INFORMACION TOTALAMENTE ACTUALIZADA

jueves, 10 de octubre de 2013

DOCUMENTO: EL JUEZ SE CARGA DE INDICIOS PARA IMPUTAR A LA INFANTA CRISTINA

El juez Castro se carga de indicios para 

imputar a la infanta Cristina

El juez cuenta con tres informes que prueban que la hija del rey tuvo acceso al dinero negro que acumuló su marido
Un error en la información remitida por La Caixa impidió que los investigadores llegaran antes a esa conclusión

La Fiscalía ve suficientemente explicado el préstamo del Rey a la infanta
El empedrado camino para la imputación, por primera vez en la historia, de un miembro de la familia real española pareció este miércoles allanarse de forma inesperada. El juez José Castro cuenta ahora con un nuevo argumento para interrogar como imputada a Cristina de Borbón: tres informes prueban que la hija del rey tuvo acceso al dinero que obtuvo ilícitamente su marido, Iñaki Urdangarin. Con menos indicios, Castro dictó hace seis meses un auto citando a declarar a la infanta como imputada en el 'caso Nóos'.
El pasado 30 de septiembre, los servicios jurídicos del BBVA enviaban al Juzgado de Instrucción número 3 de Palma un informe sobre la actividad de una tarjeta de crédito de la mercantil Aizoon a nombre de Doña Cristina de Borbón. La relevancia el uso de esa tarjeta radica en su titular, la empresa que poseen a partes iguales los duques de Palma, y que, según la investigación, sirvió para esconder parte de los fondos obtenidos irregularmente por Iñaki Urdangarin a través del Instituto Nóos, una ONG que obtuvo 5,8 millones de los Gobiernos del PP en País Valencià e Illes Baleares por apenas hacer nada. Con esa tarjeta, Cristina de Borbón pagó en restaurantes, compró flores y adquirió los libros de texto de sus hijos, entre otros usos.
La defensa de Cristina de Borbón mantiene que los manejos de Urdangarin eran ajenos a la infanta, incluidos los referentes a Aizoon, a pesar de que la infanta era dueña de la mitad de la empresa y aparecía como titular en la cuenta de constitución de la sociedad, allá por 2003. La Audiencia Provincial de Palma suspendió el 7 de mayo la citación a la hija del rey, pero dejó la puerta abierta a que fuera en un futuro imputada por fraude a Hacienda y blanqueo de capitales. En su auto, los jueces dejaban un recado al Ministerio de Hacienda: su investigación sobre el papel de Cristina de Borbón presentaba “zonas oscuras”. Pero un mes después, el departamento que dirige Cristóbal Montoro insistió en que los únicos responsables del entramado delictivo eran Urdangarin y Diego Torres. Con esa taxativa afirmación dejaban fuera a la infanta y anulaban el argumento del exsocio del duque de Palma, resumido en "si mi mujer está imputada, ¿por qué la de Iñaki no?".

Los informes sueltos

Pero eso no fue suficiente para quebrar la determinación del juez Castro, que ya caminaba en dirección opuesta al fiscal Anticorrupción, Pedro Horrach, con el que había ido de la mano desde el inicio del caso Palma Arena, la matriz de Nóos. En los últimos días, un nuevo indicio afloró entre los 10.000 folios de sumario. No se trataba de un informe adicional. La pista llevaba allí, entre los tomos, desde hacía tiempo. Se trata de un informe policial de 18 de junio de 2012 que contenía un análisis de los movimientos de una cuenta de Aizoon en el BBVA. Según ese apunte, a los pocos días de que Urdangarin dejara, solo formalmente, el Instituto Nóos, se produjo una salida de esa cuenta de 150.000 euros a una cuenta de La Caixa, en dos tiempos (125.000 más 25.000). Otro informe, este de marzo de 2012 y firmado por la Agencia Tributaria, decía que en esa cuenta figuraba como autorizada Cristina de Borbón. El Grupo de Delincuencia Económica de la Policía cruzó recientemente ambos informes y alcanzó un nuevo indicio de blanqueo: la infanta tuvo acceso al dinero negro. Un error de La Caixa en informar del número de cuenta impidió llegar antes a esa conclusión. Esa cuenta es la misma que utilizó la pareja para pagar la hipoteca suscrita por el préstamo de cinco millones para reformar Pedralbes, préstamos de su majestad al margen.
¿Ayudó a blanquear la infanta el dinero del delito? El juez aguarda nuevas conclusiones de la Agencia Tributaria y un informe de la Policía sobre el modo en que el matrimonio pagó la reforma y el mantenimiento del palacete de Pedralbes. Datos remitidos a finales de septiembre por los peritos al juez Castro apuntan a que el matrimonio cargó la reforma de la casa a la empresa que ocultaba el dinero negro.
¿Y el posible fraude a Hacienda? En ese mismo informe de la delegación catalana de la Agencia Tributaria apuntaba que Cristina de Borbón cobró de su propia sociedad, Aizoon, por el alquiler de Pedralbes. Con los datos aún por llegar, Castro decidirá en las próximas semanas si sienta a declarar ante él a la hija del rey.
Consulta parte de la documentación sobre el uso de cuenta corrientes de Aizoon por parte de la infanta

ADMITIDA UNA QUERELLA POR PREVARICACION CONTRA LOS MIEMBROS DE LA COMISION SINDE


Admitida una querella por prevaricación 

contra los miembros de la 'Comisión Sinde'

  • La Sección Segunda de la CPI contradice un sobreseimiento judicial
  • Considera en un caso que enlazar a descargas es comunicación pública
  • El mismo día de su resolución, un tribunal penal dictaba lo contrario
  • El juez ordena que se entreguen las actas del expediente correspondiente

