto, tal y como destaca la sentencia, el Gobierno simplemente "llegó tarde", por lo que la minoración salarial es "contraria a derecho". "En resumidas cuentas, se trata de una anomalía e ilegal aplicación de las normas por parte de la Administración", destaca la sentencia.

CSIF-A asevera que el caso de J.A.R "no será el último", toda vez que "la sentencia es firme y de entrada todos los funcionarios de Justicia de la provincia de Sevilla podrán adherirse a la misma, y a continuación, los del resto del Estado, con reclamaciones individuales que promoverá CSIF".

El sindicato considera que el Ministerio de Hacienda "debe tomar buena nota y sentarse de una vez a negociar la devolución de la paga extra, tal y como viene reivindicando CSIF desde hace meses".

Asimismo, precisa que la sentencia "llega en vísperas de las nuevas movilizaciones contra el recorte de las pagas extra de los empleados públicos andaluces para 2014, que lideradas por CSIF-A vuelven a repetirse este miércoles en todas las delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía de manera simultánea en todas las provincias".

CSIF indica que "siempre se ha opuesto a todos los recortes de los diferentes gobiernos sobre unos empleados públicos que ha visto disminuido su poder adquisitivo en Andalucía casi un 40 por ciento en los últimos cuatro años por los recortes del Gobierno central y los de la Junta de Andalucía".

A su juicio, la sentencia dictada en Sevilla, tras denuncia promovida por CSIF, "no hace sino dar la razón" al sindicato "en su lucha contra los recortes desproporcionados, arbitrarios, injustos y discriminatorios a los derechos de los empleados públicos".
FUENTE

miércoles, 16 de octubre de 2013

LA EUROCAMARA EXIGE AL GOBIERNO QUE DEVUELVA LA TOTALIDAD DE LOS AHORROS A LOS ESTAFADOS POR LAS PREFERENTES


La Eurocámara exigió al Gobierno que devolviera la “totalidad de los ahorros” a los estafados por las preferentes

La Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo solicitó, en una carta enviada al ministro de Economía, Luis De Guindos, que les “sea devuelta la totalidad de sus ahorros” a los afectados por las preferentes.

Los afectados por las preferentes de Caja España-Duero se echan a las calles contra la oferta de Unicaja
Luis de Guindos, ministro de Economía

La Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo solicitó, en una carta enviada al ministro de Economía, Luis De Guindos, que les “sea devuelta la totalidad de sus ahorros” a los afectados por las participaciones preferentes de las cajas rescatadas.

En la misiva, recogida por la asociación ‘15MpaRato’ y firmada por Erminia Mazzoni, presidenta de la Comisión de Peticiones, se recoge que dicha comisión trató, durante una reunión el 24 de abril un total de once peticiones presentadas por ciudadanos españoles “que se han visto afectados por los abusos cometidos en la venta de instrumentos financieros, especialmente, de participaciones preferentes”.

Durante dicha reunión, los peticionarios explicaron que, como clientes de cajas de ahorros españolas, “se les aconsejó invertir en acciones que creían ser depósitos a plazo fijo, de elevada rentabilidad y bajo riesgo”. A estos clientes, explica la carta, “se les aseguró que podrían retirar sus activos en todo momento. Sin embargo, tras firmar los depósitos, los peticionarios se percataron de que en realidad les habían vendido acciones expuestas a mayores riesgos y a las que sólo es posible acceder mediante su venta”.

En esta reunión un representante de la Comisión Europea recordó a los asistentes que las entidades tienen la obligación de observar la Directiva 2004/39/CE relativa a los mercados de instrumentos financieros (MiFID). En esta directiva se establece que la información dirigida a los inversores debe ser “imparcial, clara y no engañosa”, así como que la entidad “se cerciore de la idoneidad o aptitud del cliente con respecto a un determinado producto de inversión”.

Los miembros de la Comisión de Peticiones prometen que “seguirán esta cuestión con sumo interés” y, “visto que compete prioritariamente a las autoridades y los tribunales nacionales”, avisan de que “desean conocer a fondo las acciones tomadas por el Ministerio con el objetivo de solventar la situación de los peticionarios y de asegurar que les sea devuelta la totalidad de sus ahorros”.

