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miércoles, 26 de marzo de 2014

ESPAÑA: EL BANCO SANTANDER EL MULTADO EN EL REINO UNIDO CON 12,4 MILLONES DE LIBRAS POR EL COMPORTAMIENTO FINANCIERO


El regulador británico multa a Santander por fallos de asesoramiento


MADRID (Reuters) - El regulador del sector financiero en Gran Bretaña ha sancionado con 12,4 millones de libras a la división británica de Santander por "fallos serios" en la forma de ofrecer asesoramiento financiero a sus clientes hace dos años.
La Autoridad de Comportamiento Financiero (FCA en sus siglas en inglés) dijo el miércoles que existía "un riesgo significativo" de que Santander UK diera consejo financiero inoportuno a sus clientes.
El regulador agregó que el banco tendrá que contactar a los clientes afectados y, en su caso, compensar eventuales pérdidas, aunque agregó que las eventuales compensaciones serían "mínimas" ante la subida de las bolsas en estos últimos dos años.

lunes, 24 de marzo de 2014

ESPAÑA: BANCO ESPIRITU SANTO SANCIONADO CON 1,11 MILLONES DE EUROS


Sanción de 1,11 millones al Banco Espirito Santo


El BOE recoge dos multas impuestas por el Ministerio de Economía y Competitividad al Banco Espirito Santo, de 960.000 y 150.000 euros. El Gobierno considera que la sucursal española del banco portugués es responsable de dos infracciones muy graves porincumplimiento del deber de comunicación vinculado a prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
En concreto, le aplica el artículo 51.1.a de la ley, que se refiere a casos en los que “algún directivo o empleado del sujeto obligado hubiera puesto de manifiesto internamente la existencia de indicios o la certeza de que un hecho u operación estaba relacionado con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo” pero, aún así, la entidad no avisó a las autoridades competentes.
La multa se aprobó en el Consejo de Ministros del 3 de mayo de 2013, pero no se hizo pública en rueda de prensa ni en lasreferencias publicadas en la página web de Moncloa. La entidad recurrió ante el Tribunal Supremo, que acordó la suspensión temporal de la sanción monetaria. Eso sí, el alto tribunal rechazó otra petición del Banco Espirito Santo, que había reclamado que la multa no se publicara en el BOE. El auto considera que existe claro interés público en este asunto, en aras de la transparencia bancaria.
No es la primera vez que se intenta esquivar el BOE. Hace pocos días se hizo público que Jaime Botín, multado por ocultar sus acciones en Bankinter, había realizado la misma petición a la Audiencia Nacional. En su caso tampoco fue atendida.

sábado, 22 de marzo de 2014

ESPAÑA: LA UE PODRA LIQUIDAR BANCOS ESPAÑOLES SIN CONTAR CON EL BCE Y EL BANCO DE ESPAÑA



EL BANCO DE ESPAÑA SÓLO SERÁ RESPONSABLE DIRECTO DE CAIXA ONTINYENT Y CAIXA POLLENÇA

La Comisión Europea podrá liquidar bancos españoles aunque se oponga el BdE o el BCE

El nuevo sistema para liquidar bancos otorga poderes a los responsables políticos de la Comisión Europea, que podrán dictar el cierre o la reestructuración de una entidad incluso aunque el Banco de España o el Banco Central Europeo se opongan. El BdE queda sólo como supervisor directo de Caixa Ontinyent y Caixa Pollença.


El presidente del BCE, Mario Draghi, junto al Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy en La Moncloa

El nuevo mecanismo de liquidación de bancos que ha pactado la Unión Europea comenzará a operar a partir de otoño de este año 2014. Y tras ese momento, la liquidación o la reestructuración de los bancos sólo corresponderá al Banco de España si no es necesario inyectar dinero público, es decir, si los accionistas y acreedores españoles de la entidad pueden pagar el rescate de ese banco.

Desde el primer euro que requiera ayudas públicas, el regulador nacional perderá la capacidad de controlar si se liquida o si se reestructura un banco español y serán el Banco Central Europeo (BCE) o la Junta Única de Resolución de la Comisión Europea los que se encarguen de la solución en un plazo de 24 horas. Esa liquidación o reestructuración podrá salir adelante sólo con el apoyo de uno de los dos organismos, es decir, que la UE podrá cerrar entidades incluso si el Banco de España o el Banco Central Europeo se oponen.  

