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domingo, 30 de marzo de 2014

ESPAÑA: LLEVAN AL CONGRESO PROTECCION DE LA LACTANCIA EN LUGARES PUBLICOS


La petición de proteger la lactancia en 

lugares públicos, en el Congreso



Lactancia, bebé, niña, pecho

"El derecho fundamental de un niño a ser alimentado prevalece sobre el derecho de admisión", argumentan las promotoras de la iniciativa


  La Asociación 'Lactancia en Libertad' ha trasladado al Congreso su reivindicación de que se proteja por ley el derecho de las mujeres a dar de mamar a sus hijos en lugares públicos para evitar la discriminación que han denunciado sufrir numerosas madres que incluso han llegado ser expulsadas de restaurantes, establecimientos comerciales o espacios de titularidad pública por amamantar a sus bebés.

   Esta entidad ha optado por registrar su demanda en la Comisión de Peticiones del Congreso, según consta en el último informe aprobado por este órgano al que ha tenido acceso Europa Press. Esta iniciativa se suma a una similar que recibió el mismo órgano parlamentario el pasado mes de noviembre.

   En esta ocasión, la iniciativa ciudadana remitida al Congreso va acompañada de una serie de firmas que la asociación ha logrado reunir entre otros métodos a través de su perfil en Facebook. La Comisión de Peticiones ha acordado remitirla solicitud a la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.

   "Necesitamos una ley que proteja a las madres que lactan de ser discriminadas por el simple hecho de estar alimentando a sus hijos e hijas", argumentan desde la asociación Lactancia en Libertad, que reclama una legislación similar a la que rige en Reino Unido, Australia o Estados Unidos.

"NO ES UN ACTO OBSCENO"

   Esa nueva ley debería poner fin al "vacío legal" que, según este colectivo hay en España. Las promotoras de la iniciativa denuncian que en nuestro país los establecimientos privados se acogen al derecho de admisión, pero ellas defienden que ese derecho "tiene sus límites donde empiezan los derechos fundamentales de los ciudadanos".

   En este sentido, sostienen que "el derecho fundamental de un niño a ser alimentado prevalece sobre el derecho de admisión" y que si una madre es obligada a abandonar un establecimiento por dar el pecho se convierte en víctima de una discriminación. "Dar de mamar no es un acto obsceno, sino inherente a la naturaleza de la mujer", sentencian.

   La asociación está elaborando un mapa de casos a través de los testimonios les envían mujeres denunciado las desagradables situaciones que han tenido que afrontar por amamantar a sus hijos en público.

   Algunas han sido apercibidas por los propietarios o encargados de establecimientos privados, que alegaron que esta práctica podía "incomodar" a otros clientes, y otras han sido directamente expulsadas de los locales. También se han registrado casos de discriminación en espacios de titularidad pública como piscinas, polideportivos, bibliotecas o incluso una guardería.

TRAS LAS PROTESTAS LLEGAN LAS DISCULPAS

   En varios casos la movilización de las afectadas, que han presentado reclamaciones formales en estos establecimientos, o bien han denunciado la situación a través de las redes sociales, ha logrado que distintas cadenas comerciales que habían censurado su actitud les acabaran pidiendo disculpas.

   Esta iniciativa remitida al Congreso llega después de que la Asociación Nacional Arca Ibérica, que actúa en defensa del medio ambiente, remitiera otra similar el pasado mes de noviembre a la Comisión de Peticiones que, en ese caso, dio traslado de la misma a la Comisión de Igualdad.

martes, 25 de marzo de 2014

ESPAÑA: EL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO PROPORCIONA OFERTAS DE TRABAJO FRAUDULENTAS


El Servicio Público de Empleo promociona ofertas de trabajo fraudulentas

La web del antiguo INEM recoge varios anuncios de empleo en los que se ofrecen condiciones por debajo de la ley y se discrimina en función del sexo y la edad, algo prohibido por la norma
"Se necesita trabajador interno. Deben ser mujeres. [...] Se librará una tarde cada quince días, a determinar por las circunstancias. Salario: hasta 400 euros. Jornada: completa", dice uno de los anuncios en la web 
"Se busca mujer de buena presencia", "Se busca hombre administrativo", son otros de los anuncios de los que se hace eco la Administración