FUENTE

miércoles, 2 de octubre de 2013

BANKIA DEVOLVERA 116.000 EUROS A UN MATRIMONIIO POR LAS PREFERENTES

Bankia tendrá que devolver 116.000 euros a un matrimonio al que vendió preferentes sin suficiente información


Los clientes buscaban que los ahorros fueran invertidos en un producto de garantía al tener hijos discapacitados
Los clientes buscaban que los ahorros fueran invertidos en un producto de garantía al tener hijos discapacitados

El Juzgado de Primera Instancia número 49 de Madrid ha condenado aBankia a devolver 116.000 euros a los hijos de un matrimonio de ancianos que adquirieron participaciones preferentes de Caja Madrid en 2009 sin tener una información adecuada del producto que adquirían.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los afectados tenían 83 y 77 años, eran matrimonio y tenían un hijo de 50 años con incapacidad permanente absoluta desde el año 2000 y una hija con una minusvalía del 70% por trastorno de personalidad.
La jueza destaca que, en este caso, las condiciones físicas y psíquicas de los hijos de los clientes "ponen de relieve el interés en que los ahorros fueran invertidos en un producto de garantía". También subraya que "existió escasa o incorrecta información sobre el producto", teniendo en cuenta el perfil del cliente.
Además, destaca que el gestor de la entidad bancaria no asesoró al cliente ni le manifestó que el producto podía tener un carácter perpetuo, aunque sí le asesoró sobre otros aspectos, como la rentabilidad o el tipo de interés.
"Ha quedado probado que el ordenante era la persona de avanzada edad con dos hijos, hoy demandantes, con grandes dificultades físicas y psíquicas acreditadas documentalmente y, en consecuencia, aquél tenía la normal previsión de invertir en productos seguros y difícilmente con las características de perpetuidad y volatilidad que tenían las participaciones preferentes emitidas por Caja Madrid en 2009", concluye la resolución.

domingo, 15 de septiembre de 2013

UN CAMIONERO SE NIEGA A DEVOLVER 180.000 EUROS DE LOS ERE, POR SER UN ERROR DE LA JUNTA


Un camionero se niega a devolver 180.000 euros de los ERE por ser «un error» de la Junta

El sevillano Antonio Polonio compró un camión y un remolque con una subvención del «fondo de reptiles» en que fue inscrito como intruso




Un empresario sevillano ha pedido a los jueces que anulen la reclamación por parte de la Junta de los 180.000 euros que recibió con cargo a un ERE porque los defectos del proceso no fueron culpa suya y él actuó en la "confianza legítima" que le inspiraba una administración pública.
El empresario Antonio Polonio ha sido imputado en la causa de los ERE porque pidió una ayuda para comprar un camión y percibió 180.000 euros del expediente de la empresa Manufactura Española del Corcho (SAMEC), en la que nunca había trabajado y de lo que se enteró por la prensa, al estallar el caso que investiga la juez Mercedes Alaya.
En su escrito ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), al que ha tenido acceso Efe, el empresario afirma que su subvención debía librarse con cargo a una partida presupuestaria para empresas en crisis o en vías de desarrollo, pero "finalmente se libró del llamado 'fondo de reptiles' y cuatro años después".
Polonio solicitó la subvención para comprar un camión y un remolque y el 1 de octubre de 2003 firmó un protocolo con el ex director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero, principal imputado por el caso de los ERE, para "ayuda a las inversiones previstas".
Tras "muchas visitas y requerimientos" porque el dinero no llegaba, la Junta le ingresó el 10 de octubre de 2007 la subvención junto con los intereses devengados. Con ello, el camionero compró un camión por 102.484 euros y un remolque por importe de 59.160 euros, lo que "se puso oportunamente en conocimiento de la dirección general", dice en su demanda.
Pese a la "claridad y certeza de la inversión", la Junta de Andalucía ha reclamado ahora al empresario la devolución de esos fondos "con la argumentación de que faltan papeles y justificantes". El señor Polonio es "un camionero más preocupado de sus trabajos que de los papeles" y ahora se encuentra en una situación de indefensión debido a que su expediente no aparece por el "desbarajuste" derivado del caso de los ERE, añade.
"Exigir ahora el reintegro de cantidades rectamente recibidas y empleadas por un empresario que siempre actuó siguiendo directrices de la Administración es, cuando menos, injusto", sostiene en su recurso, y afirma que su inclusión en un ERE se hizo "sin su intervención ni conocimiento y, por lo tanto, falseando datos y documentos".
La Junta basa su reclamación en que no aparece la petición de la subvención, pero el abogado del empresario recuerda al TSJA que informaciones de prensa han denunciado la destrucción de documentos, una vez estallado el caso de los ERE, además de que "por ineptitud o arbitrariedad de determinados funcionarios, los expedientes pudieron tramitarse con carencias".
Por otra parte, entre la concesión de la ayuda, el 17 de octubre de 2006, y el inicio del expediente de reintegro, el 1 de junio de 2011, han transcurrido "sobradamente" los cuatro años para declarar prescrita la reclamación, añade el recurso.
La subvención se otorgó "con defectos solo imputables a la Administración, con cargo a una partida no idónea, falseando datos e incluyendo a personas en terrenos que no les correspondían, sin intervención ni culpa alguna del perceptor" y creó en el empresario "una confianza legítima respecto de la adecuación del derecho a la ayuda", afirma.

