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jueves, 3 de octubre de 2013

BALTASAR GARZON AL EXSUBCOMISARIO AMEDO: "OS ENGAÑARON COMO A MI. VAYAMOS A POR ELLOS SIN REMORDIMIENTO"



Garzón a Amedo:"Os engañaron como a mí. Vayamos a por ellos sin remordimiento"
El exsubcomisario condenado a 108 años de cárcel por el caso GAL relata en un libro que el juez les amenazó: "Esto es muy sencillo: o conmigo o contra mí"
Garzón a Amedo:


Madrid. (EFE).- El exsubcomisario José Amedo, condenado a 108 años de cárcel junto a Míchel Domínguez, por el caso de los GAL, asegura en un libro de memorias que el juez Baltasar Garzón, al reactivar el caso después de abandonar el PSOE, le dijo: "Os han engañado como a mí. Vayamos a por ellos sin remordimiento". "Lo que pretende hacer con nosotros no es Justicia, es una cacería política", cuenta Amedo que le recriminó al juez Garzón, pero éste le replicó: "Esto es muy sencillo: o conmigo o contra mí".

Estos fragmentos figuran en 'Cal Viva' (La Esfera de los Libros), según ha adelantado hoy la editorial del libro, un relato sobre las entrañas de los GAL que será presentado el viernes en Madrid.

El 1 de diciembre de 1994 José Amedo acudió al despacho de Garzón a una cita acordada entre su abogado y el juez, quien se había reincorporado a la Audiencia Nacional tras su fugaz paso por la política como diputado del PSOE y delegado del Plan Nacional sobre la Droga del Gobierno de Felipe González.

Garzón, relata Amedo, admitió que, por la conversación clandestina que había mantenido con Domínguez en abril de 1993, conocía las claves del secuestro de Segundo Marey, "pero que le faltaban las pruebas. Y nos advirtió de que actuaría contra nosotros por el sumario del Monbar y contra nuestras esposas por la cuentas en Suiza si no implicábamos al Gobierno".

"No sé si es usted consciente de que desde que he entrado en su despacho, lo único que ha hecho es amenazarme para que participe en una venganza política", cuenta el exsubcomisario que le espetó al magistrado.

Pero el juez le contestó: "No siga por ese camino, no siga, no estoy amenazando. Les estoy diciendo lo que pienso hacer y lo que les puede pasar si no cuentan la verdad, les estoy haciendo un favor al advertirles de las graves consecuencias que para ustedes puede implicar la falta de colaboración con la Justicia".

Amedo cuenta que le dijo al juez que si no le dejaba hablar se iría directamente al juzgado de guardia: "Que decidan allí si lo que hace usted es legal o es lo que pienso yo. Lo que pretende hacer con nosotros no es Justicia, es una cacería política".

Según el libro, Garzón afirmó entonces: "No puede demostrar lo que está diciendo y yo sí voy a poder probar lo que tengo contra usted. Atrévase a hacer lo que dice y verá dónde se mete. Esto es muy sencillo: o conmigo o contra mí. Usted verá lo que le interesa más, no le queda más remedio que protegerse, de lo contrario se va a acordar toda la vida".

Y a continuación, el juez añadió: "Yo no quiero joderte ni a ti, ni a tu mujer, vosotros ya habéis pagado bastante durante estos años por lo que os han ordenado hacer los políticos, que en definitiva os han dejado tirados, ¿qué les debéis? Nada, os han engañado, como a mí. Lo lógico es que unamos nuestras fuerzas y vayamos a por ellos sin remordimiento. (...). ¿Vas a dejar que se descojonen de ti? Si no te decides a ir a por ellos te vas a arrepentir toda tu vida. Si me ayudas, te ayudo, si no, ya sabes".

Amedo asegura en el libro que antes de entrar en el despacho del juez introdujo una grabadora oculta entre sus ropas con la que registró "todo el encuentro".
FUENTE

lunes, 30 de septiembre de 2013

EL JUEZ DEL "CASO BLESA" INTERROGADO POR PRESUNTA PREVARICACION


El juez del 'caso Blesa', interrogado por presunta prevaricación

La Fiscalía se querelló contra Elpidio José Silva al considerar que había cometido irregularidades en sus decisiones contra el antiguo director de Caja Madrid, Miguel Blesa.



Elpidio José Silva durante su ponencia

El juez de instrucción Elpidio José Silva, instructor del "caso Blesa", ha sido citado este miércoles ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) para respnder por la querella que la Fiscalía presentó contra el el pasado mes de julio por una presunta conducta prevaricadora en esta causa, han informado a Europa Press fuentes jurídicas.

En su auto de admisión a trámite de la querella, los magistrados Francisco Javier Vieira, Jesús Gavilán y Susana Polo señalaban que la presunta conducta prevaricadora que la Fiscalía de Madrid atribuye al juez del "caso Blesa"  "no es 'ab initio' descartable, al menos como hipótesis que no se advierte sea ni absurda ni irracional"

La querella fue presentada por la Fiscalía de Madrid contra el titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid, por delitos de prevaricación, retardo malicioso en la Administración de Justicia y dos delitos contra la propiedad individual en relación con sus actuaciones en el denominado 'caso Blesa' contra el expresidente de Caja de Madrid.

