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miércoles, 27 de noviembre de 2013

UN INFORME DE LA UNIDAD DE DELINCUENCIA ECONOMICA Y FISCAL INDICA QUE LAS EXPLICACIONES DE COSPEDAL NO SON CIERTAS


El informe de la UDEF prueba que las explicaciones de Cospedal no son ciertas.., y sí las acusaciones del juez Ruz
La policía judicial, a la que tuvo que 'amenzar' el magistrado para que 'soltara' el documento, demuestra que al arquitecto se le pagó al menos con 1.072.000 euros en negro



El informe que la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) entregó la semana pasada al juez Pablo Ruz es tan contundente y detallado que incluso, en sus conclusiones, realiza un detenido detalle de qué obras y cómo se fueron facturando por el arquitecto Gonzalo Urquijo planta por planta. Unas obras que, se recuerda, comenzaron en 2005 y concluyeron en 2010, periodo todo él en el que Mariano Rajoy era máximo responsable del PP, y que concluyeron siendo María Dolores de Cospedal secretaria general y, durante un tiempo, responsable directa además, como tesorera in pectore, de las cuentas del partido.
La UDEF da por probado que al arquitecto que hizo las obras de Génova el PP le pagó más de un millón de euros en b. Foto EFE
La UDEF da por probado que al arquitecto que hizo las obras de Génova el PP le pagó más de un millón de euros en b. Foto EFE
Al menos dos pagos con contabilidad en BEl informe, que explica cómo se realizaban cada uno de los pagos, contra qué cuenta y cómo, después de contrastar facturas, cheques y transferencias concluye que hay una parte que no se ha reflejado adecuadamente en los libros contables del PP, sino que hay una parte que se ha debido pagar con fondos no claros. En concreto, dice el informe de la UDEF en sus conclusiones, “en el periodo 2006 a 2008 resulta una aplicación de fondos por un montante de 1.072.000 euros (184.000 euros en el año 2006, y 888.000 euros en el año 2008)”. Dicho más en claro, el PP pagó esas cantidades en esos años echando mano, supuestamente, a una contabilidad B.
Recibi por 200.000 euros realizado por el arquitecto, que coincide con uno de los apuntes de Bárcenas en ´sus papeles'
Recibi por 200.000 euros realizado por el arquitecto, que coincide con uno de los apuntes de Bárcenas en ‘sus papeles’
Pero el documento tiene otra serie de conclusiones que no resultan menos llamativas. Por ejemplo, quiénes son los ‘responsables’ de los pagos por esta obra. La UDEF, y esto resulta clave, viene a demostrar qué personas eran las encargadas por parte del despacho del arquitecto Gonzalo Urquijo de participar en el día a día de las obras, además del propio arquitecto. Pero también, quiénes por parte del PP eran los que supervisaban los pagos.
Los ‘papeles’ de Bárcenas vuelven a demostrarse ciertosAsí, se puede leer en el informe de la policía judicial que “por la otra parte, el Partido Popular, se destaca la participación de Cristobal Páez Vicedo (gerente) y Antonio de la Fuente como las personas que mantenían un contacto directo con la empresa, y tomaban decisiones en cuanto a las reformas”. A Bárcenas se le da un papel sólo secundario, como la persona “encargada del control de los pagos a efectuar por las obras”.
Extracto del informe de la UDEF en el que se relativiza el papel de Luis Bárcenas en este asunto
Extracto del informe de la UDEF en el que se relativiza el papel de Luis Bárcenas en este asunto

Pero es que además este informe de la UDEF sirve como una prueba más de que los apuntes de Luis Bárcenas en sus famosos ‘papeles’ coinciden con la realidad que va demostrando la investigación del juez Ruz. O lo que es lo mismo, con el argumento doble de que los papeles de Bárcenas son reales, es decir que son ‘suyos’, y por otro que fueron realizados recogiendo un comportamiento ‘habitual’ en la contabilidad del Partido Popular.
“Corriente financiera de cobros y pagos al margen de la contabilidad remitida al Tribunal de Cuentas”Son estos razonamientos y estos indicios los que llevan al juez Ruz, al contrario de lo que pretende María Dolores de Cospedal, a la conclusión en su auto del pasado viernes “a nivel indiciario” de que hay una “presunta existencia por parte del Partido Popular de una cierta corriente financiera de cobros y pagos continua en el tiempo al margen de la contabilidad remitida al Tribunal de Cuentas”.
Sobre el documento de la UDEF conviene recordar que, como les contamos en ELPLURAL.COM el pasado día 20, el juez envió un escrito a los mandos de la policía judicial en las que, en un tono duro, les recordó que había pedido informes que no le llegaban y acabó escribiendo que “no habiéndose emitido aún el informe de avance interesado, y resultando el mismo imprescindible para la práctica de ulteriores diligencias de investigación” dirige un oficio a la UDEF, a la Brigada Central de Investigación de Blanqueo de Capitales y Anticorrupción en concreto, “a fin de que de forma urgente, y en todo caso, en el improrrogable plazo de TRES días, procedan a la presentación del meritado informe de avance” (el subrayado y las capitulares son del original).
También conviene recordar que en el PP da la sensación de que intentan ahora poner en duda la actuación del juez. O al menos así podría interpretarse el movimiento de María Dolores de Cospedal, que al tiempo que dice ‘respetar’ las decisiones judiciales, este lunes ‘llamaba’ en su auxilio a la Fiscalía, como les contamos en este periódico, para que le ayude a demostrar que los papeles oficiales del PP son ‘los papeles’, y que por tanto, lo demás, son ‘invenciones’.

