INFORMACION TOTALAMENTE ACTUALIZADA

Mostrando entradas con la etiqueta clausulas. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta clausulas. Mostrar todas las entradas

lunes, 3 de marzo de 2014

ESPAÑA: LA NUEVAS HIPOTECAS DE BANKIA INCLUYEN CLAUSULAS DE SUELO ESCRITAS A MANO


Bankia impone cláusulas suelo 
'manuscritas' en sus nuevas hipotecas a 
precios elevados
El presidente de Bankia, José Ignacio Goirigolzarri, en una oficina. (EFE)
A bolígrafo y por escrito. Así exige Bankia a los clientes a los que les concede un crédito la aceptación de las polémicas cláusulas suelo, una condición considerada abusiva y que fue censurada por el Tribunal Supremo en sentencia firme contra varias entidades. Pese al golpe judicial contra la operativa generalizada de la banca, el grupo financiero nacionalizado las ha incluido de nuevo en sus préstamos al sostener que son legales.
Bankia ha confirmado esta imposición a los clientes a la hora de firmar un crédito, especialmente los hipotecarios que está volviendo a incentivar tras mantener el grifo cerrado para la compraventa de casas. Según la entidad presidida por José Ignacio Goirigolzarri, el fin de este requerimiento es la transparencia, para que el tomador sea plenamente consciente de las condiciones del préstamo.
La obligación consiste en copiar a mano en un papel y ante notario un documento mecanografiado y remitido por Bankia en el que se especifica que el crédito contiene un tope que impide que se reduzca la cuota mensual a pagar aunque el índice de referencia –el Euribor– baje en los mercados de capitales. De esta manera, el usuario manifiesta ser totalmente consciente de la cláusula, que cierra la puerta a cualquier reclamación judicial posterior.
Si la citada imposición es llamativa, aún más lo es el tipo de interés que Bankia aplica como suelo a los créditos hipotecarios. El banco, que fue rescatado con una aportación de fondos públicos de cerca de 23.000 millones de euros, no permite que el diferencial que paga el cliente se sitúe por debajo del 3,5%, con independencia de cómo cotice el Euribor. El citado indicador se mueve ahora en el 0,55%, por lo que la entidad nacionalizada cobra un precio de casi el 3%.
Se trata de un diferencial muy superior al que algunas entidades, como Banco Santander, Bankinter, Kutxabank y Sabadell, están ofreciendo a los ahorradores en sus nuevas campañas comerciales. Hay casos en los que, en función de una determinada vinculación, se llega hasta el 1,75%, como es la oferta que tiene actualmente el banco con sede en San Sebastián.
Desde Bankia se sostiene que las cláusulas suelo no son ilegales ni abusivas siempre y cuando se informe con claridad al prestatario, tal y como determina la sentencia del Tribunal Supremo. La alta instancia judicial señaló en su sentencia del pasado 9 de mayo que los citados topes eran lícitos “siempre que su transparencia permita al consumidor identificar la cláusula como definidora del objeto principal del contrato y conocer el real reparto de riesgos de la variabilidad de los tipos".
El Tribunal Supremo condenó a BBVA, Cajamar y Novagalicia a retirar esa condición por no haberlo comunicado debidamente a los clientes. La entidad presidida por Francisco González recurrió la medida, que fue ratificada posteriormente en dos ocasiones, pero la aplicó con efectos inmediatos a sus 425.000 créditos hipotecarios. La institución tuvo que provisionar 420 millones de euros. Las otras dos hicieron lo propio hasta sumar cerca de 600.000 créditos sobre un total de 1,7 millones que se estiman sufren esta cláusula.
Los bancos que también usaban este tope eran Banco Popular y Banco Sabadell. CaixaBank y la propia Bankia las habían heredado de Banca Cívica y de algunas de las cajas pequeñas que conformaron el holding Banco Financiero y de Ahorro. Ni La Caixa, ni Caja Madrid ni Bancaja las tenían de origen. 
La entidad dirigida por Goirigolzarri contaba con una cartera hipotecaria de 3.600 millones con cláusulas suelo, el 2,5% de todo su saldo crediticio, Tras la sentencia del Supremo, el banco empezó a negociar con cada cliente una solución particular, según reconoció José Sevilla, director general de Presidencia, de lo que se dedujo que las eliminaría al ser una excepción. Sin embargo, lejos de quitarlas, el grupo ha decidido ponerlas de nuevo ya como Bankia con obligación manuscrita.

