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jueves, 13 de marzo de 2014

ESPAÑA: EL PORTAVOZ DE HACIENDA DEL PP SUGIERE QUE SE TRABAJE GRATIS


El portavoz de Hacienda del PP sugiere que se trabaje sin cobrar

Garasa indicó en la Cámara que "no es deseable" pero en EEUU se ha hecho. Este exempresario cobra al mes casi 4.000 euros, 800 de ellos solo por acudir

El portavoz de Hacienda del PP en las Cortes de Aragón, Jorge Garasa, defendió el pasado 26 de febrero la precariedad laboral hasta el extremo que elogió "la conciencia ciudadana de miles de ciudadanos" de Estados Unidos que fueron a "trabajar sin cobrar" durante el tiempo que la Administración tuvo problemas de tesorería. Garasa, cuyo sueldo bruto anual es de 53.055 euros, entre los que se incluyen casi 10.000 euros en dietas por trasladarse del centro de Zaragoza a las Cortes de Aragón, también puso como ejemplo que el sector de la hostelería en Estados Unidos cobre tres dólares por hora.

No fue el único ejemplo de responsabilidad que citó, ya que también destacó que el 25% de los trabajadores alemanes tengan minijobsde cuatro o cinco euros la hora y un salario máximo de 450 euros mensuales. Es decir, ocho veces menos de lo que él cobra por una media de diez días de trabajo al mes, contando que en enero y en verano apenas pisa la Cámara por no haber periodo de sesiones.
Estos argumentos, aunque dijo que no eran "deseables", sirvieron para interpelar al diputado de IU, Adolfo Barena, al que responsabilizó de no contribuir a que esto suceda en España: "Qué pasaría en España si como no hace muchos meses la administración norteamericana cierra por falta de tesorería y 800.000 personas se tienen que ir a su casa hasta nuevo aviso. Allí la conciencia ciudadana llevó a unas cuantas miles de personas a ir a trabajar sin cobrar mientras el problema se resolvió, por apoyar el país. Aquí creo que con su grupo, Izquierda Unida, veo difícil este hecho por no decir totalmente imposible", señaló el diputado y exempresario, aunque volvió a insistir, como si se excusara tras la justificación, que "no es lo deseable pero es simplemente la realidad".

GANAS DE TRABAJAR Para Garasa, el paro "es una desgracia y se nos puede ir el talento, pero el empleo ya no está en Aragón ni en sus provincias". Está en Europa, "si se tiene ganas de trabajar y se está cualificado para ello", indicó. De hecho, destacó la alta temporalidad estadounidense, un fenómeno que no consideró perjudicial porque "el que quiere trabajar lo puede hacer", aunque sea gratis o a tres dólares la hora.
"Si no fuera por estos trabajadores, mientras dure la coyuntura, no habría fomento del aprendizaje ni formación profesional, aun cuando no sea lo deseable", insistió.

miércoles, 15 de enero de 2014

FRANCIA: LA ACTRIZ DEL LIO DE HOLLANDE SE QUEDA SIN TRABAJO


Julie Gayet se quedó sin trabajo en el Gobierno 

.de Hollande

El Ministerio de Cultura galo dio marcha atrás con el nombramiento de la actriz, con quien el presidente francés mantendría una relación amorosa

El gabinete de la ministra de Cultura, Aurélie Filippetti, aclaró que no se había oficializado el nombramiento de Gayet como miembro del jurado que debe elegir a los becados de la Villa Médicis, una prestigiosa institución cultural francesa en Roma. Y aseguró también que el decreto necesario no se ha firmado ni se va a firmar.
Luego de que la prensa filtrase la designación de la actriz, cuyo nombre aparecía ya en el sitio web de Villa Médiciscomo nuevo miembro del jurado, el gabinete de Filippetti precisó que la inclusión de Gayet había sido una propuesta del director de ese organismo, Eric de Chassey.
El semanario satírico Le Canard Enchaîné fue el que primero dio cuenta de la misión encomendada a la supuesta amante de Hollande, precisando que la decisión se había tomado "antes de Navidad".
Eso significaba que la supuesta elección de la actriz para seleccionar a los investigadores o artistas que a partir de septiembre estarán como becados en la Villa Médicis por un período de 12 a 18 meses se había producido antes de queCloser publicara el viernes pasado las fotografías con las que la revista informaba de la presunta relación del jefe de Estado con ella.
Hollande criticó con dureza el martes a Closer por haberse entrometido en su vida privada, y se negó a comentar las informaciones que ofreció, durante una multitudinaria conferencia de prensa en la que fue interrogado sobre la cuestión de forma repetida.
El mandatario francés, aparte de admitir que atraviesa momentos dolorosos" en su situación personal, únicamente se comprometió a clarificar si su actual pareja, Valérie Trierweiler, continúa siendo la primera dama de Francia antes de la visita que tiene programada en febrero a los Estados Unidos, adonde ella lo debía acompañar
FUENTE