domingo, 8 de septiembre de 2013

BANKIA CONDENADA A DEVOLVER 86.000 EUROS A UNA MUJER CON ALZHEIMER


Bankia, condenada a devolver 86.000 euros a una mujer con alzheimer

Un juzgado de Lérida ha condenado a Bankia a devolver a un matrimonio los 180.000 euros que invirtieron en participaciones preferentes de la entidad financiera entre 2007 y 2010, mientras que dos jueces de Mataró (Barcelona) han condenado a la misma entidad a devolver 100.000 en preferentes a un matrimonio que tenía una pastelería y 86.000 más a una mujer con alzheimer


Así lo recogen los fallos de las diferentes sentencias a las que ha tenido acceso Europa Press, y que se corresponden con demandas que está llevando la Asociación para la Defensa de los Perjudicados por Entidades Financieras (Apdef).
Una sentencia con fecha de 24 de julio del juzgado de Instrucción 3 de Lérida condena a Bankia a devolver 180.000 euros a un matrimonio de ancianos al declarar la nulidad del contrato de compra de participaciones preferentes.
Los mismo suceden en dos sentencias de los juzgados de Instrucción 2 y 3 de Mataró; el primero condena a la entidad bancaria a devolver 100.000 euros a un matrimonio que regentaba una pastelería, mientras que el segundo obliga a Bankia a devolver 86.000 euros a una mujer enferma de alzheimer; en este caso lademanda fue presentada por los herederos.
Todas estas sentencias son de finales de julio y también condenan a Bankia a pagar intereses y las costas del proceso; los tres casos corresponden a sentencias de primera instancia, por lo que cabe recurso.
Apdef está tramitando unas 800 demandas y tiene casi 300 en proceso, han explicado a Europa Press fuentes de la asociación, que desde mayo ha logrado más de diez sentencias favorables.
Cuenta con representantes en Girona, Barcelona, Lérida, Valencia y Madrid, y en julio presentó también las primeras demandas pidiendo la nulidad de la compra de acciones de Bankia que hicieron sus clientes en julio de 2011 por publicidad engañosa.

