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sábado, 8 de marzo de 2014

ESPAÑA: COLECTIVO DE NOTARIOS ACONSEJAN CONSTITUIR UNA HIPOTECA ANTES DE COMPRAR UNA CASA


Los notarios aconsejan qué tener en 

cuenta antes de comprar una casa y 

constituir una hipoteca


cláusula hipotecaria
No firmar ningún documento que no se entienda, analizar las escritura pública tres días antes de su firma, tener libertad para elegir notario y prestar atención a los  tipos de interés “suelo” y “techo” son algunos de los consejos que se recogen en los casi 300.000 trípticos informativos en los que los notarios explican los pasos a seguir en la compraventa de una vivienda y en la solicitud de un préstamo hipotecario y que han sido editados por el Consejo General del Notariado, y están disponibles para el público en las más de 2.800 notarías repartidas por la geografía española.  
Ante lo que seguramente sea la inversión más importante de los ciudadanos, la compra de una vivienda, el Notariado desgrana en un tríptico informativo el conjunto de pasos que suelen darse para su adquisición: desde la redacción del contrato privado a la escritura pública; el pago de impuestos, y la inscripción en el Registro de la Propiedad. En el material editado se incluye también un apartado específico sobre los préstamos hipotecarios, con especial detenimiento en los intereses y las cláusulas que limitan la variación del tipo de interés aplicable al préstamo.
Es bastante común que el vendedor y el comprador realicen un contrato privado antes de la  hacer la escritura pública, aunque no es obligatorio ni inscribible en el Registro. En este caso, el Consejo General del Notariado aconseja que no se firme nada sin contar con un asesoramiento jurídico adecuado. Si se firma un contrato privado deben quedar claramente recogidos los aspectos básicos del acuerdo, como el precio. En este sentido, los notarios advierten que no se debe admitir que se fije un precio inferior al real ni abonar cantidades que no queden documentadas.
La importancia de la escritura pública
La mayoría de españoles opta por encargar a un notario la elaboración de una escritura pública de compraventa ya que, aunque no es obligatoria salvo que se contrate un préstamo hipotecario, aporta fehaciencia y seguridad jurídica a comprador y vendedor. El notario ajusta la escritura a la legalidad vigente y además da fe de las declaraciones de las partes de modo que ninguna puede negar lo acordado; la escritura es prueba ante los tribunales. Para su elaboración, el notario comprueba la identidad, capacidad y legitimación de vendedor, y comprador; examina la suficiencia de los poderes aportados; verifica la descripción de la finca y las posibles discrepancias o coincidencias con la parcela catastral; consulta y analiza el estado de cargas de la vivienda y del pago de las cuotas a la comunidad; solicita el informe municipal sobre el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles; exige el certificado de eficiencia  energético; comunica telemáticamente al Catastro el cambio de titularidad catastral; presenta telemáticamente copia de la escritura en el Registro de la Propiedad el mismo día de la firma; notifica a las partes sus obligaciones legales y fiscales; explica el reparto de gastos de la operación, y gestiona, si las partes se lo piden, el pago de los diferentes gastos que conlleva la operación de compraventa. Una vez firmada la escritura pública se debe proceder al pago de impuestos e inscripción en el Registro de la Propiedad y al cambio de titularidad en los suministros.
En el folleto se desglosan los gastos en los que se incurren por la operación, desde las facturas de los distintos profesionales que puedan intervenir en el proceso,  a los distintos impuestos. En este sentido, los notarios aconsejan no aceptar recibos globales, sino que se reclamen las facturas originales del notario, del gestor y del registro de la propiedad, además de la carta de pago de impuestos.
El préstamo hipotecario, en detalle
El folleto hace un recorrido cronológico por el préstamo hipotecario desde que el solicitante analiza la cantidad a pedir hasta que el préstamo se ha terminado de pagar y debe formalizarse la escritura pública de cancelación de la hipoteca. Un trayecto en el que se incide en la importancia de comparar ofertas de diferentes entidades bancarias, y de solicitar a la entidad financiera una Ficha de Información Personalizada, además de una oferta vinculante en la que se recojan las condiciones financieras del contrato. En el tríptico informativo se recomienda al comprador que las cuotas mensuales no superen el 35% de los ingresos de los solicitantes del préstamo porque los ingresos pueden cambiar con los años y las cuotas de los préstamos variables pueden subir.
El documento se refiere también a los dos tipos de intereses,  el fijo y el variable. A los fijos no les afectan las subidas o bajadas de los tipos de referencia durante la vigencia del préstamo,  y los variables, por los que se decanta la mayoría de los españoles, están referenciados a un índice, generalmente el Euribor, al que se añade un diferencial.
Cláusulas “techo y suelo”
El Consejo General del Notariado se detiene especialmente en las cláusulas que algunas entidades incluyen en sus contratos, cláusulas que limitan la variación del tipo de intereses aplicables al préstamo y  en las que se puede señalar un máximo (techo), y un mínimo (suelo). Desde el colectivo de notarios se subraya que en el llamado suelo hay que poner especial atención porque cuando se alcanza, las bajadas del tipo de interés de referencia no se traducen en una disminución de las cuotas.
“En la firma del préstamo hipotecario los notarios verificarán si se han establecido límites a la variación del tipo de interés, lo harán constar en la escritura y se lo explicarán a los solicitantes del préstamo”, afirma José Manuel García Collantes, presidente del Consejo General del Notariado. Asimismo, el vicepresidente Joan Carles Ollé señala que los notarios deberán informar de cualquier aumento  relevante que pudiera producirse en las cuotas y comprobarán que las cláusulas no financieras incluidas no impliquen comisiones o gastos que deberían figurar en las financieras.
En este sentido, el Consejo General del Notariado ha creado el Órgano de Control de Cláusulas Abusivas (OCCA) para ayudar a los notarios en la identificación de las cláusulas declaradas abusivas en sentencia firme, ya que solo son los jueces los que tienen esa potestad.
En el folleto se aconseja a los ciudadanos que cuando sean citados en la notaría para firmar un préstamo hipotecario, vayan dos o tres días antes a examinar el contenido de la escritura pública y consulten con el notario sus dudas.
Disminuye el número de compraventas y préstamos hipotecarios
Según el Centro de Información Estadística del Notariado en 2013 se vendieron en España 296.989 viviendas (un 80% pisos y un 19,5% viviendas unifamiliares), lo que representó una caída interanual del 19,7%, con reducciones mucho más pronunciadas en el caso de los pisos (21,7%) que en de las viviendas unifamiliares (10,6%). En los pisos, el descenso más acusado se situó en los nuevos (47,4%), mientras que en los de segunda mano, la bajada fue del 4,2%. El  precio medio por metro cuadrado fue de 1.242 euros, lo que supuso también una bajada del 8,6% con respecto a 2012.
Paralelamente, las solicitudes de préstamos hipotecarios han vivido una caída continuada, con una reducción del 27,8% en relación al año anterior y con un precio medio de 125.070 euros, lo que supone un 6,7% menos. Se ha reducido igualmente el porcentaje de compras de viviendas con financiación hipotecaria (32%), así como el valor de la financiación (78%).