martes, 14 de enero de 2014

ESPAÑA: 3 AÑOS Y MEIDO DE CARCEL POR DESVELAR QUE 2 COMPAÑEROS DE TRABAJO ERAN HOMOSEXUALES


Tres años y medio de cárcel por revelar que dos 

compañeros de trabajo eran homosexuales


sentencia
El juzgado de lo Penal 23 de Barcelona ha condenado a un trabajador a tres años y medio de cárcel por revelar a su jefe que dos de sus compañeros eran homosexuales, información que obtuvo al acceder al correo electrónico de uno de ellos sin su consentimiento. El juez considera que su conducta constituye un delito de revelación de secretos pero le absuelve del de injurias que solicitaba la acusación particular.
Los hechos se remontan al año 2008, cuando Cristian P., responsable de oficina en la capital catalana envió un correo electrónico al jefe del departamento de ventas de la empresa en Austria revelando la orientación sexual de dos trabajadores y asegurando que lo había descubierto tras leer unos correos “de increíble contenido guarro”. Según la sentencia, el condenado concluía que “lamentablemente” había descubierto que los dos trabajadores eran gays y “se llevaban muy bien”, lo que según el juez permite deducir que acababa de conocerlo y que no le gustaba la condición sexual de sus compañeros.
Según la magistrada, lo que se dijeran entre ellos en estos correos electrónicos pertenece a la esfera íntima, y nada tiene que ver con el trabajo. Subraya que la orientación sexual no puede ser considerada una traba para trabajar, por lo que no se entiende por qué decidió trasladarle tal información a un superior jerárquico. Esta actitud, afirma, es discriminatoria, se comunica algo que no tiene que ver con la marcha empresarial, y que además, se ha conseguido sin consentimiento. Por eso se le condena por haber cometido un delito del artículo 197.1 y 5 por revelación de secretos.
La acusación particular pedía además que se le condenara por un delito de injurias. Argumentaban que en una carta entre Cristian P. y su jefe, el primero aseguraba estar harto del “teatro de estos enfermos”. Es precisamente esta última palabra lo que les hacía pedir la condena. La defensa argumentó que en ningún caso la expresión “enfermos” tenía relación con el hecho de que los dos trabajadores fueran homosexuales sino con que cogían muchas bajas laborales. Según la sentencia, no puede concretarse a qué se estaba refiriendo, por lo que se le absuelve del delito de injurias y le impone una pena de 3 años y medio de prisión.

martes, 31 de diciembre de 2013

10 SENTENCIAS UTILES A TENER EN CUENTA EN EL TRABAJO PARA EL NUEVO AÑO 2014


Diez sentencias útiles a tener a mano en el 

trabajo

despido2.jpg

Estas diez + una sentencias de 2013 deben estar siempre a mano en el trabajo para vivir con la seguridad de que no acabaremos 'pagando el pato' por desconocimiento. La Redacción de 'Iuris&Lex' considera que no están las cosas como para ir 'metiendo la pata' y que hay mucho en juego.

1) Movilidad geográfica


Se declara ajustada a Derecho la decisión empresarial de traslado colectivo. Proceso negociador. Concurrencia de las alegadas circunstancias organizativas que justifican la movilidad. (JS, nº 5 de Santander, 25-11-2013)

 Concurrencia de circunstancias organizativas alegadas que justifican la movilidad. Instan los sindicatos demandantes la nulidad de la movilidad geográfica acordada por haberse tomado en fraude de ley -por no tener legitimación activa ninguna de las dos empresas, ser en realidad causas económicas que requieren unos requisitos diferentes y que además no concurren, y por haberse negado información a la representación de los trabajadores- o subsidiariamente la declaración de injustificada por no concurrir causas razonables.

Sobre la falta de legitimación activa de las empresas alegada para llevar a cabo el proceso de negociación del traslado colectivo, la mera lectura del artículo 44,9 del Estatuto de los Trabajadores (ET) ya da la respuesta desestimatoria a la alegación porque, precisamente lo que el artículo pretende es solucionar estos supuestos donde la sucesión empresarial conlleva traslados colectivos o modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo de carácter colectivo.

