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lunes, 10 de marzo de 2014

ESPAÑA: SE CREA LA PRIMERA ASOCIACION DE AFECTADOS POR EL CENTIMO SANITARIO


Gaona Abogados crea la primera 

asociación de afectados por el céntimo 

sanitario


Céntimo sanitario
Gaona Abogados ha creado la primera asociación española de afectados por el céntimo sanitario, tras la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de declarar ilegal este impuesto – un tributo aplicado en varias comunidades autónomas sobre los carburantes, cuyos ingresos se destinaban a financiar la Sanidad -. 

El despacho ha comunicado que defenderá los intereses de profesionales del transporte y de otros consumidores de carburantes, administraciones, puertos, comunidades de propietarios, etc. También defenderán a particulares que aporten facturas, sea cual sea su importe.
“La Ley General Tributaria establece el derecho a reclamar el reembolso de ingresos indebidos, como es el caso del denominado comúnmente céntimo sanitario, por lo que desde Gaona Abogados estamos dando respuesta a una demanda de empresas, autónomos, profesionales, pero también de muchos consumidores que por unos motivos u otros conservan sus facturas. El objetivo de la Asociación de afectados es movilizar al sector del transporte, que es el principal perjudicado, pero también a los miles de afectados que quieren solicitar la devolución de este gravamen”, afirma Manuel Camas, socio director de Gaona Abogados.
Desde que se conoció la resolución, el despacho ha recibido multitud de peticiones para reclamar el Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH), más conocido por el céntimo sanitario. Según el Alto Tribunal europeo, este tributo vulnera la legislación comunitaria porque no persigue una finalidad específica ni se aplica adecuadamente. Un total de 13 comunidades autónomas aplican este tributo, por el que el Estado central y autonómico ha recaudado 13.000 millones de euros entre 2002 y 2011.
Esta asociación de perjudicados por el céntimo sanitario, la primera constituida en España, agrupará los intereses de estos reclamantes con el fin de que el Estado realice la devolución de este impuesto considerado ahora ilegal por el Tribunal de Luxemburgo.

jueves, 27 de febrero de 2014

ESPAÑA: EL TRIBUNAL EUROPEO SENTENCIA QUE EL CENTIMO SANITARIO ES ILEGAL


La justicia europea dicta que el céntimo 

sanitario vulnera la legislación comunitaria




El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este jueves que el 'céntimo sanitario' -el impuesto sobre los carburantes que aplican algunas comunidades autónomas y cuyos ingresos se destinan a financiar la sanidad- vulnera la legislación comunitaria.

Los jueces señalan que "no procede limitar en el tiempo los efectos de esta sentencia, ya que el Gobierno español y la Generalitat de Catalunya no obraron de buena fe al mantener este impuesto en vigor durante más de diez años". Ello significa que España podría tener que devolver 13.000 millones de euros recaudados ilegalmente entre 2002 y 2011.

El fallo responde a un litigio iniciado por una empresa de transporte establecida en Cataluña. La compañía solicitó que se le devolvieran los 45.000 euros que tuvo que pagar por este impuesto alegando que era ilegal. El caso acabó ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que había pedido a la justicia europea que se pronunciara.

El gravamen en cuestión es el Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH), que estaba destinado a financiar las nuevas competencias transferidas a las comunidades autónomas en materia sanitaria, además de actuaciones medioambientales. Estuvo en vigor entre el 1 de enero de 2002 y el 1 de enero de 2013, fecha en la que se integró en el impuesto especial sobre los hidrocarburos.

En su sentencia de este jueves, el Tribunal declara que el 'céntimo sanitario' es contrario a la directiva de la UE sobre los impuestos especiales, ya que no cumple el principal requisito exigido a un gravamen de este tipo: perseguir una finalidad específica.  En este sentido, señala que lo recaudado por el céntimo sanitario se destina a las comunidades autónomas para que éstas financien el ejercicio de algunas de sus competencias. "Pues bien, el aumento de la autonomía de un ente territorial mediante el reconocimiento de una potestad tributaria constituye un objetivo puramente presupuestario, que no puede, por sí solo, constituir una finalidad específica", afirma el Tribunal.

Según los jueces, para considerar que persigue una finalidad específica, el debería tener por objeto, por sí mismo, garantizar la protección de la salud y del medioambiente. "Tal sería el caso, en particular, si los rendimientos de dicho impuesto debieran utilizarse obligatoriamente para reducir los costes sociales y medioambientales vinculados específicamente al consumo de los hidrocarburos que grava dicho impuesto", apunta el fallo.