viernes, 28 de febrero de 2014

ESPAÑA: CONSEJO GENERAL DE LOS NOTARIOS ALERTA A LOS NOTARIOS SOBRE LOS PRESTAMISTAS PARTICULARES


El Consejo General del Notariado alerta 

a los notarios para que ‘extremen su 

celo profesional’ ante los prestamistas 

particulares


préstamo
El Consejo General del Notariado ha enviado a los notarios una nota pidiéndoles que extremen su celo profesional y sus funciones de información y asesoramiento a los ciudadanos que contraten préstamos concedidos por prestamistas particulares.
Según los notarios, este tipo de préstamos suele llevar aparejado, como requisito para su concesión, una hipoteca inmobiliaria, que acostumbra a ser sobre la vivienda habitual. En otras ocasiones estos préstamos se instrumentan en letras de cambio, cuyo pago se garantiza también con una hipoteca.
El Consejo ha tomado la decisión de alertar al colectivo notarial al haber tenido conocimiento por los medios de comunicación de diversas actuaciones penales iniciadas a instancia de varios ciudadanos contra prestamistas particulares por posibles prácticas engañosas.
Estos préstamos suelen ser contratados por personas en difíciles situaciones económicas y máxima vulnerabilidad, que recurren a ellos como única vía para obtener crédito. Además, se conceden con intereses inusuales, con plazos de devolución más cortos y bajo condiciones muy exigentes para el deudor.
Por todo ello, el Consejo General del Notariado recomienda a los ciudadanos que consulten sus dudas a los notarios ante de contratar este tipo de préstamos, que confíen en ellos y que les informen de todas las condiciones pactadas con el prestamista.