sábado, 1 de marzo de 2014

ESPAÑA: COLAPSO EN LOS JUZGADOS POR MILES DE DEMANDAS PIDIENDO LA NULIDAD DE LAS CLAUSULAS DE SUELO


Colapso en los juzgados por miles de 

demandas pidiendo la nulidad de las 

cláusulas suelo con carácter retroactivo


clausula suelo
Los dos Juzgados de lo Mercantil de la provincia de Málaga están colapsados. Primero fue la avalancha de concursos de acreedores, que aunque ha disminuido en los últimos meses sigue siendo todavía de grandes dimensiones, y desde hace un año tienen que hacer frente a una contundente oleada de demandas de particulares por las polémicas cláusulas suelo. Esta misma situación se repite en Sevilla, Granada y otras provincias andaluzas. Pero el alud de demandas de ciudadanos reclamando justicia por estas cláusulas hipotecarias se extiende por casi todos los rincones de España. Tras las ratificación del Tribunal Supremo de la nulidad de las cláusulas suelo el pasado mes de noviembre, las entidades financieras -en ocasiones de forma voluntaria y en otras presionadas por las reclamaciones o demandas de los clientes afectados- van poco a poco eliminando estos topes que impiden la bajada de los tipos de interés de los créditos hipotecarios. Sin embargo, los afectados siguen sin estar conformes. Quieren que los bancos les devuelvan todo el dinero pagado de más en los últimos años de continuadas bajadas del Euribor (tipo al que están referenciadas la mayoría de hipotecas en España) y que actualmente se sitúa en mínimos históricos.
Según los datos facilitados por el juez decano de Málaga, José María Páez, en 2013 se presentaron 437 pleitos sobre estos requisitos bancarios abusivos en la provincia andaluza y en el pasado mes de enero 97, un 169% más que en el mismo periodo del año anterior. «Se está dando una acumulación y un incremento muy importante de la carga de trabajo», señalaba hace sólo unos días este magistrado a ‘Diario Sur’. Para combatir esta sobrecarga de trabajo, se pusieron dos jueces de refuerzo en los Juzgados de lo Mercantil. Una medida completamente «insuficiente» en opinión de Páez, que pide más medios para resolver el problema. Y, si hay muchas demandas y pocas manos para resolverlas, el resultado es que los procedimientos judiciales se alargan y alargan en el tiempo. Así, a los pleitos iniciados a finales del pasado año se les está dando cita para la vista previa a mediados de 2015, más de un año y media de espera.
La saturación es tal que los juzgados andaluces están liderando decisiones pioneras en España para agilizar la resolución de las demandas por cláusula suelo. Los Juzgados malagueños han resuelto como medida cautelar, la suspensión de la cláusula suelo hasta que se resolviese el juicio. El fallo beneficia a un vecino de Marbella en situación de desempleo, que de esta forma verá reducida la cuota mensual por la compra de su vivienda de 583 a 400 euros de forma inmediata y no tendrá que esperar al juicio, que por la saturación que sufre el juzgado no podrá celebrarse hasta el año próximo.
La hipoteca había sido firmada en Marbella en 2011 por un plazo de 30 años, y la demanda fue presentada por el cliente el pasado mes de octubre. El juzgado de Málaga considera que el posible retraso en el proceso podría causar un grave perjuicio al demandante aunque la sentencia le acabara dando la razón. «El peligro por la mora procesal es más que obvio, pues el Tribunal Supremo protege contra una devolución de cantidades ya cobradas a pesar de declarar la nulidad de la cláusula», dice el auto. En opinión del juez la única forma de evitar que la tardanza del pleito acabe privando al demandante de unas cantidades que le corresponden es suspender el abono de esas cantidades para que no se cobren. «No habiendo sido cobradas, si se declara la nulidad no se producirá el daño de la no devolución de cantidades cobradas indebidamente», explica.
Otra novedosa decisión ha sido la del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla que dictó a principios de febrero tres sentencias a raíz de las demandas individuales presentadas por la asociación Ausbanc que, sin necesidad de celebrar juicio, obligan a las entidades financieras con las que tienen firmadas sus hipotecas a anular las cláusulas suelo recogidas en sus contratos, a devolver las cantidades cobradas de forma indebida y a que asuman las costas judiciales del proceso.
Estas demandas forman parte de la quincena que “en la audiencia previa quedaron vistas para sentencia”, lo que implica la no celebración de juicio y una aceleración en la resolución del proceso. “Éstas son las tres primeras sentencias, pero tenemos otras 12 pendientes en la misma situación”, es decir, en las que se dictará el fallo sin necesidad de juicio.
Exito Judicial
En las tres sentencias se obliga a Caja España, Caixabank y Caja Rural del Sur a cumplir con las tres condiciones solicitadas por Ausbanc: anular las cláusulas suelo, restituir la cantidad desembolsada de más y condenar a la entidad a pagar las costas del juicio. Así, en una de esas sentencias, aunque los fundamentos son similares para las tres, el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla declara la nulidad de la cláusula suelo por falta de transparencia y condena en el caso de Caja España a restituir la cantidad que se ha embolsado gracias a esta cláusula. Una cuantía que, según los cálculos estimados por Ausbanc, podría elevarse a los 10.000 euros. Junto a ello, condena a la entidad a abonar las costas procesales.
Las decisiones de los juzgados de Sevilla y Málaga de resolver las demandas de los afectados por cláusulas suelo en la vista previa o de acordar como medida cautelar la suspensión de la cláusulas hasta la resolución del juicio son novedosas y, sin duda, desencadenadas por el colapso de los juzgados andaluces. Pero lo cierto es que por toda España los jueces están sentenciando su nulidad con carácter retroactivo. Es decir, obligando a los bancos y cajas a devolver al demandante lo cobrado de más.
También ha sido pionero el juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, que acaba de dictar un auto que obliga a la entidad Ipar Kutxa Rural, ahora Caja Laboral, a dejar de aplicar una cláusula suelo mientras se resuelve la apelación contra la sentencia que anuló esa condición impuesta en un préstamo hipotecario.
Hace ahora algo más de tres meses ese mismo juzgado sentenció que la cláusula suelo establecida y aplicada en una hipoteca era nula y condenaba a la entidad financiera a devolver a los titulares del préstamo lo cobrado de más desde su activación. La caja de ahorros condenada decidió recurrir y no aplicar ninguna de las medidas contenidas en la sentencia.
Estas resoluciones judiciales con carácter retroactivo van, sin duda, un paso más allá que la sentencia del 9 de mayo, dictada por el Tribunal Supremo, y ratificada en junio y noviembre.  El Alto Tribunal declaró nula la práctica de los bancos de poner tope a la bajada de cuotas en las hipotecas a tipo variable siempre que haya falta de transparencia. Sin embargo, no aplicó a la sentencia efectos retroactivos. Tras este dictamen, en medios jurídicos y financieros se dio la batalla judicial por la cláusulas suelo prácticamente por cerrada. Muchos pensaban las entidades financieras irían progresivamente eliminando las cláusulas suelos y que los afectados no se iban a molestar, más tras el ‘tasazo’ judicial de Gallardón, en emprender acciones legales para reclamar el dinero cobrado de más durante años. No hay sido, así. A día de hoy sigue habiendo entidades que siguen sin eliminar estos polémicos topes en las hipotecas y miles de afectados en toda España se han lanzado a los tribunales para reclamar lo cobrado de más por los bancos.
“En nuestra demanda Ausbanc no pidió la retroactividad. Sólo dimos un primer paso para que el Tribunal Supremo declarar anulas las cláusulas suelo. Es cada afectado de forma individual y en función de su caso concreto el que tiene que recurrir a los tribunales y exigir al Banco que le devuelva el dinero cobrado de más”, explica un portavoz de la asociación, que afirma que “lejos de apagarse la batalla judicial de los consumidores contra las cláuslas suelo ésta se ha disparado tras la sentencia del Supremo”.
Se disparan las demandas
Ausbanc desde el fallo del alto tribunal ha redoblado sus esfuerzos para informar a los ciudadanos afectados por las cláusulas suelos de sus derechos. “Lo primero conseguir que la entidad financiera elimine este tope si es posible sin ir a juicio y después reclamar lo cobrado de más”, explica un portavoz. La asociación de usuarios financieros asegura que ha interpuesto ya más de un millar de demandas, de las que se han resuelto sólo 150, lo que da una idea de la gran carga que tienen los juzgados de toda España por delante.
“Los jueces están fallando a favor del demandante obligando al banco a devolver el dinero recibido de más. Por lo que hay que reclamar. Ayer mismo recibimos otra  sentencia favorable que obliga al banco a devolver 6.913 euros a un cliente por lo cobrado en los últimos años. Claro que sale rentable reclamar vía judicial la retroactividad de la nulidad”, explican en Ausbanc.
Otras organizaciones de consumidores como la Asociación de Usuarios de Bancos Cajas y Seguros (Adicae) y bufetes de abogados especializados en consumo financiero están siguiendo también la vía de la reclamación de la retroactividad.
“Estamos hablando de que el coste de reclamar es de 600 euros y que lo cobrado cada mes de más por el banco ronda una media de 200 euros al mes. Unos 2.000 euros al año, que multiplicado por cuatro o cinco, depende de cada caso, pueden dar sumas de más de entre 6.000 y 10.000 euros, un capital para muchas familias, más en estos momentos de crisis económica”, apunta Carmen Martínez, abogada especializada en consumo.
El Fiscal General de Galicia, Carlos Varela, animó recientemente a los afectados por la cláusula suelo de las hipotecas a denunciar su situación ante la Justicia si sus entidades bancarias se niegan a retirarla e instó a los afectados eso sí, de forma individual ya que “las denuncias individuales se están ganando, pero las colectivas están paradas”.