El Ministerio Público encuentra presuntamente irregulares varias de las decisiones adoptadas por el juez Silva en el marco de la investigación a Miguel Blesa por la presunta concesión irregular de un crédito a Gerardo Díaz Ferrán y la compra del City National Bank de Florida, entre ellas la de enviarle a prisión incondicional el pasado 5 de junio.

La Audiencia Provincial de Madrid anuló el pasado 19 de junio la instrucción realizada por el juez Silva por el tema del crédito al considerar que el magistrado había convertido indebidamente el proceso contra Miguel Blesa en una "causa general en busca de los responsables de la crisis económica que atravesamos y su castigo". Dejó abierta sin embargo la puerta a que se sigan investigando los hechos relacionados con el City National.

En su querella, la Fiscalía argumenta que Elpidio José Silva cometió un delito de prevaricación porque adoptó diversas resoluciones "que no pueden ser explicadas mediante ninguna interpretación razonable efectuada con los métodos usualmente admitidos en Derecho", imponiendo de esta forma "su propia voluntad y criterio sobre la interpretación racional de la ley".

En este sentido, la Fiscalía repasa las decisiones del juez para la reapertura de las actuaciones contra Blesa por la concesión del crédito a Díaz Ferrán, dos años después de haber acordado su sobreseimiento y sin que durante ese periodo hubiera aparecido "nada nuevo que lo justificase".

FUENTE

sábado, 28 de septiembre de 2013

EL JUEZ ESPERA MAS DATOS FISCALES PARA IMPUTAR A LA INFANTA


El juez espera más datos fiscales para 


decidir si imputa a la Infanta


 INFANTA CRISTINA  EN HOSPITAL QUIRÓN
El juez instructor del 'caso Nóos', José Castro, espera que los inspectores de la Agencia Tributaria completen el informe fiscal de la infanta Cristina antes de decidir si la cita como imputada en la causa.
Por ahora, el magistrado tiene en su poder parte de los datos tributarios que requirió por oficio a Hacienda, pero no todos, ni tampoco con el peso suficiente para atribuirle un delito de blanqueo de capitales, según las fuentes consultadas por este diario.
Uno de los aspectos clave de la información de la esposa de Iñaki Urdangarin requerida por el juez, y que solo ha recibido de forma parcial, es la información bancaria, tarjetas de crédito o débito asociadas a una cuenta de los duques de Palma.
En concreto, La Caixa debe informar sobre la cuenta de destino del traspaso de 150.000 euros registrada el 27 de diciembre de 2006 desde una cuenta de Cristina de Borbón y su esposo.
El juez ya cuenta con los datos fiscales derivados de las declaraciones de operaciones con terceros referidos a la Infanta entre los años 2004 y 2011. Ese informe demuestra que doña Cristina declaró a Hacienda solo seis operaciones superiores a los 3.000 euros en 8 años. Son pocas, pero perfectamente legales, según las fuentes, quienes también no observan indicios incriminatorios «determinantes» en el hecho de que la Infanta se autoalquilara su chalet de Pedralbes a través de su mercantil Aizoon.
El juez Castro ya imputó a la infanta Cristina en el 'caso Nóos' el pasado 3 de abril, pero un mes después, la Sección Segunda de la Audiencia de Palma acordó paralizar esa imputación e instó al titular del Juzgado de Instrucción 3 investigar a la hija menor del Rey solo por delito fiscal. Esa decisión contó con el voto particular de uno de los magistrados, Juan Jiménez Vidal.

miércoles, 25 de septiembre de 2013

PRIMERA VEZ EN ESPAÑA UNA JUEZ ANULA EJECUCION DE HIPOTECA POR NO INFORMAR DE LA DACION ENN PAGO


Una jueza de Madrid anula la ejecución de una hipoteca por no informar de la dación en pago

  • Por primera vez en España, un escrito judicial plantea que resulta "abusivo" no haber informado al cliente en el momento de la firma del contrato de la posibilidad de incluir una cláusula de dación en pago, es decir, que la entrega del inmueble salde la deuda
  • La Ley Hipotecaria recoge la posibilidad de que las hipotecas queden limitadas a la responsabilidad “real” y que de esa forma el particular responda únicamente con el inmueble una vez que el banco se ha adjudicado la vivienda


El juzgado de Primera Instancia nº 7 de Madrid ha anulado la ejecución de una hipoteca al apreciar la existencia de cláusulas abusivas en el contrato hipotecario que un particular suscribió con Banca Cívica –ahora Caixabank–, a la que condena a pagar las costas del proceso. Por primera vez en España, este escrito judicial plantea que resulta"abusivo" no haber informado al cliente sobre la posibilidad de incluir en el contrato una cláusula que incluyera la dación en pago para que de esa forma, en caso de ejecución, la entrega del inmueble saldara la deuda del cliente. 

