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viernes, 21 de febrero de 2014

ESPAÑA: 1ª VEZ QUE LOS TRIBUNALES CONDENAN AL GOBIERNO POR QUITAR LA PAGA EXTRA A LOS FUNCIONARIOS


POR PRIMERA VEZ

Los tribunales condenan al Estado por 

retirar la paga 'extra' a los funcionarios


Miguel Borra

MADRID, 21 Feb. (EUROPA PRESS) -
   El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 4 de Madrid ha condenado al Ministerio del Interior a devolver a un funcionario de prisiones la parte proporcional de la paga 'extra' y del complemento específico, devengados entre el 1 de junio y el 14 de julio de 2012, cuando entró en vigor el decreto 'antidéficit' del Gobierno.

   Se trata de la primera condena en firme a la Administración General del Estado (AGE) por la retirada de la paga 'extra'. Hasta ahora, todos los pronunciamientos judiciales se habían producido a nivel autonómico y local.

   Según el sindicato de funcionarios CSI-F, la sentencia no deja lugar a dudas, pues censura "la aplicación retroactiva del Real Decreto porque contravendría los principios de seguridad jurídica y de confianza legítima".

   Por otro lado, el juez no ve necesario llevar el asunto al Tribunal Constitucional, tal y como planteaba el abogado del Estado, al considerarlo "superfluo tanto en términos lógicos como de economía procesal".

   El sindicato presidido por Miguel Borra afirma que esta sentencia supone un colofón de una cadena de pronunciamientos judiciales a lo largo y ancho del Estado y tiene una gran relevancia desde el punto de vista jurídico.

   "De entrada, los criterios de la sentencia serían aplicables al conjunto de funcionarios de Interior, es decir, Policías, Guardias Civiles, Funcionarios de Prisiones y administrativos, entre otros. Y, desde luego, al resto de los funcionarios de la AGE", añade.

   Por ello, CSI-F considera que el Gobierno ya no tiene ninguna excusa para devolver la paga 'extra', por lo que ha reclamado una convocatoria urgente de la Mesa General de las Administraciones Públicas, para generalizar esta devolución al conjunto de los empleados públicos.

miércoles, 4 de diciembre de 2013

LOS QUE TENGAN PREFERENTES DE CAJA DUERO-ESPAÑA DEBEN RENUNCIAR A LOS TRIBUNALES PARA ACUDIR AL ARBITRAJE


Los preferentistas de Ceiss deben renunciar a los tribunales para poder acudir al arbitraje