Sin embargo, las comunidades autónomas destinan la recaudación "a los gastos sanitarios en general, y no a los vinculados específicamente al consumo de los hidrocarburos gravados". Además, la norma española no establece ningún mecanismo de afectación predeterminada a fines medioambientales, denuncian los jueces.

Buena fe española
La Generalitat de Catalunya y el Gobierno español solicitaron al Tribunal de Justicia que limitara los efectos en el tiempo de esta sentencia en el supuesto de que fuera desfavorable. Alegaron en particular que el céntimo sanitario ha dado lugar a una gran cantidad de litigios y que la obligación de devolverlo "pone en peligro la financiación de la sanidad pública en las comunidades autónomas".

El Tribunal de Justicia ha desestimado esta petición  argumentando que "no puede admitirse que la Generalitat de Catalunya y el Gobierno español hayan actuado de buena fe al mantener el IVMDH en vigor durante un período de más de diez años".

El fallo recuerda que en el año 2000 la justicia europea ya se pronunció sobre un impuesto con características análogas. Además, en 2001, la Comisión había informado a las autoridades españolas de que la introducción de dicho impuesto sería contraria al Derecho de la Unión. Por otro lado, en 2003 (el año siguiente a la entrada en vigor del IVMDH), la Comisión inició un procedimiento de incumplimiento contra España en relación con dicho impuesto.

El Tribunal de Justicia recuerda que, según reiterada jurisprudencia, las consecuencias financieras que podrían derivarse para un Estado miembro de una sentencia dictada con carácter prejudicial no justifican, por sí solas, la limitación en el tiempo de los efectos de esa sentencia.

"Si ello no fuera así, las violaciones más graves recibirían el trato más favorable, en la medida en que son éstas las que pueden entrañar las consecuencias económicas más cuantiosas para los Estados miembros. Además, limitar los efectos de una sentencia en el tiempo basándose únicamente en consideraciones de este tipo redundaría en un menoscabo sustancial de la protección jurisdiccional de los derechos que la normativa fiscal de la Unión confiere a los contribuyentes", concluye el fallo.

martes, 3 de septiembre de 2013

MERKEL: " NI UN CENTIMO MAS A GRECIA HASTA QUE NO CUMPLA CON LAS REFORMAS"


Merkel: 'Ni un céntimo más a Grecia hasta que no cumplan con las reformas'



En su comparecencia parlamentaria de cierre de legislatura, última sesión del Bundestag antes de las elecciones del 22 de septiembre, Angela Merkel ha endurecido su discurso sobre los países europeos más afectados por la crisis.
La canciller alemana se ha referido a Grecia, recordando que el principio por el que se rigen las aportaciones alemanas a los rescates europeos es que la solidaridad y la responsabilidad son las dos caras de una misma moneda y ha terminado diciendo: "Ni un céntimo más a Grecia hasta que no cumplan, y pueden citarme textualmente donde ustedes quieran".
Merkel amenaza, así, con bloquear el siguiente rescate, que según los cálculos de su ministro de Finanzas, Wolfgang Schäuble, será necesario en 2015 y que según otras fuentes debería llegar mucho antes.
Schäuble ha reconocido ya ante la comisión parlamentaria alemana que supervisa los rescates europeos que Grecia necesitará más dinero de lo acordado en el segundo rescate y que antes de finales de 2014 surgirá un agujero de 4.500 millones de euros, lo que hará necesarias nuevas contribuciones.
"Existe un problema dentro de la aplicación del programa griego", ha detectado, y a explicado que el segundo rescate se quedará corto debido a las lentas privatizaciones, entre otras cosas.
Un participante en la reunión de la comisión parlamentaria ha cifrado ese agujero entre los 4.000 y 4.500 millones de euros. De acuerdo al Fondo Monetario Internacional (FMI), Grecia necesitará en 2015 unos 6.500 millones de euros, pero es evidente que Grecia no erá capaz de cumplir con los compromisos adquiridos en ese plazo temporal y, si Merkel cumple su amenaza, el grifo sería cortado en un momento crítico y podría precipitarse la salida de Grecia del euro.
En todo caso, es previsible que este duro discurso preelectoral sea aliviado después de las generales. El porcentaje superior al 60% de alemanes que se muestra contrario a los rescates y la presencia en la campaña electoral de nuevos partidos políticos como Alternative für Deutschland (AfD), que exigen la salida del euro de los países con más dificultades, estaría empujando a Merkel a endurecer su mensaje europeo de campaña, que podría volver a su cauce tras los comicios.