Alaya procesa a Torrijos y a la cúpula de Urbanismo por fraude en el concurso
La juez da un plazo de diez días a la Fiscalía para que presente su escrito de acusación y solicite la apertura de juicio oral contra los 15 procesados. Exculpa a otros tres imputados.
La juez Mercedes Alaya ha dictado este viernes un nuevo auto en el que acuerda el procesamiento por el “concurso fraudulento” para la venta de los suelos de Mercasevillaal concejal de IU Antonio Rodrigo Torrijos, el ex edil del PSOE Gonzálo Crespo, dos ex gerentes de Urbanismo y varios funcionarios de este organismo que se encuentran en la lista de 15 procesados, que también incluye a los ex directivos del Mercado mayorista Fernando Mellet yDaniel Ponce y a otros tantos funcionarios de Urbanismo.
El auto de la juez Alaya acuerda transformar las diligencias previas en un procedimiento abreviado -con lo que corrige su anterior error al elevar la causa a sumario- que se sigue por delitos de prevaricación, contra la ordenación del territorio, asociación ilícita y falsedad cometido por funcionario público en delito mercantil.
En la resolución, Alaya acuerda el archivo de las actuaciones contra tres de los imputados, la ex directora del área de Contabilidad de Mercasevilla Pilar Giraldo Moreno y los técnicos José Manuel Ferrera Rimada y Alfredo Delmo Suárez, al estimar que “no existen motivos suficientes para considerar responsables” a estas personas de los delitos que se investigan.
En el auto, la juez da por concluida la investiga y concede un plazo de diez días a la Fiscalía y a la acusación particular para que soliciten la apertura de juicio oral, formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa.
Esta investigación se inició a raíz de las diligencias previas abiertas por un delito de cohecho –que terminaron con la condena de los ex directivos de Mercasevilla Fernando Mellet y Daniel Ponce, y del ex delegado de Empleo en Sevilla Antonio Rivas-.
Alaya ha investigado en esta causa la presunta preparación de un concurso público para laadjudicación de una opción de compra sobre la totalidad de los terrenos donde se encuentra ubicada la entidad Mercasevilla, sita en la carretera Sevilla-Málaga, con la “dirigida finalidad” de que la adjudicataria fuera la entidad Sanma, la misma que se habría subrogado con anterioridad en el derecho de superficie de la entidad Larena 98 sobre una de las parcelas de Mercasevilla, ante la imposibilidad de que dicha entidad pudiera construir unas naves.
La instructora considera que la “intención” de Fernando Mellet, y de los concejales Antonio Rodrigo Torrijos (IU) y Gonzalo Crespo (PSOE), así como Domingo Enrique Castaño -asesor del alcalde Alfredo Sánchez Monteseirín- era llevar a cabo un “concurso fraudulento” que beneficiara “claramente” a la constructora Sanma (filial del grupo Sando), para lo cual se introdujeron dos cláusulas en el pliego del concurso, una de limitación al alza, que “penalizaba extrañamente las ofertas superiores sobre el precio de compraventa” con la que se conseguía un “efecto perverso” al penalizar las ofertas de mayor cuantía económica en beneficio de las inferiores, y la cláusula de titularidades previa, que primaba la titularidad sobre un derecho de superficie sobre los terrenos.
Ese pliego de condiciones se elaboró, según argumenta la juez, “intencionadamente para beneficiar a Sanma” e incluso en el pliego definitivo del concurso aprobado por la Comisión Ejecutiva de Mercasevilla no se recogía la exigencia de incluir la descripción de cualquier derecho de superficie u ocupación, por lo que “quedaba oculto para el resto de los licitadores la ventaja (hasta 10 puntos) concedida a Sanma”.
La instructora señala que la cláusula de limitación al alza no aparecía en el pliego de condiciones cuando fue aprobado en la reunión de la Comisión Ejecutiva del 8 de noviembre de 2005, sino que fue “introducida de rondón” en la reunión del Consejo de Administración, ya meramente formal, el día 30 de noviembre, acción que Alaya atribuye entre otros imputados a Castaño, Mellet, Rodrigo Torrijos y Gonzalo Crespo.