Titulares de participaciones preferentes de Banco Ceiss
Los afectados por las preferentes y la deuda subordinada de Ceiss (Caja España-Duero) volveran a ser peor tratados que los de las entidades nacionalizadas. A diferencia de estos, tendrán que renunciar a acudir a los tribunales antes de saber si el arbitraje les dará o no la razón -en Bankia, NCG y Catalunya Banc reciben un informe del experto independiente antes de comprometerse con el arbitraje y, si no les da la razón, pueden acudir a la vía judicial-, con lo que se arriesgan a no poder recurrir si el FROB no les devuelve el dinero. La única vía para reclamar en ese caso es aducir defectos en el proceso y para ello, deberán desplazarse a un juzgado de Madrid.
Este agravio comparativo deriva de que el procedimiento de Ceiss no es un arbitraje en realidad, sino lo que el FROB ha dado en llamar "mecanismo de revisión" de la comercailización de preferentes y deuda subordinada. Es decir,aquí no hay un árbitro que formalice lo que opina el experto independiente. En las entidades nacionalizadas, se trata de un proceso en dos pasos. Primero se solicita el arbitraje para que el experto independiente (por ejemplo, KPMG en el caso de Bankia) emita su opinión. Con esa opinión en la mano, el cliente puede decidir si se somete al arbitraje -en el caso de que el informe sea favorable- renunciando a la vía judicial, o si no acepta el arbitraje para poder ir a los tribunales -en caso de informe desfavorable-.
En cambio, en el caso de Ceiss sólo hay un paso: el informe del experto independiente (PwC), que es decisivo para que el afectado recupere o no su inversión. Y someterse a su dictamen, con la incertidumbre de si será favorable o desfavorable, exige renunciar a priori a la vía judicial. En realidad, esta exigencia se deriva de aceptar el canje por títulos de Unicaja, pero esta aceptación es el requisito indispensable para poder optar a este mecanismo y poder recuperar el dinero. Sólo se abre la opción de los tribunales cuando existan deficiencias claras en el proceso, y en ese caso deberán acudir a los tribunales de Madrid (donde tiene su sede el FROB) pese a que la mayoría de los afectados reside en Castilla y León.
Por consiguiente, existe un riesgo para los afectados, puesto que pueden encontrarse con que renuncian a acudir a los tribunales para someterse al arbitraje... y con que PwC no les da la razón. En ese caso, ni recuperarían su dinero ni podrían reclamarlo por la vía judicial. Para minimizar ese riesgo, el FROB ha publicado unos ejemplos de casos en los que se va a dar la razón y casos en que no. Básicamente, los primeros son aquellas personas con ahorros limitados y que los tenían en depósitos o cuentas corrientes, o bien discapacitados, menores, ancianos, etc; y los segundos son aquellos con un patrimonio elevado, con más productos complejos o que tengan conocimientos financieros.
El problema está en aquellos afectados que se encuentran en la zona de sombra entre los dos extremos, que son quienes tendrán más incertidumbres sobre el resultado del proceso. Muchos de ellos preferirían acudir al arbitraje al ser un procedimiento gratuito que permite ahorrarse el gasto de abogado y procurador, pero el probable que no se atrevna y que decidan ir directamente a los tribunales con los costes correspondientes. Y este perjuicio se debe una vez más a que Ceiss no fue nacionalizada en septiembre de 2011 junto a NCG o Catalunya Banc para favorecer su integración con Unicaja.
Desde el FROB aseguran que esta cuestión no es tan relevante, puesto que quien no gane en el arbitraje tampoco va a ganar en los tribunales, puesto que los criterios son los mismos. No obstante, de entrada se les está privando de ese derecho. Y añaden que la intención del fondo es que estos criterios sean lo más amplios posibles y que se devuelva el dinero a la mayoría de los afectados; de hecho, si esa no fuera su intención, no tendría sentido poner en marcha este mecanismo voluntario.

jueves, 17 de octubre de 2013

CANARIAS LLEVA A LOS TRIBUNALES A DE GUINDOS


Canarias lleva a De Guindos a los tribunales por imponer préstamos con altos intereses


Luis De Guindos.
González Ortiz advirtió ya en mayo que Economía impedía suscribir créditos con una entidad financiera americana que supondría un ahorro de 7.5 millones de euros.

En mayo, el consejero de Economía y Hacienda, Javier González Ortiz, advertía en sede parlamentaria que el ministro Luis de Guindos podría estar aplicandocriterios abusivos a Canarias, a la que impide financiarse con una entidad financiera americana que le supondría un ahorro de 7’5 millones de euros anuales sobre un préstamo de 500 millones.

Cinco meses después, y ante “la callada por respuesta” por parte del Ministerio de Economía, el Gobierno de Canarias ha acordado “emprender acciones judiciales” contra aquel por “no autorizar la formalización de operaciones de crédito en el extranjero”.

Así lo ha asegurado el portavoz del Ejecutivo, Martín Marrero, al término de la reunión del Consejo de Gobierno, pues los servicios jurídicos consideran que esta imposición del ministro “produce una infracción del ordenamiento jurídico” ya que el Estado no ha argumentado por qué niega la posibilidad de suscribir un crédito con una entidad extranjera.

Según Marrero, la negativa ministerial “no se ajusta a los fines marcados por la normativa vigente”, pues los servicios jurídicos consideran que el Estado, “lejos de facilitar las mejores condiciones de acceso a la financiación, lo que hace es imponer la obligación de acudir a la banca nacional”.

