¿Dispone el
Gobierno de las herramientas tecnológicas necesarias para espiar nuestras
comunicaciones? ¿Puede Mariano Rajoy emular a Barack Obama o
David Cameron y pisotear impunemente derechos fundamentales protegidos
por la Constitución? La respuesta unánime de los expertos consultados por
El Confidencial
es un rotundo sí.
La herramienta se llama Sistema Integrado
de Interceptación de Telecomunicaciones (SITEL), un proyecto que el
Ejecutivo de José María Aznar puso en marcha en 2001 -siendo Rajoy
ministro del Interior-, que José Luis Rodríguez Zapatero utilizó
masivamente y que ahora el PP, de nuevo, usa supuestamente para combatir el
“terrorismo” y el crimen organizado, pero que puede ser también empleado para
escrutar de forma indiscriminada, aprovechando un clamoroso vacío legislativo,
llamadas telefónicas y correos electrónicos.
El SITEL es un avanzado sistema electrónico que
permite interceptar y grabar en tiempo real cualquier conversación
telefónica, correo electrónico o mensaje de móvil, además de almacenar en
formato digital todos los datos de esas comunicaciones para su posterior
análisis. El programa lo controla el Ministerio del Interior, lo utilizan
indistintamente la Guardia Civil, el Cuerpo Nacional de Policía y el Centro
Nacional de Inteligencia, y su aplicación requiere de la imprescindible -y
obligada- colaboración de las operadoras privadas.
¿Tienen las Fuerzas de Seguridad y los servicios
secretos del Estado cobertura legal para pinchar teléfonos y correos
electrónicos a través de SITEL? En teoría, sólo si cuentan con autorización
judicial. Pero las leyes que regulan en España la intervención de las
comunicaciones privadas son, según los mismos expertos, un auténtico
coladero que permite eludir fácilmente el escrutinio de los
jueces.
Nuestros vecinos franceses se
dieron ayer de bruces contra esa misma realidad, cuando se desayunaron con una
información del prestigioso diario Le Monde según la cual el Gobierno de
François Hollande dispone de un sistema de espionaje que controla
diariamente millones de llamadas telefónicas, emails y mensajes de
móvil bajo el paraguas de un marco legal muy difuso.
Restricción de derechos
fundamentales
El primer
agujero de la legislación española salta a la vista de cualquier jurista:
la restricción de derechos y libertades fundamentales, como el secreto de las
comunicaciones o la protección de datos personales, tiene que ser regulada
mediante una ley orgánica, es decir, con el respaldo de la mayoría absoluta
del Congreso, tal y como señala la Constitución. Pero el endeble entramado legal
que sostiene la intervención de las comunicaciones incumple flagrantemente ese
precepto de la Carta Magna.
La Ley de
Enjuiciamiento Criminal, la Ley General de Telecomunicaciones de 2003 -y el
reglamento posterior que la desarrolla, aprobado en 2005- y la Ley de
Conservación de los Datos de las Comunicaciones Electrónicas, que entró en vigor
en 2007, no tienen ese rango normativo: son leyes ordinarias, que
requieren de una mayoría simple del Parlamento para su
aprobación.
En la legislatura anterior,
cuando Rajoy aún era líder de la oposición, el PP tachó repetidamente de
“ilegal” e “inconstitucional” el programa SITEL porque, a su juicio,
permitía sortear fácilmente esa legislación. El entonces responsable de
Comunicación del partido, Esteban González Pons, llegó a acusar a
Alfredo Pérez Rubalcaba, en ese momento ministro del Interior, de
“controlar la intimidad de los españoles”. Pero desde que llegaron a La Moncloa,
en 2011, los populares no han movido un dedo para corregir esas
lagunas.
La legislación actualmente en
vigor obliga al control judicial de la interceptación de las comunicaciones.
Pero esa normativa encierra en sí misma varios atajos para poder
burlarla. Y de hecho es burlada frecuentemente, según aseguran los expertos
consultados por este diario, que han exigido el anonimato. Todos salvo el
catedrático de Derecho Constitucional Ignacio Torres Muro, que asegura
disponer de información de que “la violación de esos derechos fundamentales es
algo más que un temor”, y la abogada Ofelia Tejerina, experta en
tecnologías de la información y asesora legal de la Asociación de
Internautas.
Fuera de control
Según Tejerina, la ley permite a los llamados
agentes facultados -policías, guardias civiles y espías del CNI- exigir a
las operadoras de telefonía, “con carácter previo a la autorización judicial,
información sobre la identidad de las personas que se comunican, sus números de
DNI o de pasaporte, la hora, la fecha, el lugar de origen de las llamadas y el
de destino… Y todo ello antes de que intervenga el juez, lo que deja
fuera de control una parte importante del proceso de interceptación y colisiona
con el derecho fundamental a la protección de datos personales”.
Son precisamente esos datos asociados a las
comunicaciones privadas o metadatos los que, según revelaba ayer Le
Monde, recopilan masivamente las autoridades francesas a espaldas de los
ciudadanos. Se trata, en definitiva, de saber “quién contacta a quién,
recolectando los datos de las llamadas de millones de abonados, identificando a
los interlocutores, el lugar, la fecha, la duración del mensaje. Y lo mismo
con los correos electrónicos o los SMS, y toda actividad que pase por
Google, Facebook, Yahoo…”, añadía el diario parisino.
Para tratar de frenar ese caos y llenar en parte el
vacío jurídico, la Fiscalía General del Estado dictó el pasado mes de enero la
circular 1/2013 sobre Pautas en relación con la diligencia de intervención de
las comunicaciones telefónicas, que dedica un amplio apartado al programa
SITEL. Pero la gran complejidad de las recomendaciones contenidas en esa
circular, unida a la “falta de formación de jueces y fiscales en esa
tecnología”, como señala Tejerina, hacen que las intenciones de la Fiscalía,
probablemente, queden atrapadas entre los tentáculos del Gran
Hermano.
El
Confidencial