Un juez de Mataró anula el canje de deuda subordinada por acciones de Bankia
El Juzgado de Primera Instancia 2 de Mataró (Barcelona) ha declarado nulo un
contrato de compra de obligaciones subordinadas de Caixa Laietana y su posterior
canje por acciones de Bankia porque en ambos casos la mujer que
firmó las operaciones no recibió información adecuada sobre los riesgos.
La sentencia, consultada por Europa Press y difundida por el Col·lectiu
Ronda, obliga a Bankia a devolver a la mujer los 33.000 euros que invirtió más
los intereses correspondientes, así como a pagar las costas del proceso judicial
y a quedarse las acciones por las que cambió la deuda subordinada, canje que la
inversora aceptó porque era la única opción que le dieron para recuperar sus
ahorros.
La mujer, vecina de Mataró y jubilada, compró obligaciones subordinadas por
primera vez en 2008, y realizó adquisiciones posteriores conforme iba ahorrando,
animada por la directora de su sucursal, que le indicó que tendría una mayor
rentabilidad que con un plazo fijo y podría retirar el dinero cuando lo
necesitase, pero que no le ofreció información sobre los riesgos, según la
demandante.
El juez estima que la clienta no recibió “información precisa, veraz,
imparcial y clara” sobre los riesgos del producto, según el texto de la
sentencia.
El Col·lectiu Ronda ha recordado en un comunicado que más del 90% de las
6.000 personas que adquirieron obligaciones subordinadas y participaciones
preferentes de Caixa Laietana se vieron abocadas a tener que cambiarlas por
acciones de Bankia, que se desplomaron poco después del canje, por lo que han
perdido sus ahorros.
En el caso de las preferentes de Caixa Laietana, el Síndic de Greuges, Rafael
Ribó, anunció a principios de mes el envío a Fiscalía de los casos de canje por
acciones de Bankia para que decida si existen indicios penales.
Consideró que cuando se realizó la propuesta de canje “había indicios más que
suficientes para saber lo que iba a pasar con las acciones, en una auténtica
huída hacia adelante con un riesgo monumental de fracaso”, y pidió mediación
para buscar una solución a estos casos.
La sentencia, consultada por Europa Press y difundida por el Col·lectiu Ronda, obliga a Bankia a devolver a la mujer los 33.000 euros que invirtió más los intereses correspondientes, así como a pagar las costas del proceso judicial y a quedarse las acciones por las que cambió la deuda subordinada, canje que la inversora aceptó porque era la única opción que le dieron para recuperar sus ahorros.
La mujer, vecina de Mataró y jubilada, compró obligaciones subordinadas por primera vez en 2008, y realizó adquisiciones posteriores conforme iba ahorrando, animada por la directora de su sucursal, que le indicó que tendría una mayor rentabilidad que con un plazo fijo y podría retirar el dinero cuando lo necesitase, pero que no le ofreció información sobre los riesgos, según la demandante.
El juez estima que la clienta no recibió “información precisa, veraz, imparcial y clara” sobre los riesgos del producto, según el texto de la sentencia.
El Col·lectiu Ronda ha recordado en un comunicado que más del 90% de las 6.000 personas que adquirieron obligaciones subordinadas y participaciones preferentes de Caixa Laietana se vieron abocadas a tener que cambiarlas por acciones de Bankia, que se desplomaron poco después del canje, por lo que han perdido sus ahorros.
En el caso de las preferentes de Caixa Laietana, el Síndic de Greuges, Rafael Ribó, anunció a principios de mes el envío a Fiscalía de los casos de canje por acciones de Bankia para que decida si existen indicios penales.
Consideró que cuando se realizó la propuesta de canje “había indicios más que suficientes para saber lo que iba a pasar con las acciones, en una auténtica huída hacia adelante con un riesgo monumental de fracaso”, y pidió mediación para buscar una solución a estos casos.