domingo, 17 de noviembre de 2013

JUEZ ABSUELVE A PAREJA OKUPA DE UNA VIVIENDA DE BANKIA


Absuelta una pareja de ocupar la vivienda de un banco por su estado de necesidad

Un juez permite a un matrimonio permanecer en una casa de Villena propiedad de Bankia que ocuparon tras dar ella a luz a una niña prematura con problemas respiratorios El fallo argumenta que el bebé requiere de unas condiciones mínimas de salubridad




Un matrimonio demandante de empleo que no puede hacer frente a la vivienda al alquiler de la vivienda en la que reside. Tienen que irse de la casa tras reiterárselo la dueña por la deuda que arrastran. Ella, embarazada de su primera hija, da a luz a una niña prematura con problemas respiratorios. Él, que sabe hacer algunas chapuzas, se encarga de localizar una casa vacía y de arreglar las luces, grifería y recopilar algunos muebles con la ayuda de vecinos. Enero de 2013. La familia decide que ese será su nuevo hogar.

En esta situación se encontraban Félix y Rosa cuando una entidad financiera, propietaria del inmueble tras una ejecución hipotecaria, denunció al matrimonio por la vía penal por la ocupación de la del inmueble. 


La causa fue instruida por delito de usurpación de vivienda por un juzgado de Instrucción de Villena hasta llegar el juicio oral el pasado mes junio. Durante la vista oral, celebrada en un juzgado de lo Penal de Alicante y donde el acusado explicó al juez, Joaquín María Coromina, cómo transcurrió el proceso de asentamiento en la vivienda, el fiscal rebajó la pena solicitada para el matrimonio aunque mantuvo la acusación, por la que finalmente pidió tres meses de multa a razón de dos euros diarios. La defensa, ejercida por la letrada Clementina Sirera a través del turno de oficio, esgrimió al estado de necesidad de la familia y pidió la libre absolución por los condicionantes de este caso, donde se acreditó, según recoge la sentencia, que ambos acusados eran demandantes de empleo (él desde agosto de 2010 y ella desde diciembre de 2012) y donde se aportó la documentación médica del bebé y las recomendaciones de un facultativo que debía seguir la recién nacida, aquejada de anemia, apnea, preclampsia materna e infección respiratoria superior. 


El fallo plantea, por un lado, el derecho del banco a su propiedad y a su goce y disfrute y, por otro, el de un matrimonio sin trabajo y sin casa y con un bebé enfermo que debe vivir en unas condiciones mínimas de salubridad. «Sin duda, a la vista de los documentos médicos unidos a la causa, con el nacimiento del bebé con los problemas expuestos, resultaba atendible con preferencia al derecho de la propiedad, la vida e integridad física del prematuro, máxime teniendo en cuenta que aunque la meritada vivienda tenía propietario como consecuencia de una ejecución hipotecaria documentada en autos, la misma se hallaba vacía», argumenta el fallo, al que ha tenido acceso este diario.


El magistrado apela, asimismo, al «estado de necesidad» de la familia y al principio de libre valoración –basado en la apreciación de la conciencia– para emitir un veredicto absolutorio contra ambos acusados al entender que el matrimonio no tiene responsabilidad penal por ocupar la casa, sin perjuicio de que en otras vías se puedan reclamar otros supuestos no penales. De hecho Bankia, titular del inmueble, podría solicitar aún el desahucio judicial por la vía civil. De momento, no ha recurrido la sentencia.
Un «apaño» digno


«Yo le expliqué al juez en el juicio que los del banco tendrían que dar gracias de que estemos nosotros allí, porque he arreglado la luces y la grifería, he puesto escayola y unos muebles con ayuda de vecinos. Porque en esa casa se lo llevaron todo: cobre, puertas, manivelas... ¡Vamos! me tenía que hacer un apaño digno». Quien habla es Félix, que relata a este diario cómo se las tuvo que ingeniar junto a su mujer y una niña de camino que nació antes de lo previsto. «Yo me tenía que buscar la vida y la casa estaba vacía», añade sin tapujos. Por su parte, Cáritas les da leche y ayuda con los pañales

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domingo, 3 de noviembre de 2013

PREPARAN UNA NUEVA CITACION PARA LA INFANTA CRISTINA


El juez prepara una nueva citación para la infanta Cristina



  • Decenas de papeles pueden probar que la hija del Rey se benefició de las irregularidades de su marido
  • El fiscal sigue sin ver materia para mantener la acusación en un juicio, pero valora no oponerse a la declaración, porque cree que Castro esta vez no va echar marcha atrás


