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viernes, 24 de enero de 2014

ESPAÑA: BRUSELAS EXPEDIENTA A ESPAÑA POR LA JORNADA LABORAL DE LA GUARDIA CIVIL


La CE expedienta a España por la jornada laboral de la Guardia Civil

Bruselas ya ha denunciado al Gobierno por no aplicar la normativa de seguridad laboral



La Guardia Civil ya tiene quien la proteja de España. La patria por la que han jurado darlo todo les hace trabajar más horas de las que corresponderían y no les protege como debería de lesiones y otros riesgos para la salud. Es lo que miembros de la Benemérita llevan años denunciando y lo que también piensa la Comisión Europea, que ayer lanzó un ultimátum a España por no aplicar correctamente una directiva del 2003 sobre tiempos de trabajo. El ejecutivo comunitario "ha pedido a España que respete los derechos de la Guardia Civil a los periodos mínimos de descanso y al límite promedio de 48 horas semanales de trabajo", anunció ayer en un comunicado.

Es la segunda advertencia de Bruselas, que ya en el 2013 requirió al Gobierno español sobre el tema, explica un portavoz de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), que denunció el caso en el 2010.

La Comisión Europea cree que España ha abusado de las excepciones que permite la directiva europea para autorizar a ciertos niveles de guardias civiles realizar jornadas laborales por encima de ese límite. Las salvedades deberían reservarse a "ejecutivos, dirigentes o personas con poder de decisión autónomo". Sin embargo, explica Bruselas, con la legislación española "determinadas categorías de trabajadores de la Guardia Civil" no gozan de estos derechos, en concreto, "quienes ejercen funciones de mando, gestión, enseñanza e investigación", lo que a juicio de las autoridades comunitarias no es conforme con la directiva europea.

Para quienes trabajan en los departamentos de investigación, ya sea en Policía Judicial o en Información, sencillamente, no hay horarios. "Si te toca trabajar en fin de semana o empalmar jornadas y el jefe dice que las libranzas no se recuperan no hay dónde reclamar", explica el responsable jurídico de la AUGC, Eugenio Nemiña. Peor es la situación de los comandantes de puesto. "Su obligación es plena disponibilidad los 7 días de la semana. Y no hablamos sólo de oficiales; muchos jefes de cuartel son sargentos e incluso cabos", explica Nemiña, para quien las excepciones de la directiva sólo deberían aplicarse de teniente coronel para arriba.

"Los trabajadores afectados de la Guardia Civil española se ven expuestos a un número excesivo de horas de trabajo sin periodos de descanso suficiente", afirma el comunicado, donde se deja claro que no son suficientes los cambios realizados en los últimos años. Un portavoz de la Guardia Civil informó ayer a La Vanguardia de que se está trabajando en una nueva orden general de jornada laboral adaptada a la directiva que verá la luz "en breve".

El problema es que España tiene dos meses para modificar su legislación e informar a Bruselas de los cambios. Si en ese plazo de tiempo no recibe una respuesta satisfactoria, la Comisión amenaza con elevar el asunto al Tribunal de Justicia de la UE.

Las diferencias entre Madrid y Bruselas sobre cómo regular el trabajo del cuerpo armado no se quedan aquí. La Comisión ya denunció el pasado mes de septiembre a España ante la Justicia europea por no velar adecuadamente por la seguridad laboral de los agentes. España, explicó Bruselas, reconoció que "en algunos lugares de trabajo de la Guardia Civil las evaluaciones de riesgos no se han llevado a cabo por falta de personal cualificado y equipamiento adecuado". AUGC denuncia que la mayoría de comandancias y cuarteles carecen de oficina de riesgos laborales.
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sábado, 21 de diciembre de 2013

ESPAÑA: LA COMISION DE VALORES ABRE 6 EXPEDIENTES A BANKIA


La CNMV abre seis expedientes por abuso de mercado con acciones de Bankia

La Comisión analiza operaciones sobre 4,1 millones de acciones en mayo, días antes de la admisión a negociación de los títulos procedentes de su ampliación de capital.




La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha abierto seis expedientes por abuso de mercado en las operaciones efectuadas sobre 4,1 millones de acciones de Bankia en mayo de este año, días antes de la admisión a negociación de los títulos procedentes de suampliación de capital. En un comunicado, el supervisor bursátil señala que en los seis meses transcurridos desde los hechos, ha analizado las ventas de 41,38 millones de acciones. Dada la gran cantidad de inversores extranjeros involucrados en las operaciones analizadas, la CNMV, que ha remitido 99 requerimientos de información, ha trabajado de forma conjunta con los supervisores bursátiles de siete países, añade la nota. 