La Ley Hipotecaria, en su artículo 140, recoge la posibilidad de que, mediante un pacto entre las partes, las hipotecas queden limitadas a la responsabilidad “real” y que de esa forma el particular respona únicamente con el inmueble y que así la deuda no pueda alcanzar otros bienes del deudor. Si esta posibilidad se hubiera incluido en los contratos, recuerdan desde la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), se impediría a los bancos seguir reclamando la deuda una vez que se han adjudicado la vivienda en un proceso de subasta. Sin embargo, denuncian los afectados, las entidades financieras "nunca han informado de esta posibilidad a los clientes, imponiendo de hecho la responsabilidad universal", que es la que establece que un deudor tenga que responder con todos sus bienes presentes y futuros. 

La resolución, que tiene fecha del pasado 5 de septiembre, da contestación a un escrito interpuesto por el letrado del particular, querecurrió que su contrato contenía varios abusosLa magistrada Maravillas Carreras Rodríguez también estima abusiva la falta de información sobre la posibilidad de haber pactado la dación en pago, la cláusula suelo del 5,5 %, la imposición del IRPH como índice de referencia en lugar del EURIBOR, la imposición de gastos procesales al afectado, los intereses de demora del 20%, la prohibición de arrendar, el vencimiento anticipado por impago de una sola cuota y la inclusión de la venta extrajudicial.

FUENTE

miércoles, 18 de septiembre de 2013

BERLUSCONI DEBERA PAGAR $ 700 MILLONES POR SOBORNAR A UN JUEZ


Berlusconi deberá pagar US$ 700 millones 

por sobornar a un juez

El Tribunal Supremo ratificó la condena contra el ex premier por el caso Mondadori. Se espera un mensaje grabado del "Il Cavaliere



Berlusconi suma malas noticias. En la misma semana en que el Senado debate su eventual expulsión, el Tribunal Supremo italiano ha ratificado su condena a resarcir al conglomerado CIR por los daños patrimoniales causados en la pugna por la editorial Mondadori.


La Tercera Sección Civil del Alto Tribunal informa de la rebaja que se deberá aplicar restándola de la sanción impuesta por la Corte de Apelación de Milán en julio de 2011 al grupo empresarial de Berlusconi, Fininvest, que había sido calculada en los 564,2 millones de euros.

Con esta decisión, el Supremo confirma la condena a Fininvest y rechaza en su mayor parte su recurso, aceptando sólo una de sus alegaciones, la que se refiere a que en la sanción anterior se había hecho una "valoración excesiva" de la editorial L'Espresso, controlado por CIR, para el cálculo de la indemnización.

Los hechos de este proceso civil se remontan a los primeros años 90, cuando Fininvest y CIR, ambos accionistas de Mondadori en la época, recurrieron a la Justicia para que decidiera quién tenía derecho a quedarse con las acciones de la familia Formenton, herederos del histórico dirigente de la editorial, Arnoldo Mondadori, que daban el control de la empresa.

El 20 de junio de 1990, un tribunal decidió que el acuerdo al que Carlo de Benedetti, de CIR, había llegado con la familia antes de que ésta cambiara de opinión a favor de Berlusconi era el que tenía validez, decisión que fue recurrida posteriormente por Fininvest, a quien un juzgado de Roma dio la razón en 1991.

Cuatro años después, la fiscalía de Milán descubrió que Vittorio Metta, uno de los jueces que presidía el tribunal que había fallado a favor de Fininvest, había recibido más de 1.000 millones de liras (516.000 euros) de Cesare Previti, un abogado y amigo de Berlusconi que luego –como otros de los amigos y abogados de Berlusconi– hizo carrera política. 

"Il Cavaliere" le pagó su amistad y sus delicados servicios convirtiéndolo en senador y en ministro de Defensa en 1994, cargo que tuvo que abandonar al demostrarse su apaño con el juez.

El 26 de julio de 2011, CIR recibió 564,2 millones de euros de Fininvest (bloqueados hasta la sentencia en firme), después de que 17 días antes el Tribunal de Apelación de Milán fijara la sanción de este caso en 560 millones de euros, que finalmente fueron más por un nuevo cálculo del pago de los intereses y gastos legales.

Mensaje grabado

Hay expectativa en Italia ante la inminencia de un mensaje de video de Berlusconi,  que está previsto se emitirá este miércoles en las cadenas de televisión de su propiedad y que llegará poco antes del primer voto de la Junta del Senado sobre la retirada del escaño tras su condena.