Si una entidad entra en apuros –la Comisión Europea no ha establecido qué criterios objetivos justifican la intervención—el BCE o ese organismo de la Unión Europea podrá dictar cómo se liquida una entidad. La única prórroga que se concibe es de 8 horas para introducir modificaciones al plan dictado por esos organismos. El nuevo sistema establece tres escalones de decisión para liquidar una entidad:
  • Si se puede liquidar el banco sólo con quitas, es decir, con los depósitos de los ahorradores y con los fondos de los acreedores, será el Banco de España el que pueda liquidar una entidad. En cualquier caso, ese plan de reestructuración será supervisado por el BCE.
  • Si es necesario inyectar cualquier tipo de ayuda pública o de fondos públicos europeos, entonces la decisión de liquidar una entidad corresponderá al Banco Central Europeo o a la Junta Única de Resolución (JUR). El Banco Central Europeo podrá disparar el mecanismo de liquidación de los bancos con preferencia.
  • Transcurridos tres días, incluso si el BCE no ha aprobado la liquidación de un banco, la Junta Única de Resolución podrá hacerlo por su cuenta.
“Las decisiones se toman por consenso pero si no hay consenso, el mecanismo de la Comisión Europea podrá intervenir bancos”, confirman fuentes del ministerio de Economía. Así, la Comisión Europea tendrá los mismos poderes para liquidar entidades que el regulador europeo, incluso aunque se opongan los bancos centrales.

Los criterios de por qué se interviene una entidad quedarán al arbitrio de los reguladores nacionales o internacionales. “No hay criterios objetivos que desencadenen una intervención”, afirman fuentes del ministerio de Economía.

El Banco de España, menguado

Pese a que oficialmente, el Gobierno asegura que “el Banco de España colaborará estrechamente con el Banco Central Europeo para la ejecución de sus funciones de supervisión”, lo cierto es que el Banco de España deja de ser responsable del control bancario salvo en el caso de las dos cajas de ahorro que siguen vivas en España. “El Banco Central Europeo realizará una supervisión directa de las entidades ‘significativas’ mientras que las no significativas, la supervisión es indirecta a través de las autoridades de supervisión nacionales”, afirma el Ejecutivo. En términos prácticos, eso significa que el Banco de España es el regulador directo de Caixa Ontinyent y Colonya, Caixa Pollença. Es más, incluso en el caso de que esas dos cajas incurran en apuros, el Banco de España no podrá tomar decisiones de liquidación o reestructuración sin el acuerdo del BCE.

El Ejecutivo asegura que este es un “elemento fundamental” dentro de la arquitectura de la UE y que “está teniendo ya efectos prácticos en España” porque sólo las expectativas de mercado han contribuido “a rebajar la prima de riesgo y el diferencial de la deuda española con la de los socios europeos”.
FUENTE

martes, 18 de febrero de 2014

IRAN: UN BANCO EXIGE UNA INDEMNIZACION DE 4.000 MILLONES DE DOLARES A LONDRES



Un banco iraní exige una indemnización de 4.000 millones de dólares a Londres




El banco iraní Mellat ha solicitado una indemnización de unos 4.000 millones de dólares al Tesoro del Reino Unido por los daños económicos causados a raíz de las sanciones impuestas contra Teherán.


Mellat, la entidad bancaria privada más grande de Irán, sostiene que se impusieron sanciones ilegales por presuntos vínculos con el polémico programa de energía nuclear de Teherán. 

Según el abogado del banco, Sarosh Zaiwalla, Mellat ha solicitado al Gobierno británico 3.980 millones de dólares como indemnización por la pérdida de negocios internacionales como consecuencia del establecimiento de restricciones ilegales. 

Además, el banco alega que debido a las medidas adoptadas por el Gobierno del Reino Unido, otras autoridades sancionaron también al banco, lo que supuso la pérdida de clientes y negocios.  

En junio del año pasado la Corte Suprema del Reino Unido ya dictaminó que la decisión de imponer sanciones contra el banco iraní en 2009 por parte de la directiva del Tesoro británico fue "irracional" y "desproporcionada". 

Asimismo, se estableció que no había evidencia alguna de que el banco hubiera aportado ayuda financiera al programa nuclear. 
FUENTE