La infanta Cristina y su esposo, Iñaki Urdangarin, atienden a la prensa.. efe

La prueba documental ya es vastísimaInformes policiales, declaraciones de Hacienda, facturas, 'emails', actas de reuniones, escrituras, extractos bancarios, movimientos de tarjetas. Un buen número de papeles que el juez del caso Nóos, José Castro, como una hormiga, extrae con precisión quirúrgica de entre los más de 20.000 folios del sumario para volver a citar en breve a la infanta Cristina de Borbón como imputada. Son los papeles que apuntan a la existencia de un rosario de supuestas tretas, posibles trampas y pequeñas irregularidades que tocan, a veces de perfil a veces directamente, a la hija del Rey y que el magistrado quiere que ella explique en persona en los juzgados de Palma. Papeles que dan a entender que podría estar al tanto y haberse beneficiado de los 'pelotazos' de su marido, pero que la Fiscalía sigue sin verlos con suficiente fundamento para mantener una acusación seria durante un juicio. Son los documentos que Anticorrupción examina hasta la extenuación antes de decidir, cuando el magistrado le pregunte en unos días qué hacer con la infanta, si se opone o no a una citación que, en cualquier caso, va a ser muy difícil de frenar por la tozudez del instructor, empeñado en ver a Cristina de Borbón hacer el paseíllo hasta el juzgado. Aunque sea solo por los delitos de fraude o blanqueo, los únicos por los que le permite acusar la Audiencia Provincial. 

AIZOON, CONTROL EN LA SOCIEDAD

Los papeles más comprometidos para la hija del Jefe del Estado son los referidos a la empresa de la que es coopropietaria al 50% junto a su marido. Su defensa siempre ha sostenido que ella nada tenía que ver con esa sociedad que sirvió para desviar a bolsillos privados 897.554 euros de dinero público conseguido por Nóos. Pero las pruebas documentales para rebatir esa afirmación se acumulan. 

Cristina de Borbón participó en todas las reuniones de la Junta General Ordinaria de Aizoon, desde su nacimiento hasta la actualidad, según las actas que firmaba su marido. En esos encuentros se aprobaban por unanimidad de los socios unas cuentas a las que la hija del Rey dio el visto bueno. En esas mismas juntas, en las que aparece la firma de Cristina de Borbón, entre otras cosas, se avaló que Urdangarin defraudara facturando a la sociedad dinero que obtenía por sus trabajos profesionales. 

Ella, y así también lo confirman los dosieres de la Agencia Tributaria, fue titular de la primera cuenta a nombre de Aizoon que se abrió en 2003. Giró facturas contra esa firma como si fuera un proveedor externo por valor de 3.828 euros. Hay papeles del fisco que demuestran que en una cuenta compartida con su marido recibió más de 47.000 euros de Aizoon sin contraprestación alguna. Es más, la infanta tenía acceso a otro depósito al que se desviaron en 2007 al menos 150.000 procedentes de la inmobiliaria familiar y cuyo origen sigue siendo una incógnita, aunque todos los informes del sumario dan por hecho que eran fondos opacos. 

Cristina de Borbón, apuntan los papeles del sumario, recibía cada semana desde las arcas de Aizoon pagos de entre 600 y 700 euros sin más concepto que "su factura". 

GASTOS PERSONALES, FACTURAS Y TARJETAS

Si comprometedores son los documentos que prueban que tendría acceso a las cuentas de Aizoon como si fuera una gestora más, aún más delicadas son las facturas de la compañía. Como la que constata que la sociedad pagó sus cursos profesionales de "asesoramiento" y "coaching" desde 2005 a 2007. En total, casi 8.000 euros. 

O como las que prueban que el matrimonio usaba la inmobiliaria fantasma para cargar gastos personales para desgravar, entre ellos viajes de lujo con habitaciones de hotel de 1.720 euros la noche en Roma, comidas, safaris y hasta libros infantiles para sus hijos. 

Difícil de explicar también para la defensa de la infanta es como, si ella era ajena a la empresa porqué los papeles del sumario Nóos constatan que usó durante siete años la Visa Oro Bussines de Aizoon para, entre otras cosas, pagar ropa para sus hijos, material escolar, floristerías, autopistas y comidas en restaurantes catalanes. 

PEDRALBES, CÚMULO DE IRREGULARIDADES

El palacete de Pedralbes, la que era la residencia de la infanta y su familia, es otro de los puntos débiles de su defensa habida cuenta las innumerables facturas, documentos y albaranes que prueban que elmatrimonio cargó de forma irregular para deducirse el IVA al menos 691.506 euros invertidos en la reforma de la mansión. Trabajos que se hicieron casi íntegramente con dinero que entró a Aizoon desde la trama Nóos. Y no solo eso, sino que el matrimonio se autoalquilaba esa casa. Es decir, los dueños de Aizoon, ellos mismos, se pagaron a sí mismos más de 47.000 euros, según los documentos de la Policía. 

NÓOS, RECIBIÓ DINERO DE LA TRAMA

La actas no dejan lugar a la interpretación.La infanta fue vocal de Nóos, la fundación usada para expoliar fondos públicos. Y lo fue entre 2004 y 2005, los años en los que se cerraron los mayores negocios con las administraciones balear y valenciana. Según su marido, su figura era solo decorativa y no participaba en los consejos ni estaba en el día a día de lo que ocurría en esa institución. Pero los papeles apuntan a otra cosa. 

Un informe de la Policía revela que una de sus cuentas privadas, ni siquiera compartidas con su marido, recibió a su nombre 12.671 euros procedentes de Nóos Consultoría, una de las sociedades usadas para desviar dinero público. Además, por las cuentas que compartía con su esposo pasó buena parte del dinero que salía de Nóos con rumbo al bolsillo de Urdangarin por trabajos jamás realizados. 

No tenía ninguna relación con Nóos, pero hay prueba documental de que al menos una de las declaraciones de Hacienda de la infanta fue confeccionada "ad hoc" por el contable de la trama, el abogado Miguel Tejeiro, cuñado de Torres. 

