Una juez da la razón a unos padres que desean educar a su hijo en casa
Cada vez son más los padres que se adhieren a los movimientos que abogan por educar a sus hijos en casa, lo que se conoce como ‘homeschooling’. Sin embargo, esta figura no está regulada legalmente en España, lo que provoca que muchos de los progenitores que se decantan por esta opción acaben en los tribunales, incluso en la vía penal, por un delito de abandono de familia.
No obstante, en Alicante, una juez de primera instancia de la provincia ha dado la razón a unos progenitores que se niegan a escolarizar a su hijo. Alegan que el niño se educa en casa a través de «un curso académico» a distancia impartido por el centro West River Academy, en California. Esta academia, al parecer, permite convalidar los títulos en España.
Tanto los servicios municipales como la Dirección Territorial de Educación instaron a esta familia a escolarizar a su hijo, pero los padres obviaron los requerimientos argumentado que el menor esta sometido a «una programación didáctica que desarrolla diariamente a través de internet».
Escolarización
El asunto llegó a la Fiscalía de Menores, que solicitó al juzgado que ordenase «la inmediata escolarización» del pequeño. Sin embargo, la juez , en un auto dictado el pasado mes de septiembre, rechazo la petición del Ministerio Público y concluyó que «no se advierte que el menor esté expuesto a peligro o mal alguno».
Según la magistrada, el pequeño «no se halla en una situación de abandono o aislamiento que le produzca una perturbación dañosa que implique la adopción de medidas inmediatas».
La resolución judicial destaca que el niño «sigue un curso académico a distancia supervisado por Epysteme en el centro West River Academy, con sede en California, donde se imparten todo tipo de asignaturas, realizando exámenes o pruebas».
Respecto a las posibles consecuencias psicológicas para el menor derivadas de la falta de escolarización, la juez señala que «no se evidencia retraso ni aislamiento de la realidad social», y enfatiza que, además, «pertenece a un equipo de fútbol, donde tiene amigos».
Sin embargo, el auto sí matiza que «es evidente que acudir a una escuela en la que el menor haya de relacionarse con otros niños frente a los cuales no siempre será bienvenido también supone una manera de adquirir habilidades sociales que luego podrá desarrollar en su vida adulta y para las que habrá de estar preparado».
A pesar de ello, la magistrada apunta que «dadas las especiales circunstancias del caso, procede oficiar a los servicios sociales a los efectos de que realicen un seguimiento del menor en relación con su educación y habilidades sociales».
Así, finalmente el auto desestima la petición de la Fiscalía de Menores de escolarizar de manera inmediata al niño, pero «sin perjuicio» de lo que se pueda decidir en la vía administrativa. De hecho, según fuentes próximas al caso, el Ministerio Público ha interpuesto un recurso en una de las secciones civiles de la Audiencia Provincial de Alicante reiterando que el niño debe ser matriculado en un centro de enseñanza reglada.
El algunos casos, este absentismo escolar puede acabar incluso en la jurisdicción penal, ya que se considera un delito de abandono de familia, puesto que es deber de los padres velar por la escolarización de sus hijos. Sin embargo, las condenas en este sentido se aplican normalmente a familias que tienen a los niños escolarizados pero que no se preocupan de que asistan a clase de manera regular, tal como explicaron fuentes judiciales a este periódico.
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