viernes, 14 de febrero de 2014

ESPAÑA: EL BANCO NO PUEDE OBLIGARTE A CONTRATAR SEGUROS


Si te vas a hipotecar, recuerda: la banca 
no te puede obligar a contratar ningún 
seguro
La imagen y el mensaje de este cartel publicitario no pueden ser más claros. Es directo, polémico, agresivo... La banca no puede obligar a ningún ciudadano ni a ninguna empresa a contratar un seguro cuando le vende otros productos financieros como, por ejemplo, una hipoteca. Algo que, aunque está prohibido por ley, desconoce la inmensa mayoría de los ciudadanos. 
¿Usted tiene hipoteca?, ¿y seguro de hogar o de vida?, ¿recuerda quién se lo vendió?, ¿fue el banco? En caso afirmativo, es muy probable que piense que el banco le dijera que necesitaba estos seguros para dar luz verde a la hipoteca. No es así. O usted estaba mal informado o le engañaron. 
Y precisamente son este tipo de situaciones las que pretende evitar la Asociación Navarra de Corredurías de Seguros (ANACOSE), que encargó este cartel publicitario y lo colocó en el centro comercial La Morea, Pamplona, a raíz de la aprobación de la Directiva Europea sobre Hipotecas en el Parlamento Europeo. Una directiva que prohíbe las cláusulas abusivas en los contratos de productos financieros, entre ellas la obligación de vincular un seguro con la entidad bancaria al firmar el contrato hipotecario. La valla publicitaria levantó ampollas y ANACOSE, según explica un portavoz a El Confidencial, se vio obligada a retirarla por presiones de la banca.
Se produjo entonces el denominado 'efecto Streisand': cuando alguien intenta silenciar alguna información, ya sea un vídeo, un tuit, una foto... y consigue precisamente el efecto contrario. Y eso fue precisamente lo que pasó en este caso, convirtiéndose en viral el hashtag #vayaconlavalla.
Este reciente acontecimiento devuelve precisamente a la actualidad una práctica que sigue siendo muy habitual entre las entidades financieras y que, según la recién aprobada directiva europea sobre hipotecas, tiene los días contados, o casi, puesto que España tiene dos años para transponerla. 
Hipotecas y seguros, inseparables en la oferta hipotecaria
La banca española no puede vender seguros ni obligar a contratarlos a quien necesita una hipoteca. Sin embargo, los seguros están muy presentes en toda la oferta hipotecaria. Basta con echar un vistazo a los productos que hay actualmente en el mercado para comprobar que no sólo no es así, sino que la banca ni lo disimula ni lo oculta. Para que un cliente pueda beneficiarse del diferencial ofertado debe vincularse a la entidad vía domiciliación de nóminas, tarjetas de crédito y, por supuesto, seguros. Una información que, aunque a simple vista no parezca tan descarado, aparece claramente en la letra pequeña de todos estos productos.    
“Es impresentable que un banco, cuyo negocio es gestionar el ahorro y el crédito, imponga a un futuro cliente la contratación de un producto no deseado y, además, en condiciones de contratación duras o más bien, durísimas”, explica Carlos Lluch, mediador de seguros y director técnico en Lluch & Juelich Brokers. "El problema es que el cliente lo acaba aceptando, en muchísimos casos, por falta de cultura financiera. Muchos se dejan llevar y se dejan seducir por la zanahoria. En el caso de las hipotecas, esa zanahoria es la casa, una casa que queremos comprar sea como sea". 
¿Son obligatorios los seguros de vida y hogar al firmar una hipoteca?
Ni uno ni otro son obligatorios, si bien son un arma con la que juega la banca para dar luz verde o carpetazo a una operación. "La legislación vigente no impone con carácter general y de forma directa al deudor de un préstamo hipotecario la obligación de contratar seguros sobre el inmueble hipotecado". Así lo sostiene el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros.
Ni el seguro de hogar ni el del vida son obligatorios, si bien son un arma con la que juega la banca para dar luz verde o carpetazo a una operación.Tan sólo en aquellos casos en los que lahipoteca se utilice en forma de cédulas, derivados, etc. el seguro de hogar o de incendios sí es obligatorio puesto que quien en realidad está prestando el dinero al cliente es un tercero –no el banco–, que es quien compra esas cédulas o titulizaciones". No obstante, en este caso, el cliente no está obligado a contratarlo con la entidad que le concede la hipoteca, y el banco está obligado a informar al cliente de esta situación. "Si el banco nos quiere obligar a contratar seguros que no nos hacen falta o más caros de lo que podríamos encontrar en el mercado, lo mejor es que comparemos con otras hipotecas", aconsejan desdeiAhorro.com.
En concreto, la Dirección General de Seguros asegura al respecto: "La normativa reguladora del mercado hipotecario establece determinados requisitos para que las entidades financieras puedan emitir títulos en el citado mercado. Por tanto, si una entidad de crédito desea emitir cédulas o bonos hipotecarios con base en los préstamos con garantía hipotecaria concedidos a propietarios de inmuebles hipotecados puede condicionar la concesión del préstamo a que el deudor se comprometa a suscribir un seguro de daños para el citado inmueble, pero, en todo caso, la obligación para el deudor tendrá siempre carácter contractual y no legal".
En ningún caso es obligatorio contratar un seguro de hogar cuando se firma una hipoteca. No obstante, los expertos sí recomiendan su contratación, ya sea con la entidad que concede el préstamo o con otraEl seguro de vida, por el contrario, no es obligatorio en ningún caso. Otra cosa es que su contratación, sea con la aseguradora que sea, sea conveniente. "Es realmente bueno para todos. Para el cliente porque se protege a sí mismo de una posible invalidez y a su familia de un posible fallecimiento. De forma que el seguro en este tipo de situaciones sirva para amortizar el préstamo. Y es bueno para la entidad financiera, porque en estas situaciones, de no existir seguro, podría tener problemas para recuperar la deuda", apunta Biblioteca Aseguradora, otro de los expertos colaboradores del portal financiero iAhorro.com. "En este caso, el banco puede exigir que se suscriba un seguro, pero en ningún caso determinar con quién –aseguradora o mediador– y menos coaccionar, puesto que en este caso estaríamos hablando de un delito tipificado en el Código Penal", añade Carlos Lluch. 
Es decir, todas las ventajas que puede tener un seguro de vida podrían llevar a la entidad financiera a ofrecerlo, pero no a exigir que sea el suyo. "El cliente debe tener la posibilidad de elegir, valorando los precios y las coberturas", apunta Lluch, quien también critica el hecho de que "la misma persona que te vende la hipoteca, el depósito, te venda también un seguro. Es un auténtico fraude de ley y es precisamente lo que la normativa europea también pretende evitar", añade. 
El consumidor, no obstante, también debe saber que la ley le da el derecho de dar marcha atrás en todo seguro de vida de duración superior a seis meses sin tener que dar explicación alguna. El tomador del seguro tendrá derecho a la devolución de la prima que hubiera pagado, salvo la parte correspondiente al periodo de tiempo en que el contrato hubiera tenido vigencia. El asegurador dispondrá para ello de un plazo de 30 días a contar desde el día que reciba la comunicación de rescisión.
No son los únicos seguros asociados a las hipotecas. También está el deprotección de pagos, que asegura al titular de la hipoteca que le pagará las cuotas si se queda en paro o en caso de incapacidad temporal, durante un determinado periodo de tiempo. Con una tasa de paro tan elevada y la mayor probabilidad de muchos ciudadanos de perder su trabajo, este es un producto que suelen exigir las entidades financieras. 
El seguro de tasación era habitual hace varios años y permitía obtener préstamos hipotecarios por encima del 80% del valor de tasación. "El cliente que contrataba una hipoteca y necesitaba aproximarse a un 100% de tasación le pagaba a una aseguradora una prima y, en caso de impago, esta abonaba al banco el porcentaje del préstamo que superaba el 80% de la tasación", explica el portal financiero en su Guía Hipotecaria
¿Qué hay que tener en cuenta a la hora de contratar un seguro?
Una vez aclarado este punto y una vez determinado que resulta conveniente –que no obligatorio– contar con estos seguros, ¿cómo elegir el que mejor se adapta a nuestras necesidades para evitar desagradables sorpresas en el futuro? "Hay seguros con reglas de juego radicalmente diferentes, pero lo que sí está claro es que elegir un seguro no es sólo cuestión de precio", apunta Carlos Lluch, que asegura que lo primero que debe hacer el cliente es tener claro qué tipo de coberturas necesita. E insiste en que debería existir "un mercado real libre que permita al consumidor elegir el producto que mejor se adapta a sus necesidades.
Algunas recomendaciones. Preguntar, por ejemplo, si el seguro de vida es de capital decreciente. Es decir, si se va a ajustando al saldo del préstamo mensual o fijo por el montante inicial. O si estamos ante un seguro en el que la prima se paga a plazos de una sola vez en el momento de abrir la hipoteca. Como suelen suponer un desembolso importante de dinero, en caso de haber de pedir financiación al banco, es importante tener en cuenta que se acabará realizando un importante desembolso en concepto de intereses. La banca nunca pierde.