lunes, 26 de agosto de 2013

BANCO NOVAGALICIA, DEVOLVERA 39 MILLONES A 90.000 CLIENTES


NCG Banco devolverá 39 millones a 90.000 clientes por la cláusula suelo


Santiago de Compostela, 26 ago (EFECOM).- NCG Banco (Novagalicia, EVO y UGAS-NGB) entregará el próximo 9 de septiembre un total de 39 millones de euros a 90.000 clientes por intereses y reducción del principal por la eliminación de la cláusula suelo de las hipotecas firmadas con las antiguas cajas de ahorro gallegas.
De esta cantidad, los clientes verán abonados en sus cuentas 19 millones, mientras que los otros 20 se destinarán a reducir el capital pendiente de sus préstamos.
La entidad informa en un comunicado de que tomó la decisión de eliminar estas cláusulas en junio con efectos retroactivos desde el 9 de mayo y subraya que "resolvió en solo dos meses el complejo proceso de recálculo y aplicación simultánea de la medida a todos los clientes beneficiados".
Además del pago de los 39 millones de diferencial de cuotas al eliminar esta cláusula suelo, NCG Banco añade el abono a sus clientes de un 4 por ciento de interés "de forma voluntaria y en concepto de compensación por la demora producida a causa del complejo proceso tecnológico realizado en estos meses".
Tras señalar que la entidad, desde su nacimiento en 2011, no comercializa préstamos con cláusula suelo, explica que, a partir de octubre los 90.00 clientes afectados ya no tendrán esa cláusula en sus contratos.
También apunta que esta decisión beneficia al 49 por ciento de la cartera de créditos con personas físicas del banco, por un total de 6.600 millones de euros de financiación hipotecaria.
Esta eliminación tendrá un impacto de 48 millones de euros sobre los resultados de NCG Banco en 2013. EFECOM

viernes, 23 de agosto de 2013

UNICAJA CONDENADA A ANULAR 28 CLAUSULAS DE SUELO Y A DEVOLVER MAS DE 225.000 EUROS


Unicaja condenada a anular 28 

cláusulas suelo y a devolver más de 

225.000 euros


clausula_suelo
Unicaja tendrá que anular las cláusulas suelo de 28 hipotecas y devolver a los 39 hipotecados afectados lo indebidamente cobrado de más, una cantidad que supera los 225.000 euros, tras conseguir Adicae la primera victoria en una demanda agrupada por cláusulas suelo frente a esta entidad andaluza. A algunos de los afectados la entidad deberá devolver más de 30.000 euros según los cálculos realizados por ADICAE, lo que demuestra el perjuicio económico que esta cláusula abusiva puede llegar a tener para cientos de miles de familias.
Se trata de una sentencia emitida por el juzgado de lo Mercantil 2 de Málaga, que vuelve a demostrar que las cláusulas suelo son abusivas puesto que no fueron negociadas individualmente con cada uno de los afectados y, por lo tanto, se pueden considerar condiciones generales de la contratación.
Unicaja Banco pretendía oponerse a la demanda alegando que estas cláusulas no constituyen una condición general de la contratación que pueda considerarse abusiva, afirmando que fueron negociadas individualmente con cada uno de los hipotecados. La juez ha considerado que la negociación particular es, sin embargo, una “excepción”, y que se trata de una cláusula “generalmente impuesta y predispuesta por la entidad bancaria al usuario”, ya que la supuesta “pluralidad de ofertas” alegada por Unicaja “están igualmente estandarizadas con base a cláusulas predispuestas y sin posibilidad real alguna de negociación por el consumidor medio”.
Desde el fallo del pasado 9 de Mayo en el Supremo, ADICAE ya ha logrado tres sentencias que ‘desobedecen’ al Alto Tribunal y obligan a un banco a devolver el dinero cobrado de más. El pasado 9 de mayo el Tribunal Supremo obligaba a BBVA, NovaCaixaGalicia y Cajas Rurales Unidas (Cajamar y Ruralcaja) a eliminar sus cláusulas suelo, pero no a devolver el dinero indebidamente cobrado de más a los afectados. Sin embargo, desde esa fecha ADICAE ya ha conseguido tres sentencias en las que diversos jueces han obligado a Cajamar, Ipar Kutxa y ahora a Unicaja a devolver el dinero a los demandantes.
La acción colectiva
Con esta nueva victoria judicial ya son casi 150 las cláusulas suelo eliminadas mediante las demandas agrupadas que ADICAE está presentando en toda España, tras los éxitos cosechados en juicios contra Caja Mar, Mare Nostrum, Caja de Ahorros de Extremadura, Banco Castilla La Mancha, Caja Segovia, Ipar Kutxa y Unicaja.
De esta manera el cerco contra las cláusulas suelo continúa estrechándose por lo que ADICAE, que ha demandado a casi toda la banca española en una macrodemanda que aglutina a más de 15.000 consumidores, sigue exigiendo a los partidos políticos que las declaren nulas por ley debido a su elevada abusividad. Actualmente se calcula que existen en España más de 3’5 millones de hipotecas con cláusulas suelo.