Una de las ofertas publicadas por el Servicio Público de Empleo.
Una de las ofertas publicadas por el Servicio Público de Empleo.
"Se necesita trabajador interno. Deben ser mujeres. De edades comprendidas entre 20 y 30 años. Deben hablar perfectamente el español. Deben tener todos los papeles en regla. Se librará una tarde cada quince días, a determinar por las circunstancias. Salario: hasta 400 euros. Jornada: completa. Tipo de contrato: indefinido".
Es la página web del Punto de Encuentro del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) –que depende del Ministerio de Empleo y que facilita el contacto entre empresas y trabajadores– la que alberga esta oferta de trabajo, que vulnera la ley por varios motivos: es discriminatoria por sexo y edad, y ofrece unas condiciones laborales ilegales.
No es la única. En otra, una empresa busca una ayudante de camarera que también debe ser mujer y a la que se pide "buena presencia". En este caso, las condiciones que ofrecen son precarias pero legales: 600 euros por una jornada a tiempo parcial, aunque no se especifica el número de horas. La oferta incumple, sin embargo, el principio de no discriminación que exige la Ley de Empleo de 2003.
Una de las ofertas publicadas por el Servicio Público de Empleo.
Una de las ofertas publicadas por el Servicio Público de Empleo.
La norma especifica en su artículo 22. bis, sobre discriminación en el acceso al empleo, que se considerarán discriminatorias las ofertas "referidas a uno de los sexos, salvo que se trate de un requisito profesional esencial y determinante de la actividad a desarrollar".
"Los servicios públicos de empleo, sus entidades colaboradoras y las agencias de colocación en la gestión de la intermediación laboral deberán velar específicamente para evitar la discriminación tanto directa como indirecta en el acceso al empleo. Los gestores de la intermediación laboral cuando, en las ofertas de colocación, apreciasen carácter discriminatorio, lo comunicarán a quienes hubiesen formulado la oferta", señala la norma.
Un portavoz del Ministerio de Empleo explica que en el Punto de Encuentro del SEPE son las empresas las que publican sus propias ofertas. El Servicio obliga a estas a registrarse y aplica unos filtros automáticos para evitar discriminaciones y abusos. "Dejamos claro que son las empresas que publican las ofertas las responsables. Aun así, posteriormente a su publicación hacemos una auditoría y, si se detecta algo ilegal, se elimina", aseguran.  
En este caso, se busca una limpiadora a la que se ofrece un salario de entre 150 y 200 euros por seis horas de trabajo a la semana.
Oferta de empleo publicada en el SEPE.
Oferta de empleo publicada en el SEPE.

Discriminación

Hay más casos en los que en las ofertas publicadas por el SEPE se solicita un perfil específico. Eneste caso, una empresa del sector de la industria pide un hombre de entre 25 y 35 años para un puesto de administrativo.
El presidente de la Asociación Nacional para la Defensa Efectiva del Trabajador (ANDET), Antonio Valenciano, explica que la doctrina del Tribunal Supremo y del Constitucional insiste en que las ofertas de trabajo no deben diferenciar en ningún caso entre hombres y mujeres. "A no ser que sean requisitos realmente fundamentales para el trabajo, algo que ahora mismo es muy difícil de justificar", afirma.
Otra de las ofertas publicadas por el Ministerio.
Otra de las ofertas publicadas por el Ministerio.
"La jurisprudencia también dice que no se puede discriminar por la edad, para evitar que haya colectivos que queden marginados", asegura Valenciano, que considera "gravísimo" que el Servicio Público de Empleo "avale" este tipo de ofertas "irregulares y al margen de la ley". Otra de las ofertas pide una "mujer española (de 45 a 55 años) para puesto de interna en hogar familiar. Se encargará de todas las tareas del hogar", dice el anuncio. En este caso, no sólo se discrimina por sexo, también por edad y nacionalidad. 

