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sábado, 15 de marzo de 2014

ESPAÑA: COSPEDAL DESPIDE A PROFESORAS INTERINAS DE BAJA MEDICA POR EMBARAZOS DE RIESGO


¡Increíble pero cierto! Cospedal despide a profesoras interinas de baja médica por embarazos de riesgo
Para el Gobierno que preside la secretaria general del PP las embarazadas “no poseen la capacidad funcional para ejercer su labor”


María Dolores de Cospedal en una cata de aceite de oliva junto al ministro de Agricultura, Miguel Arias Cañete.

Ser profesora interina en Castilla-La Mancha y pretender ser madre al mismo tiempo; es decir, quedarse embarazada, es incompatible con el mantenimiento del puesto de trabajo, ya que la comunidad que preside la neocon María Dolores Cospedal no es tierra para embarazadas. Todo lo contrario, es territorio hostil donde se pena la condición de ser mujer, interina y madre al mismo tiempo. 

Así, al menos, lo entiende la Consejería que dirige Marcial Marín, hombre de confianza de la también secretaria general del PP, que considera a las futuras madres como profesionales no idóneas al “no poseer la capacidad funcional para ejercer la labor docente”. 

Y como no es broma. Y como no exageramos ni un milímetro, ni añadimos calificativos que a cualquiera le vendrían a la cabeza, ELPLURAL.COM muestra el documento donde se acredita lo escrito (ver documento) que, además, se verá en sede judicial el próximo 10 de abril, puesto que como no podía ser de otra forma la afectada presentó la obligada denuncia.

Embarazadas. No, gracias

Situación que ha sido dada a conocer por la diputada regional del PP castellano-manchego, Blanca Fernández, que en declaraciones a este periódico ha denunciado casos de trabajadoras interinas de la Consejería de Educación a las que se está despidiendo después de que se les dé la baja médica por considerar los ginecólogos sus embarazos de alto riesgo. Hecho que ha calificado de “indecente e impresentable” y ha anticipado que los socialistas van a pedir al Gobierno de Cospedal que explique por qué se están dando estos procesos.

Seis mil profesores menos

A juicio de Blanca Fernández, “no es de recibo que se sigan dando este tipo de situaciones después de que Cospedal haya situado a Castilla-La Mancha como la comunidad en la que más se ha recortado en educación, haber despedido a más de 6.000 profesores, suprimido becas, ayudas a la compra de material escolar y de libros, de comedor y transporte escolar”. Fernández reconocía a ELPLURAL.COM que antes de denunciar la situación de la profesora intentaron persuadir al consejero Marín, “pidiéndole que corrigiera la decisión de despedir a la docente”. Pero ante la indiferencia del Gobierno del PP, al PSOE no le ha quedado más remedio que dar a conocer el caso.
Blanca Fernández, diputada del PSOE.
Blanca Fernández, diputada del PSOE.
Una segunda embarazada despedida

Pero aquí no queda la extravagancia. No, todavía hay más. La representante del STE-CLM, Matilde Castilla, reconocía a esta redacción que hay un segundo caso de otra profesora con idéntica situación, en la actualidad en proceso de recurso administrativo. El sindicato considera que “la Administración se extralimita en sus competencias y discrimina a esta profesora, porque le está negando el derecho que tiene cualquier trabajador o trabajadora a ponerse enfermo”, añade, “estar embarazada y padecer una incapacidad temporal relacionada con su embarazo no es un motivo para arrebatarle el puesto de trabajo”.

Las paradojas del Gobierno del PP

Matilde Castilla considera que esta es “la paradoja del gobierno del PP, que dice defender a la familia, que pretende penalizar la interrupción voluntaria del embarazo… en cambio, en la práctica no deja que las mujeres podamos decidir por nosotras mismas, no deja que haya igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, mostrándonos su postura ideológica neoconservadora y mercantilista.

Más despidos de embarazadas

Y es que aunque parezca increíble es tan real que, incluso el sindicato nada sospechoso de defender posturas izquierdosas, como es el CSI-F, también denunció en su momento el despido de una trabajadora embarazada del servicio de limpieza de la Consejería de Educación, como no podía ser de otra forma. Última ginefobia que le ha costado recientemente a Cospedal una sentencia a favor de la denunciante, que deberá ser admitida y compensada por tamaña arbitrariedad. El tribunal entiende que el Gobierno de María Dolores Cospedal vulneró el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores y recuerda que las trabajadoras embarazadas no están obligadas a comunicar su situación puesto que la maternidad pertenece al ámbito más íntimo de la persona. ¿Se dará por enterado Marín?

miércoles, 5 de marzo de 2014

ESPAÑA: SANIDAD VUELVE A DAR EL SERVICIO DE ATENCION A MALTRATADAS A UNA EMPRESA QUE DESPIDE A EMBARAZADAS


Sanidad vuelve a dar el teléfono de atención a maltratadas a la empresa que despidió embarazadas