Y eso a pesar que ofrece peores condiciones financieras, lo que para el Ejecutivo supone “un mayor e innecesario gasto en intereses” que el Gobierno canario “podría destinar a otras partidas”.

En concreto, la banca española ofrece créditos a un interés del 2,5% por encima del coste del Tesoro, mientras que las entidades extranjeras contactadas por el Ejecutivo ofertan el 1 por ciento.

Un mes después de su primera denuncia en el Parlamento, el consejero González Ortiz insistió en la Cámara regional que el Estado “interfiere en la autonomía financiera” de Canarias, ya que “ni facilita los recursos suficientes, ni permite la libre elección de préstamos, aunque estos sean más ventajosos”.

Por tal motivo, a finales de agosto Canarias volvió a solicitar al Estado poder suscribir préstamos extranjeros más baratos, sin que hasta el momento haya habido ni una sola respuesta.

martes, 27 de agosto de 2013

LOS TRIBUNALES ANULAN CERCA DEL 60% DE LOS ERES Y CONVENIOS DE LA REFORMA LABORAL

Los jueces tumban los ERE y los convenios de la reforma laboral


Los tribunales anulan cerca del 60% de los expedientes, a lo que se suma la sentencia de la Audiencia Nacional que ha avalado la vigencia de los convenios anteriores a la reforma, a pesar de lo que dice la ley. 

Año y medio después de que entrara en vigor la reforma laboral, el saldo que arrojan las sentencias que han analizado los nuevos ERE es muy negativo: los jueces han tumbado cerca del 60% de los expedientes, cantidad que en los primeros meses fue aún mayor, según concluye el estudio Un año de reforma laboral y su impacto en las empresas, que ha elaborado BCN Consultors. 

Además, una reciente sentencia de la Audiencia Nacional ha avalado las cláusulas sobre la vigencia de la ultraactividad de los convenios anteriores a la reforma, aunque transcurra el año al que se refiere dicha ley.

 Este escenario judicial, unido a la muy escasa mejoría de las cifras de paro, ha llevado al Gobierno a revisar la reforma laboral, como le pedía la Comisión Europea, con una auditoría interna sobre la que ya ha presentado resultados y que, con la ayuda de la OCDE, concluirá en breve. 

En un año, los expedientes han afectado a 565.800 trabajadores, siendo los meses de julio y diciembre de 2012 los más agresivos en despidos colectivos. En este proceso, Empleo está revisando la nueva normativa que atañe a los ERE, rectificación a la que hasta ahora se había resistido, a pesar de las peticiones al respecto que le han hecho empresas y abogados. Tampoco tuvo éxito CiU, que intentó mejorar la norma en el trámite en las Cortes que culminó en julio de 2012. La reforma laboral eliminó la autorización administrativa para estos expedientes y estableció que los errores formales o de documentación constituyen causa de nulidad del ERE. 

Abogados y empresas denuncian que muchos jueces se han escudado en problemas formales para tumbar expedientes de empresas con pérdidas económicas acreditadas. BCN Consultors constata que “los jueces han cobrado una especial relevancia en la aplicación de lo establecido en el nuevo marco legal, sobre todo en materia de expedientes de regulación de empleo, debido a que ahora las empresas no necesitan autorización para aplicar directamente un ERE, de ahí que sean los jueces quienes tienen que comprobar de forma más exhaustiva si las causas aducidas y la documentación acreditativa son las requeridas formalmente por la norma. 

Múltiples han sido los expedientes de regulación de empleo que se han visto anulados por cuestiones meramente formales, relacionadas con la documentación aportada, por el tipo de negociación y por las relaciones de grupo”. Jaume Molist, director de Área Laboral de BCN Consultors, recomienda a las empresas “que sean muy cuidadosas con la documentación y el informe de las reuniones en el período de consultas, puesto que la valoración que, por parte de los tribunales, se pueda llevar a cabo podría suponer una sentencia adversa y que podría poner en serio riesgo la viabilidad de la empresa”, advierte.