miércoles, 2 de octubre de 2013

LOS NOTARIOS HAN REALIZADO MAS DE 41.000 JURAS PARA OBTENER LA NACIONALIDAD


Los notarios han realizado más de 

41.000 juras para obtener la 

nacionalidad


Jura ante notario
El Consejo General del Notariado y el Ministerio de Justicia suscribieron un acuerdo por el que los notarios, en su condición de funcionarios públicos, se comprometieron a realizar gratuitamente las juras o promesas de fidelidad al Rey y de obediencia a la Constitución y demás leyes españolas que tienen que hacer las personas que han solicitado la nacionalidad española por residencia. 
En el primer trimestre de esta encomienda, concretamente de finales de junio a finales de septiembre, se han realizado ya ante notario 41.927 juras o promesas, de las 51.622 solicitudes recibidas en dicho periodo. Una cifra elevada si se tiene en cuenta que este trimestre ha incluido agosto.
Cataluña y Madrid son las comunidades con mayor número de expedientes asignados y también, por tanto, con mayor número de juras o promesas realizadas. En Cataluña ya se han realizado 19.150 juras o promesas (de las 24.261 solicitadas), y en Madrid 11.160 (de las 14.150 pedidas). Como dato curioso cabe mencionar que el 86% de los interesados prefiere jurar a prometer.
Las personas interesadas en jurar o prometer ante notario tienen aún de plazo hasta diciembre. La página web donde los futuros españoles tienen que solicitar la cita para jurar o prometer la Constitución y las leyes españolas ante un notario, www.nacionalidad.notariado.org, ha recibido de momento más de 203.000 visitas, llegándose a alcanzar a mediados de junio –cuando se abrió el plazo– 5.266 visitas diarias.
Los interesados suelen ser citados a la semana de recibirse su solicitud. Con el fin de revisar la documentación, se les cita media hora antes del acto, de forma que la comparecencia ante el notario sea lo más ágil –al mismo tiempo que solemne– posible.
El Notariado ha realizado un importante esfuerzo logístico y económico para atender este encargo. En algunos colegios notariales se ha contratado personal de apoyo.
Encomienda de nacionalidad
El Ministerio de Justicia encomendó a los notarios las actas de jura o promesas de 221.987 expedientes de nacionalidad. Según explica el presidente del Consejo General del Notariado, José Manuel García Collantes, “es posible que muchas citas aún no hayan sido solicitadas, o que los interesados hayan decidido tramitarlas en el Registro Civil, o regresar finalmente a sus países de origen. Aun así, es importante recordar que los interesados todavía tienen de plazo hasta el 31 de diciembre”.
En la página web http://nacionalidad.notariado.org están disponibles los formularios que hay que cumplimentar. Tras este trámite se les envía un correo electrónico informándoles del día y de la hora previstos para la jura o promesa.
El programa informático diseñado por Ancert, la agencia tecnológica del Notariado, permite al notario o a sus empleados preparar el acta notarial que el ciudadano firmará en el momento de jurar o prometer fidelidad al Rey, así como a la Constitución y leyes españolas. Tras la firma, se envía telemáticamente copia autorizada del documento al sistema de tramitación de expedientes, y desde ahí se traslada al Registro Civil para su inscripción, sin que el ciudadano tenga que hacer ninguna gestión. Los interesados reciben posteriormente un correo electrónico del Registro Civil con los datos para tramitar su DNI.
Esta opción en el proceso de concesión de la nacionalidad se enmarca en el Plan Intensivo de Tramitación que el Ministerio de Justicia puso en marcha en junio de 2012, para acelerar las miles de solicitudes de nacionalidad pendientes.

domingo, 14 de julio de 2013

EL JUEZ RUZ ORDENA QUE LE REMITAN 8 ESCRITURAS DE BARCENAS FIRMADAS ANTE 4 NOTARIOS


El juez Ruz ordena que le remitan ocho escrituras de Bárcenas firmadas ante cuatro notarios

El magistrado da diez días al Órgano Centralizado de Prevención del Blanqueo del Consejo General del Notariado para que haga llegar a la Audiencia Nacional "las escrituras públicas" rubricadas por el extesorero a nombre de su mercantil Conosur Land SL.