Por lo tanto, no hay ninguna infracción porque hayan intervenido las dos empresas, sino respeto a la previsión legal del art.44,9 del ET, que precisamente se infringiría si lo hubiese llevado a cabo únicamente la empresa titular. 

En relación a la alegación de falta de buena fe en el proceso negociador, se cumple el requisito de la buena fe, entendida por el TS como la obligación de facilitar de manera efectiva a los representantes legales de los trabajadores la información y documentación necesaria.

Por último, y en contra de lo alegado, en el presente caso concurren las alegadas circunstancias organizativas -más que de producción-, y ello porque el cambio en el modo de organizar la producción mediante la concentración de todos los trabajadores de una campaña es algo real, es algo de fácil comprensión como racional por las sinergias de todo tipo que se producen, y además es algo efectivo como lo demuestra la optimización de edificios o el ahorro económico, lo que conduce a afirmar que la medida debe revertir en una mejor competitividad de la empresa. Consecuentemente con todo lo anterior, procede desestimar las demandas presentadas y declarar justificada la decisión empresarial.

2) Ilegalidad del contrato de emprendedores


Se declara ilegal el periodo de prueba del contrato de emprendedores por contrario a la Carta Social Europea por ser demasiado prolongado para su finalidad (JS nº 2 de Extremadura, 19 -11-2013)

Se declara ilegal el periodo de prueba del contrato de emprendedores por contrario a la Carta Social Europea por ser demasiado prolongado para su finalidad.

En interpretación de la Carta Social Europea, la Comisión Europea de Derechos Sociales ha afirmado que la extensión temporal del periodo de prueba debe atender a las condiciones requeridas para el puesto de trabajo ocupado o de las circunstancias en que la ampliación de la misma se puede considerar como aceptable.

El periodo de prueba debe permitir al empleador verificar las cualificaciones de los empleados y si estos reúnen los requisitos del puesto de trabajo, por lo que no se puede interpretar de manera tan amplia, ni el período puede ser tan extenso, que las garantías sobre notificación e indemnización se vuelvan ineficaces.

Atendiendo a dicha doctrina el Juzgado estimará que un puesto de trabajo consistente en trasladar neumáticos de un lugar a otro no puede requerir para su valoración de un periodo de prueba de un año. La ilegalidad del periodo de prueba determinará que la extinción deba calificarse como despido que, por carecer de causa, es improcedente.

3. Nulidad de Convenio


Un comité de empresa de centro de trabajo no puede negociar un convenio de empresa que afecte a otros centros de trabajo, porque vulneraría frontalmente el principio de correspondencia (AN, 13-11-2013)

Nulidad de Convenio. Un comité de empresa de centro de trabajo no puede negociar un convenio de empresa que afecte a otros centros de trabajo, porque vulneraría frontalmente el principio de correspondencia. La legitimación para negociar un convenio de empresa pivota sobre el principio de correspondencia, de manera que, si se pretende negociar un convenio de empresa, en el que hay varios centros de trabajo, como sucede con la empresa demandada, no es posible que el convenio se negocie por un solo comité de empresa. 

En el supuesto de autos, probado que el convenio de la empresa demandada se suscribió únicamente con los delegados del centro de Murcia, la consecuencia inexorable es la nulidad del convenio, por cuanto dichos trabajadores representaban y representan únicamente al centro de Murcia, lo que no les ha impedido imponer el convenio a todos los centros de trabajo de la empresa presentes y futuros, por cuanto dicha actuación quiebra claramente el principio de correspondencia entre su representatividad real y el ámbito del convenio. 

Dicha conclusión no podría enervarse, aunque se hubiera probado, que no es el caso, que en las elecciones del centro de Murcia formaban parte del censo trabajadores de otros centros, porque, si se hubiera acreditado dicha inclusión, habría sido ilegal, por cuanto el art.69.2 ET solo considera electores a los trabajadores del centro de trabajo, cuando se elige a los representantes de un centro, sin que concurra aquí la posibilidad, prevista en el art. 63.2 ET, que permite la acumulación de censos para la elección de un comité de empresa conjunto, porque el presupuesto, para hacerlo, es que los centros de trabajo estén en la misma provincia o en municipios limítrofes, lo que no ha sucedió aquí, puesto que no se eligió un comité, ya que el censo era de 37 trabajadores y es notorio que los trabajadores de los centros de Alicante, Castellón y Valencia, incluidos supuestamente en el censo del centro de trabajo de Murcia, no estaban ubicados en la misma provincia, ni tampoco en municipios limítrofes.