Desde hace varios días se habla de la emisión de este video en el que principalmente se anunciará la vuelta al partido Forza Italia, pero se espera que también incluya un fuerte ataque a la magistratura tras su condena por fraude fiscal por el caso Mediaset.

domingo, 8 de septiembre de 2013

UNA JUEZ ANULA UNA MULTA POR NO PAGAR EL PEAJE EN UNA AUTOPISTA


Un juzgado de Valencia anula una multa por no pagar el peaje

La jueza determina que la señalización establece la obligación de detenerse en el peaje, pero «no de detenerse y pagar el peaje»


Un juzgado de Valencia anula una multa por no pagar el peaje
El juzgado de lo contencioso-administrativo número nueve de Valencia ha anulado una multa de 100 euros impuesta a un ciudadano por no pagar un peaje en el marco de la campaña 'No vull pagar' ('No quiero pagar').
En una sentencia con fecha del 31 de julio a la que ha tenido acceso Europa Press, la jueza determina que la señalización establece la obligación de detenerse en el peaje, pero "no de detenerse y pagar el peaje".
Por ello, sostiene que "no hay motivo para pensar que el recurrente no respetara la señal de detenerse", con lo que anula la sanción y condena a la parte demandada --la Jefatura Provincial de Tráfico de Valencia -- a pagar las costas del juicio.
La multa había sido recurrida por la abogada Anna Oliver, coordinadora de Solidaritat Catalana del País Valenciano y miembro de la ejecutiva nacional del partido, según ha informado éste en un comunicado este domingo.
El movimiento 'No vull pagar', que defiende el impago de los peajes en Catalunya, registraba en marzo 100.000 casos de impago y mantenía abiertos procesos sancionadores en 20.000 de ellos, según la 'Plataforma Catalunya Diu Prou'.

UNA JUEZ ANULA UNA MULTA POR CONDUCIR CON EL MOVIL


Un juez anula una multa por conducir con el móvil

Un juez anula una multa por conducir con el móvil

Un juez anuló una multa por conducir utilizando el móvil por no haberse practicado prueba y vulnerar el principio de presunción de inocencia, después de un recurso interpuesto por la asesoría jurídica de CEA.

La sanción en cuestión fue impuesta a un conductor por el Ayuntamiento de Madrid por ir presuntamente hablando por el móvil mientras conducía y se le impuso la multa de 200 euros y la pérdida de 3 puntos de carné, por "Conducir utilizando manualmente dispositivo de telefonía" una infracción que recogen el artículo 24 de la Ordenanza de Movilidad y 65.4 de la Ley de Seguridad Vial.

El Agente que le sancionó no le entregó en el acto al conductor la denuncia pues se encontraba haciendo tareas de vigilancia en un edificio municipal. Al recibir el conductor la notificación de denuncia e incoación del expediente sancionador, presentó, a través de la Asesoría Jurídica de CEA, escrito de alegaciones negando los hechos denunciados y solicitando que se incorporase al expediente un informe detallado del agente que le denunció, donde se describieran las circunstancias concretas de la presunta infracción. Además, el sancionado cuestiona que un Agente que está de vigilancia en un edificio municipal pueda ver lo que hace un conductor dentro de su vehículo, en una calle bastante ancha y con una marquesina de autobús justo enfrente del edificio que vigila.

El argumento de la Administración

Por su lado, la Administración, para desvirtuar la presunción de inocencia alegada por el sancionado, presentó como prueba la denuncia formulada por el Agente de la Autoridad.

Según el artículo 75 de la Ley de Seguridad Vial las denuncias formuladas por los Agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia del tráfico darán fe, salvo prueba en contrario, de los hechos denunciados y de la identidad de quienes los hubieran cometido, así como, en su caso, de la notificación de la denuncia, sin perjuicio del deber de aquellos de aportar todos los elementos probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado.

El recurso exitoso

En este caso, en el que el conductor sancionado niega los hechos imputados y como en el expediente administrativo de la sanción no se adjuntan más pruebas, ni siquiera el informe del agente que formuló la denuncia, en el recurso de impugnación de la multa la Asesoría Jurídica de CEA apela al principio de responsabilidad, la vulneración del principio de presunción de inocencia, el no haberse formulado la denuncia por agente encargado de la vigilancia de tráfico, la falta de informe y la falta de notificación de la propuesta de resolución.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 21 de Madrid afirma que se ha producido una vulneración del principio de presunción de inocencia, estima el recurso y concluye: "Sobre la base de lo recogido en la sentencia transcrita, no obrando en el expediente administrativo más prueba que la denuncia formulada por el Agente de la Autoridad que, en este caso, estaba encargado de la vigilancia de un edificio municipal, habiendo negado el actor los hechos imputados y no habiéndose practicado como prueba ni siquiera el informe del agente denunciante acerca de las circunstancias de la presunta infracción, como solicitó el actor de su escrito de alegaciones, procediéndose, sin más trámite al dictado de la resolución sancionadora, hemos de concluir que se ha producido una vulneración del principio de presunción de inocencia, que nos ha de llevar a la estimación del recurso al resultar contraria a Derecho la resolución impugnada".