La llamada 'Comisión Sinde', encargada de decidir la comunicación y retirada de contenidos supuestamente 'piratas' a petición de los titulares de los derechos de autor, se enfrenta a una querella criminal acusada de prevaricación administrativa por haber dictado una resolución totalmente opuesta a una decisión judicial sobre el mismo caso, y casi simultáneamente.
El administrador del sitio web de enlaces Multiestrenos vio hace un mescómo, en un mismo día, la Justicia archivaba su caso al no considerar el enlace como comunicación pública -imprescindible, hasta ahora, para considerar delito esta actividad- y el Ministerio de Cultura resolvía lo contrario -es decir, que sí supone una vulneración de la propiedad intelectual- a través de una resolución de la Sección Segunda de la Comisión de la Propiedad Intelectual (CPI), conocida como 'Comisión Sinde'.
Ahora, su abogado, David Bravo, ha anunciado que ha sido admitida una querella contra los miembros de la 'Comisión Sinde' por un delito de prevaricación administrativa.
Mediante un auto, el juez ordena entre otras diligencias que se entregue una copia del expediente tramitado por la Sección Segunda de la CPI. En dichas actas aparecerán los nombres de los funcionarios que firman la resolución, un dato que Bravo asegura que no aparece en la copia de la misma enviada a su cliente.
En cualquier caso, la querella ha sido interpuesta contra la persona que ejerce la presidencia de la Sección Segunda -Teresa Lizaranzu Perinat- y contra un total de ocho vocales, titulares y suplentes de los mismos. La identidad de los mismos, revelada por este diario hace un año, permaneció en secreto bajo el amparo, según el propio Ministerio, de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Los argumentos

Según el texto de la querella, son muchas las sentencias que consideran que la actividad de enlazar no supone comunicación pública de contenidos (aunque existen algunas excepciones, como la sentencia de la Audiencia de Vizcaya que condenaba a los responsables de fenixp2p.com y mp3-es.com en 2011) y, por tanto, no es delito.
La querella explica además el origen de la 'Comisión Sinde', a la que describe como "un órgano creado expresamente para actuar contra páginas declaradas no infractoras de propiedad intelectual por los jueces y ello a base de interpretar y aplicar las mismas leyes de forma opuesta a estos".
La parte querellante sostiene que la resolución de la Comisión de Cultura es "arbitraria" y se contradice con resoluciones anteriores del mismo órgano. Alega que hasta la fecha se consideran a los sitios web de enlaces intermediarios, no infractores de la propiedad intelectual, siempre que no alojaran las obras. En este caso, re suele al revés: los enlaces son comunicación pública.
También destaca "la decisión de no suspender el procedimiento administrativo pese a que esa Comisión conocía que el el mismo hecho estaba siendo ya objeto de análisis en un juzgado con prioridad". Por último, recuerda que la propia Comisión, al saber que existía un proceso penal abierto, preguntó al tribunal si existía prejudicialidad pero dictó resolución sin esperar respuesta.
Por tanto, los argumentos de la parte querellante se resumen en que "la resolución de un juzgado se ha visto desautorizada en todos sus fundamentos el mismo día de su dictado por una resolución de un órgano administrativo y un ciudadano ha recibido de forma prácticamente simultánea dos resoluciones opuestas entre sí en todos los sentidos".
"Los hechos descritos tienen relevancia penal, al ser indicios serios de que sus protagonistas han dictado una resolución absolutamente arbitraria a sabiendas de su injusticia y sosteniéndola en argumentos absolutamente extravagantes", afirma el texto de la querella admitida a trámite.
Todo ello sucede a las puertas de una polémica reforma del Código Penal que cambiará sustancialmente el delito contra la propiedad intelectual y endurecerá su correspondiente castigo. La reforma, a punto de comenzar su tramitación parlamentaria, criminalizará con hasta seis años de cárcel la actividad de facilitar o enlazar a sitios de descarga no autorizada de contenidos protegidos por derechos de autor, con una notable excepción: los buscadores.

ACS Y ESCAL HAN RECIBIDO DEL GOBIERNO 111,22 MILLONES POR EL CASTOR


ACS y Escal ya han recibido 111,22 millones del Estado por el Castor


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El polémico almacén de gas Castor de Vinarós (Castellón) y que ha provocado cerca de 500 seísmos ya ha recibido ingresos del Estado a pesar de que hasta el momento de su paralización tan sólo estaba funcionando en pruebas porque no se completó la subasta del gas colchón de esta instalación.
Según consta en el folleto de la emisión de bonos por 1.400 millones para financiar este proyecto, los promotores de esta instalación ACS (66%) y Escal (25%) ya han recibido 111,22 millones en concepto de anticipos de las retribución.
El documento señala que esta partida se ingresa por las inversiones realizadas hasta 2010 y se restarán de la remuneración que se reconozca en caso de que el Gobierno no se decante por cesar de forma definitiva esta instalación que está provocando movimientos de tierra.