4. Descanso semanal Vs. descanso diario


El descanso semanal no puede quedar parcialmente neutralizado mediante el solapamiento con el descanso diario de 12 horas; de forma que ambos descansos han de disfrutarse de manera diferenciada e independiente el uno del otro (TS, 23-10-2013)

El descanso semanal no puede quedar parcialmente neutralizado mediante el solapamiento con el descanso diario de 12 horas; de forma que ambos descansos han de disfrutarse de manera diferenciada e independiente el uno del otro.

Recurre la empleadora la sentencia de la Audiencia Nacional que declara el derecho de los trabajadores a que el descanso semanal establecido en el Convenio sea real y efectivo, no pudiendo dicho descanso semanal quedar parcialmente neutralizado mediante el solapamiento con el descanso diario de 12 horas establecido en el artículo 34.4 del Estatuto de los Trabajadores (ET); de forma que ambos descansos sean reales y efectivos, y se disfruten de manera diferenciada e independiente el uno del otro.

En el presente caso, no le cabe duda a esta Sala, que la interpretación que efectúa la sentencia recurrida del art.19 del Convenio aplicable, en relación con los preceptos de derecho necesario del Estatuto de los Trabajadores y de la también citada Directiva 2003/88/CE, respeta plenamente las exigencias de la razón y de la lógica, por lo que ha de ser plenamente ratificada.

En cuanto a la infracción del art.19.2 del RD 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, en forma subsidiaria denunciada, que hace referencia al trabajo a turnos, y las posibilidades que su aplicación permitiría en la demandada, que en el recurso se explicitan de forma detallada, su rechazo se impone, en cuanto a que el Convenio aplicable, pudiendo hacerlo, ninguna regulación específica efectúa con relación al precepto invocado.

Éste precepto constituye una excepción al régimen general, sin que la Sala pueda entrar en hipótesis o conjeturas de posible aplicación a las circunstancias específicas en que se desarrolla la prestación de servicios de los trabajadores afectados por el conflicto, recordando, no obstante, que si bien las facultades de organización del trabajo evidentemente corresponden a la empresa, no pueden impedir o limitar el disfrute de los descansos diarios y semanales que el ordenamiento jurídico laboral reconocen y garantizan a los trabajadores.

5. Pacto para mantener el convenio colectivo


Si en el convenio extraestatutario se pactó expresamente que se mantendría vigente hasta que se firme el siguiente, habrá que estar a lo expresamente pactado, por lo que se anula la decisión empresarial de derogarlo. (AN, 27-11-2013).

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lunes, 23 de diciembre de 2013

PRESIDENTE BOLIVIANO: " NO DEBERIA PROHIBIRSE EL TRABAJO INFANTIL "


Evo Morales polémico: "No debería prohibirse 

el trabajo infantil" en Bolivia

"Cuando uno trabaja desde niño, tiene más conciencia social", afirmó el mandatario. De todas formas, pidió que "no sean explotados". Mientras, el país discute una legislación que limitaría a los 14 años el inicio laboral de los menores

Consultado sobre el proyecto de ley que fija en 14 años la edad mínima para trabajar y que ha provocado protestas de agrupaciones infanto-juveniles, Morales señaló que "no debería limitarse la edad del niño, pero (estos) tampoco deberían ser explotados".
"No debe prohibirse (el trabajo infantil), pero (el Estado debe encargarse de) cuidarlos, protegerlos", señaló.
El gobernante recibió, en su despacho, a delegados de niños trabajadores inconformes con la legislación que estudia el Congreso.

Aunque la Organización Internacional del Trabajo (OIT) considera que no todo trabajo es pernicioso para el niño, la Convención Nº 138 de ese organismo establece en 14 años la edad mínima para trabajar en los países en desarrollo. "Algunos chicos se quejaron del convenio de la OIT, que no reconoce este esfuerzo de los niños que por distintas razones, de familia, de orfandad, tienen que trabajar", afirmó.
Evo: "Cuando uno trabaja desde niño, tiene más conciencia social"
Luego agregó: "Coincidimos con los niños esta mañana, cuando uno trabaja desde niño tiene más conciencia social". Morales, de origen indígena aymara, se incorporó precozmente al mercado laboral.
"Mi padre ha ido de zafrero a la Argentina, yo tenía como 5 o 6 años, era aymara cerrado. En la zafra era obligatorio ir a la escuela y allí no entendía qué hablaba la profesora (...), no entendía nada", contó.
El mandatario trabajó posteriormente de ayudante en una panadería, haciendo ladrillos y como músico tocando la trompeta, cuando era adolescente.