La juez asegura que fue el entonces director de Vía Pública Domingo Enrique Castaño, “persona de confianza del alcalde Alfredo Sánchez Monteseirín” quien entró en contacto con Sanma, queestaba muy “interesada en Mercasevilla” y en llevarse “todo el lote: derecho de superficie, opción de compra y futura adquisición de los terrenos y traslado y construcción de la nueva sede de la Unidad Alimentaria”.
Los responsables de Sanma, según Alaya, necesitaban como contraprestación para subrogarse el derecho de superficie de Larena 98 que “se les garantizara la concesión” del derecho de compra de la totalidad de los terrenos y que se les garantizara la obtención de licencia de edificación en las parcelas afectadas por ese derecho, una “garantía que sería prestada por el gerente de Urbanismo del Ayuntamiento, Manuel Marchena, también persona de confianza del alcalde”.
Al concurso concurrieron ocho empresas, algunas de las cuales tenían relaciones internas entre si y con Sando, y “salvo tres de ellas, las cinco restantes por su exiguo volumen y por la carencia de ajuste mínimo a las prescripciones del pliego, podrían considerarse ofertas de relleno” y el resultado, prosigue Alaya, fue que “indiciariamente todas las licitadoras, salvo Sanma, se excluyeron a sí mismas”, aunque para la juez la valoración de las ofertas que se hizo también“benefició ilegítimamente” a esta constructora.
Para la juez, Sanma fue igualmente beneficiada posteriormente con la concesión de la licencia de primera ocupación por parte de la Gerencia a pesar de que no había finalizado la construcción de la infraestructura eléctrica -con lo que existían unas “enormes deficiencias” en la urbanización-, cuando a la anterior empresa, Larena 98, se le había denegado por este motivo.
La instructora ha imputado a varios funcionarios por no haber dado el “pase” al servicio de Proyectos, Obras y Actuaciones Infraestructurales, lo que “impediría sin la visita a la obra y conociendo las graves deficiencias en el suministro eléctrico, la licencia de primera ocupación”. “El descontrol que existía en el Servicio de Licencias haría el resto, pues en ningún caso las imputadas y responsables del servicio Isabel Evans o Emilia Barrial, jefa y subjefa, leían el contenido de tales informes del servicio de coordinación de Vía Pública, ni se cuestionaban si con él se daba contestación a la conclusión o no de las obras de urbanización”.
El entonces gerente de Urbanismo y también procesado Miguel Ángel Millán concedió la licencia casi en el plazo solicitado de un mes y “sin examinar el expediente ni los informes existentes, en base supuestamente a un informe recopilatorio firmado por la señora Evans, extremo que es negado por la misma”, precisa la juez.
Alaya considera que los hechos pueden constituir un delito de prevaricación, en lo que se refiere a la “preparación presuntamente ilícita del concurso público”, desde la elaboración del pliego hasta la valoración favorable, del que serían presuntos autores Domingo Enrique Castaño, Antonio Rodrigo Torrijos, Gonzalo Crespo, Fernando Mellet, el asesor jurídico de Mercasevilla Jorge Piñero, la funcionaria María Victoria Bustamante, el economista José Antonio Ripollés, y los responsables de Sanma Luis Sánchez Manzano, José Luis Sánchez Domínguez y José Luis Miró.
Alaya también imputa un delito de prevaricación, en relación con la petición de licencia por parte de Larena 98, a la funcionaria de Urbanismo Emilia Barrial, mientras que procesa por un delito contra la ordenación del territorio a los responsables de Sando, a Emilia Barrial, Isabel Evans, al arquitecto Alberto Balbontín, y a los ex gerentes de Urbanismo Miguel Ángel Millán y Manuel Marchena. Sobre este último, Alaya dice que “estaría al corriente desde el principio de la problemática de Mercasevilla con Larena y de la necesidad de que aquella tenía de que la empresa que se subrogara en el derecho de superficie tuviera como contraprestación el derecho de opción de compra sobre la totalidad de los terrenos”.
La juez ha procesado por un delito de falsedad en documento mercantil a Fernando Mellet y Daniel Ponce, en relación con una factura.
A todos los imputados, salvo Isabel Evans y Miguel Ángel Millán, Alaya les atribuye además undelito de asociación ilícita del artículo 515 del Codigo Penal, pues “todo ellos en un momento determinado se habrían organizado, con cierta consistencia y jerarquía, en torno a la figura de Domingo Enrique Castaño y Fernando Mellet, para realizar cada uno su ilícito cometido”.
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