Rescisión de contrato

El folleto advierte a los inversores del riesgo de que el Ministerio de Industria apruebe una rescisión de la concesión. En tal caso, y siempre que no se demuestre fraude o negligencia, los promotores deberían ser indemnizados con cargo al sistema a través de las tarifas de gas.
No obstante, el documento señala que cabe la posibilidad de que no se reconozca al cien por cien la inversión realizada, ya que la cantidad recibida en concepto de indemnización puede variar, dependiendo de la razón por la que se rescinda la concesión. Precisamente, en este punto están trabajando los técnicos de Industria, que están a la espera de los resultados de la auditoría de la noruega DNV que se conocerá a finales de mes.
Pero el folleto deja claro que la indemnización no tiene por qué ser suficiente para cumplir con las obligaciones del crédito y con el vencimiento del mismo, donde BNP Paribas, Crédit Agricole, CaixaBank, Natixis, Santander y Société Géné- rale fueron las entidades colocadoras de la operación.
Además, el documento advierte a los inversores de la incertidumbre latente porque desde 2006 se ha modificado en varias ocasiones el régimen retributivo de esta instalación. En este sentido, incide en que los posibles desequilibrios entre los costes y los ingresos del sistema gasista y la posible generación. e déficit podría influir en la retribución de la instalación.
Por otro lado, la auditoría en marcha trata de justificar el encarecimiento de coste en los últimos años y que ha pasado de los 500 millones, hasta los 1.600 millones aunque posteriormente se rebajaron a 1.200 millones, según recoge el folleto. No obstante, los promotores han vuelto a elevar el coste del proyecto al solicitar 1.538 millones, al incluir 209 millones de intereses.
Además, el Gobierno puede denegar la autorización cuando lo considere de interés público hacerlo, aunque el documento no establece consecuencias específicas en el caso de cese por causa de fuerza mayor, aunque los promotores tienen pólizas de seguro para cubrir ciertos incidentes de fuerza mayor (como peligros naturales). Como posibles riesgos geológicos señala el posible estado de los pozos de Shell.
En este sentido, el folleto advierte de que no hay garantías de que dichas pólizas de seguro cubran las pérdidas sufridas por los promotores. Por el momento, si la instalación continúa parada podría ir a concurso al tener que atender el primer pago el 31 de diciembre.

EL PRESIDENTE DE AFECTADOS POR LA HIPOTECA INTENTA SUICIDARSE


El presidente de Afectados por la Hipoteca en Pontevedra intenta suicidarse

El hombre se encuentra consciente y permanece ingresado en Urgencias del Hospital Montecelo


El presidente de Afectados por la Hipoteca en Pontevedra intenta suicidarse
El presidente de Pontevedra de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, Gonzalo de Francisco, permanece ingresado en Urgencias del Hospital de Montecelo tras un intento desuicidio con somníferos durante la pasada madrugada. El hombre, de 70 años de edad, permanece consciente.
Tras dos años de intentar solucionar su deuda con una entidad financiera por la hipoteca de su consulta de psicología y otra por la vivienda, nuevas dificultades le abocaron a esta dramática situación.
La "gota que colmó el vaso" se produjo en los últimos días, cuando tras percibir casi 1.800 euros en concepto de devoluciones de las retenciones de autónomos el banco lo habría invertido en la deuda de la consulta en vez de hacerlo en la casa, como era intención de la pareja que ya daba por perdido el negocio.

miércoles, 9 de octubre de 2013

EL CONSTITUCIONAL AVALA QUE LOS JEFES VIGILEN EL CORREO DE SUS EMPLEADOS


El Constitucional avala que los jefes vigilen el correo de sus empleados

El tribunal legitima la vigilancia tomando como norma un convenio colectivo

La empresa sospechaba que el empleado pasaba información a la competencia

Los tribunales habían avalado, hasta ahora, que las empresas pudieran vigilar el correo electrónico que facilitan a sus trabajadores siempre que, previamente y a través de una circular, hubieran advertido del control al que podían estar sometidos y hubiesen alertado de la prohibición de utilizar los medios informáticos para fines ajenos a los laborales. El Tribunal Constitucional ha dictado una sentencia que exime a los empresarios de realizar esa advertencia previa y toma como única referencia un convenio colectivo que prohíbe “la utilización de los medios informáticos propiedad de la empresa para fines distintos de los relacionados con el contenido de la prestación laboral”.
El Tribunal Constitucional considera que con esa advertencia el trabajador no podía tener “una expectativa fundada y razonable de confidencialidad respecto al conocimiento de las comunicaciones mantenidas por el trabajador a través de la cuenta de correo proporcionada por la empresa”. Así, considera que no se ha vulnerado ni su derecho al secreto de las comunicaciones ni su derecho a la intimidad. De hecho, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos señala ese límite de “expectativa razonable de intimidad” para considerar que se ha vulnerado el derecho fundamental.
“Con esta nueva sentencia, el Constitucional se aparta de la doctrina que existía hasta ahora y utiliza el convenio colectivo como única advertencia a los trabajadores de la posibilidad de que su empresa les someta a ese control”, señala Esther Carrizosa, profesora de Derecho del Trabajo y experta en Derechos Fundamentales de los trabajadores en la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla.
Fuentes de UGT han señalado que si un convenio colectivo es suficiente para limitar ese derecho fundamental del secreto en las comunicaciones, la vigilancia sobre los correos electrónicos de los trabajadores se podría extender a todo el colectivo, ya que el Estatuto de los Trabajadores señala que “el empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales”. Carrizosa entiende, sin embargo, que el Estatuto de los Trabajadores es demasiado genérico para “legitimar la injerencia en el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones”.

Los límites del derecho fundamental a la intimidad

  • Los derechos fundamentales recogidos en la Constitución tienen límites. Unos pueden colisionar con otros y los tribunales determinan cuál prevalece. Para la intromisión en un derecho fundamental, la medida adoptada ha de cumplir unos requisitos de proporcionalidad que se enumeran en la nueva sentencia del Constitucional.
  • El acceso a los correos fue “justificado”, puesto que su práctica “se fundó en la existencia de sospechas de un comportamiento irregular del trabajador”.
    E Fue una medida “idónea”, ya que con el control sobre las comunicaciones del empleado, la empresa pudo verificar que “el trabajador cometía efectivamente la irregularidad sospechada: la revelación a terceros de datos empresariales de reserva obligada”.
  • “La medida podía considerarse necesaria”, esgrime el tribunal en su fallo “dado que, como instrumento de transmisión de dicha información confidencial, el contenido o texto de los correos electrónicos serviría de prueba de la citada irregularidad ante la eventual impugnación judicial de la sanción empresarial”, que fue el despido.
  • Además, el copiado del disco duro del trabajador ha sido considerado por el Constitucional como una medida “ponderada y equilibrada” porque se realizó con garantías, a través de la intervención de perito informático y notario.