domingo, 19 de enero de 2014

ESPAÑA: ASOCIACION DE DE USUARIOS DE BANCA DENUNCIA A 52 FINANCIERAS POR 469 CLAUSULAS ABUSIVAS


Adicae denuncia 469 cláusulas abusivas en 52 firmas financieras
Las quejas del colectivo se suman a las protestas que los consumidores remiten a los servicios de reclamaciones, aunque según manifiestan, «las compañías las ignoran».


30-1(842).jpg

La Asociación de Usuarios de Bancos Cajas y Seguros (Adicae) ha detectado 469 cláusulas abusivas en prácticamente todas las entidades financieras de España correspondientes a todo tipo de productos y servicios financieros, cifra que el organismo consideró ayer «mareante, propia de un país absolutamente al margen del derecho y la defensa de los derechos de los usuarios».

Después de efectuar un análisis pormenorizado de 278 contratos de 52 firmas diferentes, Adicae «ha podido comprobar cómo las entidades bancarias, prevaliéndose de su posición contractual de fuerza frente a los consumidores, han venido incorporando en todo tipo de contratos alrededor de medio millar de cláusulas abusivas».


Las más habituales en los contratos analizados son el cobro irregular de comisiones, muchas veces sobrevaloradas e incluso duplicadas, la compensación injustificada de saldos, el cobro de grandes intereses (generalmente de demora) y su capitalización, y aspectos en los que la entidad prevé que ha informado al consumidor.


«Desde su posición de predisponente, las principales finalidades de las cláusulas abusivas de la banca son limitar los derechos de los consumidores y por tanto causarles un perjuicio; reducir o exonerar la responsabilidad y obligaciones de las diferentes entidades y también obligar a los usuarios a sufragar y mantener costes y gastos muy elevados que en ocasiones no tienen siquiera la obligación de soportar. El objetivo, claro está, maximizar la ganancia, a costa de lo que sea», señaló la asociación.