lunes, 10 de febrero de 2014

ESPAÑA: SENTENCIA OBLIGA A PADRES DE HIJO DE EDUCACION ESPECIAL A LLEVARLE A UN CENTRO ORDINARIO


Los padres no pueden escolarizar a sus 

hijos en un centro ordinario si la 

Administración dispone que se haga en 

uno de educación especial


educación
El Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado el recurso de amparo formulado por los padres de un menor contra la resolución de la Consejería de Educación de Castilla y León que acordó la continuación de la escolarización de su hijo en un centro público de educación especial en lugar de en un centro ordinario, como solicitaban los demandantes. Dicha resolución fue confirmada por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 1 de Palencia y por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. La sentencia, dictada por la Sala primera del TC, cuenta con el voto particular discrepante de los magistrados Luis Ignacio Ortega y Juan Antonio Xiol Ríos.
Según el relato de hechos que realiza la sentencia, desde el comienzo de su escolarización, a los tres años de edad, se puso de manifiesto la “grave discapacidad” del hijo de los recurrentes, que padece autismo. Los técnicos de la Administración en materia educativa aconsejaron desde ese momento la escolarización en un centro público de educación especial puesto que las necesidades del menor aconsejaban “una atención individualizada y constante del profesor en pequeño grupo (máximo 4 alumnos)”.
Los demandantes consideran que se ha vulnerado el derecho del menor a la educación (art. 27 CE), a la igualdad (art. 14 CE) así como a la integridad moral y a la dignidad personal (arts. 15 y 10.1), pues entienden que se debió permitir la escolarización de su hijo en un centro ordinario “con los apoyos necesarios para su integración”. La Fiscalía apoya parcialmente la demanda en lo que se refiere a los derechos a la educación y a la igualdad, pues considera que la Administración no explicó de forma suficiente los motivos por los que no era posible poner los medios necesarios para que el menor pudiera ser escolarizado en un centro ordinario. Esta actitud supone, según el Ministerio Público, una causa de discriminación por la discapacidad del alumno.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Santiago Martínez- Vares, determina, en primer lugar, cuál es el alcance del derecho a la educación, entendido como “libertad de los padres para elegir un centro docente”. “En cuanto derecho de libertad –afirma- comprende la facultad de elegir el centro docente, incluyendo la de escoger un centro distinto de los creados por los poderes públicos”. Pero no incluye, añade la Sala Primera, “el derecho de los padres a escolarizar a su hijo en un centro ordinario de educación, en lugar de en un centro de educación especial, pues ello vendrá condicionado a la acreditación por parte de las autoridades competentes de las necesidades educativas específicas del menor”.
Por otra parte, explica que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, prohíbe la discriminación de los alumnos con discapacidad y propone la “escolarización inclusiva”, lo que significa que la Administración debe “promover la escolarización de los menores en un centro de educación ordinaria, proporcionándosele los apoyos necesarios para su integración en el sistema educativo si padecen algún tipo de discapacidad”. Sin embargo, esta norma general cede cuando “los ajustes que deba realizar para dicha inclusión sean desproporcionados o no razonables”, en cuyo caso la Administración “podrá disponer la escolarización de estos alumnos en centros de educación especial”. Cuando esto suceda, “deberá exteriorizar los motivos por los que ha seguido esta opción”.
En el presente caso, señala la sentencia del TC, la Resolución impugnada “permite concluir que se exteriorizaron en la misma las razones que condujeron a la decisión de escolarización adoptada en un centro de educación especial y que éstas, además, son coherentes con la finalidad principal que se pretende, que el menor satisfaga adecuadamente sus necesidades educativas especiales”. Según la Sala, no se puede hablar de vulneración de los derechos a la educación y a la igualdad por déficit de motivación de la resolución “pues de la consideración del expediente educativo del alumno en su conjunto se puede deducir sin dificultad que dicha Resolución sí justifica la decisión de que el alumno continúe escolarizado en un centro de educación especial, ponderando sus especiales necesidades educativas”.
La Sala concluye que, una vez que la Administración Educativa ha acreditado que la escolarización en un centro de educación especial es la decisión que resulta más indicada “en interés del menor”, “no es necesario proceder a una ponderación acerca de si los ajustes que precisa pueden ser o no prestados en un centro de educación ordinario, pues dicha decisión de escolarización lleva implícito, en atención a la grave discapacidad del alumno y a la atención individualizada que requiere, que sus singulares necesidades educativas estén mejor atendidas en un centro de educación especial más que en el marco de la educación general de los centros ordinarios”.
El Tribunal Constitucional descarta finalmente que la decisión de escolarizar al niño en un centro de educación especial suponga un trato degradante, pues para ello sería precisa “la concurrencia de una humillación o un envilecimiento que alcance un mínimo de gravedad”, situación que no se produce en el presente caso.
En su voto particular discrepante, los magistrado Ortega y Xiol comparten el criterio de la Fiscalía y sostienen que la resolución impugnada “no analiza expresamente ni explica los motivos de por qué los apoyos que precisa el menor no pueden ser prestados „en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios?”. En los casos de menores discapacitados, añade, “debe exigirse un plus de motivación”.