El Congreso continuará tratando en 2014 el Código de la Niñez y la Adolescencia, que regula, entre otros aspectos, el trabajo infantil.

martes, 10 de diciembre de 2013

ESPAÑA: EL 40% DE DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO DURA MENOS DE 1 MES


La precariedad se dispara: el 40% de los contratos dura ya menos de un mes


La crisis ha hecho estragos en el mercado laboral. Pero no sólo por la destrucción de puestos de trabajo, sino también por los elevados índices deprecariedad. Un dato lo acredita: cuatro de cada diez contratos de trabajo de naturaleza temporal duran ya menos de un mes. En concreto, el 40,4% de los contratos eventuales duró menos de 31 días durante los primeros once meses del año.
Lo relevante, sin embargo, no es sólo el porcentaje, sino también la evolución. Al comenzar la crisis, en 2008, apenas el 32% de los trabajadores tenía un contrato inferior a un mes, pero desde entonces el proceso de deterioro del mercado de trabajo no ha dejado de crecer de forma imparable. En 2012, el año en que se puso en marcha la reforma laboral, la inestabilidad laboral en su grado máximo (menos de siete días) afectaba el 39,7% de los temporales. Es decir, un punto menos que ahora, pero con una trayectoria ascendente.
Los datos más recientes indican que de los 1,46 millones de contratos temporales que se firmaron en octubre de este año, nada menos que 545.344 duraron menos de un mes. Aunque es todavía más significativo que 351.646 contratos tuvieron una duración incluso menor de una semana, lo que significa que el 24% de los contratos eventuales tiene una vigencia inferior a sólo siete días. Durante ese tiempo, como es lógico, no computan como trabajadores en paro.
Otros 67.334 contratos de trabajo tienen una duración situada entre una semana y quince días, mientras que 126.364 están en vigor entre dos semanas y cuatro. Apenas 56.800 duran más de seis meses sin contar los deduración indeterminada (fundamentalmente de obra y servicio o eventuales por circunstancias de la producción).
El mapa de la precariedad
¿Y a qué sectores afecta en mayor medida la inestabilidad laboral? Los datosde los servicios públicos de empleo muestran que la duración media de los contratos temporales se sitúa en 59 días, pero en el caso de la agricultura(un sector cada vez más residual en la economía española) asciende a 27 días. En el otro extremo está la industria, donde la duración media de los contratos temporales alcanza los 102 días, mientras que en el caso del sector servicios esta es de 60 días. En la construcción, se sitúa en 82 días.
La degradación es todavía mayor si se tiene en cuenta que no todos los contratos de trabajo son de jornada completa. Prácticamente la tercera parte son parciales, lo que pone de relieve el grado de inestabilidad laboral.
Cabe destacar, igualmente, otro factor que está emergiendo con la crisis. La precariedad, que durante los años de expansión económica se cebaba en empleos no cualificados u ocupados por jóvenes, afecta ya a todos los segmentos de edad. Hasta el punto de que más de la mitad de los contratos que duran menos de siete días (el 52%) los han firmado trabajadores con 35 años o más. Es decir, están al inicio de la parte central de su carrera laboral.
Tanto las actividades relacionadas con la hostelería como las que se dedican a tareas administrativas y de servicios son las que utilizan en mayor medida los contratos de más baja duración (siete días). Incluso hay 120 directores o gerentes de empleo que han firmado un contrato inferior a una semana.
Hay que tener en cuenta, en todo caso, que de los 1,5 millones de contratos que se firmaron en octubre, apenas 119.000 fueron de naturaleza indefinida, independientemente de si están bonificados o no o son conversiones. Es decir, casi el 92% de los contratos que se firman en España son temporales. 
La contratación temporal no sólo afecta a la precariedad laboral, sino también a la productividad del país. Y eso explica la creciente diferencia entre empleo en términos de Encuesta de Población Activa (que sólo cuenta a quienes tienen un puesto de trabajo independientemente de su naturaleza) y el empleo a tiempo completo que refleja la Contabilidad Nacional. Según la EPA, hay en España 16,82 millones de ocupados, pero según la Contabilidad Nacional sólo hay 15,8 millones de trabajadores a tiempo completo.

jueves, 28 de noviembre de 2013

LOS HIJOS DE ARTUR MAS TRABAJAN EN EMPRESAS CONCESIONARIAS DEL GOVERN Y DEL AYUNTAMIENTO


Dos de los tres hijos de Artur Mas trabajan en empresas concesionarias del Govern o del Ayuntamiento de Barcelona