No hay papeles que demuestren que la infanta participaba en las reuniones de la cúpula de Nóos a pesar de ser miembro. 

Lo que sí hay en el sumario son dos 'mails' aportados por Diego Torres que apuntan a que sí que estaba al tanto de las actividades de su marido en el falso instituto sin ánimo de lucro y sus sucedáneos. En el primero de esos correos, fechado en octubre de 2007, Urdangarin comunica a Torres las gestiones que supuestamente la infanta hizo con el presidente valenciano, Francisco Camps, para que la fundación que sustituyó a Noos tuviera una base para un segundo barco español en la Copa América de Valencia. En el segundo correo, fechado en febrero de 2003, Urdangarin informa a su mujer de manera detallada de las gestiones que está haciendo con "clientes, colaboradores y amigos" para presentar en sociedad el Instituto Nóos. 

TRABAJADORES FICTICIOS, SERVICIO DOMÉSTICO

Según consta en varios informes, el matrimonio rumano Nonosel, que trabajaron como empleados del hogar en casa de los Urdangarin-Borbón aunque nominalmente eran parte de plantilla de Aizoon, confesaron que la infanta estuvo presente en su entrevista de trabajo en la que en principio se les ofreció trabajar en negro y luego, a la vista de las reticencias de los extranjeros, se les incluyó en la nómina de la inmobiliaria ficticia. El tema de los empleados fantasmas fue una constante para el matrimonio Urdangarin-Borbón a la vista de los documentos del sumario. En uno de esos informes, Hacienda revela que la empresa del yerno y la hija del Rey tuvo 15 trabajadores ficticios para defraudar a la Seguridad Social.

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jueves, 31 de octubre de 2013

LA JUEZ ARCHIVA EL CASO SOBRE EL BORRADO DE LOS DISCOS DUROS DE BARCENAS


La juez archiva el caso sobre el borrado de los discos duros de Bárcenas
La juez de instrucción número 32 de Madrid ha archivado hoy la investigación sobre la destrucción de los discos duros de los dos ordenadores que tenía en la sede del partido el extesorero del PP Luis Bárcenas, al considerar que los hechos no son constitutivos de ningún delito.
La juez archiva el caso sobre el borrado de los discos duros de Bárcenas

La juez de instrucción número 32 de Madrid ha archivado hoy la investigación sobre la destrucción de los discos duros de los dos ordenadores que tenía en la sede del partido el extesorero del PP Luis Bárcenas, al considerar que los hechos no son constitutivos de ningún delito.

Hace unos días, el fiscal de Madrid, en consonancia con la postura que mantenía la Fiscalía Anticorrupción, pidió este sobreseimiento al entender que en el borrado de los discos duros de Bárcenas no se ha cometido ningún delito de daños ni de encubrimiento.
FUENTE

DOCUMENTO: UNA JUEZ APUNTA A 3 EMPLEADOS DEL PP COMO POSIBLES ENCUBRIDORES DEL CASO BARCENAS


Una jueza apunta a tres empleados de confianza del PP como posibles encubridores en el 'caso Bárcenas'

La titular del Juzgado 49 de Madrid incoa diligencias por la querella contra la secretaria del tesorero, su cuñado y el jefe de informática
La acusación popular Observatori Desc acusa a los tres de obstruir la investigación de Ruz sobre la presunta financiación irregular del PP

El exjefe de seguridad de PP figuró como administrador de campaña pero no hizo nada
Las maniobras en el seno del PP para entorpecer la investigación del ‘caso Bárcenas’ están desde el pasado viernes más cerca de ser investigadas en un juzgado de Madrid. La magistrada Josefa Bustos ha ordenado incoar diligencias previas a raíz de la querella presentada por una acusación popular contra Antonio de la Fuente, exjefe de seguridad del PP y cuñado de Luis Bárcenas; la secretaria de este último, Estrella Domínguez; y el responsable de informática del partido, Javier Barrero. Los tres son señalados en la querella de Observatori Desc como posibles responsables de un delito de encubrimiento por haber impedido que distintos documentos originales fueran “conocidos y valorados” por el juez del ‘caso Bárcenas’, Pablo Ruz.
En un auto al que ha tenido acceso eldiario.es, la titular del Juzgado de Instrucción número 49 de Madrid afirma que los hechos trasladados por los querellantes “presentan características que hacen presumir la posible existencia de una infracción penal”. El Código Penal no incluye a las personas jurídicas como posibles autores del delito de encubrimiento, por lo que la querella fue dirigida contra los tres relevantes empleados de Génova y no contra el Partido Popular.
El cuñado de Bárcenas, Antonio de la Fuente, firmó un escrito presentado por el PP a Ruz en el que admitía haber destruido el libro de visitas de la sede de Génova amparándose en la Ley de Protección de Datos. Con ese registro, los investigadores podrían haber conocido la presencia en el edificio de empresarios que aparecen como donantes en los denominados ‘papeles de Bárcenas’ y que luego fueron adjudicatarios de contratos con la Administración. En su declaración del pasado 30 de septiembre, De la Fuente dijo a Ruz no recordar apenas nada de lo que eran sus competencias en 23 años como jefe de seguridad, ni haber visto a la inmensa mayoría de los empresarios por los que se le preguntó.
A resolver esa presunta financiación irregular del PP hubiera contribuido igualmente el contenido de las agendas de su extesorero Luis Bárcenas. Sin embargo, su secretaria en el partido, Estrella Domínguez, declaró ante Ruz haberse deshecho de las agendas de su anterior jefe a finales de 2012, al considerar que “ya no tenían importancia”. Domínguez lleva 38 años trabajando para los conservadores y asistió a Bárcenas durante 15.
El PP, además, entregó al juez dos ordenadores que habían sido utilizados por Bárcenas, uno formateado y el otro sin disco duro. El responsable del sistema informático del partido tampoco adoptó “cautela alguna” para evitarlo, denuncia Observatori Desc. Y eso que el borrado se realizó, según la Policía, seis días después de que Bárcenas entrara en prisión y muchos meses después de que fuera público y notorio que se le estaba investigando en relación con la presunta financiación irregular del partido. Barrero negó a eldiario.es ser el responsable del borrado de los discos duros.
Por todo ello, la acusación popular afirma en su querella que De la Fuente, Domínguez y Barrero, “con su comportamiento, y a sabiendas de la gravedad de los delitos por los que se investiga a Luis Bárcenas, impidieron que tales documentos originales fueran conocidos y valorados por el juez instructor, el ministerio Fiscal y las otras partes personadas" en el 'caso Bárcenas'.