El ministerio adjudica el servicio a Qualytel: aunque su oferta era la más cara, aseguran que fue la propuesta "económicamente más ventajosa"
La Delegación del Gobierno para la Violencia de Género se niega a decir si abrió una investigación, tal y como se comprometió a hacer, y cuáles fueron sus conclusiones

La delegada del Gobierno para la Violencia de Género ve un descenso progresivo del número de víctimas
El Ministerio de Sanidad acaba de adjudicar el servicio del número 016 para atender a mujeres víctimas de violencia machista durante el próximo año. ¿La empresa adjudicataria? Qualytel Teleservices, la compañía que hasta ahora ostentaba el servicio y que dispone de un historial laboral poco limpio.
A finales del año pasado, CCOO denunció que Qualytel había despedido a trabajadoras embarazadas; por otro lado, la Inspección de Trabajo multó a la compañía en 2012 por echar a personas con discapacidad. Sin embargo, la empresa ha vuelto a obtener la máxima puntuación en el concurso de licitación, y no porque fuera la oferta más barata sino porque obtuvo la mayor puntuación en los "criterios que dependen de un juicio de valor".
Cinco empresas concurrieron a la licitación que la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género (que depende del Ministerio de Sanidad) abrió en diciembre. Dos de ellas fueron excluidas del procedimiento por no cumplir los requisitos establecidos en una cláusula del pliego de condiciones sobre cómo presentar la documentación necesaria. Así pues, la mesa de contratación valoró las ofertas de las otras tres compañías: Qualytel, Sertel y Atento.
Ha sido Qualytel la empresa que más puntuación ha conseguido (85,36 puntos sobre 100), seguida de Sertel (80,63 puntos) y de Atento (77,25). De los cien puntos totales que podían conseguirse, 38 eran por criterios que dependían de un juicio de valor y 62, en función de la oferta económica.
En la oferta económica, Qualytel ha sido la peor parada: sólo consigue 59,11 puntos frente a los 62 (el máximo) de Atento y los 61,38 de Sertel. Pero en los criterios que dependen de un juicio de valoración (como estructura del servicio o recursos humanos), Qualytel es la que mayor puntuación tiene (26,25 puntos), seguida de Sertel (19,25) y de Atento (15,25).
Según el anuncio de adjudicación, la oferta más baja presentada fue de 752.066,12 euros y la más cara, de 796.281,28 euros, que correspondía a Qualytel. Sin embargo, en el expediente de adjudicación se resuelve que, una vez vistas la puntuación y los motivos de ésta, se concede el servicio a Qualytel "por ser la propuesta económicamente más ventajosa".
Fuera cual fuera la adjudicataria, las trabajadoras que prestan el servicio del 016 tienen que ser subrogadas. El contrato con la empresa es por un año, prorrogable durante otros doce meses.
Cuando se produjeron las denuncias, tanto PSOE como Izquierda Plural pidieron explicaciones a la Delegada del Gobierno para la Violencia de Género, Blanca Hernández, en la Comisión de Igualdad del Congreso. Hernández aseguró entonces que la Delegación abriría una investigación para conocer lo sucedido y que el concurso para una nueva licitación del servicio se abriría en breve.
A la llamada de eldiario.es, la Delegación no ha querido confirmar si tal investigación se llevó a cabo y cuáles fueron sus resultados. "Nos remitimos a la empresa", dice un portavoz. La empresa se ha limitado a decir que cumple con la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y que vela "por el respeto a los derechos de los trabajadores; en especial, en una apuesta inequívoca por el empleo femenino y juvenil".
Fuentes sindicales dicen desconocer si el Ministerio solicitó información a la empresa, aunque aseguran que nadie de la Delegación preguntó en el centro de Zaragoza (donde se produjeron los despidos). Señalan también que la precariedad laboral continúa. "Hay mucha gente con contratos de mes a mes; si así se produce un despido, es muy difícil demostrar que es porque la persona se ha puesto enferma o se ha quedado embarazada. Hay tal precariedad que cada cierto tiempo se dan situaciones complicadas", aseguran. 

Dos despidos

Qualytel es filial del grupo Arvato Bertelsmann y tiene centros de trabajo repartidos por varias ciudades españolas. Es en su centro de Madrid en el que se encuentran las trabajadoras encargadas de atender el teléfono 016. Fue en octubre cuando CCOO denunció que la empresa había despedido a al menos dos trabajadoras que estaban embarazadas en su centro de Zaragoza. La empresa readmitió a una de ellas y aseguró que se trataba de un error de la ETT que había hecho el contrato.
En el otro caso, señaló que no se trataba de un despido, porque el contrato temporal de la trabajadora finalizaba. No obstante, la empleada llevaba casi un año con un contrato que se renovaba mes a mes, y fue en su octavo mes de embarazo cuando le comunicaron que no volverían a renovárselo.
Por otro lado, la Inspección de Trabajo sancionó a Qualytel por infracción grave al incumplir la Ley de Integración Social del Minusválido (LISMI) y despedir a trabajadores con discapacidad en 2012. Además, tanto CCOO como CGT han denunciado las condiciones de trabajo sumamente precarias de Qualytel, con una temporalidad excesiva, contratos que se renuevan mes a mes, y unas pausas de trabajo que no se respetan tal y como aparecen en el convenio colectivo.
Qualytel es, además, una de las empresas adheridas a la Red de Empresas por una Sociedad Libre de Violencia de Género que puso en marcha el Ministerio de Sanidad.