En el caso sentenciado por el Constitucional, Alberto trabajaba en una empresa del sector químico dedicada a la actividad químico-industrial de obtención de alcaloides (morfina, codeínas). La industria cultivaba la planta adormidera y, posteriormente, trataba la cosecha en sus instalaciones industriales.
El 17 de junio de 2008, la empresa requirió la presencia de un notario que certificara la copia del disco duro del empleado realizada por un técnico. En él se encontraron correos electrónicos en los que había transmitido todos los datos relativos a la previsión de la cosecha de 2007 y 2008 a otra entidad, lo que la empresa consideró una “conducta de máxima deslealtad”, por la que le despidió.
El control se extendió al teléfono móvil propiedad de la empresa. Sin embargo, el despido a Alberto solo pudo basarse en lo encontrado en su ordenador porque el convenio del sector no hace referencia al uso del teléfono, y, dado que no se establecieron previamente las reglas para su utilización, esas pruebas fueron rechazadas por ser contrarias a su derecho a la intimidad.
El caso es que Alberto había pasado información a la competencia y, aunque el uso del ordenador para fines ajenos al trabajo está penalizado en su convenio colectivo como una falta leve, fue despedido. Aún así, el fallo del Constitucional no entra a valorar lo que se encontró en los mensajes del trabajador sino el hecho de que se accediera a los mismos.
Luis Coll de la Vega, abogado laboralista que llevó el caso del demandante, lamentó ayer el fallo del Tribunal Constitucional. A su entender, la empresa —que carece de convenio específico— debería haber prohibido expresamente el uso del correo electrónico para fines particulares. “Hasta ahora yo pensaba, como muchos colegas, que era necesario un protocolo específico de la compañía en el que se notificaran cuáles son las normas, pero la sentencia remite al convenio sectorial”, explicó el letrado. “La mayoría de los trabajadores, ni lo conocen”, añadió.
Coll sostiene que el hecho de que en un convenio sectorial aparezca como falta leve el uso de las herramientas informáticas para fines no profesionales no debe dar lugar al despido del empleado, sino a que sea sancionado por haber incumplido dicha norma. “Además, aquí la cuestión no es simplemente si el conocimiento del contenido de los mensajes de mi cliente vulnera su derecho a la intimidad porque en ellos aparezcan datos de su vida personal, sino si la empresa puede acceder al correo. El Constitucional afirma que en este caso sí fue legítimo”, según el abogado. “Hasta donde yo sé, la mayor parte de convenios sectoriales no recogen la prohibición de emplear los medios informáticos para usos particulares. La normativa de Industrias Químicas es muy extensa, incluye dos o tres páginas de descripción de conductas sancionables”, considera Coll. “Como mucho, algunos convenios de empresa establecen que es falta grave la utilización de las herramientas de la compañía para uso particular, pero este punto se refiere normalmente al empleo de enseres que son propiedad de la empresa, no a la informática”, concluyó.
Los argumentos del Constitucional indican que la medida de acceder a los correos electrónicos del empleado cumplen los requisitos para su adopción. Y señala que la vigilancia de su comunicación fue justificada, idónea, ponderada y equilibrada.

El razonamiento del Tribunal

Atendidas las circunstancias del supuesto, frente a la alegación del recurrente, tampoco apreciamos que el acceso por la empresa al contenido de los correos electrónicos objeto de la controversia haya resultado excesivo o desproporcionado para la satisfacción de los indicados objetivos e intereses empresariales. Al respecto, a la luz de nuestra doctrina sobre el carácter no ilimitado del derecho a la intimidad en su colisión con otros intereses constitucionalmente relevantes, debemos recordar que ―para comprobar si una medida restrictiva de un derecho fundamental supera el juicio de proporcionalidad, es necesario constatar si cumple los tres siguientes requisitos o condiciones: si tal medida es susceptible de conseguir el objetivo propuesto (juicio de idoneidad); si, además, es necesaria, en el sentido de que no exista otra medida más moderada para la consecución de tal propósito con igual eficacia (juicio de necesidad); y, finalmente, si la misma es ponderada o equilibrada, por derivarse de ella más beneficios o ventajas para el interés general que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto (juicio de proporcionalidad en sentido estricto)‖ (STC 96/2012, de 7 de mayo, FJ 10; o SSTC 14/2003, de 28 de enero, FJ 9; 89/2006, de 27 de marzo, FJ 3).
Aplicando similar razonamiento al seguido en nuestra STC 186/2000, de 10 de julio, FJ 7, relativa a la instalación de un circuito cerrado de televisión en el lugar de trabajo, con igual conclusión a la allí alcanzada, ha de afirmarse aquí que el acceso por la empresa a los correos electrónicos del trabajador reunía las exigencias requeridas por el juicio de proporcionalidad. Se trataba en primer lugar de una medida justificada, puesto que, conforme consta en la sentencia de instancia, su práctica se fundó en la existencia de sospechas de un comportamiento irregular del trabajador. En segundo término, la medida era idónea para la finalidad pretendida por la empresa, consistente en verificar si el trabajador cometía efectivamente la irregularidad sospechada: la revelación a terceros de datos empresariales de reserva obligada; al objeto de adoptar las medidas disciplinarias correspondientes. En tercer lugar, la medida podía considerarse necesaria, dado que, como instrumento de transmisión de dicha información confidencial, el contenido o texto de los correos electrónicos serviría de prueba de la citada irregularidad ante la eventual impugnación judicial de la sanción empresarial; no era pues suficiente a tal fin el mero acceso a otros elementos de la comunicación como la identificación del remitente o destinatario, que por sí solos no permitían acreditar el ilícito indicado. Finalmente, la medida podía entenderse como ponderada y equilibrada; al margen de las garantías con que se realizó el control empresarial a través de la intervención de perito informático y notario, ha de partirse de que la controversia a dirimir en este recurso se ciñe a los correos electrónicos aportados por la empresa como prueba en el proceso de despido que fueron valorados en su decisión por la resolución judicial impugnada: en concreto, los relativos a datos sobre la cosecha de 2007 y 2008. No consta en las actuaciones que el contenido de estos mensajes refleje aspectos específicos de la vida personal y familiar del trabajador, sino únicamente información relativa a la actividad empresarial, cuya remisión a terceros, conforme a la sentencia recurrida, implicaba una transgresión de la buena fe contractual. De ahí que, atendida la naturaleza de la infracción investigada y su relevancia para la entidad, no pueda apreciarse que la acción empresarial de fiscalización haya resultado desmedida respecto a la afectación sufrida por la privacidad del trabajador. En consecuencia y como ya se ha indicado, una vez ponderados los derechos y bienes en conflicto en los términos vistos, este Tribunal considera que la conducta empresarial de fiscalización ha sido conforme a las exigencias del principio de proporcionalidad.