Una segunda querella

Unos días después de la querella presentada por Observatori Desc, otro juzgado de instrucción de Madrid, el número 32, recibió una segunda, esta vez firmada por la acusación popular que encabeza Izquierda Unida en el ‘caso Bárcenas’. El hecho objeto de la querella es la destrucción de los discos duros por parte del PP y esta vez sí va dirigida contra el partido, ya que el delito informático es atribuible a una persona jurídica. La querella de IU solicitaba también la declaración como imputada de la actual tesorera del partido, Carmen Navarro, a la que atribuye un posible delito de encubrimiento.

En su auto del día 25, la titular del Juzgado de Instrucción 49, Josefa Bustos, requiere a su colega del 32 que le remita “certificación acreditativa” de los hechos por los que instruye la querella presentada por IU. Cuando la reciba, Bustos decidirá si inhibirse a favor del Juzgado 32, admitir a trámite la querella de Observatori Desc o rechazarla, aunque ya dice en su auto del pasado 25 que detecta indicios de delito.
La decisión de la jueza Bustos se conoce al día siguiente de que la Fiscalía de Madrid informara encontra de investigar la destrucción de los discos duros de los ordenadores de Bárcenas por parte del PP. El Ministerio Público también tiene la posibilidad de recurrir el auto de la jueza Bustos en los próximos días.

lunes, 28 de octubre de 2013

EL JUEZ DEL CASO BLESA DECLARA COMO IMPUTADO POR PREVARICACION AL ENCARCELAR AL BANQUERO


El juez del caso Blesa declara como imputado por prevaricación al encarcelar al banquero

El TSJM escuchará el miércoles al expresidente del Caja Madrid y a su abogado por los perjuicios que la actuación del magistrado les pudo ocasionar en la instrucción


El titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid, Elpidio José Silva, en una conferencia en el Ateneo de Madrid.
El titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid, Elpidio José Silva, vuelve este lunes por tercera vez al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), donde está citado para declarar como acusado por prevaricación y otros delitos cometidos en la instrucción de la causa contra el ex presidente de Caja Madrid Miguel Blesa. En las dos ocasiones anteriores, solicitó más tiempo para estudiar la causa. El magistrado Jesús Gavilán tiene previsto interrogar al que fuera instructor del caso Blesapor delitos de prevaricación, retardo malicioso en la Administración de Justicia y contra la libertad individual del banquero, al haber ordenado su ingreso en prisión en dos ocasiones por su gestión al frente de la entidad.
Los interrogatorios de Silva, quien se encuentra temporalmente suspendido de funciones desde finales de julio, se fijaron para el 2 y el 16 de octubre. Sin embargo, el compareciente solicitó un aplazamiento para tener tiempo para examinar la documentación de la causa contra Blesa.
El magistrado Gavilán escuchará el miércoles en calidad de testigos a Blesa y a su abogado Carlos Aguilar por los perjuicios que la actuación del juez Silva les pudo ocasionar durante la instrucción del caso, según informaron fuentes jurídicas.
La querella de la Fiscalía detalló que Silva habría cometido irregularidades que habrían llevado consigo la comisión de varios ilícitos penales durante la investigación del crédito de 26,6 millones a Díaz Ferrán y la compra del City National Bank de Florida. El fiscal pedía que declararan como testigos Blesa y su letrado, a quien imputó por obstrucción a la justicia aunque poco después archivó tales diligencias. Silva actuó en su contra al saber que Blesa había tenido conocimiento de que su teléfono fue intervenido, pero siendo "consciente" de que la escucha había sido acordada en un auto de su propio Juzgado. El interrogatorio que efectuó a ambos por este caso provocó "una vulneración clamorosa" de los derechos que correspondían al banquero, según la Fiscalía.
La querella presentada por la Fiscalía de Madrid se refiere a delitos de prevaricación, retardo malicioso en la Administración de Justicia y delitos contra la propiedad individual que habría podido cometer en varias decisiones sobre la investigación del crédito a Gerardo Díaz Ferrán y la compra del City National Bank de Florida, entre ellas la de enviar a Blesa a prisión incondicional el pasado 5 de junio. Silva se enfrenta hasta 40 años de inhabilitación.
La Audiencia Provincial de Madrid anuló el pasado 19 de junio la instrucción realizada por el juez Silva por el tema del crédito al considerar que el magistrado había convertido indebidamente el proceso contra Miguel Blesa en una "causa general en busca de los responsables de la crisis económica que atravesamos y su castigo". Dejó abierta sin embargo la puerta a que se sigan investigando los hechos relacionados con el City National.
En su querella, la Fiscalía argumenta que Elpidio Silva cometió un delito de prevaricación porque adoptó diversas resoluciones "que no pueden ser explicadas mediante ninguna interpretación razonable efectuada con los métodos usualmente admitidos en Derecho", imponiendo de esta forma "su propia voluntad y criterio sobre la interpretación racional de la ley". En este sentido, la Fiscalía repasa las decisiones del juez para la reapertura de las actuaciones contra Blesa por la concesión del crédito a Díaz Ferrán, dos años después de haber acordado su sobreseimiento y sin que durante ese periodo hubiera aparecido "nada nuevo que lo justificase". La Fiscalía considera así "ilógico e improcedente" el modo por el que Elpidio Silva reabrió el caso, justificando su "arbitraria decisión" en razón a criterios como la alarma social derivada de la crisis económica mundial y la implicación en la misma de las entidades financieras.
El Ministerio Público se querella además contra el magistrado por retardo malicioso por no dar trámite hasta dos meses después a los recursos interpuestos contra el secreto de las actuaciones acordado "con el fin de impedir a las defensas acceder al procedimiento", sin que a su juicio existiera "motivo legal alguno" para adoptar la medida. La Fiscalía también denuncia al juez por dos delitos contra la libertad individual en los dos autos en los que dictó prisión para Blesa, el primero de ellos bajo fianza de 2,5 millones de euros y el segundo sin fianza.
La querella argumenta que el magistrado adoptó esta medida contra Blesa a instancias únicamente del sindicato Manos Limpias, que justifica que no tenía condición de parte para realizar la petición, y aporta un auto que estableció la inadmisión de su personación como acusación particular por no tener la consideración de perjudicado en proceso.