Luis Bárcenas, en una de sus comparecencias en la Audiencia Nacional.



El juez Pablo Ruz quiere saber qué hay exactamente detrás de tantas visitas de Luis Bárcenas a los notarios tras su imputación en el 'caso Gürtel'. Para ello, el pasado viernes dictó un auto en el que, entre otras medidas, da un plazo máximo de diez días al Órgano Centralizado de Prevención del Blanqueo del Consejo General del Notariado para que le haga llegar "las escrituras públicas" levantadas por el extesorero del PP a nombre de la empresa Conosur Land SL, la sociedad que comparte con su mujer,Rosalía Iglesias. En concreto, se trata de ocho documentos distintos elevados a públicos ante cuatro notarios diferentes. Entre ellos, hay dos 'actas de manifestación', documentos utilizados habitualmente para recoger declaraciones de quien los otorga con el fin de presconstituir pruebas que probablemente serán alegados posteriormente en el ámbito judicial.

Un reciente informe del SEPBLAC desvela que una de las enigmáticas actas de manifestación a nombre de Conosur Land SL simplemente constata que esta sociedad es suya y de su mujer
El magistrado ha adoptado la medida después de que la Fiscalía Anticorrupción se lo requiriera tras analizar los listados que había remitido el Consejo General del Notariado y detectar varios movimientos sospechosos en torno a una empresa, Conosur Land SL. Esta sociedad, que hasta hace poco había pasado inadvertida dentro de la investigación porque se pensaba que no había intervenido directamente en las supuestas maniobras de Bárcenas para ocultar su fortuna, ha alcanzado en las últimas semanas un importante protagonismo al detectarse que cuentas abiertas a su nombre habían recibido varias trasferencias sospechosas procedentes de EEUU. Es también con la que pagaba a su propia mujer un sueldo mensual de 3.705 euros.

El juez Ruz pide ahora todas las escrituras elevadas a públicas en nombre de la mercantil, empezando por la que tiene el número de protocolo 928 y que fue firmada el 25 de mayo de 2011 ante el notario Francisco Calderón Álvarez, precisamente uno de los que Bárcenas visitaba regulamente cuando actuaba en nombre del PP. Ese día, el extesorero y su mujer constituyeron la mercantil a la que ahora los investigadores han puesto bajo su lupa. Cinco meses después, Bárcenas acudía a la misma notaríaa para comunicar el cambio de la sede social de la empresa, que dejaba de ser la vivienda del matrimonio en la calle Príncipe de Vergara para figurar domiciliada en el número 20 de la calle Conde de Aranda, sede de una consultoría de la que más tarde adquiriría acciones.

Un día más tarde, el 18 de mayo de 2012, el exsenador acudía de nuevo al notario, aunque en esta ocasión a otro distinto, Jorge Prados López. El objeto de esta visita fue elevar a público un contrato de leasing para la adquisión de un vehículo todoterreno de la marca Land Rover. El extesorero no volvería a acudir a un fedatario público en nombre de su mercantil hasta más de un año después. Fue, en concreto, el 26 de noviembre de 2011. En este caso fue en el despacho de Luis Rueda Esteban y el objeto, otorgar un acta de manifestación, cuyo contenido sigue siendo aún hoy un misterio. Ese mismo día y ante el mismo fedatario, Bárcenas oficializó a nombre de Conosur Land la compra por 20.000 euros de un paquete de acciones de la empresa Netcheck, de la que ya poseía un participación adquirida meses antes a su propio nombre y en cuya sede aparecía domiciliada su sociedad.

