Un contrato con truco
En Europa no hay precedente del contrato único, que es de dudosa constitucionalidad y lleva implícito un abaratamiento del despido
La idea de
contrato único viene y va; ahora está de nuevo de rabiosa actualidad tras
las sugerencias realizadas por el comisario europeo de Empleo,
László Ándor, convertido de la noche a la mañana en ideólogo de las
soluciones para reducir las
altas tasas de paro en España, en especial, la juvenil y reducir la
brecha entre trabajadores temporales e indefinidos.
Pero en España la música viene de lejos; la del contrato único es una
vieja propuesta de reforma que supondría un drástico vuelco en las
relaciones laborales y que tomó forma hace cuatro años. Entonces, un
grupo de reconocidos académicos de Fedea, la Fundación de Estudios de Economía Aplicada, puso la nueva
modalidad contractual encima de la mesa, aunque, a la vista de lo sucedido desde
entonces, sin mucho éxito.
Desde un principio, ese embrión de contrato fue rechazado por el
Gobierno, entonces socialista, y por los agentes sociales, igual que ha ocurrido
ahora con un Ejecutivo del PP, aunque antes de ser ministro de Economía, Luis de Guindos,
simpatizara con esta fórmula. Defensores, detractores... En la balanza pesan más
las críticas. España no es país de contrato único como, por otro lado, ocurre en
toda Europa.
Pero... ¿qué
supondría esta simplificación legislativa en el mercado laboral? Bruselas
no ha dado ninguna directriz, detalle alguno sobre cómo podría ser este modelo
único de contratación de dudosa constitucionalidad y difícil puesta en práctica
en España, un país de servicios con peso agrícola, actividades estacionales
ambas estrechamente ligadas a la temporalidad.
La justificación de esta nueva ocurrencia europea la sustentaba el
socialista húngaro en que «el mercado laboral en España está
muy segmentado» y «necesita soluciones». Según argumentó Ándor existen
muchas dificultades en los mercados laborales donde, como sucede en España, hay
un empleo excesivamente protegido, que es el que establecen los contratos
indefinidos, frente al de los temporales.
Despido creciente ligado a la antiguedad del trabajador, un sistema
de «bonus-malus» paraque las
compañías con más rotación de personal paguen mayores cotizaciones sociales y
las vean reducidas cuando tengan más empleo estable... Estas son algunas de las
características de un contrato que no tiene similitud entre nuestros vecinos
europeos:
Todos fijos ¿Y la
estacional de servicios y agricultura?
La principal aportación de este nuevo contrato sería, precisamente,
que no diferenciaría entre trabajador indefinido y temporal. Un concepto de
modalidad contractural en la que todos los trabajadores serían indefinidos y que
fijaría la indemnización por despido en función de la antigüedad. El gran
problema de aplicación en España de este contrato es el peso de los servicios y
la agricultura, sectores muy ligadas a la estacionalidad.
Despido ligado a antigüedad. Máximo de 33 días por año
El contrato único tendría una indemnización por despido que iría
aumentando según pasara el tiempo en la empresa. Al principio de la relación
laboral sería una indemnización mínima o inexistente. La propuesta más
específica fue la realizada por Fedea, que apuesta por un contrato con una
indemnización inicial mínima de ocho días por año, que crecería paralela a la
antigüedad del trabajador hasta los 33 días por año máximo.
¿Insconstitucional? Rescindir contrato debe tener causa
Las implicaciones jurídicas y constitucionales del contrato único
hacen difícil su implantación en España. Son muchos los expertos que aseguran
que choca de plano con el convenio 158 de la OIT, que fue ratificado por España
en 1985. Y se da de bruces con la interpretación que hace el Tribunal
Constitucional del derecho al trabajo en el artículo 35 de la Constitución, en
la que se sostiene que para rescindir un contrato debe existir una causa. El
Tribunal Constitucional francés rechazó este modelo porque iba en contra de los
criterios OIT sobre justicia social y derechos humanos y laborales.
Despido más barato. Igualados a la baja
Lo trabajadores con contrato indefinido verían reducida, de nuevo, su
indemnización por despido, poco después de que la reforma laboral aprobada por
el Gobierno redujera de 45 a 33 días el coste del improcedente. Este contrato
igualaría las indemnizaciones entre fijos y temporales, pero a la baja.