jueves, 24 de octubre de 2013

VIDEO: JUEZ SILVA: " NO HAY VOLUNTAD DE ACABAR CON LA CORRUPCION"


El juez Silva: 'No hay voluntad de acabar con la corrupción'

 
  • "Muchas personas incrustadas en el sistema no creen en él", denuncia


El juez Elpidio Silva habla de corrupción. 



Dashiell Hammett habla de la corrupción en el sistema capitalista en 'Cosecha roja' (1929) y 'La llave de cristal' (1929), dos de sus novelas más apreciadas. Este miércoles, la ficción y la realidad de estos delitos volvieron a cruzar en Getafe esa difusa linde que tan a menudo les separa. Convocados por la presente edición de Getafe Negro, el juez Elpidio José Silva, la catedrática y escritora Reyes Calderón, el magistrado argentino Fernando López y el escritor Mariano Sánchez Soler -que actuó de moderador- debatieron sobre la corrupción. Tras una cita de Sánchez Soler a John Lecarré alusiva a lo intrínseca que están dichos manejos en el Estado, la charla no tardó en derivar hacia el estado de la cuestión en España.
Fue el propio juez Elpidio José Silva, imputado por varios delitos presuntamente cometidos durante la instrucción del 'caso Blesa', quien llevó el debate por estos derroteros. "El Estado tiene todos los medios para acabar con la corrupción. Nunca ha tenido tanto potencial para hacerlo. Tiene un aparato represivo intacto. Dicho esto, el reproche es aún mayor, porque el Estado no está a la altura de las circunstancias. En un estado democrático, para acabar con la corrupción, hace falta una instrucción clara y permanente".
Asimismo, el magistrado se refirió a la sumisión del poder judicial al ejecutivo y a "muchas personas incrustadas en el sistema español que no creen en él. Así es muy difícil trabajar. Un magistrado ha de ser como Ulises para luchar contra la corrupción".
En opinión de Reyes Calderón, "en España estamos en pañales en la lucha contra la corrupción. Pero estamos en ello. Por ejemplo, muchos de los medios que antes se utilizaban en la lucha contra el terrorismo, ahora se emplean en la lucha contra el blanqueo de dinero".
Por su parte, Fernando López recordó que en Argentina, "desde Menem, todos nuestros presidentes están condenados por corrupción". Ante este panorama, no es de extrañar que el magistrado se manifestara: "Si la corrupción es una enfermedad del sistema, puede tener cura. Pero, ¿si en vez de una enfermedad es una cualidad?".
Aunque a decir de Silva, en las dictaduras hay menos corrupción. "A Hitler no le hacía falta ser corrupto, era el dueño de todo. Cuando se murió sólo tenía en su cuenta los ingresos de 'Mi lucha'". En opinión de Sánchez Soler, "todo el franquismo era corrupción. Durante la Transición, en el barco ideal en el que todos navegábamos hacia el Olimpo democrático, no se denunciaron estas cosas, pero también las había. Una vez asentada la democracia, se empezó a denunciar".
"El sistema es bueno, pero si se mete dentro del sistema gente que no cree en él con una toga, un uniforme de policía o un cargo público, no hay sistema que aguante", continuó Silva.
"España no ha superado todavía las estructuras del franquismo. España no cree en este asunto, no hay una voluntad de acabar con la corrupción. El proceso penal no ha cambiado desde el franquismo. La Ley de Enjuiciamiento Criminal sigue siendo la misma", añadió el magistrado español. Silva también acusó la falta de medios de la justicia española y los impedimentos con los que topan sus instructores, a veces impelidos a requerir peritos que han trabajado con anterioridad para los implicados en las causas.
De la ficción ya no quedaba nada en el debate cuando Silva añadió: "Si me viene un corrupto con recursos y por otro lado me dicen que tengo que seguir llevando a la perfección todo el resto del juzgado, me están poniendo las cosas muy difíciles".