El hijo mayor del president trabaja desde 2009 en la empresa de gestión de residuos Tradebe, que recibió en 2011 la adjudicación de la terminal de hidrocarburos del Puerto de Barcelona del Gobierno de CiU
En octubre de este año una filial del mismo grupo se adjudicó el servicio de recogida de vehículos fuera de uso BSM, la empresa pública del Ayuntamiento de Barcelona, gobernado también por CiU
La compañía que se encarga de las relaciones públicas del Ayuntamiento de Barcelona desde la llegada de Trias a la alcaldía, Interprofit, emplea como ejecutiva de cuentas a Patricia Mas Rakosnik

La ministra Ana Pastor, el 'president', Artur Mas, y el patrón de Tradebe, Josep Creixell. / Europa Press
La tradición continúa. La familia del presidente de la Generalitat, Artur Mas, mantiene estrechos vínculos económicos con las administraciones públicas controladas por Convergència i Unió (CiU), aunque sea de forma indirecta. Dos de los tres hijos del president trabajan en empresas concesionarias de la Generalitat y del Ayuntamiento de Barcelona, ambos gobernados por CiU. El tercero de los hijos de Mas, Artur, no trabaja porque está concluyendo sus estudios en Montreal (Canadá). 
Los descendientes del matrimonio entre Artur Mas y Helena Rakosnik siguen así los pasos de los hijos del primer presidente de la Generalitat de CiU, Jordi Pujol. De los siete hijos de Jordi Pujol, la práctica totalidad han trabajado con compañías que han recibido contratos de la Administración catalana mientras su padre ocupaba la presidencia de la Generalitat, cuando no han trabajado directamente para el Govern.
Mas, que es presidente también de Convergència Democràtica y de su federación con Unió, CiU, tiene como secretario general en el partido a Oriol Pujol Ferrusola, hijo de Jordi Pujol, y uno de los principales rostros del partido. Aunque Oriol Pujol es un cargo electo y ganó su escaño en las elecciones autonómicas, inició su carrera política al ser nombrado director general de Asuntos Interdepartamentales en 1997 por designación directa cuando gobernaba su padre.
De hecho, en Convergència se atribuye la elección de Mas por Pujol, como su sucesor en la cabeza de cartel de CiU a la presidencia de la Generalitat, al apoyo de los hijos del primer presidente electo de la Generalitat restaurada. No sólo al de Oriol Pujol, sino en especial al de dos de sus hermanos mayores, Jordi y Josep, ambos hombres de negocios que han hecho fortuna y que en ocasiones también realizaron trabajos vinculados a la Administración catalana, aunque no sean los que más relación tuvieron con el dinero público.
Mas y Jordi Pujol Ferrusola fueron compañeros de trabajo en su juventud, cuando coincidieron en la dirección de la desaparecida empresa curtidora Tipel, propiedad de la familia del que fuera durante los primeros 10 años de Jordi Pujol en la presidencia de la Generalitat su secretario general, Lluís Prenafeta.
La familia Mas Rakosnik es mucho menos numerosa que la Pujol Ferrusola. El actual presidente de la Generalitat tiene tres hijos; y siete, Jordi Pujol. Pero siguen sus pasos. El hijo mayor de Artur Mas, Albert Mas Rakosnik, de 30 años, trabaja en la empresa de gestión de residuos de la familia Creixell Tradebe, que recibió la adjudicación de la terminal de hidrocarburos del Puerto de Barcelona en abril de 2011, apenas cinco meses después de que CiU recuperara el Gobierno de la Generalitat tras siete años de tripartito. 
El pasado 18 de octubre, además, una empresa del grupo, Fragnor, se adjudicó el servicio de retirada de vehículos fuera de uso Barcelona Serveis Municipals (BSM), la empresa pública que gestiona los servicios del Ayuntamiento de la capital catalana, gobernado por el alcalde e histórico dirigente de CiU, Xavier Trias.