EE.UU. ARRESTAN A CONGRESISTAS QUE APOYABAN LA MANIFESTACION DE LA REFORMA MIGRATORIA


Arrestan a congresistas que apoyaban la reforma migratoria

Un grupo de ocho miembros del Congreso de EE.UU. fue arrestado hoy frente al Capitolio en un acto de desobediencia civil a favor de una reforma migratoria integral para la legalización de la población indocumentada en Estados Unidos.


El congresista por Nueva York Charles Rangel es arrestado por agentes del capitolio tras la manifestación en favor de la reforma migratoria.  Foto: AP
Entre los arrestados están los demócratas Luis Gutiérrez (Illinois) y John Lewis (Georgia), cofundador del movimiento de los derechos civiles en la década de los sesenta; además de los congresistas por Nueva YorkCharles Rangel y Joe Crowly, el legislador por Arizona Raul Grijalva, y el representante por Minesota Keith Ellison, todos ellos también demócratas.
Los seis líderes delCongreso, entre más de un centenar de activistas, algunos de ellos sentados en la calle, se unieron a los actos de desobediencia civil dispuestos a ser arrestados en protesta por la falta de determinación de sus colegas de la Cámara de Representantes para aprobar un texto bipartidista.
Desde el mediodía, con consignas como "¡Sí se puede!" y "Se ve, se siente, el pueblo está presente", los activistas comenzaron a llenar el "Mall", el parque central entre el monumento a Washington y el Capitolio, ondeando banderas de Estados Unidos.
Cierre del Gobierno afecta a numerosas familias en EE.UU.Haz clic para ver el video en Terra TV
Cierre del Gobierno afecta a numerosas familias en EE.UU.
La meta es denunciar nuevamente las rupturas de las familias inmigrantes enEstados Unidos debido a las deportaciones y exigir que elCongreso apruebe de una vez una reforma migratoria que legalice a los once millones de indocumentados en este país.
El acto de desobediencia civil fue la culminación de esta jornada de protesta en la que participaron miles de personas y que además incluyó un concierto gratuito de los artistas Lila Downs y la banda de música norteña mexicana Los Tigres del Norte.