El fallo de la sentencia anula por ser contraria a derecho la multa de 200 euros y la pérdida de los 3 puntos de carné y condena al pago de las costas al Ayuntamiento de Madrid.
FUENTE

viernes, 6 de septiembre de 2013

EL JUEZ BLOQUEA LAS CUENTAS DEL EX-PRESIDENTE DE PESCANOVA TRAS DESCUBRIR QUE SE LLEVABAN EL DINERO A CHINA


El juez bloquea las cuentas de Sousa y su mujer tras descubrir que se llevaban dinero a China


sousa
El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha ordenado bloquear todas las cuentas y depósitos bancarios del ex presidente de Pescanova, Manuel Fernández de Sousa, y de su mujer, Rosario Andrade, tras descubrir que estaban intentando llevarse el dinero a China. Consulte aquí el auto del juez (.pdf).
La policía de Portugal ha informado a las autoridades españolas que el pasado 29 de agosto bloqueó una transacción financiera de 5,2 millones de dólares (4 millones de euros) ordenada por Andrade desde una cuenta bancaria abierta en Portugal con destino a otra, de la que también es titular, en un banco de China.
La transferencia se justificó como un presunto préstamo de la sociedad Quinta do Sobreiro, bajo su control. A la cuenta abierta en Portugal se transfirieron 4 millones de euros desde Quinta Do Sobreiro el 26 de agosto y el 28 otros 236.000 desde Kiwi España.
El magistrado ha instado también a que se impida cualquier movimiento en las cuentas a nombre de las sociedades patrimoniales Kiwi España, Quinta do Sobreiro, Sodesco, Sociedad Gallega de Importación de Carbones.
Asimismo se pide al Banco Echevarría, en el que tienen las cuentas, que facilite de forma urgente a los funcionarios de la Udef, la Unidad de Delitos Económicos y Fiscales de la Policía, información relativa acerca de los titulares y autorizados en las cuentas, así como los posibles movimientos que se hayan realizado desde el 1 de enero de 2012 hasta la actualidad.

EL JUEZ RUZ NO DEJO PREGUNTAR A LAS ACUSACIONES POR LOS CONTRATOS DE COSPEDAL


El juez Ruz impidió a las acusaciones preguntar a Cospedal por los contratos de Castilla-La Mancha

Ruz declaró impertinentes más de 25 preguntas y no dejó interrogar a Cospedal sobre los contratos de Castilla-La Mancha, las donaciones de su marido o las indemnizaciones pagadas por el PP. "Hoy el listón de las impertinencias está muy bajo", llegó a protestar uno de los abogados. 

Dolores de Cospedal a su llegada a la Audiencia Nacional donde declaró ante el juez Ruz en calidad de testigo.
El interrogatorio a María Dolores de Cospedal fue de impacto limitado. El juez de la Audiencia Nacional, Pablo Ruz, declaró improcedentes más de 25 preguntas de las acusaciones. El magistrado no permitió preguntar por la adjudicación de contratos denunciada por Luis Bárcenas, ni por las donaciones atribuidas a su marido, ni sobre por qué se pagaron indeminizaciones que duplicaban o triplicaban lo marcado por la ley a quienes dejaron el área financiera del PP ni tampoco por el actual gerente del PP. Fueron tantas las preguntas declaradas "impertinentes" por el juez que uno de los abogados llegó a protestar al juez: "me parece que hoy el listón de las impertinencias está muy bajo".
Las cautelas del juez fueron tales que cuando los abogados quisieron preguntar por las adjudicaciones de contratos de basuras en Toledo --que según Bárcenas se producían tras recibir un donativo al PP de 200.000 euros-- Cospedal comenzó a responder y fue interrumpida por Ruz para que no lo hiciera, según refleja la trascripción de su declaración:
  • Dña María Dolores de Cospedal: Mire [...]
  • Sr. Magistrado-Juez: No, no, no tiene que contestar
  • Dña María Dolores de Cospedal: Yo no tengo inconveniente, yo no tengo inconveniente.
  • Sr. Magistrado-Juez: Pero no tiene que contestar
  • Dña María Dolores de Cospedal: Bien.
El juez tampoco permitió preguntar por qué los antiguos responsables de las finanzas populares obtuvieron indemnizaciones de despido que duplicaban o triplicaban lo que marca la ley. Los partidos de la oposición han asegurado que el PP intentó comprar el silencio de los antiguos responsables de su caja. Sin embargo, cuando los letrados preguntaron por ese asunto, Ruz interrumpió el interrogatorio, según consta en el acta:
  • Letrada 1: ¿Nos puede manifestar por qué fue tan alta (la indemnización pagada a Cristóbal Páez)? Porque Paez dijo ayer que fue la legal más dos anualidades.
  • Sr. Magistrado-Juez: No es pertinente la pregunta.
El magistrado tampoco consintió preguntas por algunos donativos al PP porque uno de los abogados no había apuntado la fecha exacta de los mismos, declaró impertinentes las cuestiones sobre las informaciones publicadas por el diario El Mundo, así como por los presuntos donativos irregulares que los papeles de Bárcenas atribuyen al marido de María Dolores de Cospedal, López del Hierro. Cospedal quiso argumentar que las iniciales que constan en esos papeles no identifican a su esposo pero las cuestiones fueron declaradas improcedentes también en ese terreno:
  • Letrado de Adade: (...) ¿Sabe used... el Sr. López Hierro es su marido?
  • Sr. Magistrado-Juez: Bien, no tiene que contestar porque no es pertinente
  • Dña María Dolores de Cospedal: A mí no me importa, Señoría.
  • Sr. Magistrado-Juez: No es pertinente
  • Dña María Dolores de Cospedal: Bueno, es mi marido pero no tiene por qué ser ese señor que no lo es. A lo que usted se ha referido, peróneme.
  • Sr. Magistrado-Juez: No es pertinente la pregunta, no sigamos por qué no tiene que contestar.
  • Dña María Dolores de Cospedal: Bueno, yo quiero que conste mi protesta, mi respetuosa protesta señor, porqeu me parece que hoy el listón de las impertinencias está muy bajo. 