viernes, 17 de enero de 2014

ESPAÑA: EL GOBIERNO APRUEBA CERRAR MAS SERVICIOS PUBLICOS CON EL PROYECTO DE RACIONALIZACION


El Gobierno da luz verde al proyecto de racionalización del sector público

El Consejo de Ministros da luz verde a la norma que ahonda en la reforma de la Administración


El Gobierno ha dado luz verde durante la reunión del Consejo de Ministros de este viernes al proyecto de ley de racionalización del sector público, así como a otras medidas de reformas de la Administración.
El proyecto de ley de racionalización del sector público, que forma parte de la medida estrella de la número dos del Ejecutivo, Soraya Sáenz de Santamaría, contempla la supresión, extinción o integración de organismos públicos para lograr un ahorro estimado de más de 33,5 millones de euros, según anunció la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría.

Más de seis meses después de presentar la reforma de la Administración, el Gobierno ya apremió el pasado lunes a las comunidades gobernadas por el PP a poner en marcha o profundizar en las medidas del proyecto estrella de la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría. Entre ellas, nuevos recortes que el Ejecutivo se limitó a dejar en recomendaciones, por ejemplo, la supresión o reducción de organismos autonómicos como Defensores del Pueblo o Tribunales de Cuentas.
En una de las citas internas más tranquilas de las últimas semanas, según fuentes asistentes a la reunión celebrada en la sede nacional del PP, los consejeros de Presidencia del partido mayoritario se comprometieron ante la número dos del Ejecutivo, el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, además de María Dolores de Cospedal y Javier Arenas, a asumir las propuestas del Gobierno.
Por tanto, las comunidades, que llevan dos años aprobando recortes, deberán ahora adoptar nuevos ajustes con “las fórmulas que les permitan reducir el tamaño o el coste de sus aparatos administrativos mediante el redimensionamiento, supresión o la racionalización de organismos que se proponen en el Informe de la CORA [Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas], o mediante la adopción de medidas alternativas que consigan un efecto equivalente”.
El Gobierno agradeció además a “todas” las Administraciones su contribución “a la consecución de los objetivos de estabilidad presupuestaria” y los esfuerzos por “afrontar reformas para favorecer la eficiencia administrativa”, según informó el PP en una nota.

miércoles, 23 de octubre de 2013

LOS POLITICOS ESPAÑOLES QUE USARON MAYORDOMOS CON DINERO PUBLICO

Trillo no está solo: los políticos











 







españoles que usaron mayordomos 





privados con dinero público








El embajador Federico Trillo necesita un mayordomo privado y lo paga con los impuestos de los contribuyentes. No es el único: presidentes de las cámaras, ministros que usaron la “residencia oficial” del Ministerio y una gran mayoría de embajadores de España en el exterior tienen mayordomo. También una parte de los alcaldes de las grandes ciudades se resisten a prescindir de tan lustrosa figura. Al menos una decena de políticos han usado los servicios de un mayordomo con dinero público y tenemos los nombres.