EUROPA INVESTIGA LAS AYUDAS AL REAL MADRID, VALENCIA, HERCULES Y ELCHE


Europa investiga las ayudas públicas al Real Madrid, Valencia, Hércules y Elche


¿Es lícito que los clubes de fútbol reciban ayudas públicas o tengan determinados privilegios? Según Bruselas, no. Por ello, la Comisión Europea investiga si cuatro equipos españoles han sido ayudados por el Gobierno en los últimos años. Se trata del Real Madrid, el Valencia, el Hércules y el Elche. Así lo afirma la CE en una respuesta del vicepresidente europeo y comisario de Competencia, Joaquín Almunia, a una pregunta de los diputados Ramon Tremosa (CiU) e Izaskun Bilbao (PNV), que habían preguntado a los organismos comunitarios sobre las posibles ayudas estatales al fútbol.
En el año 2009, las autoridades comunitarias comenzaron pesquisas sobre la situación de los cuatro clubes españoles que no son sociedades anónimas, al recibir quejas de que podrían estar recibiendo trato de favor en detrimento de sus rivales. Estos equipos serían el Real Madrid, el Barcelona, el Athletic de Bilbao y el Osasuna. Pero la investigación derivó por otros derroteros y acabó en los cuatro equipos citados, según desveló el vicepresidente de la CE y comisario de competencia.
Los dos eurodiputados españoles citados le dirigieron una pregunta para acabar con los rumores y conocer de primera mano qué equipos están siendo investigados por Bruselas. Y la respuesta de  Almunia fue directa y concreta:los tres clubes valencianos y el madrileño. Ni rastro, pues, del Barça, del vasco y del navarro.
La operación del Real Madrid que levanta sospechas en Europa es “una operación inmobiliaria”, que podría salpicar al Ayuntamiento de la capital. Según parece, esta operación a la que se refiere la contestación de la CE sería el traspaso de los terrenos para la construcción de un centro comercial y de ocio y un hotel de lujo. El tema viene de lejos: en 1996, el club y el Ayuntamiento madrileño llegaron a un acuerdo para realizar una gran operación inmobiliaria que afectaría al Santiago Bernabéu y a terrenos colindantes y a otros terrenos en el barrio de Las Tablas.
Se trataba, en definitiva, de un pelotazo urbanístico que podría suponer un negocio de 200 millones de euros para el equipo merengue. Ésa es la cantidad que tendrían que desembolsar los impulsores. Pero luego los beneficios serían estratosféricos. El actual ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, dio luz verde en sus últimos días como alcalde de Madrid a una operación que permitiría al Madrid cubrir el estadio de la Castellana, construir un centro comercial y un hotel y explotar un aparcamiento subterráneo de varios cientos de plazas. A cambio, el club se comprometía a convertir en parque un terreno colindante del Bernabéu y cedía varias parcelas en Carabanchel para equipamientos. Una bagatela, comparado con la explotación del nuevo centro comercial y el hotel, que generarían unos beneficios inimaginables.
La ce autoriza la compra de olympic air por la también griega aegean airlinesEn el caso del Valencia, la propia CE ya había avisado hace tiempo que el control de Bankia podía traer consecuencias, puesto que el club estaba siendo gestionado con dinero público. Una nota oficial emitida esta tarde por Convergència Democràtica de Catalunya (CDC) destaca que las autoridades europeas habían pedido a Bankia que vendiese el Valencia para“aligerar los costes del rescate bancario y las multimillonarias ayudas del Estado recibidas”.
Las autoridades europeas vigilan también la lenidad con que el Gobierno español trata a determinados clubes que mantienen importantes deudas con el fisco o con la Seguridad Social, aunque éste es un tema que trasciende fronteras y hay otros equipos europeos bajo la lupa de los investigadores.
Según CDC, la respuesta de Almunia de hoy “pone el foco de nuevo en lanecesidad de que los clubes de fútbol se rijan por las mismas normas de competencia y de ayudas estatales que el resto de los sectores”.
Además, Tremosa presentará un informa a Competencia que será debatido el próximo 17 de octubre en el que pide a la CE que investigue a los clubes que reciben créditos millonarios por parte de bancos que, a su vez, se hayan nutrido de ayudas estatales. Y pedirá, al mismo tiempo, que “todos los clubes que tengan deudas con Hacienda y la Seguridad Social las paguen, ya que la situación actual, en la que algunos equipos adeudan al Estado más de 200 millones de euros, representa una ayuda estatal indirecta que vulnera la libre competencia”.

CATALUNYACAIXA DESPIDE A UN TERCIO DE LOS EMPLEADOS


España: despiden a un tercio de empleados de CatalunyaCaixa

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Una entidad financiera de España, CatalunyaCaixa, ha anunciado este miércoles su intención de despedir entre 2400 y 4800 de sus empleados. 

Asimismo, prevén reducir los días laborales y los salarios de aquellos empleados que permanecerán trabajando en la entidad. 

El deterioro financiero del mencionado banco condujo a su nacionalización por parte de las autoridades españolas en el año 2011. 

La entidad ha recibido unos 10 mil millones de euros de un paquete de rescate valorado en 41 mil millones en 2012, concedido por el fondo de rescate de la zona euro, para recapitalizar los bancos más débiles del país ibérico. 

El banco CatalunyaCaixa está bajo el control del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), que planea venderlo posiblemente para finales del año en curso.
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ETIQUETAR TRANSGENICOS, MUEVE MILLONES DE DOLARES EN WASHINTON



El tira y afloja por etiquetar los trangénicos mueve millones de dólares en Washington




El estado de Washington se ha convertido en el campo de batalla legal entre los activistas que luchan por etiquetar productos con ingredientes genéticamente modificados y las compañías de transgénicos que se oponen a ello.



Las corporaciones de trangénicos Monsanto, DuPont Pioneer, Dow AgroSciences, Bayer CropScience y Grocery Manufacturers Association han recaudado junto con otros grupos comerciales 17,2 millones de dólares -cifra record para un estado-, en su campaña contra la Iniciativa I-522 que pretende obligar a los productores a etiquetar los alimentos genéticamente modificados. Por su parte, los partidarios de la iniciativa solo han recaudado 4,7 millones de dólares.  

Quienes se oponen a la iniciativa insisten en que las etiquetas harán creer por error a los consumidores que los ingredientes genéticamente modificados se distinguen de los productos tradicionales. 

"I-522 es una iniciativa compleja, costosa y engañosa que elevará el coste de los alimentos para los consumidores del estado de Washington en un momento en que pocos pueden pagarlo", dijo Brian Kennedy, de la asociación de Grocery Manufacturers. 

Por su parte, los partidarios de la nueva normativa insisten en su derecho de saber lo que están comiendo. "La campaña no es sobre si los productos genéticamente modificados son buenos o malos, es solo sobre proporcionar más información a los consumidores", comenta la activista Elizabeth Larter.   

