¿Nos espía Rajoy? El Gobierno escruta sin control judicial llamadas y correos electrónicos
La herramienta se llama Sistema Integrado
de Interceptación de Telecomunicaciones (SITEL), un proyecto que el
Ejecutivo de José María Aznar puso en marcha en 2001 -siendo Rajoy
ministro del Interior-, que José Luis Rodríguez Zapatero utilizó
masivamente y que ahora el PP, de nuevo, usa supuestamente para combatir el
“terrorismo” y el crimen organizado, pero que puede ser también empleado para
escrutar de forma indiscriminada, aprovechando un clamoroso vacío legislativo,
llamadas telefónicas y correos electrónicos.
El SITEL es un avanzado sistema electrónico que permite interceptar y grabar en tiempo real cualquier conversación telefónica, correo electrónico o mensaje de móvil, además de almacenar en formato digital todos los datos de esas comunicaciones para su posterior análisis. El programa lo controla el Ministerio del Interior, lo utilizan indistintamente la Guardia Civil, el Cuerpo Nacional de Policía y el Centro Nacional de Inteligencia, y su aplicación requiere de la imprescindible -y obligada- colaboración de las operadoras privadas.
¿Tienen las Fuerzas de Seguridad y los servicios secretos del Estado cobertura legal para pinchar teléfonos y correos electrónicos a través de SITEL? En teoría, sólo si cuentan con autorización judicial. Pero las leyes que regulan en España la intervención de las comunicaciones privadas son, según los mismos expertos, un auténtico coladero que permite eludir fácilmente el escrutinio de los jueces.
Nuestros vecinos franceses se dieron ayer de bruces contra esa misma realidad, cuando se desayunaron con una información del prestigioso diario Le Monde según la cual el Gobierno de François Hollande dispone de un sistema de espionaje que controla diariamente millones de llamadas telefónicas, emails y mensajes de móvil bajo el paraguas de un marco legal muy difuso.
Restricción de derechos fundamentales
El primer agujero de la legislación española salta a la vista de cualquier jurista: la restricción de derechos y libertades fundamentales, como el secreto de las comunicaciones o la protección de datos personales, tiene que ser regulada mediante una ley orgánica, es decir, con el respaldo de la mayoría absoluta del Congreso, tal y como señala la Constitución. Pero el endeble entramado legal que sostiene la intervención de las comunicaciones incumple flagrantemente ese precepto de la Carta Magna.
La Ley de Enjuiciamiento Criminal, la Ley General de Telecomunicaciones de 2003 -y el reglamento posterior que la desarrolla, aprobado en 2005- y la Ley de Conservación de los Datos de las Comunicaciones Electrónicas, que entró en vigor en 2007, no tienen ese rango normativo: son leyes ordinarias, que requieren de una mayoría simple del Parlamento para su aprobación.
En la legislatura anterior, cuando Rajoy aún era líder de la oposición, el PP tachó repetidamente de “ilegal” e “inconstitucional” el programa SITEL porque, a su juicio, permitía sortear fácilmente esa legislación. El entonces responsable de Comunicación del partido, Esteban González Pons, llegó a acusar a Alfredo Pérez Rubalcaba, en ese momento ministro del Interior, de “controlar la intimidad de los españoles”. Pero desde que llegaron a La Moncloa, en 2011, los populares no han movido un dedo para corregir esas lagunas.
La legislación actualmente en vigor obliga al control judicial de la interceptación de las comunicaciones. Pero esa normativa encierra en sí misma varios atajos para poder burlarla. Y de hecho es burlada frecuentemente, según aseguran los expertos consultados por este diario, que han exigido el anonimato. Todos salvo el catedrático de Derecho Constitucional Ignacio Torres Muro, que asegura disponer de información de que “la violación de esos derechos fundamentales es algo más que un temor”, y la abogada Ofelia Tejerina, experta en tecnologías de la información y asesora legal de la Asociación de Internautas.
Fuera de control
Según Tejerina, la ley permite a los llamados agentes facultados -policías, guardias civiles y espías del CNI- exigir a las operadoras de telefonía, “con carácter previo a la autorización judicial, información sobre la identidad de las personas que se comunican, sus números de DNI o de pasaporte, la hora, la fecha, el lugar de origen de las llamadas y el de destino… Y todo ello antes de que intervenga el juez, lo que deja fuera de control una parte importante del proceso de interceptación y colisiona con el derecho fundamental a la protección de datos personales”.
Son precisamente esos datos asociados a las comunicaciones privadas o metadatos los que, según revelaba ayer Le Monde, recopilan masivamente las autoridades francesas a espaldas de los ciudadanos. Se trata, en definitiva, de saber “quién contacta a quién, recolectando los datos de las llamadas de millones de abonados, identificando a los interlocutores, el lugar, la fecha, la duración del mensaje. Y lo mismo con los correos electrónicos o los SMS, y toda actividad que pase por Google, Facebook, Yahoo…”, añadía el diario parisino.
Para tratar de frenar ese caos y llenar en parte el vacío jurídico, la Fiscalía General del Estado dictó el pasado mes de enero la circular 1/2013 sobre Pautas en relación con la diligencia de intervención de las comunicaciones telefónicas, que dedica un amplio apartado al programa SITEL. Pero la gran complejidad de las recomendaciones contenidas en esa circular, unida a la “falta de formación de jueces y fiscales en esa tecnología”, como señala Tejerina, hacen que las intenciones de la Fiscalía, probablemente, queden atrapadas entre los tentáculos del Gran Hermano.
El Confidencial
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