Tres documentos en un solo día

Dentro de ese frenesí notarial, Bárcenas volvió al notario semanas después. Así, el 14 de diciembre de 2012 acudía a una cuarta notaría madrileña, la de Andrés Dominguez Nafría, para levantar dos actas de manifestación, una a su nombre y otra como representante de Conosur Land. Esa misma jornada se auto otorgó un poder general en representación de la mercantil que compartía con su mujer. Los documentos que reclama ahora al juez son estos dos últimos, ya que del primero conoce su existencia desde que en marzo pasado un informe de la Unidad de Delincuencia Esconómica y Fiscal (UDEF) desvelase su existencia y, sobre todo, su contenido. En él manifestaba que durante 15 años —entre 1994 y 2009— había llevado una “cuenta analítica” en la que reflejaba “exclusivamente” los “ingresos obtenidos por donativos” al PP y los correspondientes pagos a distintos perceptores.

Del acta de manifestación levantada aquel día a nombre de Conosur Land SL, y cuyo documento reclama ahora el juez, ya se conoce el contenido gracias a un reciente informe del Servicio de Prevención de Blanqueo de Capitales (SEPBLAC) sobre las cuentas que Luis Bárcenas y Rosalía Iglesias tenían abiertas en La Caixa. Según el informe de los expertos del Banco de España, en la misma simplemente dejó constancia de que los propietarios "reales" de la mercantil eran él mismo y su mujer. La última ocasión en la que Bárcenas acudió a una notaría en nombre de Conosur Land SL fue el 28 de febrero de este año, cuando el escándalo de sus cuentas corrientes ya había saltado y los 'papeles' que llevan su nombre hacían tambalearse los cimientos de Génova. Entonces, ante el notario Luis Rueda Esteban, se desprendió del paquete de acciones de la consultora que había adquirido sólo tres meses antes. El juez Ruz quiere ahora saber los detalles de ésta y de las otras ocho escrituras.

miércoles, 19 de junio de 2013

¿13 NOTARIOS SE PUEDEN EQUIVOCAR CON EL NUMERO DE DNI DE LA INFANTA?


Técnicos de Hacienda: "Es muy extraño que trece notarios se confundan con un DNI"

ES EL 13, QUE DA MALA SUERTE, JAJAJAJJA, A LA PUTA CARCEL

Infanta Cristina
Foto: EUROPA PRESS
 
MADRID, 18 Jun. (EUROPA PRESS) -
El portavoz del sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha), José María Mollinedo, ha asegurado, en declaraciones a Europa Press, que siempre se pueden cometer errores, pero 13 y con notarios y registradores distintos es una cosa "muy extraña" y "algo inaudito". Mollinedo se pronunciaba así en referencia al informe remitido por la Agencia Tributaria al juez Castro, en el que atribuye a la Infanta Cristina la venta de 13 inmuebles por 1,4 millones de euros.

"Errores siempre se pueden cometer, pero trece veces es muy fuerte y que trece notarios distintos se confundan con un DNI y, además, con el mismo DNI, es muy extraño", exclamó.

En este sentido, quiso dejar claro que "eso no ocurre con los ciudadanos de a pie", ya que, dijo, "puede haber una equivocación, pero no trece". En su opinión, lo ocurrido con el informe de la Infanta "es algo inaudito" y además, alega, todos los errores son "del mismo estilo, con ventas de inmuebles".

"ALGO INAUDITO"

El portavoz de los Técnicos de Hacienda, asegura que "lo más llamativo es que si esos datos figuraban en la información fiscal de 2005 y 2006 de la Infanta, la Agencia no le enviaran los datos fiscales de los ejercicios correspondientes, le reclamara las cantidades tributarias que debería haber pagado por esas ventas y Doña Cristina hubiera podido aclarar la situación y dejar claro que esas fincas no eran suyas".

"Lo normal es que la Agencia le hubiera requerido por el incremento patrimonial sin declarar", recalcó y considera que la Agencia Tributaria tiene que dar una explicación de "por qué no lo hizo".

"Es un error, que parece que lo comete el notario, el registrador, el catastro, Hacienda y al final, tiene que ser un procedimiento como éste el que lo destape", señaló al tiempo que insistía en que sigue habiendo "muchos interrogantes que no están solucionados para saber quién está cometiendo el fallo". "Mientras que esa información no esté aclarada todo está en el terreno de la conjetura", concluyó.