La iniciativa será votada en Washington el 5 de noviembre. En 2013, según Katey Parker, una activista que apoya la iniciativa, un total de 26 estados de EE.UU. han aprobado la legislación.
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" LOS PODEROSOS TENDRAN MIEDO CUANDO SE ENFRENTEN A LA DESOBEDIENCIA CIVIL ORGANIZADA"


"Los poderosos tendrán miedo cuando se enfrenten a la desobediencia civil organizada"

Entrevista a Teresa Forcades y Esther Vivas, impulsoras del Procés Constituent y autoras recientemente del libro 'Sense por' (sin miedo)

Teresa Forcades y Esther Vivas.
La doctora en Salud Pública por la Universidad de Barcelona, Teresa Forcades, monja benedictina en el monasterio de Sant Benet de Montserrat, y la periodista y activista Esther Vivas conversan en el libro Sense por (sin miedo) que acaba publicar Icaria Editorial. Ambas coinciden en la iniciativa del Procés Constituent, un movimiento que fue impulsado hace unos meses por la propia Forcades y el economista Arcadi Oliveres, vinculado a los colectivos cristianos de defensa de los Derechos Humanos, con la voluntad de crear una organización de izquierdas lo más unitaria posible que concurra a las próximas elecciones autonómicas. Este domingo celebran en Barcelona un acto central de presentación que se prevé multitudinario.
¿Por qué 'Sense por'?
Esther Vivas (E.V.): Porque pensamos que la gente está, parcialmente, comenzando a perder el miedo. Durante mucho tiempo nos han querido hacer creer que no había alternativas, que no se podía hacer nada para cambiar las cosas y, en estos momentos de situación crisis tan profunda, la gente empieza a ver la cara real del sistema capitalista. Hoy se ve que el capitalismo es incompatible con la vida, con la cobertura de las necesidades básicas de la gente y las personas se dan cuenta que esto no es solamente una crisis, sino que es una estafa, que nos han robado.
En los últimos tiempos hemos visto como la gente ha empezado a desobedecer masivamente. El propio 15-M fue un acto de desobediencia civil masiva. Hemos visto cómo la gente ocupa viviendas vacías de bancos y se las da a personas que han sido desahuciadas. La gente ocupa los vestíbulos de los hospitales, escuelas, supermercados... y estas acciones cuentan con el apoyo de amplios sectores de la sociedad, que está más de acuerdo con aquellos que ocupan, se indignan, se rebelan y desobedecen que con los que recortan. Por eso decimos "sin miedo", porque la gente está empezando a perder el miedo ya desafiar al poder. Ante la legalidad del sistema anteponemos la legitimidad de la calle, de la lucha y de los derechos y las necesidades de la gente.
Hablan de crisis del capitalismo, pero siempre se ha salido de crisis anteriores. ¿También se saldrá de esta?
Teresa Forcades (TF): El capitalismo crea estas crisis de forma continuada. No se pueden considerar una sorpresa. El ciclo capitalista se basa en una explotación humana y de los recursos que genera estas crisis y que se pueden analizar en el curso de la Historia. En este momento, la diferencia es que algunos de los recursos planetarios están a punto de desaparecer y, por tanto, desde el punto de vista ambiental -a no ser que se descubra una nueva fuente de energía o un nuevo planeta, algo que ha pasado antes en la Historia- hay un límite. En esta cuestión ambiental hemos tocado techo.
En la cuestión social, desgraciadamente el capitalismo se puede inventar un nuevo sistema para continuar tratando a las personas como mercancías y, por tanto, no estaríamos ante la última crisis del capitalismo.
¿La democracia actual permite el éxito de propuestas alternativas como la vuestra?
TF: En el marco del capitalismo, no. Nuestra propuesta tendrá éxito si es capaz de impulsar y activar la subjetividad política de la mayoría social descontenta por una ruptura. Lo que debe estar muy claro es que el proyecto que proponemos de democracia real es inviable en el marco capitalista. El motivo no es otro que la premisa del capitalismo que el poder político debe estar sometido al económico. Si permitimos esto, es imposible la democracia real.
El libro habla de "vencedores y perdedores". ¿De momento, los vencedores son los que conforman el llamado 1% de la sociedad?
EV: Con las políticas actuales somos una gran mayoría los que salimos perdiendo, y hay una minoría, unas élites políticas y económicas, que están salido beneficiadas y que están utilizando la crisis como una oportunidad para recortar derechos sociales, laborales, económicos, democráticos. Incluso podríamos decir que las políticas que hoy se están aplicando han sido largamente planificadas y que utilizan la crisis como excusa.
Pero la gente se está dando cuenta de todo ello: que el Estado español es uno de los países donde las diferencias entre ricos y pobres son de las más grandes de Europa. Vemos como el hambre, que siempre habíamos asociado a los países del Sur, comienza a golpear a nuestra puerta. En Cataluña, el informe del Síndic (defensor del pueblo) contabilizaba 50.000 niños malnutridos, porque muchas familias no tienen los ingresos mínimos necesarios para comprar los alimentos que necesitan sus hijos para poder llevar a cabo una dieta sana, saludable y equilibrada. Estamos empezando a ver situaciones que asociábamos a países del Sur y que ahora pasan aquí. Pasa como consecuencia de las políticas que se hacen para salir de la crisis. Y, mientras tanto, unas minorías económicas están ganando mucho dinero con esta situación.
TF: Parece que el marxismo es un anacronismo. Nos dicen que ahora no hay una clase que posee los medios de producción y una clase trabajadora, que ahora sólo hay clase alta y clase baja. La confrontación económica oscurece la realidad. Es muy diferente tener la propiedad de los medios de producción que depender de la venta de tu capacidad de trabajo para tener un sueldo y lo que necesitas para vivir.
Si permites que haya la distribución entre personas que tienen la propiedad y otros que tienen que vender su capacidad de trabajo, se está generando una divisoria, que engendra después la acumulación de capital, que comenzó el siglo XVII y que hoy en día está en unos niveles que no se puede acumular mucho más. El 1% frente al 99% o como lo queramos expresar.
Esta lucha de clases existe y se debe hacer conscientemente. Y no hay que tener miedo a apelar a esta descripción por el fantasma de la realización histórica del marxismo en la Unión Soviética, donde hubo una dictadura. Mi postura personal es ir a favor de la iniciativa privada pero que se sitúe en un marco de procesos cooperativos, que no tiene nada que ver con el capitalismo y tampoco con que un comité central te diga qué tienes que hacer y aún menos que todos tengamos que estar a sueldo de un Estado paternalista.
¿Han perdido fuerza los movimientos sociales? Puede parecerlo.
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MAGISTRADO DEL TSJA: " NO SOMOS IGUALES ANTE LA LEY, EL PRIMERO EL REY" JOSE IGNACIO PEREZ VILLAMIL