miércoles, 5 de febrero de 2014

GRECIA: DETENIDO EL EX-PRESIDENTE DEL BANCO HELLENIC POSTBANK


Grecia: arrestan a banquero investigado por corrupción de alto perfil


Angelos Filippidis
El expresidente del banco griego que ha estado al centro de una investigación por corrupción de alto perfil, Angelos Filippidis, fue arrestado en Atenas.
El sujeto fue puesto bajo custodia a su regreso de Turquía, donde estaba detenido después de un pedido para su extradición.
Filippidis es uno de más de 20 personas, incluidos importantes empresarios griegos, que están siendo investigadoas en relación con el escándalo del Hellenic Postbank.
Se les acusa de emitir préstamos no asegurados que condujeron a que el ahora difunto banco de depósitos estatal perdiera más de US$540 millones.
Filippidis niega haber hecho algo incorrecto.

domingo, 2 de febrero de 2014

ESPAÑA: SENTENCIA OBLIGA AL BANCO A DEVOLVER ANTICIPOS AL QUEBRAR UNA PROMOTORA


Un juez obliga al banco a devolver los anticipos tras quebrar una promotora

La entidad respaldó la operación inmobiliaria pero rechazó reintegrar cantidades entregadas a cuenta por dos compradores alegando que no había avales individuales


