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jueves, 26 de diciembre de 2013

LA AUDIENCIA NACIONAL ADMITE A TRAMITE LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LAS TASAS JUDICIALES


La Audiencia Nacional admite a trámite la 

petición del ICAV de inconstitucionalidad de 

las tasas judiciales


tasas no
La Audiencia Nacional ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad que el Colegio de Abogados de Valencia interpuso contra la Ley de Tasas el pasado 12 de febrero de 2013 y ha considerado igualmente procedente “suspender el procedimiento en el estado en que se encuentra hasta que por el Tribunal Constitucional se dicte resolución”.

La solicitud de cuestión de inconstitucionalidad elevada por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional se fundamenta, entre otras resoluciones, en la Sentencia 20/2012 del Tribunal Constitucional que cuestiona la legalidad de aquellas tasas que “son tan elevadas que impiden en la práctica el acceso a la jurisdicción o lo obstaculizan en un caso concreto en términos irrazonables”.
Según ha afirmado el Decano del ICAV, Mariano Durán, “es una satisfacción que la Audiencia Nacional haya admitido a trámite la posible vulneración constitucional, presentado por el Colegio de Abogados de Valencia contra las Tasas Judiciales, y la primera admisión de entre todos los recursos interpuestos por los colegios de abogados españoles, ya que las tasas judiciales suponen una barrera infranqueable para ejercer el derecho de defensa de millones de ciudadanos y un grave atentado para la Justicia”. En su opinión, “el efecto disuasorio para los ciudadanos ha sido reconocido por jueces, magistrados, abogados y secretarios judiciales”.
La última concentración de protesta contra las tasas judiciales  tuvo lugar el pasado 20 de noviembre a las puertas de muchos juzgados españoles, con el objeto de pedir la derogación inmediata de la norma impulsada por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón. En esta fecha la norma cumplía su primer año de vigencia y según la abogacía ha supuesto un serio obstáculo para el acceso a la Justicia de los ciudadanos.
El cambio más sustancial de la Ley de Tasas con respecto a sus precedentes radica en la incorporación al ámbito subjetivo de este tributo de los ciudadanos, que hasta ahora estaban exentos y sólo se aplicaba a entidades mercantiles, con un elevado volumen de facturación. En este sentido, Mariano Durán considera que “este sistema de tasas no ha resultado eficaz, el número de asuntos ha disminuido un 30% desde su entrada en vigor y en un 35% en primera instancia: Es un error del Gobierno generar unas tasas disuasorias, ya que la limitación del acceso a la justicia supone una vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva”.Asímismo, el Decano ha explicado que el destino de los fondos recaudados por las tasas no han sido transferidos hacia la mejora de la asistencia jurídica gratuita y no figura siquiera en el presupuesto de 2014 del Ministerio de Justicia”.

sábado, 31 de agosto de 2013

LA COMISION EUROPEA ABRE EXPEDIENTE A ESPAÑA POR EL TASAZO ELECTRICO


La CE abre expediente administrativo a España por el tasazo eléctrico


La Comisión Europea ha decidido tramitar la denuncia presentada por la Plataforma por un Nuevo Modelo Energético contra España por el establecimiento de un impuesto indirecto a la generación eléctrica, que podría ser contrario al Derecho de la Unión.
La CE abre expediente administrativo a España por el tasazo eléctrico
La Plataforma informa en un comunicado que ayer recibió, en la sede de sus abogados, una notificación de la CE  informándole de la apertura del expediente administrativo

La denuncia, elaborada por los abogados de Holtrop S.L.P., es la segunda de una serie de seis denuncias, de las cuales tres ya han sido presentadas, en las que se solicita a la Comisión Europea que inicie diversos procedimientos de incumplimiento contra España, porque su legislación del sector eléctrico, y en particular de las renovables, es contraria al Derecho Europeo.

Una representación de la Plataforma se reunió el pasado julio con la Comisión para informar en persona sobre las denuncias presentadas, y a raíz de dicho encuentro la Comisión consideró que la denuncia contra el tasazo eléctrico debía ser tramitada. Ahora el gobierno español contará con un plazo de 10 semanas para informar a la Comisión sobre dicho impuesto indirecto. Si la Comisión no estuviera conforme con la respuesta de España, iniciará un procedimiento de incumplimiento contra España.

Esta decisión de la Comisión supone un respaldo a las tesis de los abogados de la Plataforma, según las cuales existen serias dudas sobre la compatibilidad del Derecho energético español, especialmente en la legislación sobre renovables, con el Derecho de la Unión Europea.

Normativa denunciadaLa Plataforma denuncia que las leyes 15/2012 y 17/2012 comportan una infracción por parte de España de la siguiente normativa:

A) La Directiva 2009/28/CE en su artículo 3.2, al poner ulteriormente en peligro en conseguimiento de los objetivos de cuota de energías renovables en el mix energético español en el 2020

B) La Directiva 2009/28/CE en su artículo 13, prohíbe la discriminación entre tecnologías. La tasa del 7% prevista en la Ley 15/2012 no diferenciando discrimina claramente aquellas tecnologías que más necesitan de primas para ser rentables.

D) Los artículos 107 y 108.3 TFUE por no notificar previamente a la Comisión, lo que constituye de hecho una ayuda de Estado inversa al régimen ordinario.

E) Los  artículos 107 y 108.3 TFUE por no notificar previamente a la Comisión Europea, lo que constituye una ayuda Estado al régimen especial.

F) La estrategia europea de vehículos limpios y eficientes por hacer más difícil el desarrollo de los coches eléctricos.

La Plataforma espera que esta decisión de la Comisión sirva para que España rectifique las actuales propuestas de Reales Decretos de renovables y autoconsumo, y derogue el Real Decreto-Ley 9/2013, que aplica recortes retroactivos a la retribución a las energías renovables de dudosa conformidad con el Derecho Europeo.