 La única sentencia que ha fallado hasta ahora el Tribunal Supremo sobre la reforma laboral, en la que anuló un ERE de una empresa en pérdidas, argumenta la “conducta omisiva en la aportación mínima y la desinformación en el período de consultas”. Estadísticas Para el magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña Miquel Ángel Falguera, a 15 de abril había “46 sentencias que han entrado en la valoración de esas extinciones (aunque hay más, pero el resto no entra en la calificación del despido).

 En 28 de ellas se ha declarado la nulidad; en cinco, las extinciones se han calificado como “no ajustadas a derecho”; y en 13, como “ajustadas a derecho”. Según un estudio de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira sobre sentencias dictadas entre los meses de abril de 2012 y 2013, de 54 casos que llegaron al juez, 27 acabaron en anulación; 4, en declaración de improcedencia; y 23, en visto bueno. 

Sin embargo, aunque ése es el cómputo global, si se toma por períodos, se puede ver cómo los fallos a favor y en contra se han ido equilibrando. Entre abril y junio de 2012, de 17 sentencias, 14 fueron rechazadas y sólo 3 se consideraron ajustadas a la norma. En cambio, entre los últimos dictámenes, entre enero y marzo de este año, de 8 en total, 4 han sido considerados nulos y 4 ajustados a derecho
FUENTE


domingo, 30 de junio de 2013

GALLARDON IMPUTADO, ¿EN QUE PAIS VIVIMOS?


Gallardón imputado

última hora sobre "Gallardón imputado"




Gallardón imputado: El sindicato Manos Limpias, personado como acusación popular en el caso Nóos, ha presentado ante el juez José Castro un escrito para solicitar la apertura de una pieza separada con el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, como denunciado, al apuntar que éste, como presidente de la fundación pública 2016, donó 140.000 euros a la entidad sucesora del Instituto Nóos "en base a la figura" que representaba Iñaki Urdangarin y para utilizarle "como lobby" para promocionar la candidatura olímpica de Madrid.




Gallardón imputado: El juez que instruye el caso Nóos, José Castro, ha emitido una Providencia en la que da traslado al Ministerio Fiscal y a las partes personadas en esta causa de la solicitud formulada por el Sindicato Manos Limpias, mediante la cual pide la "formación de una pieza separada en la parte que afecta a los denunciados y al Ayuntamiento de Madrid en la persona del hoy ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, para que en el plazo de diez días hagan las alegaciones que estimen oportunas". Diariocrítico ya adelantó en su día que el juez Castro estudiaba imputar al hoy ministro Ruiz-Gallardón.



El ministro Ruiz-Gallardón, más cerca de declarar ante el juez Castro por el Caso Nóos

- El juez traslada al fiscal la petición de abrir una pieza separada que le afecta
M. Á. M. Diariocrítico 28/06/2013

El juez que instruye el caso Nóos, José Castro, ha emitido una Providencia en la que da traslado al Ministerio Fiscal y a las partes personadas en esta causa de la solicitud formulada por el Sindicato Manos Limpias, mediante la cual pide la "formación de una pieza separada en la parte que afecta a los denunciados y al Ayuntamiento de Madrid en la persona del hoy ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, para que en el plazo de diez días hagan las alegaciones que estimen oportunas". Diariocrítico ya adelantó en su día que el juez Castro estudiaba imputar al hoy ministro Ruiz-Gallardón.

Diariocrítico ya avanzó el pasado 19 de marzo, citando fuentes jurídicas, que el juez del 'caso Nóos',José Castro, estudiaba llamar a declarar al ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, por posibles responsabilidades cuando era alcalde de Madrid. Posteriormente, el 30 de mayo, este diario afirmaba igualmente que el juez Castro daba un paso más al pedir al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que asumiera la investigación que afectaba al ex presidente valenciano, Francisco Camps, y a la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, al considerar que existían indicios de delito contra ambos.