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No tendrá tanta repercusión como la sentencia que permitió la anulación de las cláusulas suelo en los préstamos hipotecarios, pero sí marcará un antes y un después en la defensa jurídica de quienesentregaron dinero a cuenta para adquirir una vivienda sobre plano(antes de concluir e incluso de arrancar las obras) y quedaron atrapados por la suspensión de pagos(concurso de acreedores) de la promotora.
En efecto, el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Sevilla ha condenado a un banco, en un fallo que ya es firme tras no presentarse recurso, a devolver a dos compradores las cantidades que confiaron a la inmobiliaria y que fueron avaladas por la entidad financiera aunque no de forma directa (avales individuales) sino a través de la propia promotora (aval general). Es decir, existía una relación indirecta, pero los particulares habían cumplido sus obligaciones (abonos) no así el banco, que trató de esquivar las suyas arguyendo inexistencia de avales individuales –y, para más inri, aunque esto queda reflejado por el tribunal, se quedó con las casas ejecutando un préstamo impagado por el promotor–.
La sucesión de los hechos es la que sigue. En abril de 2006 los compradores –dos conocidos futbolistas sevillanos– rubricaron con la sociedad Área de Promociones Inmobiliarias de Andalucíala compra de dos viviendas sobre plano, que habrían de estar construidas para el mes de diciembre de 2008, entregando 103.192 y 50.145 euros a cuenta. En julio de 2007, ésta contrata una póliza de garantía para la línea de avales sobre el complejo de inmuebles. Sus casas no están finalizadas en el plazo estipulado, de ahí que, en diciembre de 2009 y mediante sentencia firme, obtienen del juzgado la resolución de los contratos, y se condena a la empresa a la devolución de las fianzas y –aquí radica la clave– «a entregar los avales individuales que las garantizaban y a exhibir para su testimonio el aval general suscrito en garantía». Y entramos en el meollo: en junio de 2011 se insta a Banesto –actualmente integrado en el Santander– a reintegrar el dinero, y éste niega la existencia de aval alguno. De devolver, nada de nada.
Durante el juicio, el representante de la promotora es contundente: cada vez que se firmaba un contrato de compraventa, la documentación era remitida a la entidad financiera; el aval sí era general, pero garantizaba la totalidad de las sumas desembolsadas por los compradores; el banco se había negado a proporcionar los avales individuales pese a su requerimiento; y el dinero de los compradores se depositaba en la cuenta de la inmobiliaria, «existiendo cuenta abierta en Banesto». ¿Más claro?
«El aval litigioso que ha sido prestado supuestamente por la entidad bancaria no responde a las condiciones de una simple fianza, sino que se presenta más bien como una garantía exigible en las condiciones pactadas, revistiendo la modalidad de garantía(…)». La entidad alegaba que ni conocía los contratos de compraventa, ni que hubieran sido judicialmente resueltos ni que hubiera aval alguno ni de forma individual ni de cualquier otra, aunque matizaba que en cualquier caso la garantía estaría caducada, extinguida y sin eficacia alguna. Todo no, pero por si acaso…
De hecho, el juez sevillano considera probada, pese al no del banco, la suscripción del aval general, «por el cual se garantizaba la solvencia de la promoción» y su vinculación con una «cuenta especial» abierta donde el depósito del dinero de los particulares no era responsabilidad de éstos, dado que «son ajenos» a los compromisos acordados entre la sociedad Área y la entidad financiera, sino de estas dos últimas. Y llegados aquí, el magistrado echa mano de la jurisprudencia del Tribunal Supremo para recriminar con suma dureza a Banesto que tratara de cargar las culpas sobre los dos futbolistas. «Esta pretensión es inadmisible». En suma, su defensa consistía en que ambos asumieran las consecuencias de la negligencia del propio banco a la hora de asegurarse qué estaba pasando con los avales individuales y con la propia cuenta.
«Consta el aval general y constan comunicados los datos de los contratos (…) y consta la comunicación a la entidad bancaria (la resolución) de los contratos con la promotora por incumplimiento del plazo de entrega, estando finalizada la obra, sin que (el banco) haya procedido ni a la emisión de los avales individuales ni a la entrega (a los compradores) de las cantidades aseguradas», según concluye el fallo. Condénese, pues, a la devolución del dinero –78.192 euros en un caso y 37.645 en el otro, cifras menores a las inicialmente demandadas porque en medio del trámite judicial hubo un abono parcial de la promotora– más el interés legal del dinero más las costas. Veinte días hábiles para recurrir, el Santander no lo ha hecho, sentencia firme.
¿Cuál es su trascendencia? Primero, sienta un precedente jurídico para todas aquellas familias que adquirieron sus viviendas sobre plano, quebraron las promotoras y se quedaron sin casas y sin dinero. Segundo, condena al banco por responsabilidad extracontractual, puesto que no había nada firmado entre éste y los compradores, ni tan siquiera aval individual, el único título que legitima para reclamar al banco o, en su caso, a una aseguradora, las cantidades confiadas a la inmobiliaria. Y tercero, se le dice a la entidad financiera, oye, tú eres quien tienes que velar por los contratos entre promotora y clientes y los ingresos realizados por éstos. Y no cabe, por tanto, lavarse las manos.

