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martes, 3 de septiembre de 2013

LA INFANTA SE AHORRO 400.000 EUROS EN IMPUESTOS CON EL PRESTAMO DEL REY


La infanta se ahorró 400.000 euros en impuestos con el préstamo del rey

Si hubiese sido una donación, como se deduce de un correo de Urdangarin, Cristina habría tenido que abonar hasta el 34% de la cantidad recibida. El dinero fue para pagar el palacete de Pedralbes


El rey con su hija y Urdangarin/Efe
La infanta Cristina habría tenido que pagar más de 400.000 euros en impuestos en caso de que la entrega de 1,2 millones de euros que el rey le hizo en 2004, para el pago del palacete barcelonés de Pedralbes, hubiese sido una donación --como sugiere un correo de Iñaki Urdangarin-- y no un préstamo --como sostiene La Zarzuela--.
En el año 2004, el tipo máximo estatal del impuesto de donaciones era del 34%, previsto para cuantías elevadas como hubiesen sido los 1,2 millones de euros recibidos por la infanta.
El director del Servicio de Estudios del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), Rubén Gimeno, ha señalado a Público que la ley establece que en los préstamos --sea o no entre familiares-- se tributa por el prestamista en caso de que se fije un interés y sobre el importe del mismo. En ese caso, el rey hubiese tenido que pagar la cuantía correspondiente a Hacienda.
Sin embargo, si como señala La Zarzuela, el préstamo de 1,2 millones fue a tipo de interés cero --firmado ante notario y declarado ante Patrimonio--, no se tributa nada a Hacienda.
Por el contrario, si la transferencia de dinero hecha por el rey a su hija hubiese sido una donación, como puede deducirse del contenido de unos correos electrónicos de Urdangarin (fechados en junio de 2004 y entregados al juez Castro por su exsocio, Diego Torres), habría estado sujeta al impuesto de donaciones, que debería haber pagado la donataria, es decir, la hija menor del monarca.
En operaciones de este tipo, las autoridades autonómicas de Hacienda --en este caso en Catalunya-- tiene competencia para recalificar un supuesto préstamo y determinar, sobre la base de las reglas de la lógica, que a efectos tributarios encubrió en realidad una donación, exigiendo el pago de la correspondiente cuota más multa. Para ello deben analizar tanto si se han producido las devoluciones periódicas del préstamo como la situación económica de la prestataria para devolver el dinero.
Técnicamente, los profesionales califican como 'negocio simulado' la firma de un préstamo sin intereses que en realidad esconda una donación, y Hacienda ha detectado, en bastantes ocasiones, prácticas de este tipo.
Como ejemplo, en sentencia de julio de 2012, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia confirmó la decisión de la delegación en Vigo de la Consellería de Hacienda gallega de cobrar 10.530 euros de impuesto de donaciones y multa de 4.209 euros a la propietaria de una farmacia que dijo haber vendido el 50% del negocio a su hija, mediante compraventa con pago aplazado. Hacienda, sin embargo, estableció que la operación a efectos tributarios fue una donación o transmisión "inter vivos" a título lucrativo.
El Tribunal Superior de Justicia gallego estableció en ese caso: "El parentesco entre transmitiente y beneficiaria de la transmisión, la no acreditación del pago del precio aplazado estipulado en el contrato, y la falta de capacidad económica de la adquirente para hacer frente a esos pagos aplazados, sin acudir a la financiación ajena, constituyen indicios acreditados, y suficientes, cuya valoración conjunta permite llegar a aquella conclusión, es decir, a que el negocio jurídico celebrado entre madre e hija ha sido una donación tal como se describe en el artículo 618 del Código Civil , y por tanto un negocio jurídico encaminado a provocar un desplazamiento patrimonial gratuito a favor de la donataria, lo que nos lleva al hecho imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones."
En el caso de la infanta, en los años transcurridos desde 2004, y siempre según la documentación aportada al juez por Hacienda, puede haber devuelto a su padre hasta la fecha un total de 150.000 euros del total del préstamo de 1,2 millones de euros recibido, ya que en su declaración de patrimonio en 2012 declara el préstamo por 1.050.000 euros.
En los documentos de junio de 2004 aportados al juez Castro por la representación de Diego Torres, se recoge el "proyecto económico-financiero" del palacete de Pedralbes mandado por Urdangarin a un asesor para que lo elevara a la gestión catastral de Hacienda. Es ahí donde se menciona, en el capítulo 'ahorro', una "donación" por 1.202.000 euros, cantidad que coincide con el dinero prestado por el rey.
En su informe al juez Castro, Hacienda descarta que las operaciones estudiadas tengan relevancia fiscal, por cuanto, en cualquier caso, estarían prescritas. La determinación de si el préstamo a interés cero era correcto y no una donación encubierta correspondería a las autoridades autonómicas de Hacienda en Catalunya, que serían las encargadas de cobrar el impuesto correspondiente.
El experto fiscal Rubén Gimeno destacó que, actualmente, sólo las comunidades autónomas de Madrid y Valencia tienen exentas de tributación las donaciones de padres a hijos, aunque en el año 2004 el impuesto de donaciones estaba vigente tanto en Catalunya como en Madrid, donde fue prácticamente derogado por el Gobierno de Esperanza Aguirre pero al año siguiente.