miércoles, 7 de agosto de 2013

BANKIA CONDENADA A DEVOLVER 200.000 EUROS


Bankia condenada a devolver 200.000 euros

La sentencia anula el contrato por falta de información clara y precisa

El demandante era un agricultor de 66 años de la provincia de Castellón




Dice el dicho que el cliente siempre tiene la razón, aunque hasta ahora no parecía muy cierto cuando hablamos de bancos. Parece que las cosas están cambiando. Una sentencia, dictada con fecha 24 de julio, obliga a Bankia a devolver 200.000 euros a un agricultor autónomo de 66 años de Castellón, al haberse declarado la nulidad del contrato de adquisición de obligaciones subordinadas. El juzgado de Primera Instancia número 11 de Valencia ha considerado que el comprador no conocía el funcionamiento ni los riesgos del producto.
La sentencia estima la demanda del agricultor y declara la nulidad del contrato "por error esencial en el consentimiento", y condena a Bankia a devolver 200.000 euros y sus intereses legales. La resolución concluye que el demandante no pudo “conocer de forma cabal su funcionamiento y los riesgos del mismo”. El fallo condena también a Bankia al pago de las costas, según la sentencia facilitada por la asesoría Col.lectiu Ronda.
El cliente concertó en octubre de 2006 la compra de obligaciones subordinadas por un valor de 200.000 euros procedentes de la venta de una finca. Las obligaciones subordinadas son títulos emitidos por una entidad para la financiación de un proyecto y se trata de un producto híbrido entre la deuda y las acciones. El agricultor pensó que adquiría un depósito a plazo fijo, sin riesgo y recuperable en cualquier momento, según alegó él mismo.
Sin embargo, y al igual que ha sucedido con miles de afectados por las preferentes, cuando quiso disponer de parte del capital para realizar un viaje, se le informó de que no podía recuperarlo hasta el año 2022. En la sentencia, la juez del Juzgado 11 de Valencia considera que en esta operación la entidad faltó a su deber de proceder “con diligencia y transparencia en interés de su cliente”.
Bankia, por su parte, alegó que informó al cliente de las características del producto y de sus riesgos y hubo consentimiento informado. Aduce además que el cliente es un agricultor autónomo pero "cuenta con un importante patrimonio inmobiliario" y ha realizado otras inversiones como imposiciones a plazo fijo, compra de acciones y compra de otras obligaciones subordinadas con posterioridad a las que se juzgan.
La magistrada, sin embargo, insiste en lo contrario y destaca dos cosas. En primer lugar, considera probada “la ausencia de preparación técnica del cliente en materia de inversiones financieras”, y añade que éste se dedicaba a trabajar sus tierras. En segundo lugar, insiste en “la relación comercial de confianza existente” entre el agricultor y su oficina, en especial con un empleado y su director.
La sentencia valora las subordinadas como un “instrumento financiero complejo y de riesgo alto” ya que, entre otras cosas, para el cliente “existe un riesgo vinculado directamente a la solvencia de la entidad emisora”.

lunes, 1 de julio de 2013

LOS ESPAÑOLES DEVUELVEN 2,4 MILLONES DE EUROS DEL PRIMER RECIBO DEL IBI


Los contribuyentes devuelven 2,4 millones del primer recibo del IBI

Bien porque no podían o bien porque no querían pagar en este momento del año, los contribuyentes de la capital burgalesa a los que el Ayuntamiento de Burgos giró el recibo del primer plazo del IBI han devuelto los cargos por un importe superior a los 2,4 millones de euros.

En concreto, y según datos facilitados por la Concejalía de Hacienda que dirige Salvador de Foronda, el importe total del cargo realizado para este primer plazo del Impuesto de Bienes Inmuebles había sido de 25.015.729,05 euros y las devoluciones han ascendido a 2.414.482,59, lo que supone un 9,6%. La administración local aún no tiene en su poder el fichero definitivo que emite La Caixa como entidad colaboradora con ella para esta operación, pero a falta de los últimos flecos en las arcas locales han entrado algo más de 22,6 millones de euros.