Adicae ha analizado las ofertas de 52 marcas bancarias, muchas de ellas integradas en otras entidades mayores debido al proceso de absorción y fusión que se viene desarrollando desde el inicio de la reestructuración bancaria, por lo que todas las grandes corporaciones financieras resultantes del proceso están afectadas por el fenómeno de las cláusulas abusivas. Tras detectar y recopilar todas las denuncias en un informe, el organismo las ha remitido al Instituto Nacional de Consumo, la Agencia Catalana de Consumo, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y el Banco de España.


De estas comunicaciones, que se añaden a las quejas que los consumidores remiten a los servicios de reclamaciones, «se vienen derivando actuaciones de advertencia que, sin embargo, las compañías ignoran permanentemente», aseveró la asociación, que consideró «indispensable dotar de mayor autoridad y capacidad sancionadora a los supervisores bancarios».


Por otra parte, hay que destacar que la morosidad de los créditos concedidos por los bancos, cajas, cooperativas y establecimientos financieros de crédito (EFC) a particulares y empresas ha escalado hasta el 13,08% durante el pasado mes de noviembre, con lo que marca así un nuevo récord histórico desde que el Banco de España recopila estos datos.

De esta forma, este máximo de se ha elevado ligeramente desde el 13% registrado en octubre, aunque supone superar esa barrera por primera vez. Según los datos publicados hace unos días por la institución que dirige Luis María Linde, la cifra total de créditos dudosos se ha situado en 192.504 millones de euros y ha sobrepasado los niveles registrados cuando la banca se encontraba en el punto de mira de los inversores. Los dudosos han alcanzado así la cifra más elevada de la serie histórica.

FUENTE

lunes, 2 de diciembre de 2013

PARALIZADOS 2 DESAHUCIOS POR CLAUSULAS ABUSIVAS


Paralizan dos desahucios al detectar cláusulas abusivas

Una de las entidades deberá compensar los impagos de su cliente con los cobros indebidos que recibió y la otra habrá de acudir a un procedimiento ordinario para reclamar


Algunas de las hipotecas que se firmaron a mansalva en los años de bonanza económica tenían más trampas que un mueble bar. Ahora, cuando han llegado las vacas flacas y los bancos se dirigen a los jueces a reclamar lo suyo, se destapan aquellos abusos que, por supuesto, no se dan en todas las ejecuciones hipotecarias aunque haberlos los hay.
Dos juzgados granadinos han dictado recientemente sendos autos en los que echan por tierra gran parte de las cláusulas firmadas en las dos hipotecas sometidas a juicio. Los autos corresponden a los juzgados de primera instancia número 11 y 13 de Granada. Son parecidos en el sentido de que anulan varias cláusulas incluidas en las hipotecas aunque también contienen diferencias.
En la resolución dictada por el juez del número 13, se condena a la entidad financiera a compensar los impagos del cliente con los cobros indebidos que recibió, dada la nulidad de varias cláusulas. En concreto, anula las cláusulas de vencimiento anticipado, de pacto de liquidez, de intereses moratorios y la cláusula suelo.
En cuanto al auto del número 11, se declaran nulas las cláusulas suelo, la de comisión por gestión de cobros impagados, la de responsabilidad personal ilimitada del prestatario, la de posibilidad de cesión de crédito unilateralmente por el banco y la de redondeo al alza del tipo de interés aplicable. En este caso, el juez acuerda el sobreseimiento de la ejecución hipotecaria, lo que significa que la entidad financiera tendrá que iniciar un nuevo procedimiento, esta vez ordinario, para reclamar las cantidades que adeuda el hipotecado.
Según los hechos recogidos en el auto del Juzgado de Primera Instancia número 13, la entidad financiera Caja Rural presentó una demanda de ejecución hipotecaria y la defensa del cliente formuló su oposición, lo que permitió celebrar un juicio en el que el juez entró a conocer sobre el contenido del contrato de préstamo hipotecario.
Una vez declarada nula la cláusula de vencimiento anticipado, el juzgador analiza la cláusula de pacto de liquidez, que también declara nula con el siguiente razonamiento: «La escritura del préstamo para el caso de la aplicación de la cláusula de vencimiento anticipado no menciona que la entidad bancaria debe de practicar y presentar una liquidación y la forma de presentarla».
Y concluye a continuación: «Si declaramos que la cláusula de vencimiento anticipado es nula, también debemos considerar errónea e incorrecta la liquidación efectuada al no ser exigible lo reclamado como capital pendiente de amortizar».
Seguidamente entra a analizar el tipo de interés moratorio pactado en la hipoteca, que era del 18%, y lo considera «abusivo y desproporcionado» en relación con el interés legal, y que «no guarda relación concebible con los perjuicios que haya de soportar la entidad acreedora». Pero el juez va más allá, y basándose en jurisprudencia europea manifiesta que el juez nacional «no puede integrar o modificar la cláusula abusiva», o sea, la simple rebaja en los intereses moratorios, pedida por la entidad financiera en el juicio, no permite continuar con este proceso, según manifiesta la letrada defensora del cliente, Mariola Aguilar Garzón.
Control de transparencia
Analiza también el auto la cláusula suelo incorporada en el contrato y «la conducta de la entidad financiera no supera el control de transparencia por falta de una información clara y comprensible que permitiera un correcto conocimiento de la cláusula suelo, por lo que debe declararse abusiva». Este auto está recurrido por la Caja Rural, que asegura haber actuado con «total transparencia» y considera que «no existe ninguna cláusula abusiva en el contrato».
En el caso del auto del Juzgado de Primera Instancia número 11, el magistrado declara abusiva la cláusula suelo, por lo que el Banco tendrá que recalcular las cantidades que reclame en base al tipo de interés pactado y no al impuesto como cláusula suelo. También las de comisión por gestión de cobros de impagados (el Banco cobraba 30 euros por cada impago), la de responsabilidad personal ilimitada del prestatario (se considera abusiva y no pactada por las partes), la de cesión de crédito unilateral por el Banco (se impone sin contraprestación alguna) y la de redondeo al alza (no se ha pactado por las partes).
En definitiva, el juzgado considera abusiva esas cláusulas y procede al sobreseimiento de la ejecución hipotecaria, según informan fuentes del despacho Martínez de las Heras, representante del hipotecado.