domingo, 26 de enero de 2014

ESPAÑA: LOS 10 MALES DEL BANCO MALO


Los 10 males del banco malo


Belén Romana, presidenta de Sareb. (Efe)
La crisis larvada en Sareb (Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración bancaria) desde prácticamente su creación ha terminado por estallar esta semana con la dimisión del director general y del financiero, adelantada por El Confidencial, que sigue a la de dos consejeros independientes. Estas salidas se explican por el enfrentamiento de todos ellos con la presidenta, Belén Romana, pero detrás de ese choque hay un sinfín de conflictos, contradicciones, chapuzas, errores y traspiés. Éstas son las diez principales 'maldades' del banco malo:
1. El conflicto de interés irresoluble de la banca
Como Sareb debía emitir deuda para comprar los activos de los bancos rescatados por más de 50.781 millones, y a Cristóbal Montoro se le ponían los pelos de punta pensando que eso computara como deuda pública -de hecho, el Gobierno nunca quiso crear un banco malo, sino que lo impuso Bruselas-, Sareb tenía que contar con una mayoría de capital privado para conconsolidar en las cuentas del Estado, a diferencia del NAMA irlandés. Y los únicos que podían aportar ese capital eran los bancos 'sanos', así que tuvieron que acudir al llamamiento del Gobierno para sacar adelante el banco malo. Todos, menos BBVA, que se negó en redondo porque no veía nada claro que el proyecto fuera a ganar dinero y no quería dilapidar el de sus accionistas. Eso llevó al conocido enfrentamiento entre Luis de Guindos y Francisco González que se ha saldado esta semana con elcastigo al segundo en la derrama del Fondo de Garantía de Depósitos, donde los participantes en Sareb han tenido grandes descuentos (de hecho,les salía "a devolver" y el Gobierno ha tenido que poner un tope a la deducción).
Pero éstos se han encontrado con otro problema mucho más serio: su conflicto de interés al ser a la vez accionistas y competidores de Sareb, puesto que la banca sana también tiene muchísimos inmuebles adjudicados de los que se tiene que desprender. Un conflicto que es irresoluble por mucho que los cuatro representantes de la banca en el consejo se abstengan cuando se tratan materias que afectan a sus entidades (en realidad, todas les afectan). Algunas fuentes aseguran que "los bancos están en Sareb para tener información de primera mano sobre su estrategia [es la mayor inmobiliaria de España e incluso de Europa, según se mire] para poder anticiparse a ella. Eso se va a ver muy claro en los pisos que han vendido los bancos este año y los que ha vendido Sareb".
2. El control de los políticos
Por tanto, Sareb es una sociedad "privada" ya que el 55% de su capital no es público. Pero, como todos los organismos supuestamente independientes en España, está controlado por los políticos. El ministro Luis de Guindos hizo bueno el dicho de Clemenceau de que "la guerra es una cosa demasiado seria para confiársela a los militares" y, en vez de dejar Sareb en manos de profesionales inmobiliarios, puso al frente a una política con nula experiencia en el sector: Belén Romana, amiga personal suya, ex directora general del Tesoro y a la que había intentado colocar previamente, sin éxito, en el BCE -pero España perdió su sillón- y en la presidencia de la CNMV -que le arrebató Montoro al nombrar a una mujer del partido, Elvira Rodríguez-. 
 Belén Romana y Walter de Luna, sentados con el equipo inicial de Sareb. (Efe)Belén Romana y Walter de Luna, sentados con el equipo inicial de Sareb. (Efe)La elección de Romana requirió un contrapeso profesional, que fue el nombramiento de Walter de Luna, procedente de los fondos inmobiliarios de ING (tampoco demasiado relevantes en España), como director general. Pero la bicefalia funcionó mal desde el principio, tanto por su visión opuesta de cómo debía ser la estrategia de Sareb como por su incompatibilidad de caracteres. Romana ha vencido esa batalla imponiendo su criterio con una política absolutamente personalista, en la que no sólo ha ninguneado a sus directivos, sino también al consejo, y es lo que ha detonado la crisis actual. 
3. Poderes en la sombra
Estas constantes luchas de poder han dado pie a movimientos subterráneos y a la emergencia de algunos personajes que controlan el poder del banco malo en la sombra. Entre ellos sobresale la figura de Óscar García Maceiras, señalado por varias fuentes cercanas a Sareb como quien "maneja la trastienda". En principio, su perfil -fue secretario general y director del área jurídica de Banco Pastor- y cargo -secretario no consejero- deberían otorgarle meras funciones formales de cumplimiento de las obligaciones jurídicas. Sin embargo, ha sido uno de los ganadores de la batalla y, aunque no interviene en las decisiones de negocio, es quien controla los movimientos internos dentro del banco malo. 
4. Sueldos elevados y contratos indefinidos
En los tiempos que corren, y dado que Sareb deriva de un saneamiento bancario que ha costado 60.000 millones (de momento) a los contribuyentes, lo lógico habría sido, según la opinión generalizada en el sector financiero, que predicara con el ejemplo en la austeridad. Empezando por la remuneración de sus gestores. Ese era el espíritu que impuso un límite a esa remuneración similar a la de los bancos rescatados. Pero se tomó como referencia los bancos con ayudas públicas (500.000 euros anuales), no los nacionalizados (300.000) y, además, los principales ejecutivos se fueron al tope cuando podían haberse quedado por debajo. Además, tienen una relación laboral indefinida, cuando la vida de Sareb se extiende durante un máximo de 15 años.
5. Subcontrataciones a gogó
Dentro de esta falta de austeridad, el banco malo ha subcontratado un montón de servicios y labores. 