La Fiscalía hizo tres preguntas a Cospedal y dos a Arenas
La prudencia interrogatoria del juez sólo fue superada por la de la Fiscalía. El Ministerio Público anunció que sólo iba a hacer una pregunta a Cospedal, aunque terminó planteando tres cuestiones a la Secretaria General del PP. Aunque la parquedad del Fiscal se hizo todavía más evidente en el interrogatorio a Javier Arenas. El fiscal le hizó únicamente dos preguntas. El cuestionario al vicesecretario general del Partido Popular por parte de la fiscalía duró menos de un minuto en total. 
Javier Arenas reiteró en más de 70 ocasiones expresiones como "no lo recuerdo", "no me acuerdo" o "no lo recuerdo en absoluto". Su falta de memoria con respecto a hechos que tuvieron lugar entre 2009 y 2012 contrasta con el relato que Arenas hizo de los hechos acaecidos en 1999. En respuesta al juez, Arenas dijo que recordaba "perfectamente" cómo le habían explicado que todo era legal. 
  • D. Javier Arenas: Señoría, yo a principios del año 99 era responsable del Ministerio de trabajo. El Presidente Aznar me pidió que le acompañara (...) y recuerdo una conversación con el tesorero donde me habló de la economía del Partido Popular (...) No se me olvidará nunca que me dijo que todo se hacía en el marco de la legalidad y que nunca el partido recibía una donación a cambio de contraprestación. Esa conversación con el tesorero la recuerdo muy bien.  

Las cautelas también en las secretarías judiciales
El tacto que se ha tenido en estos interrogatorios es poco común en los tribunales. Pero ese tacto se ha mantenido incluso una vez terminadas las declaraciones. La trascripción que suelen hacer los secretarios judiciales y que se distribuyen a las partes del proceso se han entregado esta vez con marcas de agua en los papeles para identificar a cada uno de los letrados. El objetivo era --reconocen fuentes del proceso-- que esos papeles no fueran publicados sin saber qué letrado los ha filtrado a la prensa.

jueves, 5 de septiembre de 2013

EL JUEZ DECRETA LIQUIDACION DE LOS 7 HOTELES DE RUIZ-MATEOS EN BALEARES


El juez decreta la liquidación de los siete 


hoteles de Ruiz -Mateos en Balears


 JOSE MARIA RUIZ MATEOS  DECLARA EN LOS JUZGADOS POR LA PRESUNTA ESTAFA EN LA COMPRA DEL HOTEL SAMOA.
El titular del Juzgado de lo Mercantil 1 de Palma, Víctor Fernández, ha decretado la liquidación de los siete hoteles de Balears propiedad del empresario jerezano José María Ruiz-Mateos tras aceptar la propuesta de los administradores judiciales.
Los establecimientos, seis de ellos situados Mallorca, y uno en Menorca saldrán a la venta por precios del mercado, unos cien millones de euros, dinero que se empleará para satisfacer las deudas con los acreedores, según confimaron fuentes judiciales. Los hoteles que serán liquidados son el Sarah (Can Picafort), Clumba Mar (Can Picafort), Beverly Playa (Peguera), Samoa (Cales de Mallorca) Eurocalas (Cales de Mallorca), Santa Fe (Santa Margalida) y el Sea Club de Cala en Forcat (Ciutadella).
Preconcurso
Todos esos establecimientos se acogieron en marzo de 2011 a un preconcurso de acreedores en los Juzgados de lo Mercantil de Palma con el objetivo de evitar la petición del concurso necesario (la antigua quiebra) por parte de alguno de los perjudicados por la deuda millonaria del fundador de Nueva Rumasa.
Los hoteles que pertenecían a Ruiz-Mateos y su familia han funcionado a pleno rendimiento este verano, con elevados índices de ocupación de plazas, e idéntica dinámica de negocio turístico se espera para la próxima temporada. Además, se han conservado los puestos de trabajo de unas 400 personas, entre personal fijo y eventual.