jueves, 24 de octubre de 2013

RYANAIR: NULIDAD JUDICIAL DE 8 CLAUSULAS ENTRE ELLAS EL COBRO DE 40€ POR IMPRIMIR TARJETA DE EMBARQUE


La OCU consigue la nulidad judicial de ocho cláusulas de Ryanair, entre ellas, el cobro de 40 euros por imprimir la tarjeta de embarque
Entre otras cosas, se declara nulo nulo el cobro de 40 euros por la impresión de la tarjeta de embarque por entender que establece una penalización desproporcionada.
Avión de Ryanair

El Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid ha dictado sentencia en el juicio que OCU inició contra Ryanair para declarar nulas una serie de cláusulas del contrato de transporte aéreo. El juzgado ha determinado que 8 cláusulas incluidas por la compañía de bajo coste son abusivas y violan la legislación de protección a los consumidores, declarándolas nulas y eliminándolas de sus contratos.

En 2011, OCU demandó a Ryanair y a otras aerolíneas (Iberia, Spanair y Vueling) por introducir en sus contratos condiciones abusivas en perjuicio de los pasajeros. La compañía de bajo coste con sede en Irlanda era y sigue siendo una de las que provoca mayor número de reclamaciones de los pasajeros, debido a sus prácticas abusivas tanto en la contratación como en las fórmulas de facturación y embarque. 
OCU quería que los jueces pusieran fin a las malas prácticas que las autoridades administrativas no han sido capaces de frenar hasta ahora.

Estas son las cláusulas declaradas nulas por el Juzgado Mercantil nº 6: Estas son las ocho cláusualas anuladas

1. Ley aplicable y jurisdicción. Se declara nulo el sometimiento a la ley y tribunales irlandeses. Ryanair no podrá a partir de ahora exigir a los pasajeros que presenten sus demandas judiciales en Irlanda, como venía haciendo hasta ahora.

2. Reservas y documentación. Se declara nula la exigencia de documentación conforme a los reglamentos internos de Ryanair (por ejemplo denegación de libro de familia, pasaporte no necesariamente en vigor, carné de conducir, permiso de residencia, etc.). La aplicación de esta cláusula ha generado graves problemas a muchos pasajeros que, incluso viajando con niños menores de edad, veían cómo en la misma puerta de embarque se les negaba el paso por no llevar la documentación exigida por Ryanair.

3. Facturación, embarque y asientos. Se declara nulo el cobro de 40 euros por la impresión de la tarjeta de embarque por entender que establece una penalización desproporcionada. El pasajero de Ryanair que olvidaba imprimir la tarjeta de embarque desde su ordenador tenía que hacer frente a un pago (40€) que, en muchas ocasiones, era superior al importe del propio billete.

4. Transacciones en efectivo. Se declara nula la condición por la que la compañía aérea exigía el pago en el aeropuerto con tarjeta impidiendo el pago en metálico.

5. Denegación de transporte. Se declara nula la condición que permite libremente a la empresa rechazar el transporte del pasajero o su equipaje si se lo ha comunicado previamente.

6. Equipaje. Se declara nula la condición que prohibía transportar en el equipaje determinados objetos (dinero, llaves, cámaras, ordenadores, medicamentos, gafas, lentes de contacto, relojes, teléfonos móviles, cigarrillos, pasaportes y otros documentos).

7. Recogida de equipaje. Se declara nula la condición que permite a la compañía a cobrar un importe indeterminado en concepto de almacenamiento si no se recoge el equipaje tan pronto como llegue a su destino.

8. Horarios. Se declara nula la condición que permite su modificación unilateral por parte de Ryanair. 

La sentencia, que es recurrible en apelación, declara la nulidad de estas cláusulas y ordena a Ryanair que las retire de sus contratos y deje de aplicarlas en el futuro. Además, Ryanair deberán publicar el fallo de la sentencia en un periódico de entre los tres de mayor tirada nacional. OCU no confía en que Ryanair vaya a tomar ninguna medida al respecto en favor de los usuarios, por lo que pide a las autoridades administrativas que, a la vista de esta resolución, controlen y sancionen las malas prácticas de esta aerolínea a la mayor brevedad. Además, OCU lamenta que las autoridades de consumo se muestren impasibles ante los incumplimientos reiterados de esta compañía y tenga que ser una organización de consumidores la que lleve a Ryanair y a otras compañías aéreas a los tribunales.
FUENTE