El importe, pese al porcentaje de devolución, es casi un millón de euros superior al del ejercicio pasado, cuando se recaudaron 21,7 millones de euros, y en buena medida este crecimiento hay que achacarlo a la subida tributaria. Este año el Ayuntamiento decidió elevar el tipo impositivo tras cinco años congelado, a lo que se suman otro ‘pico’ de incremento establecido por Real Decreto del Gobierno y la actualización de valores catastrales. En total, en los dos últimos años, el importe de un recibo medio habría crecido en torno al 20 por ciento.

Junto con el encarecimiento, la otra novedad importante del IBI de este año fue el adelanto del primer plazo. El Consistorio lo pasó al cobro dos meses antes que en el ejercicio 2012 aludiendo a que necesitaba liquidez en fechas más tempranas, pero muchos ciudadanos se sorprendieron al encontrarse en su buzón en el mes de abril un recibo que hasta el ejercicio 2009 se giraba en octubre.

Fue entonces, cuando el Ayuntamiento decidió dividir el impuesto en dos plazos, cuando el 65% del total entró en el primer cobro y pasó a la temporada de primavera. La administración intenta fomentar el cobro anticipado con una bonificación del 1% para quienes se acojan a ello, pero da la posibilidad al contribuyente de devolver el recibo si desea pagar en un único momento, y a esa opción se han acogido los que generan los 2,4 millones de euros devueltos. Prefieren tener en su poder ese dinero, aun renunciando al 1%, hasta que no tengan más remedio que abonarlo.

Ese momento llegará pronto, pues el 1 de agosto se abre la segunda parte del calendario fiscal del principal tributo local. En ese momento se emitirá de nuevo el padrón, ya teniendo en cuenta quiénes han pagado y quiénes faltan por hacerlo, aunque habrá que esperar dos meses para su publicación y la fecha de cobro definitiva para los recibos domiciliados, que no llegará hasta el 1 de octubre. Para entonces el Ayuntamiento de Burgos espera completar una recaudación global de 47,66 millones de euros, prácticamente la misma cantidad que en 2012.
 
entradas y salidas. Llama la atención que la cifra sea casi calcada de uno a otro ejercicio cuando el impuesto ha subido, pero es que el Ayuntamiento de Burgos ha introducido un factor de corrección que compensa el incremento con una pérdida.

Por primera vez en muchos años, el Consistorio ha ‘depurado’ un importe cercano a los 3 millones de euros perteneciente a sus propios inmuebles. Los contabilizaba en las previsiones de ingresos aun a sabiendas de que nunca los iba a cobrar, pero ahora ya ha dejado de contar con ellos.

lunes, 3 de junio de 2013

BANKIA CONDENADA A DEVOLVER 45.000 EUROS A UNA ANCIANA


Condenan a Bankia a devolver 45.000 euros a una anciana que cambió preferentes por acciones

El Valencia ha condenado a Bankia a devolver más de 45.000 euros a una clienta de 86 años por engañarle para cambiar participaciones preferentes de 2011 por acciones de la entidad. El juez entiende que el banco actuó "con mala fe" porque, por medio de sus empleados, "maquinó" para engañarle, según consta en una sentencia.


Bankia

El juzgado de Primera Instancia número 3 de Valencia ha condenado a Bankia a devolver 45.015,15 euros a una clienta, de 86 años, por engañarle para cambiar participaciones preferentes de 2011 por acciones de la entidad. El juez entiende que el banco empleó todo para conseguir el consentimiento de la víctima, tanto porque actuó "con mala fe", como porque, por medio de sus empleados, "maquinó" para engañarle, según consta en una sentencia.
La mujer, representada por Pedro Picazo, de Consell Abogados, abrió en 1993 una cuenta de valores en Caja de Sagunto --ahora Bankia-- para depositar sus ahorros, sin ninguna intención de invertir ni especular, ya que no disponía de conocimientos financieros. Así, confió en el personal de la oficina y llegó a contratar 52.000 euros en participaciones preferentes.