miércoles, 4 de septiembre de 2013

UN JUEZ PLANTEA AL TJUE SI LOS INTERESES DE MORA HIPOTECARIOS VULNERAN LA NORMATIVA EUROPEA


Un juez de Marchena plantea al TJUE si 

los intereses de mora hipotecarios 

vulneran la normativa comunitaria


hipoteca

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Marchena (Sevilla) ha presentado una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) referida a los intereses de mora a aplicar en las ejecuciones hipotecarias tras la promulgación de la Ley 1/2013, de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios.
La cuestión prejudicial ha sido planteada por el juez Manuel Ruiz de Lara a través de un auto dictado el pasado 16 de agosto. En concreto, se centra en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 1/2013 y la nulidad de intereses de demora abusivos a fin de proteger los intereses de los consumidores y usuarios conforme establece la Directiva 93/13/CEE sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados entre consumidores y profesionales.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha reiterado en su jurisprudencia que sólo se protege al consumidor conforme a la Directiva 93/13 declarando la nulidad de las cláusulas abusivas, dado que sólo declarando la nulidad de cláusulas abusivas se disuade a las entidades bancarias de utilizar dicha práctica abusiva.
El auto del juzgado de Marchena plantea al TJUE que se pronuncie acerca de si el Legislador español ha traspuesto correctamente la Directiva 93/13 del Consejo tras la sentencia que dictó el Alto Tribunal Europeo en relación al Procedimiento de Ejecución Hipotecario Español (Caso Aziz).
El auto considera que la Ley 1/2013 y en particular la Disposición Transitoria Segunda, transgreden la Directiva y la jurisprudencia del TJUE dado que “impone una moderación de cuantía en cláusulas abusivas de intereses moratorios, que no resulta conciliable con la obligación del Juez nacional de declarar la nulidad de las cláusulas abusivas para proteger al consumidor”.
También pregunta si cuando un juez nacional aprecie la existencia de una cláusula abusiva relativa a interés moratorio en préstamos hipotecarios debe proceder a declarar la nulidad de la cláusula y su carácter no vinculante o, por el contrario, debe moderar la cláusula de intereses dando traslado al ejecutante o prestamista para que recalculen los intereses.
El juez Ruiz de Lara entiende que la Ley 1/2013 no otorga la adecuada protección al consumidor e impide la aplicación de la sanción de nulidad de la cláusula de interés de mora cuando sea abusiva.
Según el juez, “de aplicarse la Disposición Transitoria Segunda de esa ley, se conculcaría la efectiva protección al consumidor, dado que obliga al juzgado a moderar una cláusula de interés de mora abusiva que en modo alguno puede vincular al consumidor y supone un obstáculo para el ejercicio de acciones o recursos judiciales que garanticen la tutela efectiva y el control de oficio de las cláusulas abusivas por parte del Juez nacional, como tiene establecido el TJUE”.
El titular del Juzgado 2 de Marchena plantea la cuestión prejudicial ante una ejecución hipotecaria del BBVA contra unos particulares, en cuyo contrato figura un interés de mora del 19% anual en caso de impago. El juez aprecia que ese 19% incluido como cláusula en el contrato suscrito, es abusivo por ser “del todo desproporcionado”, incluso si se compara con otros intereses de la época en la que se firmó el contrato.
Así, el interés legal del dinero estaba entonces en un 4% anual, frente al 5% de la demora en deudas tributarias, el 6% de impago de títulos cambiarios y el 8% de interés de mora en las operaciones comerciales.

martes, 3 de septiembre de 2013

EL JUEZ ACUMULA DATOS FISCALES PARA VOLVER A IMPUTAR A LA INFANTA CRISTINA


El juez acumula datos fiscales para volver a imputar a la Infanta

El magistrado José Castro intenta demostrar la participación de doña Cristina en la empresa Aizóon, con la que su marido, Iñaki Urdangarin, había defraudado al fisco


El juez José Castro, que investiga desde hace tres años el entramado de empresas con las que Iñaki Urdangarín cometió supuestamente varios delitos de corrupción, acumula datos fiscales de la infanta Cristinapara plantear una nueva imputación.
El juez Castro consideró en abril pasado que había indicios suficientes en la causa abierta por el denominadocaso Nóos para citar a la Infanta como imputada. El magistrado apuntaba que la infanta conocía los negocios irregulares de su marido y que ella misma era copropietaria de la empresa Aizóon, cuyos ingresos procedían mayoritariamente de los contratos que Urdangarin cerraba con administraciones públicas.
La Audiencia Provincial de Palma de Mallorca decidió dejar en suspenso la imputación de la Infanta. No obstante, señaló al juez el camino para argumentar de manera más sólida la investigación y, en su caso, la imputación por posible blanqueo de capitales a través de la participación de la infanta en la empresa Aizóon, con la que su marido había defraudado al fisco.