viernes, 23 de agosto de 2013

UNICAJA CONDENADA A ANULAR 28 CLAUSULAS DE SUELO Y A DEVOLVER MAS DE 225.000 EUROS


Unicaja condenada a anular 28 

cláusulas suelo y a devolver más de 

225.000 euros


clausula_suelo
Unicaja tendrá que anular las cláusulas suelo de 28 hipotecas y devolver a los 39 hipotecados afectados lo indebidamente cobrado de más, una cantidad que supera los 225.000 euros, tras conseguir Adicae la primera victoria en una demanda agrupada por cláusulas suelo frente a esta entidad andaluza. A algunos de los afectados la entidad deberá devolver más de 30.000 euros según los cálculos realizados por ADICAE, lo que demuestra el perjuicio económico que esta cláusula abusiva puede llegar a tener para cientos de miles de familias.
Se trata de una sentencia emitida por el juzgado de lo Mercantil 2 de Málaga, que vuelve a demostrar que las cláusulas suelo son abusivas puesto que no fueron negociadas individualmente con cada uno de los afectados y, por lo tanto, se pueden considerar condiciones generales de la contratación.
Unicaja Banco pretendía oponerse a la demanda alegando que estas cláusulas no constituyen una condición general de la contratación que pueda considerarse abusiva, afirmando que fueron negociadas individualmente con cada uno de los hipotecados. La juez ha considerado que la negociación particular es, sin embargo, una “excepción”, y que se trata de una cláusula “generalmente impuesta y predispuesta por la entidad bancaria al usuario”, ya que la supuesta “pluralidad de ofertas” alegada por Unicaja “están igualmente estandarizadas con base a cláusulas predispuestas y sin posibilidad real alguna de negociación por el consumidor medio”.
Desde el fallo del pasado 9 de Mayo en el Supremo, ADICAE ya ha logrado tres sentencias que ‘desobedecen’ al Alto Tribunal y obligan a un banco a devolver el dinero cobrado de más. El pasado 9 de mayo el Tribunal Supremo obligaba a BBVA, NovaCaixaGalicia y Cajas Rurales Unidas (Cajamar y Ruralcaja) a eliminar sus cláusulas suelo, pero no a devolver el dinero indebidamente cobrado de más a los afectados. Sin embargo, desde esa fecha ADICAE ya ha conseguido tres sentencias en las que diversos jueces han obligado a Cajamar, Ipar Kutxa y ahora a Unicaja a devolver el dinero a los demandantes.
La acción colectiva
Con esta nueva victoria judicial ya son casi 150 las cláusulas suelo eliminadas mediante las demandas agrupadas que ADICAE está presentando en toda España, tras los éxitos cosechados en juicios contra Caja Mar, Mare Nostrum, Caja de Ahorros de Extremadura, Banco Castilla La Mancha, Caja Segovia, Ipar Kutxa y Unicaja.
De esta manera el cerco contra las cláusulas suelo continúa estrechándose por lo que ADICAE, que ha demandado a casi toda la banca española en una macrodemanda que aglutina a más de 15.000 consumidores, sigue exigiendo a los partidos políticos que las declaren nulas por ley debido a su elevada abusividad. Actualmente se calcula que existen en España más de 3’5 millones de hipotecas con cláusulas suelo.

sábado, 10 de agosto de 2013

UNA SENTENCIA EUROPEA, ALENTARA A LOS JUECES A ANULAR HIPOTECAS


Una sentencia europea alentará a los jueces a anular hipotecas con cláusulas suelo abusivas



Los jueces podrán declarar de oficio la nulidad total de los contratos que contengan una o varias cláusulas abusivas, como los polémicos suelos en las hipotecas, según una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

La postura del tribunal supone un nuevo paso adelante respecto a las sentencias anteriores, que fijaban que los jueces deben controlar de oficio el posible carácter abusivo de las cláusulas y en su caso, anularlas. Estas sentencias pretendían salvar parcialmente el acuerdo, al tiempo que permitían suspender cautelarmente los desahucios mientras se estuvieran analizando las disposiciones, según señalan los analistas de Ahorro Corporación en un informe.

No obstante, la sentencia fija que el juez debe examinar si el contrato puede subsistir pese a invalidar la cláusula abusiva, manteniendo, en principio, la validez global del contrato, y no en anular todos los contratos que contengan cláusulas abusivas. La decisión supone, en opinión de estos expertos, un intento por devolver la confianza a los consumidores en las entidades financieras dotando a los jueces de más poder para su defensa.

Si bien la noticia está parcialmente descontada por el episodio abierto por BBVA en materia de eliminación de cláusulas suelo, los analistas de Ahorro Corporación consideran que se abre la puerta “a una mayor presión” para las entidades financieras en los productos y servicios que ofrecen, así como a “la inseguridad jurídica” de los instrumentos comercializados que hacen más imprevisible la proyección de sus resultados futuros.

Según ha fijado ahora el TJUE, la directiva europea de protección de los consumidores de 1993 debe interpretarse en el sentido de que el juez ha de deducir “todas las consecuencias” que se deriven de la existencia de una cláusula abusiva. Esta directiva “no se opone a la posibilidad, respetando el derecho de la Unión, de declarar la nulidad total de un contrato […] que contenga una o varias cláusulas abusivas cuando ello garantice una mejor protección del consumidor”.
FUENTE

jueves, 11 de julio de 2013

LOS BANCOS HACEN TRAMPAS AL APLICAR LA NULIDAD DE LAS CLAUSULAS DE SUELO

Los bancos "hacen trampas" al aplicar la nulidad de las ´cláusulas suelo´










La Asociación General de Consumidores (Asgeco) ha denunciado malas prácticas de los bancos a la hora de aplicar la nulidad de las ´cláusulas suelo´ que se consideren "abusivas", tal y como estableció el Tribunal Supremo en una sentencia el pasado 9 de mayo.