martes, 8 de octubre de 2013

EL JUEZ VALIDA TODAS LAS PRUEBAS DEL SUMARIO DEL CASO GURTEL



El juez Ruz valida todas las pruebas del sumario del "Caso Gürtel"


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El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha dado validez a todas las pruebas que constan en el sumario en el que se investigan las actividades de la trama 'Gürtel', al considerar que no fueron obtenidas a partir de las escuchas autorizadas por su antecesor, Baltasar Garzón, entre los líderes de la red, Francisco Correa y Pablo Crespo.


En un auto dictado este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 cierra una pieza sobre posibles nulidades que abrió en abril de 2010 el juez instructor del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), Antonio Pedreira, y avala las diligencias practicadas antes y después de que se autorizaran las escuchas, por las que en febrero de 2012 el Supremo condenó a Garzón a 11 años de inhabilitación.

De esta manera, el juez instructor avala todas las grabaciones que obran en el sumario, incluyendo la conversación en la que Correa reconocía al exconcejal del PP en el Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid) José Luis Peñas que había "llevado mil millones de pesetas" al extesorero Luis Bárcenas; el 'pen drive' con la contabilidad B de la trama incautado al contable, José Luis Izquierdo; y la documentación intervenida en varios registros.

Ruz, que ha rechazado la pretensión de nulidad solicitada por las defensas de los principales acusados en este procedimiento, se basa en la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo para explicar que no existe "causalidad" entre las grabaciones autorizadas por Garzón, que fueron realizadas entre febrero y mayo de 2009, y el resto de pruebas del sumario.

De la misma manera, el auto recuerda que el volcado de las grabación entre Peñas y Correa, que inició las investigaciones, se hizo cumpliendo todas las garantías y que un informe pericial ordenado por el TSJM avala "la falta de alteración o modificación de los archivos originales".

La única diligencia que, según el juez Ruz, se practicó a partir de las conversaciones que Correa y Crespo mantuvieron en prisión con sus abogados fue el registro de sus celdas en la cárcel de Soto del Real (Madrid), del que, además, no se obtuvo material probatorio relevante, según informaron fuentes jurídicas.

En su auto el instructor argumenta que las grabaciones anuladas no se produjeron en el origen ni en el momento inicial de la investigación sino "en un momento "ulterior donde ya se habían acordado diligencias como intervenciones telefónicas, entradas y registros domiciliarios (con incautación del vasto policial actuante y unidades periciales de auxilio judicial) y otras derivadas".

Considera que la nulidad de la totalidad de la instrucción del caso "carece de fundamento", toda vez que "difícilmente podrá argumentarse la existencia de una relación o conexión de causalidad entre las intervenciones de las comunicaciones en prisión declaradas ilícitas y el amplio conjunto de diligencias y actuaciones practicadas en fecha anterior y que convierte en estéril e innecesario el debate".

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal validó en junio pasado las grabaciones entre Peñas y Correa argumentando que el supuesto analizado no se puede equiparar a la técnica periodística de "cámara oculta" porque en este caso no medió "el engaño ni la presión ni se han extraído datos que afecten a la zona mas intrínseca de la personalidad".

La nulidad fue solicitada por las defensas de Correa; su número dos, Pablo Crespo; y el testaferro del primero, Antoine Sánchez; al que se adhierieron las representaciones del extesorero del Partido Popular (PP) Luis Bárcenas y otros seis imputados. De igual forma confirma el auto que el instructor, Pablo Ruz, dictó en mayo pasado.
FUENTE

domingo, 6 de octubre de 2013

ESPAÑA: UN JUEZ ANULA LOS INTERESES DE DEMORA HIPOTECARIOS POR ABUSIVOS


Un juzgado anula unos intereses de demora hipotecarios por abusivos

La póliza suscrita por una pareja de Valencia establecía un 29% que el juez deja en cero