Relevo en Barcelona

Trias llegó a la alcaldía de Barcelona tras derrotar al hasta entonces primer edil, el socialista Jordi Hereu, en las elecciones municipales de 2011. Fue la primera vez que el candidato de CiU se convertía en alcalde de Barcelona. El Gobierno municipal de la capital catalana estuvo desde 1979 en manos del PSC, que gobernó en coalición con Iniciativa per Catalunya y con ERC. Cuando Trias se convirtió en alcalde de Barcelona, el Ayuntamiento encargó sus relaciones públicas a la empresa Interprofit.
Una de las ejecutivas de cuentas de Interprofit es Patricia Mas Rakosnik, la segunda hija del matrimonio entre el presidente de la Generalitat y su esposa, Helena Rakosnik.
La relación de Albert Mas Rakosnik con Tradebe se remonta a 2009 y su carrera parece haber evolucionado en paralelo a los trabajos que la compañía desarrollaba para la Administración catalana. Entre 2009 y 2011 estuvo haciendo un estage en Londres. En abril de 2011, cinco meses después de que CiU recuperara el Gobierno de la Generalitat, Tradebe se adjudicó la terminal de hidrocarburos del Puerto de Barcelona, cuya competencia es autonómica. Ese mismo año, 2011, Albert Mas regresó a Barcelona ascendido a controller para consultoría medioambiental, Francia y servicios portuarios.
En abril de este año, coincidiendo con la inauguración de la terminal de Tradebe en el Puerto de Barcelona (acto que fue presidido por el propio Artur Mas y por la ministra de Fomento, Ana Pastor), Albert Mas Rakosnik fue nuevamente ascendido; en este caso, a analista financiero de servicios petrolíferos en Europa. Durante julio de este año, el patrón de Tradebe, Josep Creixell, fue una de las estrellas de la delegación de 50 empresarios que acompañaron al presidente de la Generalitat, Artur Mas, en su viaje oficial por Brasil. En octubre de este año, una filial de Tradebe, Fragnor, se adjudicó el servicio de recogida de vehículos fuera de uso de la ciudad de Barcelona, gobernada también por CiU desde 2011.

jueves, 7 de noviembre de 2013

CONSEJO GENERAL DE ECONOMISTAS: " EL SISTEMA TRIBUTARIO ESPAÑOL PENALIZA EL TRABAJO "


Consejo General de Economistas: “El sistema 

tributario español penaliza el trabajo”


REAF

El REAF-REGAF, órgano especializado del Consejo General de Economistas, en las Jornadas tributarias que está celebrando en Madrid, ha congregado a más de 500 profesionales que analizan aspectos de la actualidad fiscal, como las nuevas normas legales –Ley de apoyo a los emprendedores y a su internacionalización o Ley de medidas en materia de fiscalidad medioambiental-, o como los nuevos desarrollos reglamentarios, publicados y en trámite, así como otros temas que continúan siendo polémicos, tales como la tributación de socios y administradores o las visitas de la Inspección sin previo aviso.
Asimismo, abordan cuestiones que atañen tangencialmente a los asesores como pueden ser la problemática de las Juntas Generales de sociedades o el nuevo Reglamento de la Ley de prevención de blanqueo de capitales. Por último, quieren utilizar este evento para reflexionar sobre la reforma de nuestro sistema tributario que se prevé cerrar a finales de 2014.
Los asesores fiscales aprovechan este evento para hacer un diagnóstico del sistema tributario español y para comunicar una serie de reflexiones ante la reforma anunciada, en la que piensan colaborar aportando sugerencias a la Comisión de expertos creada al efecto por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
En el diagnóstico realizado por el REAF-REGAF se constata que en nuestro país convive una presión fiscal más baja relativamente que en otros países de la UE con unos tipos nominales muy elevados y con tipos efectivos mucho más bajos, lo cual produce un sistema totalmente agotado desde el punto de vista de la eficiencia. Por otra parte, el sistema en su conjunto penaliza el trabajo, sometiendo a una sobre tributación a los salarios, si tenemos en cuenta también las cotizaciones sociales, lo cual redunda en un encarecimiento de este factor productivo y agrava el desempleo. Otro elemento a tener en cuenta al plantearnos la reforma debería ser elminúsculo tamaño de la mayor parte de nuestro tejido empresarial.
Otro inconveniente que presenta nuestro sistema tributario es su tremenda complejidad. Es así porque tenemos tres niveles de Administración con sus correspondientes tributos y a cada Administración se la intenta hacer corresponsable, constituyendo buen ejemplo de esto el caos existente en la tributación medioambiental; también es complejo porque se pretende que todos los impuestos cumplan con todos los principios tributarios como la subjetividad y la progresividad; y porque, cuando se hace política económica, abusamos de los impuestos como herramienta.
Todo ello provoca cambios normativos constantes, con lo que se produce inseguridad jurídica, incremento de costes de gestión y cumplimiento y elevada litigiosidad.
Reflexión separada merece el elevado nivel de fraude que está restando unos 60.000 millones de euros de ingresos al Presupuesto, y que, sin duda, supone una verdadera gangrena de nuestro sistema tributario.
Del resto de temas tratados en el primer día de las Jornadas, el REAF-REGAF destaca lo siguiente:
  • El Director General de Tributos, D. Diego Martín-Abril, en la conferencia inaugural titulada “Últimas modificaciones tributarias publicadas y previstas”, resaltó que cuando se ha regulado el IVA de Caja se ha ido a máximos en el volumen de operaciones por debajo del cual se pueden acoger las empresas -2.000.000 euros-, y que el coste presupuestado de la medida, en 2014, se estima en 900 millones de euros. Respecto a la eliminación del deterioro de participaciones como gasto fiscal, señaló que la modificación supone ponernos en línea con los países de nuestro entorno, en los que ninguno contempla un tratamiento tan beneficioso como el que teníamos.
  • En cuanto a la tributación de socios y administradores, el Presidente del REAF-REGAF, D. Jesús Sanmartín, lamentó que, transcurridos más de dos años desde que saltaron las primeras alarmas, la Administración no haya cerrado los criterios interpretativos sobre el tema y que no se haya hecho público el Informe de la Comisión creada por la Secretaría de Estado de Hacienda sobre el mismo. Por otra parte, resaltó que jurisprudencia y doctrina reiteran la necesidad de recoger en los Estatutos Sociales la remuneración de los administradores para que sea deducible en el impuesto sobre Sociedades.
  • FUENTE