   "En la sentencia queda meridianamente claro que no son modificables ninguna de las condiciones de la hipoteca, excepto la anulación con efectos 9 de mayo de la cláusula suelo", ha afirmado la asociación en un comunicado.
   Para Asgeco, algunos bancos, de forma "claramente fraudulenta", intentan variar algunas condiciones de dichas hipotecas. "Esta cuestión es inaceptable e ilegal según la sentencia antes mencionada", ha aclarado.
   Además, ha mostrado su disconformidad con la sentencia, porque el Código Civil contempla que si una cláusula es declarada nula, lo es desde el principio de pleno derecho.
   "Los juzgados de primera instancia en su inmensa mayoría reconocen este criterio y aceptan los efectos retroactivos desde el principio, siguiendo la legislación europea y el Código Civil español, por lo que se esperan recursos ante el Tribunal Constitucional y el Tribunal Superior de Justicia Europea", ha explicado Asgeco.

FUENTE

domingo, 7 de julio de 2013

EL FISCAL DE GALICIA COLABORA CON LA PAH CON UNA DEMANDA COLECTIVA


El fiscal de Galicia aborda con los afectados una demanda colectiva contra las cláusulas abusivas

 

Comprobará si los contratos hipotecarios aportados por la plataforma de Vigo incurren en esta práctica y reclamará a las entidades su retirada "de buena fe" antes de iniciar el proceso

Representantes de la PAH Vigo-Tui, el lunes, con Carlos Varela (izq.) y José Ramón Piñol (dcha.). // FdV
 
La Fiscalía Superior de Galicia colaborará con la Plataforma de Afectados por la Hipoteca Vigo-Tui en su lucha contra las cláusulas abusivas en los préstamos y créditos hipotecarios que acucian a numerosas familias de la comarca viguesa. Su titular, Carlos Varela, y su teniente fiscal, José Ramón Piñol, se comprometieron el lunes con el colectivo a analizar las escrituras de estos contratos para determinar si las entidades emisoras incurren en estas prácticas y, en especial, en la denominada cláusula suelo "sin transparencia", por la que ya han sido condenadas Novagalicia Banco, BBVA y Caja Mar. De ser así, requerirán su retirada "de buena fe". Contra las entidades que se muestren reticentes a anularla "en un tiempo razonable", la Fiscalía "se plantea articular una demanda colectiva".

La sentencia del Tribunal Supremo del pasado 9 de mayo les abre el camino. Este fallo ratifica la nulidad de las cláusulas suelo cuando no reúnan las condiciones de transparencia exigibles y ha forzado a las tres entidades condenadas a anunciar su retirada. Pero la sentencia no obliga al resto de financiadores y la PAH Vigo-Tui denuncia que la mayoría son reacias a eliminarla. En Vigo y su comarca ya han presentado alrededor de 40 reclamaciones. "Cada afectado, uno por uno, tiene que exigirlo en su banco, que casi siempre rechaza la petición, por lo que luego la única opción posible es poner una demanda judicial de forma individual, con los costes que eso supone y que la mayoría no pueden permitirse", critica Olga Rodríguez Puga, de la plataforma. El fiscal superior considera que el fallo del Supremo ha sentado un precedente de aplicación en toda España por lo que, acogiéndose a él, sería posible plantear "una demanda colectiva que evite el goteo interminable en los juzgados", al igual que hizo con las preferentes. "Es un instrumento procesal de reparación masiva", describe y añade su departamento puede actuar en este caso "respondiendo a intereses de carácter general o porque hay múltiples afectados".

¿Quien podría adherirse a esta demanda colectiva? Aquellos consumidores que sufran un crédito con estas cláusulas abusivas y que no estén inmersos ya en una ejecución hipotecaria. Para estos últimos, el juez que instruye su causa abrirá un incidente contradictorio ("un pequeño juicio", en palabras del fiscal superior) para determinar si el contrato incluye estas condiciones ilícitas.

El ámbito de actuación todavía está por decidir: "Debemos tomar una decisión, si se limita a Pontevedra, porque los casos están domiciliados en esta provincia, o si afecta a todos los gallegos. En este último caso, lo plantearíamos desde la Fiscalía Superior; si no, desde la provincial de Pontevedra". Su fiscal jefe, Juan Carlos Aladro, que se reunió ayer con Varela, también se involucrará en la causa. En los próximos días recibirá a los representantes de la PAH de Vigo.

Ninguna fiscalía superior en España intentó nunca una acción de este tipo. Sería la segunda demanda colectiva referente a un producto financiero. La primera, la de las preferentes, también la impulsó Carlos Varela. "Todas las plataformas de afectados por la hipoteca de España están centradas ahora en la lucha contra las cláusulas abusivas, pero nosotros somos la única que tenemos contacto con la Fiscalía Superior", destaca Olga Rodríguez, que califica de "pionera" la iniciativa y agradece la "receptividad" del representante del Ministerio Público.

La idea de la demanda colectiva partió de la PAH y se la plantearon al fiscal superior en una conferencia en la que coincidieron en Ponteareas. Tras debatirlo con su teniente fiscal, Carlos Varela aceptó la empresa. El colectivo empezará a remitir ahora los expedientes a la Fiscalía Superior que iniciará la "esencial" fase de estudio. No fijan plazos. "Hay que ir pasito a pasito".