lunes, 4 de noviembre de 2013

10 DERECHOS DE LAS TRABAJADORAS EMBARAZADAS


Decálogo sobre los derechos laborales de las 

trabajadoras embarazadas


embarazada
Por Rosa López, Socia de ABA Abogadas y especialista en Derecho Laboral y de Familia
Tras la reciente sentencia del Tribunal Constitucional – con fecha 10 de octubre – que dictamina, que la protección a las trabajadoras embarazadas frente al despido, no se puede extender al periodo de prueba, salvo cuando se vulneren derechos fundamentales, se ha generado una cierta incertidumbre sobre la situación laboral de las mismas. Desde ABA Abogadas, y en base a su experiencia, ofrecen unos puntos básicos a tener en cuenta por todas aquellas mujeres trabajadoras que estén embarazadas o tenga previsto estarlo próximamente.
1) La empresa puede despedir a una trabajadora en todos los casos, ya esté embarazada, disfrutando del permiso de lactancia, con reducción de jornada o por excedencia por cuidado de un menor. La diferencia entre despedir a una trabajadora embazada, durante los nueve primeros meses tras el nacimiento del menor o mientras disfruta de una reducción de jornada, y otra que no esté en cualquiera de estas situaciones, es que en el primer caso, si el despido fuera injustificado, sería nulo. En este caso, la empresa estaría obligada a reincorporar a la trabajadora a su puesto de trabajo, una vez que el juzgado reconociese la ilegalidad del despido, sin posibilidad (salvo acuerdo), de sustituir la readmisión por el abono de una indemnización. En el resto de los casos, el despido sería improcedente, por lo que la empresa debería abonar la indemnización correspondiente.
2) En el caso de mujeres embarazadas con un contrato temporal o de obra, y una vez que se haya terminado la tarea para la que fue contrata, se da por extinguido el contrato, por lo que no se considera despido, ya que independientemente de que esté o no embarazada, el servicio para el que fue contratada ha finalizado. No obstante, si la obra por la que se formalizó el contrato no hubiera terminado, o las funciones llevadas a cabo por la trabajadora embarazada fueran diferentes a las recogidas en el mismo y/o formara parte de la actividad ordinaria de la empresa, entonces la finalización del contrato se consideraría injustificada. En este caso es conveniente que la afectada interponga una demanda por despido nulo a fin de que se condene a la empresa o se la reincorpore a su puesto de trabajo como indefinida.
?3) No existe obligación de comunicar a la empresa que la trabajadora está embarazada, así en el caso de que se produzca un despido injustificado, éste sería nulo con independencia de que la empresa conociera o no su estado, por lo que la trabajadora tendrá derecho a su readmisión en su puesto de trabajo.
4) Las autónomas tienen derecho a baja por maternidad en los mismos términos que una trabajadora por cuenta ajena. Para ello, debe haber cotizado al menos 180 días en los últimos 7 años, o bien 360 días a lo largo de toda su vida laboral.
5) La posibilidad de unir todas las horas de lactancia para cambiarlas por días de baja, depende de lo que establezca el convenio colectivo, o bien de lo que se pacte con el empresario.
6) La trabajadora embarazada podrá ausentarse de su puesto de trabajo, por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y clases de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada laboral.
7) En el caso de que el puesto de trabajo suponga un riesgo para el embarazo, la trabajadora puede solicitar a su empresa el cambio a un puesto compatible con su estado, y en el caso de que no sea posible, podrá solicitar la suspensión de su contrato para pasar a cargo de la Seguridad Social. En este caso percibiría una prestación equivalente al cien por cien de su base reguladora (el salario total hasta un máximo de 3.425€ brutos), mientras persista la situación de riesgo y hasta el día que inicie su baja por maternidad.
8) Cuando el riesgo se produce durante el periodo de lactancia, al igual que en el caso anterior, la trabajadora podrá solicitar un cambio de puesto de trabajo, y si no es posible, podrá suspender su contrato y pasar a cargo de la Seguridad Social, percibiendo en este caso una prestación equivalente al cien por cien de su base reguladora, hasta que el lactante cumple los 9 meses de edad.
9) El permiso de maternidad cuando la madre trabajadora tiene más de un hijo, caso de gemelos, mellizos, trillizos, etc., se amplía por cada hijo, sumando dos semanas más a las 16 previstas para un uno hijo. Es decir, en el caso de mellizos serían 18 semanas de baja maternal.
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?10) Cuando tras el nacimiento, se produce la hospitalización del bebé por falta de peso, o por cualquier otra condición clínica, por un periodo superior a los 7 días, la baja maternal se ampliará en tantos días como el recién nacido se encuentre hospitalizado, y por un tiempo máximo de 13 semanas adicionales.