Federico Trillo solo quiere adaptarse a las costumbres de la realeza inglesa
Federico Trillo solo quiere adaptarse a las costumbres de la realeza inglesa
Además de su oneroso salario para tan ineficaz desempeño, como se comprobó con la crisis de Gibraltar, a Federico Trillo los españoles le pagarán 27.000 euros para satisfacer su último capricho: un mayordomo para su residencia en Londres, ya que el ex ministro y ex presidente del Congreso, aunque es de oficio abogado y militar, ahora ocupa plaza de diplomático sin serlo. Son las célebres promiscuidades de la política española, donde los partidos lo invaden todo.

Pocos saben que los empobrecidos contribuyentes en España pagan mayordomo a casi todos los embajadores en el extranjero y que incluso el presidente del Congreso y el del Senado tenían también mayordomo con cargo al erario público cuando disfrutaban de una espléndida residencia en las calles Casado del Alisal 6 (detrás del Museo del Prado) y un chalet de tres plantas en la calle Pastor (zona de los colegios mayores de Moncloa).

bares y restaurantes del congresoAl menos otros 3 políticos utilizaron mayordomo privado con dinero público: los socialistas Manuel Marín y José Bono y la diputada del PP, Luisa Fernanda Rudi, cuando todos ellos llegaban a la Carrera de San Jerónimo desde su lujosa “residencia oficial” e invitaban a sus aduladores a fastuosas cenas o almuerzos servidos con guante blanco por el mayordomo. Aún hoy, al haberse privatizado el servicio de “mayordomo”, el Congreso de los Diputados paga esa función al presidente Jesús Posada en su propia residencia, según recoge el pliego de condiciones del servicio en su cláusula sexta.

El socialista Pepe Bono utilizaba mayordomo y "El Pocero" le regaló un porsche cayenne
El socialista Pepe Bono utilizaba mayordomo y “El Pocero” le regaló un porsche cayenne
Cuando ocupaba la presidencia de la Cámara BajaFederico Trillo también tenía mayordomo con sueldo público. De ahí le viene la necesidad, aunque el dispendio lo instauraron los socialistas Félix Pons y Juan José Laborda en 1989 cuando ambos, en un arrebato de despilfarro, decidieron que los presidente de ambas cámaras debían tener “residencia oficial” en las zonas más lujosas de Madrid.

También usaron “residencia oficial” y disfrutaron de mayordomo los senadores del PP Juan Ignacio Barrero, Juan José Lucas y Esperanza Aguirre, junto con el socialista Francisco Javier Rojo. Requirieron sus servicios en el lujoso chalet “público” de la madrileña calle Pastor y con deleite y discreción se entregaron a sus comodidades.
Hoy ambas “residencias oficiales” están cerradas, pero los contribuyentes seguimos pagando luz, agua, calefacción, basura, etc… porque Jesús Posada y Pío García Escudero han decidido que se sufrague el “mantenimiento”, aunque carezcan de uso. Un despilfarro más que nadie ataja porque, entre otras cosas, ningún diputado o senador se ha interesado por controlar los Presupuestos de las cámaras, lo consideran “pecata minuta”.

Antonio Jesús, el segundo mayordomo de Gallardón. Antes contrató al maitre del Asador Donostiarra
Antonio Jesús, el segundo mayordomo de Gallardón. Antes contrató al maitre del Asador Donostiarra
Otro político que utilizó “mayordomo” a costa del dinero de los demás es el actual ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, que lo contrató bajo la figura de “asistente ceremonial” cuando era alcalde de Madrid. Se llamaba Antonio Jesús y cobraba 37.000 euros anuales, unos 3.150 euros al mes. Antes que Antonio Jesús, el ministro Gallardón también contrató a Ramón, “maitre” del Asador Donostiarra, para ejercer la misma función.