FUENTE

sábado, 22 de junio de 2013

LA CAIXA Y LAS RURALES, REVISAN LAS CLAUSULAS DE SUELO, POPULAR Y SABADELL NO


La Caixa y las rurales revisan las cláusulas suelo caso por caso; Popular y Sabadell las mantienen



La Caixa y las rurales revisan las cláusulas suelo caso por caso; Popular y Sabadell las mantienen





El aviso a navegantes que lanzó el martes pasado Luis de Guindos a los bancos para que se sumen a la supresión de las cláusulas suelo en las hipotecas ha empezado a tener eco en algunas entidades no afectadas directamente por la sentencia del Tribunal Supremo (BBVA, NovaGalicia y Cajamar, que las han suprimido para todos sus clientes). Se trata de CaixaBank y de las cajas rurales, que han empezado a revisar estas cláusulas a los clientes que lo soliciten, aunque se tomará la decisión caso por caso y no se suprimirán de forma generalizada. Mientras tanto, Popular y Sabadell -los grandes afectados por este asunto- han hecho oídos sordos al ministro y mantienen sus cláusulas porque consideran que son legales.

Guindos anunció en la Universidad Menéndez Pelayo de Santander que ha pedido al Banco de España que "ponga especial atención en la aplicación de la sentencia del Tribunal Supremo sobre las cláusulas suelo" porque crea una jurisprudencia que es aplicable a otras entidades no afectadas directamente por esta resolución judicial. A su juicio, la opinión del Alto Tribunal debe respetarse en todas las entidades y éste ha definido en qué circunstancias deben considerarse inválidas estas disposiciones. Pero no hace falta que se den todas a la vez; basta con que el cliente no tenga un "perfecto conocimiento de la cláusula, de su trascendencia e incidencia en la ejecución del contrato, a fin de que el consumidor pueda adoptar su decisión económica después de haber sido informado cumplidamente", según una aclaración de la Sentencia dictada el 12 de junio.

Según la mayoría de los expertos, esto implica que prácticamente todas las cláusulas suelo pueden considerarse inválidas. El propio Francisco González, presidente de BBVA, dijo el lunes en el mismo foro que "lo normal es que la supresión de las cláusulas suelo de las hipotecas se vaya extendiendo al resto de las entidades". González argumentó que "en el sistema financiero puede haber cláusulas igual de transparentes que las nuestras, pero no más". Por tanto, si las suyas son inválidas, las de los demás también.
 
No obstante el aviso del ministro no implica la obligación de suprimir los suelos. El subgobernador del Banco de España, Fernando Restoy, explicó el viernes también en Santander que la próxima semana se enviará a las entidades una circular sobre el reciente fallo del Supremo contra las cláusulas suelo opacas. En ella, "vamos a pedir que analicen a la luz de esa sentencia la naturaleza de sus cláusulas suelo, que en función de ese análisis decidan cual es la actuación más adecuada y que informen al supervisor de ello, particularmente si esa actuación tienen impacto material sobre la cuenta de resultados". Lo que no hará el Banco de España es "entrar a valorar el contenido de documentos contractuales", añadió.

Estas advertencias han tenido ya respuesta en las primeras entidades. Se trata de CaixaBank y de las cajas rurales, que han puesto en marcha unos "protocolos" por los cuales van a revisar las hipotecas de los clientes que así lo soliciten. Esta política "caso por caso" se basará en un examen de las condiciones de cada cliente aunque sean las mismas para todos, con lo que evita a las entidades reconocer que han incurrido en una mala praxis generalizada. Cosa que sí ocurriría si suprimieran todos los suelos como BBVA, NovaGalicia y Cajamar. Es más, como muchos afectados no lo pedirán, el impacto en sus cuentas será mucho menor.

Porque ese impacto es la principal explicación para la resistencia de la banca a suprimir los suelos. En el caso de CaixaBank puede ser relevante puesto que, aunque La Caixa no imponía suelos a sus clientes, sí lo hacían las entidades que formaron Banca Cívica (en especial Cajasol), adquirida en 2011 por la caja catalana. Según estimaciones de N+1, las hipotecas con suelo en CaixaBank alcanzan un importe de 13.000 millones de euros, el 6% de su cartera crediticia en España y el 8% de sus hipotecas. Obviamente, la exposición de las cajas rurales es muy inferior.

Popular y Sabadell se enrocan

Aunque sea caso a caso, estas entidades van a quitar el suelo a muchos de sus clientes, mientras que Popular (10.400 millones en hipotecas con suelo) y Sabadell (12.500 millones) han preferido ignorar la advertencia de Guindos y aferrarse a su argumento de que sus cláusulas son perfectamente legales. En consecuencia, no van a quitarlas salvo que sean condenados; y aun en ese caso, no las suprimirán de forma generalizada, sino sólo a los clientes que ganen las demandas. La razón para este inmovilismo es que la retirada de los suelos a todas las hipotecas acabaría con las previsiones de resultados para este año, e incluso correrían el riesgo de entrar en pérdidas.

Pero en el sector empieza a extenderse la idea de que no van a tener más remedio que claudicar y seguir el camino iniciado por BBVA. Es verdad que el impacto en resultados a corto plazo puede ser muy elevado, pero el daño reputacional puede ser superior, máxime cuando la imagen de la banca está en el peor momento en décadas y tras escándalos como el de los desahucios y el de las preferentes (que no afecta a las entidades sanas, pero la opinión pública mete a todos en el mismo saco). Eso sí, a cambio de esta retirada probablemente exijan a los clientes una contrapartida -subida del diferencial de la hipoteca, más comisiones, etc.-, pero Guindos también avisó de que la eliminación de los suelos debe hacerse "sin ninguna contrapartida para el banco".