Según medios jurídicos conocedores del caso, el juez Castro daba así un paso más: ahora podría llamar a declarar al actual ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, por los pagos del Ayuntamiento de Madrid a Iñaki Urdangarín cuando Gallardón era alcalde de la capital española.

Ahora, en su Providencia de este viernes, Castro da traslado al Ministerio Fiscal y a las partes personadas en esta causa de la solicitud formulada por el Sindicato Manos Limpias, mediante la cual pide la "formación de una pieza separada en la parte que afecta a los denunciados y al Ayuntamiento de Madrid en la persona del hoy ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, para que en el plazo de diez días hagan las alegaciones que estimen oportunas", lo cual cierra aún más el círculo contra Gallardón.

Gallardón, en el punto de mira

Como ya reveló Diariocrítico el pasado 19 de marzo, todo parece indicar que el particular vía crucis judicial del Partido Popular, de sus dirigentes y del Gobierno de Mariano Rajoy no ha hecho más que comenzar. Según fuentes jurídicas conocedoras del caso, el juez del 'caso Nóos' estudia llamar a declarar al hoy ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, por posibles responsabilidades cuando era alcalde de Madrid.

La medida estaría siendo estudiada tanto por el juez Castro como por el fiscal anticorrupción de Baleares, Pedro Horrach, que investigan el 'caso Nóos', dado que algunos datos que han aparecido en las investigaciones salpican a la empresa de la candidatura olímpica de Madrid 2016: la entidad de promoción del evento abonó más de 140.000 euros al 'lobby' de Urdangarin, según se supo el pasado 8 de febrero. Y, según fuentes judiciales y de las acusaciones, hay más datos para llamar a declarar a Gallardón por este caso que los que hay para imputar a Francisco Camps y Rita Barberá.

Como es conocido, en febrero pasado una comisión judicial, encabezada por Castro y Horrach, profundizó en Madrid en la posible malversación de caudales cometida desde la empresa pública Madrid 16. Esta entidad se creó para promocionar la candidatura olímpica que lanzó Ruiz-Gallardón entre 2007 y 2009 y abonó más de 140.000 euros al lobby que encabezó Urdangarin desde el Instituto Nóos y sus fundaciones derivadas.

El juez participó entonces en los interrogatorios de la antigua consejera delegada de Madrid 16 y ex directora de Deportes del Ayuntamiento de Madrid, Mercedes Coghen, imputada, junto a otros dos ejecutivos. La Fundación Deporte, Cultura e Integración Social (FDCIS) reflejó, en tres facturas, los trabajos bajo sospecha a la sociedad Madrid 16 que pugnó por lograr la nominación olímpica.

La fundación FDCIS, sucesora de la fundación Areté, fue montada por Urdangarin y su ex socio Diego Torres, con la ayuda del empresario Joaquin Boixareu y el abogado Ramon Bergós, y figura en la causa como pantalla para ocultar el papel del duque en el entramado.

La Providencia del juez Castro

En la misma Providencia dictada este viernes, el juez Castro accede a la petición cursada por el Ministerio Fiscal de suspender el señalamiento de la declaración del ex socio del Duque de Palma, Iñaki Urdangarin, en el Instituto Nóos, Diego Torres, previsto para las 10.00 horas del 11 de julio, a la misma hora del día siguiente.

También señala que una vez emplazados el Ministerio Fiscal y las partes personadas, eleva al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana los testimonios que se anunciaron a través de la Providencia del 24 de junio, refiriéndose así a las declaraciones, en calidad de testigos, de José Enrique Bigne y Amparo Sancho ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Valencia, este viernes a las 11.20 horas.

Finalmente, en la Providencia, Castro acuerda tener por incorporados a la causa los documentos aportados por la representación procesal de Diego Torres, así como de su mujer, Ana María Tejeiro, de Virtual Strategies S.L., de Nóos Consultoría Estratégica S.L., de la Fundación Deporte, Cultura e Integración Social, de Shiriaimasu S.L. y de Intuit Strategy Innovation Lab S.L.