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martes, 6 de agosto de 2013

LAS ELECTRICAS TIENEN UNA DEMANDA MASIVA DE CLIENTES, PARA REDUCIR LA PONTENCIA CONTRATADA


Los clientes están pidiendo masivamente a las eléctricas modificar los contratos para reducir la potencia contratada y ahorrarse la subida de la luz de agosto




Subida de la luz. Las eléctricas están recibiendo en masa peticiones de clientes para modificar los contratos porque tienen más potencia contratada de la que realmente necesitan y no consiguen ahorrar en la factura eléctrica tras la última subida de la luz a principios de agosto.
En la última subida de la luz, que entró en vigor este sábado, los usuarios no puedan esquivar el incremento reduciendo el consumo. Las nuevas tarifas bajan el precio de la energía consumida, pero aumentan la parte fija, que no depende del consumo del usuario.
Fuentes del sector eléctrico explican a El Confidencial Digital que las compañías están recibiendo numerosas peticiones de sus clientes solicitando modificar sus contratos para reducir la potencia contratada en sus domicilios. Una maniobra para ahorrarse unos euros en la factura de la luz.
Calcular la potencia necesaria
Según los expertos consultados, lo primero que se debe hacer para ahorrar con la nueva subida de luz aprobada a principios de este agosto es calcular la potencia que hay que contratar para una casa determinada.
Para calcularla es necesario sumar las potencias de los aparatos eléctricos que pueden llegar a funcionar simultáneamente. A esta suma hay que añadir un pequeño margen de garantía para que no salten los plomos cuando esté funcionando la lavadora, el secador y el ordenador a la vez.
Contratar la potencia suficiente
Una vez conocida la potencia que se necesita en casa, hay que estudiar las ofertas de las compañías eléctricas, que suelen ser múltiplos de 1.100 vatios y contratar la que sea inmediatamente superior a la suma que se ha realizado para la casa.
Hay que contratar una potencia personalizada. Es importante ser muy estricto con la suma porque si se contrata de más o de menos, y luego se quiere modificar la potencia, el cliente será penalizado con una sanción económica.
Algunos ejemplos de potencias
Si se usa a la vez la luz, el frigorífico, aspirador, la plancha, la lavadora, la televisión, el horno y pequeños electrodomésticos, la potencia necesaria no suele ser más de 3.300 W.
Si además se utiliza el lavavajillas, vitrocerámica y secadora, la potencia suele subir hasta los 5.500 W. Pero en raras ocasiones están todos los electrodomésticos encendidos a la vez.

lunes, 17 de junio de 2013

DECLARATE EN QUIEBRA, Y PAGARAS UN 70% MENOS


¿Agobiado por las deudas? Declárate en quiebra y las reducirás hasta un 70%


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Apenas un millar de españoles se acogieron el año pasado al concurso de acreedores pese a ser un mecanismo que permite grandes ahorros. Los expertos lo recomiendan para retrasar la ejecución hipotecaria por parte del banco.


El año pasado 1.192 particulares, algunos sin actividad empresarial alguna, otros con una pequeña empresa familiar, se acogieron al concurso de acreedores para aliviar sus dificultades financieras.

Sin ser particularmente elevada, esta cifra no ha parado de crecer desde que se iniciara la crisis allá por 2007. Hemos pasado del medio millar de casos anuales que se registraban en la España pre-crisis a más del doble.

La cifra, no obstante, no resiste la comparación con las más de 32.000 familias que perdieron su hogar durante el año pasado por su incapacidad para hacer frente a las deudas contraídas con el banco.
“Hay un desconocimiento general de la figura del concurso de acreedores para particulares o quiebra familiar, y no sólo entre la gente también entre los mismo abogados. Y es una figura que puede ayudar mucho a las familias a resolver sus problemas financieros”, recalca Armando González, de El Negociador Bancario.

De hecho, este experto en quiebras familiares calcula en un 50% la quita media que los particulares pueden arrancar de sus acreedores en este tipo de procedimientos, aunque señala que en algunos casos pueden llegar hasta el 70%.

“Nosotros recomendamos esta vía especialmente en casos de familias muy endeudadas, no sólo por préstamos hipotecarios sino también por créditos al consumo, y para particulares que tenían una sociedad y ahora deben responder por sus deudas”, subraya González.

Alternativa a la dación en pago

Pero también es una vía muy útil para familias que empiezan a tener dificultades para hacer frente a sus préstamos hipotecarios y que quieren evitar a toda costa que el banco les abra un procedimiento de ejecución hipotecaria.

La Ley Concursal es muy clara al respecto. La declaración de quiebra no suspende el proceso de ejecución hipotecaria una vez que éste haya sido abierto, salvo que éste sea sobre un inmueble vinculado a una actividad empresarial.

Sin embargo, sí permite demorar el procedimiento cuando aún no ha sido iniciado por el banco.
Una vez declarado el concurso, el juez debe analizar la economía familiar y estipular una cantidad mínima mensual para atender las necesidades básicas del día a día de la familia declarada en quiebra: alquiler o pago de hipoteca, comida, gastos escolares, ropa, luz…mientras que los ingresos restantes quedan retenidos para llegar a un acuerdo con sus acreedores.

Este proceso se puede demorar entre uno y dos años durante el cual el banco no podría ejercer ninguna clase de derecho sobre la vivienda, lo que ofrece un importante colchón para tratar de reconstruir la economía doméstica.

Además, según El Negociador Bancario, el hecho de contar con una resolución judicial que establece un pago determinado para la hipoteca (que podría ser inferior al de las condiciones fijadas en la misma) aproxima significativamente la posibilidad de un acuerdo con el banco que permitiría diferir hasta en cinco años la posibilidad de una ejecución hipotecaria por impago.

Fuera de la vivienda, el ahorro medio que obtienen las familias que se acogen a concurso es de unos 50.000 euros, según datos de este mismo mediador.

Las familias cuentan, además, con otra arma jurídica, en el caso de que las condiciones de la hipoteca sean excesivamente gravosas como para negociar siquiera un alivio temporal en el pago de la misma: solicitar la dación en pago al juez.

“Es lógico que sea la Justicia y no el banco, la que determine si una persona tiene o no derecho a solicitar una dación en pago”, sostiene Armando González.
Los jueces acostumbran a ser más permeables que las entidades financieras a esta solución, lo que convierte acudir a los tribunales en una buena solución para aquellos que quieran asegurarse la entrega de la casa para romper sus cadenas con la hipoteca.

¿El problema de estas soluciones? Su coste. El Negociador Bancario sostiene que un proceso de declaración de quiebra se puede tramitar por no más de 2.500 o 3.000 euros y que la dación en pago judicial se puede conseguir por unos 1.500.

La organización de consumidores Cecu eleva, sin embargo, este coste a entre el 10% y el 15% de la deuda pendiente. “Hay que pagar al abogado, al administrador concursal, al procurador, hacer publicaciones…”.

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