La presidenta del organismo, Elvira Rodríguez, dijo esta misma semana que quería dejar zanjada esta investigación antes de que concluyera el año, y desde que comenzaron los análisis dejó que claro que en caso de encontrarse irregularidades habría sanciones "como Dios manda". 

Antes de la ampliación de capital, Bankia contaba con 20 millones de títulos negociados, que después de la ampliación se elevaron a 11.500 millones, pero el organismo consideró pertinente analizar sólo las operaciones sobre estos 41 millones de títulos, los únicos que suscitaban dudas. El pasado 23 de mayo, los títulos de Bankia sufrieron un descenso durante la jornada del 51,43%, lo que hizo sospechar al supervisor bursátil que se habían producido operaciones al descubierto con los títulos de la entidad. La venta al descubierto es un tipo de operación de especulación a corto plazo en la que el propietario de unas acciones, previendo que van a bajar de precio, las alquila a un tercero para que las venda y obtener así una ganancia alta; posteriormente, el tercero las recompra a un precio bajo, y las devuelve al propietario a cambio de una comisión. 

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sábado, 31 de agosto de 2013

LA COMISION EUROPEA ABRE EXPEDIENTE A ESPAÑA POR EL TASAZO ELECTRICO


La CE abre expediente administrativo a España por el tasazo eléctrico


La Comisión Europea ha decidido tramitar la denuncia presentada por la Plataforma por un Nuevo Modelo Energético contra España por el establecimiento de un impuesto indirecto a la generación eléctrica, que podría ser contrario al Derecho de la Unión.
La CE abre expediente administrativo a España por el tasazo eléctrico
La Plataforma informa en un comunicado que ayer recibió, en la sede de sus abogados, una notificación de la CE  informándole de la apertura del expediente administrativo

La denuncia, elaborada por los abogados de Holtrop S.L.P., es la segunda de una serie de seis denuncias, de las cuales tres ya han sido presentadas, en las que se solicita a la Comisión Europea que inicie diversos procedimientos de incumplimiento contra España, porque su legislación del sector eléctrico, y en particular de las renovables, es contraria al Derecho Europeo.

Una representación de la Plataforma se reunió el pasado julio con la Comisión para informar en persona sobre las denuncias presentadas, y a raíz de dicho encuentro la Comisión consideró que la denuncia contra el tasazo eléctrico debía ser tramitada. Ahora el gobierno español contará con un plazo de 10 semanas para informar a la Comisión sobre dicho impuesto indirecto. Si la Comisión no estuviera conforme con la respuesta de España, iniciará un procedimiento de incumplimiento contra España.

Esta decisión de la Comisión supone un respaldo a las tesis de los abogados de la Plataforma, según las cuales existen serias dudas sobre la compatibilidad del Derecho energético español, especialmente en la legislación sobre renovables, con el Derecho de la Unión Europea.

Normativa denunciadaLa Plataforma denuncia que las leyes 15/2012 y 17/2012 comportan una infracción por parte de España de la siguiente normativa:

A) La Directiva 2009/28/CE en su artículo 3.2, al poner ulteriormente en peligro en conseguimiento de los objetivos de cuota de energías renovables en el mix energético español en el 2020

B) La Directiva 2009/28/CE en su artículo 13, prohíbe la discriminación entre tecnologías. La tasa del 7% prevista en la Ley 15/2012 no diferenciando discrimina claramente aquellas tecnologías que más necesitan de primas para ser rentables.

D) Los artículos 107 y 108.3 TFUE por no notificar previamente a la Comisión, lo que constituye de hecho una ayuda de Estado inversa al régimen ordinario.

E) Los  artículos 107 y 108.3 TFUE por no notificar previamente a la Comisión Europea, lo que constituye una ayuda Estado al régimen especial.

F) La estrategia europea de vehículos limpios y eficientes por hacer más difícil el desarrollo de los coches eléctricos.

La Plataforma espera que esta decisión de la Comisión sirva para que España rectifique las actuales propuestas de Reales Decretos de renovables y autoconsumo, y derogue el Real Decreto-Ley 9/2013, que aplica recortes retroactivos a la retribución a las energías renovables de dudosa conformidad con el Derecho Europeo.