También contrató a su “mayordomo” privado con dinero público el ministro socialista de Exteriores, Miguel Angel Moratinos. El dirigente socialista prefirió llamarle“coordinador de equipo de restauración”. De momento el puesto no se ha amortizado, lo que hace pensar que el ministro José Manuel García Margallo también está usando sus servicios, aunque esto último sigue siendo otro de los “secretos de Estado” a los que ninguna “ley de transparencia” puede hacer frente: son los privilegios medievales que un país en bancarrota y endeudado hasta las cejas debe soportar por parte de quienes lo han llevado al precipicio.

viernes, 4 de octubre de 2013

EL CONSTITUCIONAL OBLIGA A QUE LAS JUNTAS MUNICIPALES SEAN PUBLICAS


El Constitucional obliga a que las Juntas de Gobierno municipales sean públicas

Una sentencia obliga a los Ayuntamientos a debatir a puerta abierta los asuntos relevantes


El Pleno del Tribunal Constitucional considera que las sesiones de la Junta de Gobierno Local de un municipio de régimen común (de menos de 250.000 habitantes), deben ser públicas cuando traten de asuntos delegados por el pleno. Esta sentencia da un vuelco a la opacidad informativa de estos órganos, que hasta ahora despachaban a puerta cerrada los asuntos más importantes relativos al Gobierno municipal.
El fallo, que fue votado por siete magistrados contra el voto discrepante de cuatro, responde diez años después a un recurso presentado por el Gobierno de Aragón. Para ello interpreta el artículo 70.1 de la Ley de Medidas para la modernización del Gobierno local y declara que es "es conforme al principio democrático", el párrafo que dice que "no son públicas las sesiones de la Junta de Gobierno". Sin embargo,  y de ahí su importancia, afirma que esa disposición debe interpretarse para hacer públicas las sesiones que tengan que decidir sobre "atribuciones delegadas por el Pleno".
Esas atribuciones son, entre otras, la aprobación de operaciones de crédito de cuantías mayores al 10% de los recursos del presupuesto; la aprobación de los proyectos de obras y servicios; los contratos administrativos especiales; contratos privados (cuando su importe supere el 10% de los recursos del presuupesto), la adjudicación de concesiones sobre bienes o la adquisición de inmuebles. También serán públicas las sesiones que aborden la venta del patrimonio del Ayuntamiento de un determinado valor y de los bienes declarados "de valor histórico o artístico, cualquiera que sea su valor".
La sentencia recuerda que "hay atribuciones que afectan a las más importantes decisiones", de un Ayuntamiento, y hasta ahora, quedaba vetado "el control de la ciudadanía sobre el proceso de la toma de decisiones", lo que, para el Constitucional, "supondría un menoscabo del principio democrático y una vulneración de las posibilidades de participación directa del ciudadano en los asuntos públicos. Abunta el fallo en que "tampoco es concluyente", que esos acuerdos se conozcan simplemente a través de la publicación o notificación de las decisiones del Pleno.
El voto discrepante firmado por Andrés Ollero Tassara considera que la existencia de tales Juntas viene motivada “por la conveniencia de que actos en los que predominan aspectos técnicos puedan solventarse en un contexto ejecutivo, ajeno a las exigencias de una pública deliberación”. También sostienen que “esta limitación aparente del principio de publicidad” afecta solo “al proceso de deliberación” que da lugar a la aprobación de un acto administrativo que, “una vez adoptado, es público de forma imperativa”.

lunes, 8 de julio de 2013

AQUI ESTA LA CONTABILIDAD DEL PP DESDE EL AÑO 1990 A 2011, PUBLICADA POR UN HACKER

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