La Agencia Tributaria no ha remitido aún al juez los datos que solicitó sobre ventas a terceros atribuibles a la hija del Rey, pero entre los nuevos informes que el juzgado ha incorporado al sumario figuran intentos de cobro por parte de doña Cristina cuya validez ha sido rechazada por Hacienda.
Esos intentos tienen que ver con la factura de 3.828 euros que la hija del Rey supuestamente giró a su propia empresa, Aizóon, en concepto de alquiler de la vivienda que la Infanta tiene en Barcelona. Aizóon intentó hacer pasar ese pago de alquiler a la Infanta como gastos de la empresa, pero Hacienda no lo admitió.
Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado entienden que el hecho de que la Infanta compartiera con Urdangarin la propiedad de Aizóon, a través de la que se defraudó a Hacienda, no es suficiente para imputar a la hija del Rey.

viernes, 23 de agosto de 2013

EL PP APUNTA AL EXMINISTRO BLANCO COMO RESPONSABLE DEL ACCIDENTE DE SANTIAGO


El PP apunta al exministro Blanco como responsable del accidente de Santiago

EL PSOE LE REMITE A LA LECTURA DEL AUTO DEL JUEZ "ANTES DE HABLAR DE RESPONSABILIDADES"
IU registra una petición de comparecencia de Ana Pastor en el Congreso para que hable sobre las imputaciones

Flores en el lugar del accidente del tren Alvia.


MADRID. El portavoz adjunto del PP en el Congreso, Rafael Hernando, apuntó ayer que el juez que instruye la causa por el accidente de tren de Angrois deberá determinar si "tuvo algo que ver" en este siniestro "el hecho de que el proceso inicial se modificara para acabarlo antes" y "cortar una cinta". El tramo de velocidad alta entre Ourense y Santiago fue inaugurado por el exministro de Fomento José Blanco el 10 de diciembre de 2011, cuando el PP ya había ganado las elecciones generales.
Así, y aunque aseguró que no cree que "nadie tomó ninguna decisión que pudiera afectar a la seguridad del tren y de los usuarios", apuntó que el juez tendrá que determinar si tuvo algún efecto "el hecho de modificar ese trazado y de adelantar la apertura de ese tramo". Hernando respondió así al ser preguntado acerca de si considera que deben dimitir los presidentes de Renfe y de Adif, Julio Gómez-Pomar y Gonzalo Ferre, tal y como este miércoles exigió la diputada del PP en la Asamblea de Madrid María Teresa Gómez-Limón, que resultó herida en el accidente.
El portavoz explicó que, aunque la "respeta", no comparte esta opinión, porque considera que Gómez-Pomar y Ferre "no son responsables de las acciones que llevaron a que el tramo donde se produjo el accidente tuviera las medidas de seguridad que tenía y que mantuvo hasta el momento del accidente". Además, recalcó que el actual presidente de Adif "lleva apenas tres meses y medio en el cargo".
RESPONSABILIDADES La exministra y secretaria de Política Social del PSOE, Trinidad Jiménez, pidió ayer a Rafael Hernando que sea prudente, que "se informe" y que lea el auto del juez antes de hablar de responsabilidades en el accidente ferroviario de Angrois, en Santiago de Compostela, en el que murieron 79 personas. La dirigente socialista emplazó al popular a ser "más prudente" con un asunto que ha "supuesto una gran tragedia nacional", en primer lugar "por respeto a las víctimas y a sus familiares", y en segundo lugar por respeto también a la investigación judicial.
Pero además, pidió a Hernando que "antes de hablar se informe y lea el auto del juez" porque este "señala de manera clara que el proyecto ha sido diseñado, concebido y ejecutado de forma segura, ajustada a las normas de seguridad establecidas en los procedimientos" y que en la construcción se siguieron "estrictamente todos los protocolos". "Lo dice el auto del juez, así que invito al señor Hernando a que además de ser prudente se lea el auto del juez y antes de hablar que se informe", apostilló Jiménez.
Por otra parte, el portavoz de IU en el Congreso de los Diputados, José Luis Centella, anunció el registro en el Congreso de los Diputados de una petición de comparecencia de la ministra de Fomento, Ana Pastor, para "dar su versión" de lo que va a hacer el Gobierno en relación con las imputaciones de los miembros del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) responsables de la seguridad en el tramo donde tuvo lugar el accidente ferroviario el pasado 24 de julio en Santiago de Compostela.

las claves

· Tribunal Arbitral. El Colegio de Abogados de Málaga ofreció ayer su Tribunal Arbitral a las víctimas del accidente ferroviario de Santiago, tras la solicitud de la Asociación Nacional de Víctimas de Delitos Violentos (Anvdv) al Ministerio de Fomento para promover un arbitraje para los afectados y familiares.
· Sin reclamación de billete. La aseguradora Allianz afirmó ayer que no está reclamando el billete de tren a las víctimas del accidente ferroviario, ya que entiende que en casos como este no es un requerimiento necesario.
· "No son responsables". Hernando consideró ayer que los presidentes de Adif y Renfe "no son responsables de las acciones que llevaron a que el tramo donde se produjo el accidente tuviera las medidas de seguridad que tenía y que mantuvo hasta el momento del accidente".