Así, ha regado con contratos millonarios (cuyo importe exacto se desconoce dentro de la falta de transparencia de la sociedad) a todas las consultoras, auditoras, despachos de abogados y brokers inmobiliarios de importancia en España. Unos servicios que, en muchos casos, habrían salido más baratos según las fuentes consultadas si se hubieran hecho dentro de la casa -el coste de contratar más empleados habría sido inferior- o por otros profesionales como notarios o registradores. Se puede rizar el rizo con el actual concurso de la plataforma de venta de activos que está realizando, donde uno de los finalistas es NCG Banco, entidad cedente de sus activos y que podía haber sido obligada a traspasar con ellos la plataforma y gratis. No lo fue y, como el resto de nacionalizadas, puede venderla y obtener así un beneficio; sólo que aquí el comprador sería la propia Sareb que podía haberla tenido gratis. Por cierto, otros finalistas son Santander, CaixaBank y Sabadell, todos ellos accionistas y consejeros. De nuevo los conflictos de interés.
Esta lluvia de millones sobre el sector ha provocado algunas acusaciones de prácticas oscuras. Sin llegar tan lejos, las fuentes consultadas se remiten a las tristemente célebres 'puertas giratorias': "Sareb muere a los 15 años, y tal como está la cosa, nadie puede asegurar que va a aguantar hasta el final; así que conviene tener contentas a las empresas donde te puedes recolocar cuando salgas".
6. Unos precios de traspaso excesivos
A primera vista, parece que los descuentos con que Sareb compró los activos de la banca rescatada son muy elevados: del 63,1% como media para los inmuebles adjudicados (79,5% para el suelo) y del 45,6% para los préstamos a promotores. Sin embargo, la propia Comisión Europea considera que esos precios son superiores a los de mercado aun con esos descuentos (para ellos, el descuento medio debería ser del 72%), y considera a ese sobreprecio ayuda de Estado. De ahí que la cuenta de las ayudas públicas a la banca que echa Bruselas se vaya hasta prácticamente 100.000 millones. Este elevado nivel de 'compra' de los activos crean un grave problema de salida a Sareb, que en muchos casos debe elegir entre vender sin beneficio (o incluso a pérdida) o esperar a ver si en el futuro puede conseguir mejores precios.
7. Bandazos en la política de ventas
Ese pecado original del banco malo ha provocado algunos de sus grandes problemas durante su primer año de vida. Uno de ellos son los bandazos en la política de precios. Así, inicialmente Sareb impuso unos precios mínimos de venta un 25% superiores a los de traspaso, lo cual, sumado a que pagaba unas comisiones ínfimas a las entidades cedentes -que son las que venden los pisos- hizo que no se vendiera prácticamente nada. Romana acabó con esta estrategia de De Luna y permitió que el precio de cada piso se adaptara a los de su entorno, lo que supuso una bajada generalizada (y además subió las comisiones a la banca rescatada). Esto, junto con la mejora de las perspectivas económicas, ha permitido que Sareb haya vendido 9.000 pisos en 2013, por encima de sus objetivos. Esta política también se ha aplicado a las carteras de crédito, de ahí que en el último trimestre se hayan acelerado las ventas.
8. 'Concursitis'
"El miedo de Belén Romana es vender por debajo de lo que valen sus activos; por eso encargó una valoración pormenorizada y por eso también quiere hacerlo todo con procedimientos competitivos, no sea que haya alguien dispuesto a pagar más y la acusen de no maximizar el valor para el contribuyente", según otra de las fuentes. Esta 'concursitis' estalló con elproyecto Bull, la primera gran venta de inmuebles del banco malo. Esta cartera fue diseñada por un fondo interesado, que escogió los activos y negoció con Sareb el diseño de la operación. Pero entonces a Romana le asaltaron las dudas y decidió plantear un concurso deprisa y corriendo para ver si alguien mejoraba la oferta. Así ocurrió, y otro fondo, HIG se llevó el gato al agua, mientras que el inversor inicial se quedó con un palmo de narices.
Más allá de que se pensará muy mucho volver a hacer negocios en España, el problema de hacerlo todo por concurso es que los procesos se eternizan, los inversores se desesperan e incluso pueden quedarse cortos los 15 años que tiene el banco malo para vender toda su cartera. Además, este excesivo purismo contrasta con otras actuaciones como una interpretación laxísima del propio Real Decreto que fija sus normas y que prohíbe que empleados o consejeros de la banca se sienten en el consejo de Sareb.
9. Repetir el modelo que ha llevado a la ruina a las cajas
Precisamente, el citado proyecto Bull ha sentado un precedente muy peligroso. Para adjudicar esta cartera, el banco malo creó un FAB (Fondo de Activos Bancarios), un vehículo con ventajas fiscales, en el que mantuvo el 49% del capital mientras que HIG se quedaba con el 51%. Es decir, participa en una sociedad inmobiliaria que en el futuro revenderá esos inmuebles a un tercero, lo que le permite apuntarse los beneficios adicionales... o las pérdidas si la cosa sale mal. Y no sólo eso, sino que además financió la entrada de HIG pese a que en teoría no puede hacerlo (otra interpretación sui generis de las normas). Esto supone replicar el modelo de negocio que llevó a la quiebra a las cajas que han tenido que ser rescatadas: creaban empresas conjuntas con los promotores y les prestaban dinero. Asimismo, Sareb ha establecido otro precedente arriesgado al canjear su deuda en Realia por capital, con lo que incrementa su riesgo al añadir el de mercado.
10. Falta absoluta de transparencia
En la primera rueda de prensa que dio Belén Romana al frente de Sareb presumió de que "la transparencia va a ser el principio que presidirá todas las actuaciones". Un periodista preguntó: "¿Nos puede decir cuáles son las comisiones que pagarán a las entidades cedentes por vender sus activos?". "No, eso es una cuestión de negocio que no podemos revelar", respondió la presidenta. Esta anécdota resume a la perfección la política de comunicación de la sociedad, basada en una opacidad casi absoluta impropia de un organismo que también debería dar eejmplo en esta materia. 
No ha detallado su plan de negocio, no da el precio de venta de sus transacciones -con el argumento de que pueden entorpecer otras operaciones en marcha-, no informa del coste de los múltiples contratos de servicios, no ha dado cuenta de las últimas dimisiones (de hecho, anteriormente había salido el director de procesos, Miguel Garicano, y Sareb se limitó a borrar su nombre en su web), escondió la dimisión de los consejeros independientes en una nota de prensa sobre la evolución de las ventas, Romana no concede entrevistas y en sus comaprecencias públicas se limita a repetir generalidades más que sabidas... 