El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Valencia ha anulado una cláusula hipotecaria que fijaba unos intereses moratorios del 29% y que una entidad financiera pretendía cobrar a un matrimonio valenciano, tal y como constaba en la póliza del préstamo suscrito. Así, ha dejado directamente este interés "a cero" en una resolución que puede generar jurisprudencia, según ha explicado en declaraciones a Europa Press el letrado Mario Gil, representante de la pareja afectada.
El caso se remonta al 11 de junio de 2013, cuando el magistrado, de oficio, ante una demanda de ejecución hipotecaria, dio un plazo a las partes -el matrimonio y el banco- para que pudieran presentar alegaciones respecto de la posibilidad de declarar alguna cláusula del contrato de préstamo como abusiva.
El magistrado adoptó esta medida a partir de diversas sentencias delTribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) que declaran el control de oficio por parte del órgano judicial, sin necesidad de previa alegación del consumidor del carácter abusivo de una cláusula, según consta en un auto con fecha 8 de julio.
Entre otras resoluciones, se remitió a un auto de la Audiencia de Barcelona, que planteó ante el TJCE una cuestión prejudicial respecto de la posible declaración de oficio de la nulidad de los intereses de demora por el juez al admitir una demanda de proceso monitorio. Esta cuestión fue resuelta en junio de 2012, admitiendo la posible declaración de oficio de la nulidad de las cláusulas abusivas sin necesidad de que lo hayan invocado las partes, excluyendo el pago de cualquier tipo de interés en virtud de las cláusulas que hubieran sido declaradas nulas.
Así, se justificaba que el juez pudiera entrar de oficio a conocer sobre la posible nulidad de las cláusulas contenidas en el contrato que sirviera de título para la demanda ejecutoria, valorando la nulidad del mismo cuando los datos comunicados por la parte fueran suficientes para hacer este pronunciamiento, o pidiendo información complementaria en el caso en que se considerase.

Intereses "ciertamente elevados"

En este caso en concreto, el juez señala que habida cuenta que el contrato suscrito por las partes hace indicación de unos intereses moratorios "ciertamente elevados", indica que hay que valorar dónde se fija el límite de lo abusivo, para lo que se remite a la Ley 1/2013, que fija el límite de la licitud en tres veces el interés legal del dinero.
Por ello, estima abusivo el interés fijado a este matrimonio, que se situaba en el 29%. Así, el juez decide declarar la nulidad de esta cláusulas y examinar sus consecuencias. Y al respecto, se remite a diversa jurisprudencia y señala que el tribunal nacional no puede modificar ni integrar el contenido de la cláusula tras declararla nula por abusiva, pues resulta que los jueces están obligados "únicamente" a dejar sin aplicación la cláusula contractual abusiva a fin de que ésta no produzca efectos vinculantes para el consumidor, pero no están facultados para modificar el contenido de la misma.
La consecuencia de este criterio en este caso es que -según apunta-, eliminada del contrato las cláusulas de intereses moratorios, a la vez que prohibida la integración del contrato en esta vertiente, la parte ejecutante -el banco- no tendrá derecho a percibir tal tipo de interés. Por todo, declara la nulidad de la cláusula fijada en el contrato de préstamo y relativa al interés moratorio, y requiere al banco para que en el plazo de 10 días presente nueva liquidación en la que no debe constar cantidad alguna que derive directa o indirectamente de intereses moratorios.

viernes, 4 de octubre de 2013

SUSPENDIDO EL JUEZ DEL CASO BLESA


El Supremo confirma la suspensión cautelar del Consejo General del Poder Judicial para el juez Silva


El Supremo confirma la suspensión cautelar del Consejo General del Poder Judicial para el juez Silva
El Tribunal Supremo ha rechazado la solicitud del juez Elpidio José Silva para que levantase provisionalmente la sanción de suspensión por cuatro meses de sus funciones que el Consejo General del Poder Judicial le impuso el pasado mes de julio.
La suspensión de cuatro meses implica que durante este tiempo Silva no puede encargarse de los asuntos de su juzgado, entre ellos el Caso Blesa, en el marco del cual ordenó la prisión preventiva para el ex presidente de Caja Madrid, Miguel Blesa, ya en libertad.
Lo que el juez pedía al Supremo es que, en tanto no resuelve sobre el fondo del recurso que ha presentado contra la sanción, la deje sin efecto y le permita reincorporarse a su puesto.
Pero la resolución del Supremo mantiene por ahora la decisión del pleno del CGPJ de suspenderle por dos faltas muy graves y otra grave cometidas en el ejercicio de sus funciones.
La Sección Séptima de lo Contencioso Administrativo del Supremo, ante la cual recurrió Elpidio Silva la sanción, responde al juez que se trata de una decisión no "irreversible", de modo que en caso "de triunfar en su recurso" el juez será restituido "en todos sus derechos".
"Respecto al honor de un juez sometido a procedimiento disciplinario", dice también la Sala, "la resolución que se combate aparece motivada de forma razonable, lo que aconseja la desestimación de la pretensión" del recurrente.
Silva podría haber cometido las dos faltas muy graves al no motivar convenientemente sus sentencias y por desatención continuada de sus responsabilidades, mientras que a ello se suma una posible falta grave de desconsideración hacia el Ministerio Fiscal.
Por la primera de ellas se suspendió a Silva siete días y por la segunda cuatro meses, mientras que por la falta grave se impuso una multa de 600 euros.
El juez Silva se encuentra apartado de la instrucción de la causa en la que investigaba la concesión de un crédito de 26,6 millones de euros por parte de Caja Madrid al Grupo Marsans.
Por otro lado, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) instruye una querella de la Fiscalía contra Silva por cuatro delitos, presuntamente cometidos durante su instrucción del "Caso Blesa", lo que podría acarrearle 40 años de inhabilitación.
Silva debía haber comparecido el 2 de octubre en esta causa, pero su declaración fue aplazada hasta el próximo día 16 para que su abogado tenga tiempo de estudiar la causa.
Había sido citado a las 10:00 horas para declarar como imputado ante el magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) Jesús Gavilán, pero no se presentó hasta 45 minutos más tarde, y solo después de que el instructor señalara a su defensa que, aunque fuera a pedir la suspensión de la comparecencia, el querellado debía personarse en la sede del tribunal.