miércoles, 9 de octubre de 2013

ESPAÑOLES QUE FUERON A POR LANA A ALEMANIA SALIERON TRASQUILADOS


Españoles que fueron por lana a Alemania y salieron trasquilados 
Pic


La crisis económica que azota España, los desahucios y un paro que supera el 26 % estimula a muchos españoles a emigrar. Su sueño, a veces trocado en pesadilla, es viajar a la radiante Alemania. 

Un anuncio de trabajo hizo que cientos de españoles dejaran su país de origen con destino a Erfurt, a 300 kilómetros de la capital germana, Berlín. 

Un grupo de españoles, de entre 18 y 35 años de edad, viajaron a Alemania en busca de una vida vida, pero al llegar vieron que todo era una estafa. 

La oferta prometía trabajo, un curso de alemán gratuito y alojamiento. Pero, la realidad con la que se encontraron fue muy distinta, ahora ni siquiera tienen un alojamiento normal y están atrapados en un lugar que no cuenta ni con los servicios básicos. 

Según las estadísticas, el año pasado 29.910 españoles con estudios superiores viajaron a Alemania en busca de un futuro. 

Alemania es uno de los pocos países de la eurozona que sufrió menos la repercusión de la crisis económica que se vive en el continente desde 2008, por esa razón se ha convertido en el primer destino de los jóvenes parados y con estudios de toda Europa.
FUENTE

martes, 3 de septiembre de 2013

UNA JOVEN MALLORQUINA CREA UNA WEB PARA FACILITAR EL TRABAJO A ESPAÑOLES EN ALEMANIA


Una mallorquina crea una web para 


facilitar el trabajo a los españoles en 


Alemania




La joven mallorquina Ana Sbert ha puesto en marcha el portal www.trabajarenalemaniaya.com con la finalidad de ayudar a los  ciudadanos españoles de todos los sectores a encontrar trabajo en  Alemania. 

Según un comunicado, en la web, traducida íntegramente al  castellano, se han publicado más de 3.000 ofertas de empleo de todos  los sectores además de ofrecer otros servicios, como la ayuda para  encontrar alojamiento en el país, la traducción al alemán del  currículum vitae, una guía de ayuda administrativa para realizar los  trámites burocráticos necesarios para instalarse en el país o una  lista de cursos de alemán en 25 ciudades diferentes de España y  Alemania. 

Sbert ha creado este portal tras estudiar y residir en el país  germano durante años, con lo que ha manifestado que el objetivo de la  web «es acompañar a las personas en su decisión de cambiar de país y  probar suerte en otro. Por eso las ayudamos en todo, agilizando el  proceso gracias a que ofrecemos toda la información íntegramente en  español». 

Por último, la mallorquina ha recordado que, según un estudio de  la Randstad, el 65% de los jóvenes en España de entre 18 y 24 años  abandonaría España por un puesto de trabajo, dadas las circunstancias  económicas del país, mientras que Alemania se sitúa como uno de los  destinos «más destacados» para estos jóvenes. 

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