domingo, 12 de enero de 2014

GRECIA: DETIENEN AL EX-PRESIDENTE DEL BANCO HELLENIC


Detienen al expresidente del banco griego Hellenic 

Postbank
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El expresidente ejecutivo del Hellenic Postbank Ángelos Filippidis ha sido detenido en Turquía en relación con el escándalo de la concesión de préstamos sin garantías concedidos por este banco griego a numerosos empresarios, lo que contribuyó a la quiebra de esta entidad.

Según confirmó su abogado a medios de este país, Filippidis fue arrestado en Estambul en virtud de una orden internacional de detención y se espera que en los próximos días sea entregado a la justicia griega.

En los últimos días Filippidis había hecho diversas declaraciones desde su teléfono móvil a medios locales, en las que aseguró encontrarse de viaje de negocios en Estados Unidos y aseveró que en breve volvería para justificarse ante la Justicia.

Según apuntan hoy varios medios, fue precisamente el frecuente uso de su teléfono móvil el que permitió a las autoridades dar con su paradero en Turquía.

La fiscalía anticorrpución imputó esta semana a 25 personas -empresarios y ejecutivos del citado banco-, entre ellas Flipippidis, por diversos delitos de fraude, malversación y lavado de dinero.

Del total de 25 imputados, la Justicia ha emitido órdenes de detención contra siete personas, de las que cinco han sido ya arrestadas.
La fiscalía acusa a la antigua dirección de Hellenic Postbank de haber concedido créditos sin garantías por valor de más de 400 millones de euros a diversos empresarios que, además, no los utilizaban en beneficio de sus empresas sino para gastos personales.

Los altos cargos de Hellenic Postbank están acusados de haber otorgado préstamos sin exigir las garantías establecidas en los reglamentos del propio banco y, según el acta de acusación, los créditos nunca fueron devueltos, causando daños al banco daños millonarios.

Entre los imputados se encuentra también la presidenta del Fondo de Estabilidad Financiera de Grecia (HFSF), Anastasía Sakellaríu, quien hasta hace un año dirigió la unidad de análisis de riesgo del Hellenic Postbank y en 2012 aprobó la reestructuración de dos préstamos por valor de 38,5 millones de euros a la empresa DEMCO, del empresario Dimitris Kondominás, uno de los principales imputados en el caso.

El Hellenic Postbank fue declarado en quiebra a finales de agosto de 2012 y tras ser dividido en un banco bueno y otro malo, su parte sana fue adquirida por Eurobank por 681 millones de euros.

Sin embargo, Eurobank ha tenido que ser nacionalizado al no poder captar suficiente inversión privada para su recapitalización, aunque el objetivo es que sea privatizado en los próximos meses.

El HFSF ha servido para canalizar los fondos europeos y del Gobierno heleno en el proceso de recapitalización y de reestructuración del sistema bancario heleno.
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