Además, entre 2003 y 2011, la mujer vendió en tres ocasiones participaciones preferentes de Bancaja y Obligaciones de la entidad. Todas estas adquisiciones de productos financieros, según consta como probado en la sentencia, las llevó a cabo la mujer siguiendo las indicaciones de los empleados.

Seguidamente, la mujer recibió una carta de Bankia en la que se le ofrecía la posibilidad de sustituir estos valores por acciones de nueva emisión, y se le indicaba que si aceptaba, pasaría a formar parte del accionariado en "una de las principales entidades financieras nacionales, cuyos activos ascendían a 305.820 millones de euros", según se le señalaba.

Sin embargo, en ese momento no se le ofreció información alguna sobre el pasivo. Tras recibir la carta, en marzo de 2012, la mujer acudió a su oficina en Algar, acompañada de su hija. Una vez allí, un empleado les dijo que si no aceptaban esta oferta de recompra y suscripción de las acciones, perderían todo el dinero que tenían en la entidad.

Tras esta reunión, en la que la mujer no quiso firmar ningún canje, ésta y su hija hablaron con personas conocidas suyas, quienes les dijeron que si iban a perderlo todo, era mejor que firmasen. Así, el 20 de marzo, confiando en la advertencia del empleado de Bankia, la víctima firmó varios documentos de canje de las participaciones por acciones del banco denominadas 'Oferta de recompra y suscripción'.

En virtud de este acuerdo, se vendían los títulos por un importe igual al ofertado por Banco Financiero y de Ahorros y se adquirían acciones por importe igual al efectivo ordenado, correspondiente al pago inicial de los títulos. Entre los distintos documentos que firmó la mujer, aparece uno en el que manifiesta no querer someterse al test de conveniencia, previo a la contratación, pero sin embargo el juez no estima probado que el empleado de la entidad le hiciera preguntas relacionadas con este test o se le diera alguna explicación al respecto.

Tras estudiar estos hechos, y escuchar a las diferentes partes, el juez estima que el banco cometió dolo para conseguir el consentimiento de la víctima en la operación de canje, "tanto porque actuó con mala fe, como porque, por medio de sus empleados, maquinó para engañar a la demandada y para que prestara el consentimiento".
En esta línea, considera que el hecho de hacer firmar a la mujer varios documentos, entre los que se encontraba uno por el que rechazaba someterse al test de conveniencia, "fue un abuso de la confianza que en el empleado tenía". Asimismo, señala que en la carta que se le remitió para cambiar las preferentes por acciones "únicamente" se hacía referencia a los aspectos positivos de la entidad de crédito, "pero no se daba información alguna sobre el pasivo".

Al respecto, indica que "es cierto" que la mujer podía obtener esta información en internet, "pero tratándose de una persona de 85 años en ese momento, sin formación y sin acceso a internet, difícilmente podría recabar esa información, y lo normal es que actuara como en efecto hizo, acudiendo a la oficina para informarse por medio de la persona de su confianza en esta materia".
Junto a ello, el juez agrega que "debe tenerse en cuenta" que días antes de la oferta de canje de acciones, los responsables de Bankia presentaron unas cuentas, según las cuales, el balance efectuado en febrero de 2012 presentaba unos supuestos beneficios de 309 millones de euros. Poco después, pero una vez transcurrido el plazo concedido para aceptar la oferta de canje, se pasó unas pérdidas de 2.979 millones, "lo que por sí solo ya supone un auténtico engaño para quienes aceptaron la oferta de canje".

Por todo, el magistrado considera que Bankia empleó "palabras o maquinaciones insidiosas" capaces de mover la voluntad de otra parte, inducida por error provocado, pues solo se informaba de lo favorable para el cliente, y se le ocultaba la mala situación económica de la entidad. Así, acuerda declarar la caducidad de la acción de anulabilidad de los contratos de adquisición de participantes preferentes y obligaciones subordinadas --de 1993 a 2008--; la nulidad de los contratos de oferta de recompra y suscripción de acciones de Bankia; y condena a la entidad a restituir a la víctima 45.015,15 euros.