José Ignacio Pérez Villamil, magistrado 
del TSJA: “No somos iguales ante la ley, 
el primero el rey”
José Ignacio Pérez Villamil en el Tribunal Superior de Justicia de Asturias. Foto / Eloy Alonso.
El magistrado José Ignacio Pérez Villamil (Luarca, 1952), uno de los que juzga a los políticos aforados en el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), considera que la clase política goza de privilegios inaceptables y lamenta que no todos seamos iguales ante la ley. Como ciudadano confiesa que es un indignado más. Es uno de los fundadores de la asociación Jueces para la Democracia.  Por Dani Ripa y Xuan Cándano.
La reforma del poder judicial parece incrementar la dependencia de la judicatura del poder político, incumpliendo las promesas del propio ministro de Justicia.
La Constitución establece un Estado de derecho y una división de poderes. Pero el judicial es incómodo, porque controla la actividad y comportamientos sociales, la legalidad de la acción de los Gobiernos, y juzga aquellos comportamientos de políticos que tengan una relevancia jurídico-penal. Hay una tendencia natural del poder ejecutivo a controlar al judicial. Puede ser entendible desde una visión corta del Estado, pero no es una visión responsable propia de un estadista en el largo plazo. El mantenimiento del Estado de derecho se basa en la distinta función que la Constitución establece para los distintos poderes del Estado. Este proyecto de Gallardón trata de alguna forma de controlar el órgano de gobierno de los jueces. En cuanto a la reforma del Código procesal penal, siendo necesaria, ya que data del siglo XIX, me parece que tiene un problema grave, ya que otorga la investigación casi en exclusiva al ministerio fiscal, apartando a los jueces. Eso no es malo ni bueno, pero lo que pasa es que, según su propio estatuto orgánico, el ministerio fiscal en España depende jerárquicamente del poder que lo nombra, que es el ejecutivo. Dice ese estatuto que el fiscal actúa bajo los principios de unidad y jerarquía y al fiscal general del Estado lo propone el Gobierno y lo nombra el rey, con lo cual depende del ejecutivo. La investigación quedaría capitidisminuida. Los jueces funcionamos bajo el principio de independencia, afortunadamente para los ciudadanos y el Estado de derecho, mientras que el fiscal funciona bajo el principio de dependencia, sin negar que son ciudadanos preparadísimos  que intentan hacer su labor bajo el principio de legalidad. Pero todos sabemos, y hay muestras recientes, que llegados a ciertos estadios de la investigación criminal en relación a ciertas personas que pueden incurrir en conductas delictivas, el ministerio fiscal, en cuanto cúpula o institución, puede incurrir en una cierta pasividad. Además, esta reforma limita de manera extremadamente notable el ejercicio de la acción popular por parte de la ciudadanía, recogido en la propia Constitución. La acción popular es una forma de participación ciudadana en la justicia, que además ha dado un gran resultado, y es un ejercicio muy sano por parte de la ciudadanía para depurar determinadas conductas, sobre todo cuando el ministerio fiscal se  mantiene inactivo. Hay muchos ejemplos recientes. Por ejemplo, la condena del juez Garzón por el Tribunal Supremo se debe al ejercicio de la acción popular, independientemente de quien la haya ejercido.
Las tasas que acaban de entrar en vigor, ¿demuestran que hay una justicia para ricos y otra para pobres?
De alguna manera sí. El ideal, como con la sanidad o educación, es que la justicia sea igual para todos. Pero no todos somos iguales, porque nacemos diferentes, unos en un sitio, otros en otro, y dentro del primer mundo unos nacen más iguales que otros. Y con la justicia sucede lo mismo. Aunque los jueces tratamos de lograr una solución justa con independencia de quien sean las partes. La resolución que tenemos que hacer es a lo largo de un proceso y eso viene predeterminado, primero, porque puedas iniciarlo. Pero la ley de tasas no facilita precisamente el acceso a la justicia a los menos favorecidos económicamente, todo lo contrario, lo imposibilita, mientras que la gran banca, las grandes empresas energéticas, tienen la sartén por el mango y cuentan con grandes servicios jurídicos integrados dentro de su presupuesto y ya descuentan esos costes, por lo que la ley de tasas no les afecta para nada. Esa ley sí que afecta al ciudadano consumidor, ya que no vas a entablar un pleito contra la suministradora eléctrica para reclamar 300 euros que crees que te han estafado cuando te van a costar las tasas 200. La justicia no es igual para todos porque ya no es igual en el inicio. No es lo mismo 200 euros para un consejo de administración de un gran banco que para un ciudadano. Tampoco es lo mismo en el desarrollo del proceso, los que más medios tienen pueden gozar de los mejores abogados y medios jurídicos, y eso al final determina la solución que el juez o el tribunal va a ofrecer. No somos iguales ni ante la justicia, ni ante la educación, sanidad, etc…
Privilegios y hartazgo ciudadano
La percepción de la ciudadanía ante el Caso Nóos va también por ahí, la Monarquía goza de privilegios.
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